190 likes | 351 Views
Jornada de Actualización Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A. CLAVE FISCAL AGIP “Clave Ciudad”. Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez. Resolución (AGIP) 433/2009 Resolución (DGR) 2651/2009. Buenos Aires, Agosto de 2009. “ CLAVE CIUDAD ”. SUJETOS ALCANZADOS.
E N D
Jornada de ActualizaciónConsejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A. CLAVE FISCAL AGIP“Clave Ciudad” Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Resolución (AGIP) 433/2009 Resolución (DGR) 2651/2009 Buenos Aires, Agosto de 2009
“ CLAVE CIUDAD ” SUJETOS ALCANZADOS Contribuyentes del ISIB, excepto sujetos del Convenio Multilateral y Régimen Simplificado del ISIB ALCANCE En principio para la presentación de las Declaraciones Juradas, y posteriormente la Administración definirá la aplicación de dicha clave para cualquier otro servicio que se habilite en el futuro. Vigencia 13/07/2009 inclusive
NIVELES DE SEGURIDAD NIVEL 1 Se asigna únicamente a las personas físicas cuando actúan en representación de sí mismas condición estar registrado en la Base de Datos de la DGI, caso contrario deberá proceder a su inscripción en el Impuesto NIVEL 2 Se asigna únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes (designados mediante escritura pública salvo que se trate del Representante Legal) ó bien personas físicas que actúan en representación de terceros, permitiendo además actuar por sí mismo. Las personas físicas deben contar con CUIT, CUIL o CDI
CARACTERÍSTICAS NIVEL 1 Persona Física • Trámite no presencial a través de la página Web, • se ingresan los datos personales y los datos de un pago o declaración jurada efectuada en los últimos 12 meses, anteriores a la fecha de obtención de la Clave, • se imprime una Constancia de Validación una vez que la misma ha sido otorgada. De no registrar una presentación o pago en dicho lapso el contribuyente deberá concurrir al Organismo NIVEL 2 Persona Jurídica (*) • Trámite presencial, • concurrir personalmente a la DGR o delegaciones habilitadas • presentar formulario “Solicitud de Emisión de Clave Ciudad” y la documentación que se describe a continuación. (*) o Física en representación de terceros
REQUERIMIENTOS ARGENTINOS NATIVOS O NATURALIZADOS Y EXTRANJEROS: • original y fotocopia del DNI, LC o LE y además, • original y fotocopia del documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del Mercosur (de tratarse de un país limítrofe) sólo en el caso de extranjeros. EXTRANJEROS CON RESIDENCIA EN EL PAÍS (temporaria o transitoria): • original y fotocopia de la cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el N° de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia, en el caso que no posean DNI. Persona Física
REQUERIMIENTOS REPRESENTANTE LEGAL (ÚNICO) DE ASOCIACIONES Y SOCIEDADES DE CUALQUIER TIPO (INCLUIDAS LAS SH Y EN FORMACIÓN). • DNI, LC o LE del Representante Legal • Copia autenticada del contrato social, estatuto, etc. de la persona jurídica. • Documentación que lo acredite como representante legal -acta de asamblea, sentencia judicial, etc.- En caso de sociedades regulares, la designación del cargo debe estar inscripta en la IGJ. (Esta documentación se deberá presentar por cada persona jurídica representada) Persona Jurídica Las personas jurídicas, a los fines de utilizar y/o interactuar con los servicios informáticos habilitados, deberán hacerlo a través de la "Clave Ciudad" de su representante legal (Persona Física representantes de Personas Jurídicas). El Representante Legal deberá: - Contar con Clave Ciudad Nivel 2. - Dirigirse a la AGIP o a los CGPC para tramitar el “Administrador de Relaciones” de la sociedad con la correspondiente documentación.
REQUERIMIENTOS REPRESENTANTE LEGAL (CONJUNTO O INDISTINTO) DE ASOCIACIONES Y SOCIEDADES DE CUALQUIER TIPO (INCLUIDAS LAS SH Y EN FORMACIÓN): • DNI, LC o LE del Representante Legal. • Copia autenticada del contrato social, estatuto, etc. de la persona jurídica. • Documentación que lo acredite como representante legal -acta de asamblea, sentencia judicial, etc.- En caso de sociedades regulares, la designación del cargo debe estar inscripta en la IGJ. • Nota según lo dispuesto en el artículo 2 y Anexo IV de la RG AFIP 2239. SÍNDICO DEL CONCURSO (de corresponder): • DNI, LC o LE del Síndico • Resolución Judicial de Designación. Persona Jurídica
REQUERIMIENTOS SÍNDICO DE LA QUIEBRA: • DNI, LC o LE del Síndico • Resolución Judicial de Designación. FIDUCIARIOS: • DNI, LC o LE del del Fiduciario. • Copia del contrato de fideicomiso. • Contrato de fideicomiso en los términos de la Ley 24441 o documentación que lo acredite como Fiduciario. REPRESENTANTE LEGAL DE CONSORCIOS DE LA LEY 13512: • DNI, LC o LE del Representante Legal. • Copia del reglamento de copropiedad y administración y su inscripción en el registro correspondiente y/o documentación que lo acredite como representante (Acta de Asamblea, etc.). Persona Jurídica
REQUERIMIENTOS REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS: • DNI, LC o LE del Representante Legal. • Copia del certificado que acredite la representación diplomática, extendido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Para tramitar su condición de Administrador de Relaciones, el Representante Legal podrá autorizar a un tercero para presentar la documentación en los lugares habilitados. El mismo deberá encontrarse autorizado para tal fin mediante el respectivo poder a través de formulario resolución (DGR) 1220/1999. Persona Jurídica
ACLARACIONES Persona Jurídica REPRESENTACIÓN LEGAL PLURAL: • Se deberá designar a uno de los representantes legales a efectos que utilice y/o interactúe con los servicios habilitados. • A tales fines deberán presentar una nota conforme al modelo contenido en el Formulario Representación legal plural -Administrador de Relaciones- AGIP con la firma certificada por escribano o entidad bancaria. • Las personas físicas que ejerzan la representación legal o estatutaria de las personas jurídicas de Carácter Público y Entidades matrices de establecimientos de enseñanza privada e instituciones pertenecientes a arzobispados, obispados o congregaciones de la iglesia católica, o comunidades religiosas de otros cultos, o asociaciones civiles sin fines de lucro , podrán delegar, a través de un acto administrativo expreso, la función de Administrador de Relaciones a una persona física perteneciente a su organización. La persona designada deberá poseer Clave Ciudad Nivel 02. Cumplido ese requisito, tiene que presentar en los lugares habilitados la siguiente documentación: - Acto administrativo expreso por el cual el sujeto ha sido nombrado en el cargo respectivo. - Acto administrativo expreso por el cual el sujeto ha sido nombrado como “Administrador de Relaciones”. Existen situaciones excepcionales en las cuales se puede tramitar la “Clave Ciudad” para operar en nombre de una persona física que representa legalmente a una persona jurídica.
