330 likes | 606 Views
SISTEMA INTEGRADO DE MATRICULAS ---SIMAT. Sor Mileny Villa Osorio. El proceso de matrícula E s el conjunto de políticas, procedimientos y actividades, que permiten organizar la continuidad de los alumnos antiguos y el ingreso de alumnos nuevos, en el Sistema de Educación Oficial del País.
E N D
SISTEMA INTEGRADO DE MATRICULAS ---SIMAT Sor Mileny Villa Osorio
El proceso de matrícula Es el conjunto de políticas, procedimientos y actividades, que permiten organizar la continuidad de los alumnos antiguos y el ingreso de alumnos nuevos, en el Sistema de Educación Oficial del País.
Conjunto de actividades que aseguran el acceso y la permanencia de los estudiantes de los niveles de educación preescolar, básica y media, en el sistema educativo oficial, en el momento adecuado y en el lugar ideal y que garantizan la prestación del servicio en condiciones de eficiencia y equidad en los municipios no certificados del Departamento
RESPONSABLE El Rector o Director de cada establecimiento educativo es el responsable de ejecutar correctamente los procedimientos establecidos por la Secretaría de Educación de Antioquia y de garantizar la calidad y veracidad de la información.
PROCESO DE MATRICULA I. PLANEACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVAProyección de cupos II. RESERVA Y ASIGNACIÓN DE CUPOS. Pre-matrícula. Asignación cupos a niños y niñas del ICBF. Inscripción de alumnos nuevos III. MATRICULA DE ALUMNOS ANTIGUOS Y NUEVOS Garantizar la continuidad de alumnos antiguos y la ampliación para nuevos alumnos.
ETAPAS DEL PROCESO ASIGNACIÓN DE CUPO PARA NIÑOS Y NIÑAS PROVENIENTES DE BIENESTAR FAMILIAR ASEGURAR CONTINUIDAD DE ALUMNOS ANTIGUOS (PREMATRÍCULA) PROYECCION DE CUPOS SEGUIMIENTO RENOVACIÓN MATRICULA ALUMNOS ANTIGUOS Y ALUMNOS QUE SOLICITAN TRASLADO INSCRIPCIÓN DE ALUMNOS NUEVOS MATRICULA ALUMNOS NUEVOS ASIGNACIÓN DE CUPOS PARA ALUMNOS NUEVOS REPORTE DE INFORMACIÓN DE MATRICULA AL MEN AJUSTE DE MATRICULA
PROYECCIÓN DE CUPOS OBJETIVO Establecer la capacidad de cupos escolares disponibles del sistema de educación oficial para atender la demanda, partiendo de la capacidad actual. REQUISITO Contar con los recursos actuales tanto de infraestructura, mobiliario, planta docente y demás requerido para atender la matrícula.
PROYECCION DE CUPOS EJEMPLO
PROYECCIÓN DE CUPOS • Levantamiento información • de la capacidad instalada • por • Institución Educativa • Junio 15 al 15 de Agosto 2012. 2. Oferta Educativa en el Sistema de Información
PREMATRICULA Del 1º al 10 de sept. de 2012 OBJETIVO Garantizar la continuidad de los alumnos antiguos en la misma Institución Educativa PROCEDIMIENTO Verificar la continuidad o no del alumno(a) en el mismo establecimiento educativo para el año lectivo 2013
Realizar seguimiento a los alumnos que no hayan confirmado su continuidad, para así conocer la situación educativa. • Consolidar la información reportada por los padres, madres, acudientes o alumnos adultos. • Reservar el cupo de los estudiantes en el grado siguiente hasta tanto se conozca el estado académico final del estudiante.
ASIGNACIÓN DE CUPOS A LOS NIÑOS Y NIÑAS PROVENIENTES DEL ICBF Del 10 al 30 de sept. de 2012 TRASLADO DE ALUMNOS ENTRE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS INSCRIPCION DE ALUMNOS NUEVOS Del 10 de septiembre al 30 de octubre de 2012 RENOVACION DE MATRICULA DE ALUMNOS ANTIGUOS Y DE ALUMNOS QUE SOLICITAN TRASLADO Del 10 al 30 de noviembre de 2012
El sistema integrado de matrícula SIMAT es una herramienta que permite organizar y controlar el proceso de matrícula en todas sus etapas. Es un sistema de gestión de la matrícula de los estudiantes de instituciones oficiales
El SIMAT facilita • La inscripción de alumnos nuevos, • El registro y la actualización de los datos existentes de un alumno, • La consulta de alumnos por Institución, • El traslado del alumno a otra Institución, • La obtención de informes como apoyo para la toma de decisiones, • El seguimiento completo y detallado al proceso de matrícula
FUNDAMENTACIÓN LEGAL La Declaración Universal De Los Derechos Humanos ARTÍCULO 26: Toda persona tiene derecho a la educación
Constitución Nacional De Colombia ARTICULO 44. Derechos fundamentales de los niños. LEY 1098 DE 2006 - Ley de infancia ARTÍCULO 25. Derecho a la identidad ARTÍCULO 28. Derecho a la educación.
LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN EDUCACIÓN MARCO LEGAL • Son derechos fundamentales de los niños:……. su nombre y su nacionalidad, tener una familia, la educación…. Art. 44 CN. • La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social. Art. 67 CN.
• ... La sociedad, el estado y la familia son responsables de velar por la calidad de la educación y de promover el acceso y la permanencia en el servicio público educativo... Art. 4° Ley 115 de 1994. • ...El alumno o educando es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral... Art. 91 Ley 115/94.
" El Ministerio de Educación Nacional establecerá y reglamentará un sistema nacional de información… Objetivos .Servir como factor para la administración y planeación de la educación… Art. 75 Ley 115/94. Ley 115 de 1994, artículo 151 y Ley 715 de 2001, artículos 5º y 6º, corresponde a la Seduca la prestación y administración del servicio en su jurisdicción.
Resolución Nacional 5360 del 07 de septiembre de 2006, organiza el proceso de matrícula oficial en los niveles de educación preescolar, básica y media en las entidades territoriales certificadas. Resolución departamental que organiza el proceso de matrícula para el año lectivo.
RESPONSABILIDAD EN LA INFORMACIÓN DEL SIMAT EN LOS MUNICIPIOS 1 ALCALDE 2 ADMINISTRADORES 3 RECTORES 4 SECRETARIOS- EDUCADORES
BIBLIOGRAFIASECRETARIA DE EDUCACIÓN PARA LA CULTURA. Navegando por el sencillo mundo del SIMAT.
GRACIAS. SM.
El Decreto 4791 de 2008, establece: Artículo 2. Los fondos de servicios educativos son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal.
Artículo 3. • El rector o director rural en coordinación con el consejo directivo del establecimiento educativo estatal administra el Fondo de Servicios Educativos de acuerdo con las funciones otorgadas por la Ley 715 de 2001 y el presente decreto