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A PREVENIR LA CONTAMINACIÓN. Ministerio de Salud. Decreta Alerta Sanitaria entre la Región del Maule y la Región de Aysén. El la región del Biobío se declara alerta sanitaria en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y Los Ángeles.
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Ministerio de Salud • Decreta Alerta Sanitaria entre la Región del Maule y la Región de Aysén. • El la región del Biobío se declara alerta sanitaria en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y Los Ángeles. • Se otorga a las SERMI de Salud, facultades extraordinarias para establecer diversas medidas. DECRETO 90 02 MAYO 2014
Establece medidas específicas ante episodios críticos por contaminación atmosférica: • Preemergencia Ambiental • Emergencia RESOLUCIÓN EXENTA Nº 4288, 15 DE MAYO 2014
COMUNICACIÓN SEREMI de Medio Ambiente SEREMI de Salud Alerta, preemergencia y emergencia Intendencia Regional Medios Radiales locales, prensa y Página web de las SEREMIs de de Salud y Medio Ambiente
La contaminación del aire es producido mayormente por el uso de leña húmeda en las viviendas y las industrias. Los contaminantes (monóxido de carbono, el dióxido de nitrógeno y el material particulado 2,5) se producen principalmente por la combustión de la leña húmeda y/o en equipos de pobre tecnología (salamandras, chimeneas de pared, etc.). Estos contaminantes son tóxicos para el organismo ya que afectan el aparato respiratorio, especialmente de niños, adultos mayores y enfermos crónicos.
Decreto de Alerta Sanitaria del Ministerio de Salud para las comunas de Chillán, Chillán Viejo y Los Ángeles ALERTA AMBIENTAL • Se Recomienda restringir actividades aeróbicas al aire libre especialmente de niños, adultos mayores y enfermos crónicos. • Se recomienda evitar las quemas de hojas o cualquier residuo en vía publica y/o en recintos privados.
PREEMERGENCIA SE PROHIBE: • Funcionamiento de chimeneas abiertas en viviendas, actividades comerciales e industriales. • Funcionamiento de hornos de panadería a leña y hornos de ladrillo. • Funcionamiento de equipos ahumadores de alimentos. • Funcionamiento de emisores industriales, que se ubiquen en el listado de fuentes de MP 2,5 prioritaria del listado elaborado. • La realización de quemas de cualquier tipo en el radio urbano de las comunas de Chillán, Chillán Viejo y Los Ángeles. • El uso de calefactores residenciales con leña u otros derivados energéticos con humedad superior a 25%.
EMERGENCIA Además de los anterior se Prohibe: • Funcionamiento de calefactores residenciales de leña u otros derivados energéticos sólidos entre las 18:00 y 00:00 hrs. • Funcionamiento de emisores Industriales, que se ubiquen en el listados de fuentes de MP2,5 segundo grupo prioritario. • La realización de actividades aeróbicas al aire libre.
SE EXCEPTUAN de las medidas de Preemergencia para las comunas de Chillán, Chillán Viejo y Los Ángeles • Los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM). • Los Establecimientos Educacionales. • Los Recintos asistenciales de Salud públicos y privados.
MEDIDAS A IMPLEMENTAR Alerta 80-109 ug/m3 RECOMENDACIONES Pre-emergencia 110-168 ug/m3 Emergencia 169 ug/m3 Prohibición de: -Chimeneas abiertas. -Hornos y ahumadores . -Hornos de ladrillo. -Industrias en primer grupo prioritario de acuerdo a ranking D.S.138. -Quemadores de cualquier tipo -Calefactores residenciales(Con humedad de leña mayor al 25% ) Prohibición de: -Calefactores a leña de 18:00a00:00 -Industrias en 2º grupo D.S. 138 -Realizar actividades aeróbicas