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Propuesta Asamblea de Trabajadores del Consejo de Monumentos Nacionales 5 de marzo 2014 Comisión de Cultura Honorable Cámara de Diputados. Antecedentes: Dos leyes ingresadas al Congreso en el marco de la legislación cultural del paÃs:
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Propuesta Asamblea de Trabajadores del Consejo de Monumentos Nacionales 5 de marzo 2014 Comisión de Cultura Honorable Cámara de Diputados.
Antecedentes: • Dos leyes ingresadas al Congreso en el marco de la legislación cultural del país: • Ley que crea el Ministerio de Cultura y Patrimonio. (Comisión de Cultura, encargada al CNCA-DIBAM) • Ley de Reforma a la Ley de Monumentos Nacionales (Comisión de Educación, encargada a MINEDUC-DIBAM) ESTOS PROYECTOS NO RESUELVEN LOS ACTUALES PROBLEMAS DEL PATRIMONIO HOY
NUESTRO PATRIMONIO ESTÁ EN RIESGO CON LOS PROYECTOS DE LEY DE INSTITUCIONALIDAD Y reforma a LEY DE PATRIMONIO
Exigimos que la nueva ley de Ministerio de Cultura y patrimonio reconozca la Institucionalidad patrimonial en Chile como la primera independiente institución de las 3 instituciones de Cultura (1925), y que esto se refleje en su independencia, autonomía y claridad en funciones, presupuesto. Deberá ser un servicio público descentralizado con patrimonio propio dependiendo sólo del Ministerio de Cultura que coordine las acciones bajo el concepto de la cultura Exigimos NO UNA REFORMA SINO UNA NUEVA LEY DE PATRIMONIO CULTURAL. Que reconozca la diversidad multicultural de nuestro patrimonio, las nuevas conceptualizaciones, que integre el patrimonio material con el inmaterial, la participación de la ciudadanía, la independencia técnica que este órgano debe tener, el rol en el desarrollo del país. Que posibilite su rol fiscalizador y sancionador en el entendido de que la pérdida de patrimonio es una pérdida irreversible de recurso cultural.
Diagnóstico Comisión Allard 2006 • La institucionalidad cultural existente quedó a medio camino, reconoce dispersión en patrimonio, inexistencia de un modelo moderno de protección de patrimonio. • Se necesita un ente rector que permita tomar iniciativas y hacer seguimiento de las medidas de protección, situación que la actual institucionalidad y el nivel de recursos no ha sido posible implementar de modo satisfactorio.
Diagnóstico Comisión de Patrimonio Histórico y Cultural del país. Cámara de diputados (a raíz del terremoto de 2010) • Se analiza legislación comparada, se concluye que : • Solo Chile reconoce y señala en distintos cuerpos normativos las diferentes categorías de protección patrimonial. • El órgano encargado de velar por el patrimonio reconocido en la ley, es de carácter concentrado y tampoco cuenta con los recursos para apoyar las acciones de conservación y restauración de los bienes.
Lo existente: PROBLEMA CONSTITUCIONAL: ART. 19 n° 10 Constitución « (…) estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación» EL ESTADO DEBE DECIDIR ¿cuánto estimular? CMN DIBAM CNCA Protección y Tuición de los Monumentos Nacionales Apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el incremento del patrimonio cultural de la nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país Desarrollar servicios culturales que promuevan el acceso al conocimiento, la creación y la apropiación del patrimonio cultural; rescatar conservar investigar y difundir el patrimonio cultural nacional; desarrollar y mantener ,la infraestructura (bibliotecas archivos y museos)… LEY DE MONUMENTOS NACIONALES ORGANISMO EVALUADOR CON COMPETENCIA AMBIENTAL EN SEA CONTRAPARTE RESPONSABLE DE COMPROMISOS ANTE UNESCO DE SITIOS DE PATRIMONIO MUNDIAL OTROS
CMN Atribuciones y deberes del Consejo art 6 LMN: • Pronunciarse sobre la conveniencia de declarar Monumentos Nacionales los lugares, ruinas, construcciones u objetos que estime del caso (…) • Formar el Registro de Monumentos Nacionales y Museos. • Elaborar los proyectos o normas de restauración, reparación, conservación y señalización de los Monumentos Nacionales (…) • Gestionar la reivindicación o la cesión o venta al Estado o la adquisición a cualquier título por éste, de los Monumentos Nacionales que sean de propiedad particular. • Reglamentar el acceso a los Monumentos Nacionales y aplicar o, en su defecto, proponer al Gobierno las medidas administrativas que sean conducentes a la mejor vigilancia y conservación de los mismos. • Conceder los permisos o autorizaciones para excavaciones de carácter histórico, arqueológico, antropológico o paleontológico (…) • Proponer el o los reglamentos que deban dictarse para el cumplimiento de esta ley. • Editar y publicar monografías (…) • Difundir
La realidad en funciones: -Identificar, estudiar, proteger, difundir, conservar, promover, gestionar 1177 Monumentos Históricos, 1380 Monumentos Públicos, 116 Zonas Típicas o Pintorescas, 42 Santuarios de la Naturaleza y todo el patrimonio paleontológico y arqueológico presente en el país (solo en una parte de la Isla de Pascua se cuentan más de 12.000 sitios, o la comuna de Caldera que está emplazada sobre un gran yacimiento paleontológico); - Dar cumplimiento a los compromisos internacionales sobre los 5 sitios de Patrimonio Mundial que tiene Chile, algunos tan complejos como Valparaíso; - Dar curso a las nuevas postulaciones a la UNESCO como el Qhapaq Ñan; - Fiscalizar y sancionar los daños provocados al patrimonio; - Evaluar proyectos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de los miles de proyectos asociados a inversiones millonarias (Ver Punto 5); - Prevenir el deterioro y pérdida del patrimonio; - Revisar y dar respuesta a las solicitudes de declaratorias que aumentan día a día; - Responder a las demandas de la ciudadanía; - La difusión y relación con la comunidad, entre muchas otras labores.