REQUERIMIENTOS ADMINISTRADOR JUDICIAL DE LA SUCESIÓN: • DNI, LC o LE de la persona física que invoque la calidad de Administrador Judicial • Sentencia Judicial de Designación del Administrador Judicial. Sucesión indivisa
Una persona física que por motivos de discapacidad o incapacidad física temporal se encuentre imposibilitada de concurrir a la AGIP. Una persona física residente en el exterior, imposibilitada de concurrir a la AGIP. Una persona física que representa legalmente a una persona jurídica y se encuentra alcanzada por alguna de las causales indicadas en lo puntos anteriores. La revocación del poder otorgado al Administrador de Relaciones Apoderado se efectuará en oportunidad de tramitarse la clave por parte de otro apoderado o cuando el representado tramite su propia clave y se convierta en Administrador de Relaciones revocando al apoderado anterior. SITUACIONES DE EXCEPCIÓN PERSONAS FÍSICAS Ante situaciones excepcionales, una persona física, denominada “Administrador de Relaciones Apoderado”, podrá actuar como apoderado y en nombre de:
SITUACIONES DE EXCEPCIÓN Documentación a presentar por el apoderado ARGENTINOS NATIVOS O NATURALIZADOS Y EXTRANJEROS: • original y fotocopia del DNI, LC o LE y además, • original y fotocopia del documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del Mercosur (de tratarse de un país limítrofe). EXTRANJEROS CON DNI: • original y fotocopia del documento nacional de identidad y del documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del Mercosur (de tratarse de un país limítrofe). NOTA DIRIGIDA A LA AGIP: • invocando alguna de las causales de excepción válidas e indicando la documentación que deberá adjuntarse según se indica a continuación para cada caso.
SITUACIONES DE EXCEPCIÓN Documentación a presentar sobre la causal que imposibilita la presencia física de la persona DISCAPACIDAD: • Copia del Certificado Único de Discapacidad obtenido en virtud de lo dispuesto por las leyes 22431 y 24901. INCAPACIDAD FÍSICA TEMPORAL: • Certificado médico que justifique fehacientemente dicha situación. RESIDENCIA EN EL EXTERIOR: • Copia del Certificado de Residencia en el Exterior legalizado por Cancillería, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, con la pertinente traducción efectuada por traductor público y refrendada la firma de este último en el Colegio Público de Traductores, de corresponder.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA CAMBIOS DE NIVEL El cambio de Nivel entre el 01 y 02 está permitido, y dicho trámite se realiza en la DGI, manteniendo el acceso a las aplicaciones que ya habían sido otorgadas a su nombre. RESPONSABILIDAD EN LA UTILIZACIÓN DE LA CLAVE La información transmitida, la operación del sistema y como asimismo cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario de la Clave, ello sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al mismo en virtud de la aplicación de las normas vigentes.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA DELEGACIÓN A SUBADMINISTRADORES El Nivel de Seguridad 02 permite efectuar delegación en uno o varios subadministrador/es, y a su vez éste, puede asignar la utilización de servicios a distintos agentes, pero mantendrá la responsabilidad de la Clave por su empleo ante la AGIP. REVOCATORIA Revocatoria del representante la revocatoria por parte del Representado/a se tramita en la DGR Revocatoria de servicios los servicios asignados u otorgados por un Administrador (Representante Legal) o Subadministrador pueden ser revocados por quien los haya concedido u otorgado
CRONOGRAMA DE SOLICITUD DE CLAVE FISCAL (1) Grandes contribuyentes, agentes de recaudación y contribuyentes intermedios ** IMPORTANTE ** Grandes contribuyentes: Resol. (DGR) 4191/07 Intermediarios: Resol. (AGIP) 315/08 Contribuyentes Locales (masivos) (1)Nivel de Seguridad 2
LUGARES DE ATENCIÓN • Dirección General de Rentas - Casa Central • Centros de Gestión y Participación Comunal • Colegio de Graduados en Ciencias Económicas • Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la C.A.B.A.