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CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA PROFESION DE LA CONTADURIA PUBLICA Y AUDITORIA . LA EXPERIENCIA DE EL SALVADOR: EL CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA PROFESIÓN DE CONTADURÍA PÚBLICA Y AUDITORÍA. AVANCES Y RETOS EN LA CALIDAD DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA SANTO DOMINGO, REPÙBLICA DOMINICANA
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CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA PROFESION DE LA CONTADURIA PUBLICA Y AUDITORIA LA EXPERIENCIA DE EL SALVADOR: EL CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA PROFESIÓN DE CONTADURÍA PÚBLICA Y AUDITORÍA AVANCES Y RETOS EN LA CALIDAD DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA SANTO DOMINGO, REPÙBLICA DOMINICANA 5 DE ABRIL DE 2006 EXPOSITOR: LIC. JUAN NEFTALI MURILLO RUIZ PRESIDENTE
INDICE TEMÁTICO • Antecedentes Generales • Entes Responsables de Normativa Contable y de Auditoría • Aspectos legales • Misión y Visión del Consejo • Funciones y Atribuciones del Consejo • Organización e Integración • Infracciones y Sanciones • Proceso implementación de Normas Internacionales
ENTES RESPONSABLES DE NORMATIVA CONTABLE EN EL SALVADOR MINISTERIO DE HACIENDA SSF CONSEJO DE VIGILANCIA CONTADURIA PÚBLICA
LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA CONTADURA DECRETO LEGISLATIVO No. 828 • OBJETO DE LA LEY • Principales aspectos regulados en la Ley • La Profesión de la Contaduría Pública y la Función de Auditoría • CONCEPTOS: • Quienes pueden ejercer la profesión de la Contaduría Pública • Requisitos para ser autorizados • Registro de Contadores Públicos Autorizados CVPCPA
2. Responsabilidades de los Contadores Públicos • Prohibiciones • Atribuciones • Archivo de Expedientes y Documentos • Creación del Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría. • Misión • Visión • Atribuciones • Infracciones, Sanciones, Procedimientos y Recursos CVPCPA
MISION: El Consejo tiene como misión: Vigilar el ejercicio de la Profesión de la Contaduría Pública y de la función de Auditoría, regulando los aspectos éticos y técnicos que deben cumplir los Contadores Públicos; velar porque los mismos ejerzan la profesión de acuerdo a las normas legales establecidas y promover entre sus miembros el proceso de educación continua (Art. 26 de la Ley). VISION: Ser el ente regulador que coadyuve a dirigir la profesión de la Contaduría Pública, abriendo nuevos horizontes en el desarrollo de su ejercicio, ampliando su área de trabajo y aumentando el nivel de responsabilidad profesional.
PRINCIPALES FUNCIONES DEL CONSEJO • VIGILAR EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE LA CONTADURÍA • PUBLICA. • REGULAR LOS ASPECTOS ETICOS Y TÉCNICOS DE LA • PROFESIÓN CONTABLE. • VELAR PORQUE LA FUNCION DE AUDITORIA SE EJERZA DE • ACUERDO A LAS NORMAS LEGALES. ATRIBUCIONESDELCONSEJO • Aprobar los Principios de Contabilidad y las Normas • de Auditoría. • Compatibilización de la normativa y reglamentación • local con las NIC. • Establecimiento de requisitos mínimos de auditoría. • Desarrollar y potenciar la profesión contable • mediante normas armonizadas.
ORGANIZACIÓN Art. 27.- El Consejo estará constituido por seis Directores Propietarios con sus respectivos suplentes, y por las unidades internas, comisiones y personal de planta para el buen cumplimiento de sus funciones y atribuciones. INTEGRACIÓN Art. 28.- El Consejo estará integrado de la siguiente manera: a) Un Director nombrado por el Ministerio de Economía, (Presidente del Consejo); b) Un Director nombrado por el Ministerio de Hacienda; c) Un Director nombrado por la Superintendencia del Sistema Financiero, y de la Superintendencia de Valores;
Cont. De la Integración • d) Un Director nombrado por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP); • e) Dos Directores nombrados por las asociaciones gremiales de contadores. • Cada Director tendrá su respectivo suplente, nombrado de la misma forma que el propietario y lo reemplazará en sus ausencias. Los Directores duran tres años en sus funciones y no pueden ser nombrados por más de dos períodos consecutivos.
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONESINFRACCIONESArt. 45.- Para los efectos de Ley, se entenderá como infracciones cometidas por los Contadores Públicos, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley.APLICACIÓN DE SANCIONESArt. 46.- El Consejo es el encargado de aplicar las sanciones a los contadores públicos, ya sean personas naturales o jurídicas. TIPOS DE SANCIONESArt. 47.- La imposición de las sanciones por parte del Consejo, es como sigue:a) Amonestación Verbal, cuando por negligencia o descuido en el ejercicio de la profesión, por primera vez y sin causar daños a terceros se cometiere una infracción;b) Amonestación Escrita, por reiteración de las infracciones a que se refiere el literal anterior;c) Multa de uno a quince salarios mínimos urbanos superior vigente, en los casos de reiteración de las infracciones referidas en el literal anterior; por negligencia o descuido inexcusable en el ejercicio de la profesión causando daños a terceros; por faltas éticas en el ejercicio de la profesión sin que ocasionen daños a terceros.