Lo existente: CMN DIBAM CNCA Servicio público autónomo, descentralizado con patrimonio propio y personalidad jurídica, se entiende directamente con el Presidente de la República. 21 Consejeros y un Secretario Ejecutivo de Actas, Depende del MINEDUC. Sin estructura que ejecute acuerdos del Consejo SE existe de hecho y depende de la DIBAM administrativamente Servicio público autónomo, descentralizado con patrimonio propio y personalidad jurídica, depende del Ministerio de Educación
Diagnóstico trabajadores CMN: • Desde la institucionalidad, dependencias y centralismo • CMN en la actualidad: dependencia legal MINEDUC • dependencia administrativa DIBAM (no nos permite la autonomía en la búsqueda de recursos ni en el funcionamiento) • No existencia de Secretaría Ejecutiva. • Centralismo. MINEDUC DIBAM CMN • Competencia por recursos en funciones distintas. • Jerárquicamente CMN queda como una de las funciones de la DIBAM. • Administrativamente, todos los procesos son revisados por la DIBAM en conjunto con el resto de sus funciones y con la misma jerarquía.
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES CONSOLIDA PROBLEMAS CONCEPTUALES EXISTENTES • SE RECONOCEN COMO POSITIVO LO SGTE: • La descentralización. • La creación de un fondo de patrimonio. • La inclusión del patrimonio paleontológico. • La modernización del concepto de Zona Típica o Pintoresca • El incentivo tributario. • NO OBSTANTE CON ESTO NO GARANTIZAMOS EL CUMPLIMIENTO DE LA PROTECCIÓN EFECTIVA DEL PATRIMONIO
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA CONSOLIDA DEPENDENCIAS EXISTENTES MINISTERIO DE CULTURA CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y PATRIMONIO (con equivalentes regionales) (composición eminentemente política) Dirección de Patrimonio Cultural (con direcciones regionales) EX DIBAM Instituto de Fomento a las Artes y las Industrias Culturales (EX CNCA) Sistema Nac de Museos Secretaría Ejecutiva CMN Sistema Nac de Bibliotecas Sistema Nac de archivos
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA CONSOLIDA DEPENDENCIAS EXISTENTES MINISTERIO DE CULTURA CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y PATRIMONIO (con equivalentes regionales) (composición eminentemente política) Dirección de Patrimonio Cultural (con direcciones regionales) EX DIBAM Instituto de Fomento a las Artes y las Industrias Culturales (EX CNCA) Sistema Nac de Museos Secretaría Ejecutiva CMN Sistema Nac de Bibliotecas Sistema Nac de archivos
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES MANTIENE PROBLEMAAS CONCEPTUALES EXISTENTES • Problemas conceptuales, concepción monumentalista y excluyente: • No existe una definición de Patrimonio. • Concepción Monumentalista del Patrimonio se mantiene. • No considera la diversidad y la multiculturalidad del patrimonio de Chile. No considera el patrimonio inmaterial e inmaterial de una manera integral. • Incluye patrimonio paleontológico. • No considera el patrimonio indígena. • No considera los paisajes culturalesni territorio. • No considera el rol del patrimonio en el desarrollo del país. • No considera las amenazas contemporáneas al patrimonio en su diagnóstico.
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES CONSOLIDA PROBLEMAAS CONCEPTUALES EXISTENTES • Facultades y atribuciones: • No se resuelve el problema de coordinación con otras legislaciones y las implicancias en las funciones con el CMN, tales como: • - Participar como organismo con competencia ambiental en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. • - Operar en materia de bienes culturales como organismo técnico encargado de la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la UNESCO (Decreto Supremo N° 259, de 1980, del Ministerio de Relaciones Exteriores). • - Ser beneficiario, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Donaciones con Fines Culturales (artículo 8 de la Ley N° 18.985, de 1990, que establece normas sobre reforma tributaria), a sus modificaciones y a su Reglamento, de donaciones con fines culturales. • - Coordinación con Instrumentos de Planificación territorial.
