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La Homofobia y sus efectos en Derechos Humanos Lic. Ricardo Hernández Forcada

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La Homofobia y sus efectos en Derechos Humanos Lic. Ricardo Hernández Forcada

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  1. La Homofobia y sus efectos en Derechos Humanos Lic. Ricardo Hernández Forcada

  2. La Homofobia es un tema de derechos humanos, y de no atenderse bajo esta perspectiva, pone en riesgo “el sistema de libertades, la integridad y la protección de los derechos humanos de las personas de dicha población”* * Informe especial sobre violaciones a los derechos humanos y delitos cometidos por homofobia.

  3. En México, existe un problema de discriminación en agravio de un sector de la sociedad mexicana identificado fundamentalmente con la población Lésbica, Gay, Bisexual, Trasvesti,Transexual y Transgenero.* * Informe especial sobre violaciones a los derechos humanos y delitos cometidos por homofobia.

  4. En nuestro país la población LGBTTT es objeto de hostigamiento, persecución, violencia e incluso asesinato.

  5. ¿Qué se entiende por diversidad? El término "diversidad" se refiere a una amplia gama de diferencias entre las personas: color de la piel, género o identidad sexo genérica, religión, edad, raza o etnia, clase económica, experiencia politica, etc.

  6. ¿Y qué se entiende por diversidad sexual? Todo lo diferente es diverso, así, hablando de sexualidad, la diversidad sexual también hace referencia a las diferencias de las personas relacionadas con sus formas de vivir la sexualidad.

  7. Así, dentro de la diversidad sexual y las orientaciones sexuales encontramos lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros, trasvestis, transexuales e intersexuales. (LGBTTTI) La diversidad sexual también incluye a la heterosexualidad.

  8. *La discriminación por orientación sexual ha recibido varias denominaciones. Desde la psicología y las ciencias sociales se empezó a usar el término “homofobia” para dar cuenta de una variedad de fenómenos que tienen en común su posición negativa respecto de la homosexualidad. *Guía de acciones estratégicas para prevenir y combatir la discriminación por orientación sexual e identidad de género Derechos humanos, salud y VIH. ONUSIDA

  9. *El término surgió para referirse a un tipo psicológico hostil a la homosexualidad, pero luego su sentido se fue extendiendo hasta designar a todo tipo de discriminación por orientación sexual. *Guía de acciones estratégicas para prevenir y combatir la discriminación por orientación sexual e identidad de género Derechos humanos, salud y VIH. ONUSIDA

  10. En realidad, etimológicamente el término homofobia es inexacto. Si el prefijo griego “homo” quiere decir “semejante”, literalmente homofobia es el miedo irracional del semejante (y no “miedo al homosexual”)*. *Guía de acciones estratégicas para prevenir y combatir la discriminación por orientación sexual e identidad de género Derechos humanos, salud y VIH. ONUSIDA

  11. ¿Que es la homofobia?: Prejuicio que atribuye características negativas a las personas por el sólo hecho de ser o parecer homosexuales. “La homofobia organiza la hostilidad general, psicológica y social, respecto de aquellos y aquellas de quienes se supone que desean a individuos de su propio sexo o tienen prácticas sexuales con ellos” (BORILLO, DANIEL. Homofobia. Barcelona: Bellaterra, 2001).

  12. el término homofobia puede asimilar situaciones que son diversas: de ahí que desde los movimientos sociales se promueva el uso de “homofobia”, “gayfobia”, “lesbofobia” y “transfobia” para hacer visibles los procesos de discriminación y exclusión de los que son víctimas las personas no-heterosexuales, gays, lesbianas y trans, respectivamente.