Continuación de Sanciones • d) Suspensión temporal hasta por cinco años, por la reiteración continuada de las infracciones anteriores; por faltas de éticas en el ejercicio de la profesión causando daños a terceros; por habérsele suspendido o haber perdido los derechos de ciudadano. • La imposición de las sanciones se hará sin perjuicio de las acciones penales a que hubiere lugar, si la infracción fuere constituida de un hecho delictivo. En este último caso el Consejo tiene la obligación de comunicar a la Autoridad competente en la materia. • En los casos del ejercicio ilegal de la profesión, el Consejo procederá de inmediato a dar aviso a la Fiscalía General de la República y remitir las certificaciones respectivas.
ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REFERENTE A LA NORMATIVIDAD Aprobar los Principios de Contabilidad y las Normas de Auditoría Internacionalmente aceptados. NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA ADOPTADAS EN EL SALVADOR CONGRESO DE CONTADORES (2002) Plan Escalonado de implantación Definición de Marco conceptual de Referencia Actualmente están en vigencia 41 Normas Internacionales que ayudan a estandarizar el reconocimiento, la medición y presentación de la información financiera. CVPCPA
NIIF No. 1 (Acuerdo de Adopción publicado en el Diario Oficial el 18 de octubre de 2005) • Esta norma fue adoptada por el Consejo con el propósito de ser incorporada como parte del marco de referencia de las Normas de Información Financiera Adoptadas en El Salvador, la cual facilitará la preparación de los primeros estados financieros con arreglo al mencionado marco de referencia
Normativa Definida • Guía de aplicación de Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría. • Creación de normativa técnica para solicitar inscripción. • Código de Ética. Instructivos de aplicación de Normas Internacionales de Auditoría. • Promover la actualización de conocimientos a través de un plan continuo de educación. • Ratificación de aplicación de Normas Internacionales de Auditoría CVPCPA
DESARROLLO DE PROGRAMA CONTROL DE CALIDAD • Objetivo del Programa • En cumplimiento a la Ley Reguladora, respecto a la vigilancia del ejercicio profesional, se ejecutó durante el año de 2005, el Programa de Control de Calidad, por medio del cual se revisó el trabajo de auditoria que realiza 40Firmas de Contadores Públicos, que fueron sometidas a dicha revisión. • Simultáneamente se incluyó y se desarrolló como parte del programa, la revisión del cumplimiento de los procedimientos y requisitos para la elaboración y legalización de sistemas contables a las empresas, por parte otro grupo de firmas de Contadores Públicos. Para esta revisión se tomaron en consideración 22 firmas, que se sometieron al proceso. • El programa de Control de Calidad, consistió en efectuar revisión sobre el cumplimiento de la Norma de Control de Calidad No. 1, de 40 Firmas de auditoría entre personas naturales y jurídicas, sobre los trabajos de auditoria externa realizados. El proceso se inicio en el año 2004 con un Plan Piloto de revisión efectuado a 16 firmas de auditoria.
Control de Calidad (Cont.) • El programa 2005 fue desarrollado con el apoyo de 32 Contadores Públicos inscritos en el Consejo expertos en la materia, quienes fueron previamente sometidos a un proceso de entrenamiento. • Los resultados obtenidos han sido satisfactorios, considerando la poca experiencia que se ha tenido en el país sobre este aspecto; como también es positivo el aporte que se ha dado a las Firmas en el desarrollo profesional.
Marco de referencia aprobado por el CVPCPA Marco de Referencia aprobado por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, según el listado publicado en el Diario Oficial Número 12 de fecha 18 de enero de 2005, Tomo 366. Normas de Información Financiera Adoptadas en El Salvador (NIF/ES)
Contenido general de la guía de orientación 1ra. Parte Diagnóstico 3ra. Parte Listado de verificación 2ra. Parte Modelo de estados financieros
CONCLUSIONES • Se han incrementado los requisitos para ser autorizado a Ejercer la Contaduría Pública • Se ha logrado un avance sustancial en la implementación de las Normas Contables. • Guías y Normas Específicas de apoyo en la aplicación de las Normas • Se esta promoviendo con apoyo de las Gremiales la divulgación práctica de las Normas Internacionales de Auditoría. • Se ha puesto en práctica la Norma de Educación continuada. • La vigencia del Código de Ética • Aplicación del Programa de Control De Calidad • Aplicación del Régimen Sancionatorio • Credibilidad de los diferentes sectores en el sistema que se esta implementando
CONCLUSIONES (CONT.) • En Resumen, el Consejo está trabajando en el desarrollo de un conjunto de normativas para el ejercicio de la contaduría y auditoría, así como, se están implementando los mecanismos que conlleven a dignificar la profesión y promover la ética y responsabilidad profesional, para garantizar a los empresarios y entidades del Estado el mejor servicio profesional. ¡MUCHAS GRACIAS!