  13. Homofobia: “Forma específica de sexismo, la homofobia rechaza también a todos los que no se conforman con el papel predeterminado por su sexo biológico. Construcción ideológica consistente en la promoción de una forma de sexualidad (hetero) en detrimento de otra (homo), la homofobia organiza una jerarquización de las sexualidades y extrae de ella consecuencias políticas” (BORILLO, DANIEL. Homofobia. Barcelona: Bellaterra, 2001. PP 36). Homofobia

  14. *La declaración de las Naciones Unidas en apoyo de los derechos de la población LGBT reafirma que el Principio de No Discriminación se aplica a todos los seres humanos independientemente de su orientación sexual o de su identidad de género, condena las violaciones de los derechos humanos de la población LGTBI, e insta a todos los estados a despenalizar las relaciones consensuales entre personas adultas del mismo sexo. 18 de Diciembre de 2008, Asamblea General de la ONU; Homofobia de Estado – Mayo 2009 ILGA – Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex - www.ilga.org

  15. En Mexico, no es muy difícil afirmar que en el colectivo LGTTB, ha sufrido de alguna forma de discriminación : Palabras ofensivas, violencia, e incluso la más extrema en que se priva de la vida a alguien por su preferencia u orientación sexual o identidad sexo-genérica.

  16. Encuesta nacional de cultura y prácticas ciudadanas (ENCUP), Secretaría de Gobernación y el INEGI. 2008 “Imaginemos que usted va rentar un cuarto en su casa, ¿usted aceptaría o no que una persona homosexual viviera en su casa? 41.7% de los encuestados respondió que no, sólo por debajo de personas tatuadas (45.7%), personas “enfermas de SIDA” (sic) (44.4) y personas con adicciones (77.1)%). Homofobia

  17. 1a Encuesta Nacional Exclusión, Intolerancia y Violencia en Escuelas Públicas de Educación Media Superior Dr. Miguel Székely Pardo Subsecretario de Educación Media Superior, 21 de Abril, 2008 Obtener algunos resultados sobre actitudes contra la diversidad, violencia y estado de ánimo En estudiantes de Educacion Media Superior (EMS) de subsistemas federales, estatales y autónomos. • En estudiantes de 15 a 19 años. • Una muestra de 13,104 casos representativa a nivel nacional. • El levantamiento fue realizado por el Instituto Nacional de Salud Pública en 2007 Homofobia

  18. 1a Encuesta Nacional Exclusión, Intolerancia y Violencia en Escuelas Públicas de Educación Media Superior Dr. Miguel Székely Pardo Subsecretario de Educación Media Superior, 21 de Abril, 2008 Homofobia

  19. 1a Encuesta Nacional Exclusión, Intolerancia y Violencia en Escuelas Públicas de Educación Media Superior Dr. Miguel Székely Pardo Subsecretario de Educación Media Superior, 21 de Abril, 2008 Homofobia

  20. La CNDH realizó en 2010 el “Informe especial sobre violaciones a los derechos humanos y delitos cometidos por homofobia.” en atención a que el número de señalamientos expresados por diversos grupos y organizaciones de la sociedad civil

  21. ANTECEDENTES EN CNDH: Recomendaciones de la CNDH respecto a la actuación de las autoridades en la investigación de casos de homicidios a personas en que se presume, de acuerdo a lo señalado por la sociedad civil, fueron cometidos por razón de la orientación sexual de la víctima: 113/93 20 de julio de 1993 al Gobernador del estado de Chiapas El caso de la comunidad gay de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas y de los señores Martín Ramón Moguel López y Jorge Alejandro Gutiérrez Esponda Homofobia

  22. Recomendaciones de la CNDH respecto a la actuación de las autoridades en la investigación de casos de homicidios a personas en que se presume, de acuerdo a lo señalado por la sociedad civil, fueron cometidos por razón de la orientación sexual de la víctima: 102/94, 31 de agosto de 1994 al Procurador General de Justicia del Distrito Federal, El caso de los señores Francisco Estrada Valle y otros, quienes fueron privados de la vida en el mes de julio de 1992. Homofobia

  23. Como antecedente mencionare que datos del Informe de crímenes de odio por homofobia, “México 1995-2010, resultados preliminares”, dado a conocer en mayo de 2010, por la Comisión Ciudadana contra los Crímenes de Odio por Homofobia asciende a: 2008: 648 crímenes demostrados 1 656 ejecuciones por homofobia estimadas* Fuente: http://www.letraese.org.mx/wp-content/uploads/2010/05/Informe.pdf

  24. En virtud de lo anterior, la CNDH consideró necesario pronunciarse respecto a los agravios que está enfrentando la población LGBTTT en el país, a fin de que sus derechos no sean vulnerados por las diversas autoridades de los tres ámbitos de gobierno, pero también que éstos impulsen su protección y respeto hacia a la sociedad, con la finalidad de preservar su seguridad jurídica y personal, y se establezcan las bases claras a efecto de que cesen las prácticas discriminatorias en contra de dicha población.

  25. Para la elaboración de este informe especial se instrumentó un programa de trabajo orientado a recopilar y analizar materiales sobre el estado que guardan las violaciones a los derechos humanos y los delitos motivados por homofobia, así como las acciones que el Estado mexicano está llevando a cabo para prevenirlos y erradicarlos a fin de preservar los derechos de la población LGBTTT en todo el país, en los siguientes términos:

  26. - Solicitud de información A 32 procuradurías generales de justicia de las entidades federativas, respecto de las averiguaciones previas referentes a los delitos cometidos en agravio de personas que fueran o existiera la presunción de que fueran integrantes de la población LGBTTT;

  27. Solicitud de información. • al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) referente al número de quejas o reclamaciones relacionadas con discriminación por motivos de orientación sexual y/o identidad o expresión de género;

  28. Solicitud de información. • A los 32 organismos públicos de protección de los derechos humanos del país, sobre las quejas presentadas respecto a las violaciones a los derechos humanos de la población LGBTTT, y • también se solicitó información a diversas organizaciones no gubernamentales que trabajan con miembros de la población LGBTTT.

  29. - Fuentes de información y documentación. Este organismo nacional, además de la información solicitada y enviada, revisó y analizó las quejas tramitadas en la CNDH respecto a discriminación en contra de la población LGBTTT; también se revisaron y analizaron más de 15 estudios relacionados con género, sexualidad y homofobia.

  30. - Fuentes de información y documentación. El “Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México”, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México en 2004;

  31. - Fuentes de información y documentación. También se consultó las “Campañas contra la homofobia en Argentina, Brasil, Colombia y México”, elaborado por la Organización Panamericana de la Salud en 2006;

  32. - Fuentes de información y documentación. El “Programa nacional para prevenir y eliminar la discriminación 2006”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 26 de junio de 2006; además de los informes de gobierno del titular del Poder Ejecutivo Federal de 1998 a 2008.

  33. Violaciones a los derechos humanos y delitos cometidos en agravio de la población LGBTTT.

  34. La población LGBTTT ha sido denominada como “minorías sexuales”, término no necesariamente adecuado, ya que hoy por hoy no existe un censo al respecto para determinar su cantidad y su condición de minoría;

  35. También en muchas ocasiones ha sido marginada por diversos sectores de la sociedad, pero lo más delicado es el hecho de que los agravios en su contra se consideren, de alguna manera, como conductas aceptadas socialmente por el sólo hecho de tener una orientación sexual y/o una identidad o expresión de género distinta a la heterosexual y, peor aún, el hecho de que, incluso, en varios casos dichas conductas, además de ser violatorias de los derechos humanos, constituyen delitos como la discriminación, lesiones y homicidio.

  36. Además de la discriminación por parte de particulares, que dicha segregación se presente en distintas instituciones públicas del país, tales como en los cuerpos de seguridad y agencias del Ministerio Público las personas LGBTTT son objeto de agresiones motivadas por un estigma social que genera discriminación

  37. Los miembros de la población LGBTTT frecuentemente son impedidos a circular libremente por las calles del país, debido a que son molestados y detenidos arbitrariamente por su sola apariencia, o vestimenta, por realizar manifestaciones públicas de afecto o por encontrarse reunidos en lugares públicos, siendo objeto de tratos ofensivos y discriminatorios en el momento de su detención, su declaración y reclusión por parte de las autoridades

  38. de igual manera, se les restringe el derecho a la libertad de reunión, ya que constantemente son dispersados bajo el argumento de que se encuentran ejerciendo la prostitución o dando “un mal ejemplo” o “mala impresión” a la sociedad.

  39. Se ha dado a conocer a través de diversos medios de comunicación, sobre el acoso físico y emocional que en algunas escuelas del país se está presentando en contra de adolescentes homosexuales, o contra personas que se identifican con la población LGBTTT, por parte de los mismos alumnos e incluso de algunos maestros, situación que se ha denominado comúnmente como el fenómeno de acoso escolar o bullying

  40. La CNDH analizó la información contenida en 696 casos de agravios a miembros de la población LGBTTT, referentes a la violación de sus DH, informes que provienen tanto de la CNDH como de los organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos del país, y de quejas por discriminación presentadas ante la CONAPRED; así como por delitos cometidos en su contra, fundamentalmente los referidos a discriminación, homicidio y lesiones, investigados en las 9 averiguaciones previas de más de 15 procuradurías generales de justicia

  41. La CNDH realizo una actualización de quejas recibidas en el periodo que va de agosto del 2009 a abril del 2011. Un hecho que debemos hacer notar es que en un periodo de once años, este organismo recibió un total de 30 quejas relacionadas con homofobia, en el último año y nueve meses se han recibido un total de 23 quejas relacionadas con tema, lo cual hace evidente el trabajo que se ha hecho en la promoción y difusión de los derechos humanos, y la persistencia de estos hechos.

  42. De las 23 quejas recibidas podemos decir que, el 20 son de hombre y 3 de mujeres; del total se presentaron 3 quejas en grupo, de las cuales dos están relacionadas con grupos de personas migrantes y la tercera con alumnos de educación superior.

  43. Los hechos violatorios más frecuentes son: • Falta a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia en el desempeño de las funciones, empleos, cargos o comisiones • Prestar indebidamente el servicio público • Acciones y omisiones que trasgreden los derechos a los migrantes y sus familias • Prestar indebidamente el servicio de educación • trasgredir el derecho a la libertad sexual

  44. Conclusiones: 1.- En México existe un problema de discriminación en agravio de la población LGBTTT, (…) (…) Los delitos y violaciones a los derechos humanos por orientación sexual, identidad o expresión de género no son hechos aislados(…) (…) lo que refleja la existencia de un problema estructural serio de intolerancia, y que requiere de su reconocimiento expreso y de una atención especial por parte de las autoridades

  45. 2. El problema de la discriminación por homofobia está provocando un nuevo escenario de inseguridad en México, que es alimentado por la falta de una cultura de respeto a los derechos humanos, y está generando un alto grado de vulnerabilidad en la población LGBTTT, en la cual se percibe una gran preocupación ante una respuesta gubernamental no siempre eficaz,

  46. aunado ello al hecho de la proliferación de factores como la impunidad, que en algunos casos representan un incentivo para que se cometan delitos y violaciones a los derechos humanos en su agravio, lo cual se convierte en un elemento presente en su vida cotidiana y que repercute en la toma de decisiones sobre su trabajo, vida familiar y, en algunos casos, hasta de conservar su domicilio en el lugar de su residencia, que afecta con ello su bienestar y calidad de vida.

  47. 3. La discriminación por homofobia demanda la eficacia de las políticas públicas de educación, salud, justicia y empleo, principalmente; esto es, que las acciones impulsadas por el Estado mexicano en diversas entidades del país se refuercen para combatir la intolerancia y malas prácticas que permitan a la población LGBTTT acceder a mejores condiciones de seguridad y protección de su dignidad, para que gocen y disfruten, al igual que todos los habitantes en el territorio nacional, de los derechos reconocidos en el orden jurídico mexicano sin limitación alguna;

  48. sin embargo tal situación exige el impulso de una estrategia institucional que logre la participación de los tres ámbitos de gobierno y la sociedad civil, que comprometa a todos en la suma de esfuerzos para hacer un frente común en la lucha contra la discriminación,

  49. Por lo expuesto anteriormente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos formula las siguientes propuestas:

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