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES CONSOLIDA PROBLEMAAS CONCEPTUALES EXISTENTES • Facultades y atribuciones: • Responsabilidades: • No resuelve el tema del conflicto sobre la propiedad privada del articulo 12, salvo por dar un incentivo tributario (ESTADO SUBSIDIARIO NO GARANTE), y un fondo de patrimonio. Transfiere la responsabilidad al privado a través de un incentivo económico. • No explicita que responsabilidades tiene el Estado cuando es propietario de Monumentos Nacionales. • No impone sanciones al abandono, solo al daño in fraganti y ya ejecutado.
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES CONSOLIDA PROBLEMAAS CONCEPTUALES EXISTENTES • Facultades y atribuciones: • - Al eliminar la condición de ambiental a las nuevas Zonas de Valor Patrimonial, pudiesen quedar fuera de la evaluación ambiental del SEA. • - No se resuelve la relación de responsabilidad internacional ante la Unesco respecto a los Sitios de patrimonio Mundial. • Otorga atribuciones y responsabilidades a los Consejos Regionales sin garantizar el adecuado soporte técnico de la Secretaría Ejecutiva, ni de la composición de dichos Consejos (arqueólogos y paleontólogos) • Por lo anterior las autorizaciones en patrimonio específico como el arqueológico o paleontológico podría ser ejecutado sin ningún profesional en la materia. • No es explícito en las facultades de gestión y ejecución de proyectos y estudios.
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES CONSOLIDA PROBLEMAAS CONCEPTUALES EXISTENTES • Representatividad, independencia técnica y participación ciudadana. • Transforman el carácter técnico del Consejo de Monumentos en una composición predominantemente política. • Elimina a las tradicionales organizaciones de la sociedad civil con representatividad técnica legítima. • No considera mecanismos para acoger ni a la comunidad ni a las comunidades indígenas, en la definición o construcción social de su patrimonio ni el la participación activa en su protección, fiscalización etc.
PROPUESTA DE LEY DE MINISTERIO DE CULTURA Y REFORMA A LA LEY DE MONUMENTOS NACIONALES CONSOLIDA PROBLEMAAS CONCEPTUALES EXISTENTES • Fiscalización y sanciones • No se explicitan las funciones de los mecanismos de fiscalización ni la orgánica necesaria para esto. • No se establecen las coordinaciones para las sanciones ni fiscalización exigidas por la Ley de Medio Ambiente (Somos el organismo competente (sectorial) que fiscaliza los posibles daños ambientales al patrimonio cultural material y los compromisos ambientales (Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) con respecto a los Monumentos Nacionales (compensaciones y mitigaciones) con la Superintendencia de Medio Ambiente.
EXIGIMOS - EL RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL A NUESTRA MISIÓN - UNA NUEVA LEY DE PATRIMONIO ACORDE A LAS DEMANDAS ACTUALES Y EL ROL DEL PATRIMONIO EN EL DESARROLLO DEL PAÍS. MINISTERIO DE CULTURA DIBAM Instituto de Fomento a las Artes y las Industrias Culturales (EX CNCA) Dirección de Patrimonio
CRITERIOS INICIALES PARA UNA NUEVA LEGISLACIÓN DE CULTURA Y PATRIMONIO • Deberá reconocer 3 instituciones independientes descentralizadas y equivalentes con atribuciones y financiamiento ordenadas en las siguientes funciones: • creación e industrias culturales. • Bibliotecas, archivos y museos. • Patrimonio material e inmaterial • 2. Deberá crear una nueva legislación de patrimonio que: • - Defina patrimonio y considere los nuevos conceptos de patrimonio reconocidos a nivel mundial, que reconozca la diversidad de nuestro patrimonio y el rol de las comunidades en su protección e identificación. Patrimonio como construcción social. • Considere las nociones de desarrollo, multiculturalidad y territorio. • Integre el patrimonio material e inmaterial como un todo indisoluble. • Incluya categorías excluidas como patrimonio indígena, paleontológico y paisajes culturales.
CRITERIOS PARA UNA NUEVA LEGISLACIÓN DE CULTURA Y PATRIMONIO • 3 . Deberá reconocer y plasmar otras funciones que realiza la Institución patrimonial por las nuevas demandas de la comunidad, coordinación con otras legislaciones, compromisos internacionales, etc. • Necesaria coordinación con instrumentos de planificación territorial y de desarrollo. • Necesaria coordinación con funciones del Sistema de Evaluación de impacto ambiental • Generación de nuevas normativa (adobe, seguros) • Necesaria política para asumir los compromisos internacionales con la UNESCO por los SPM. • Ley de donaciones culturales. • 4 . Deberá establecer claramente las responsabilidades y sanciones respecto a la protección del patrimonio, en todos sus grados y administraciones posibles.
CRITERIOS PARA UNA NUEVA LEGISLACIÓN DE CULTURA Y PATRIMONIO • 5 . Deberá garantizar que las decisiones sean tomadas por un organismo técnico independiente y multidisciplinario, incluyendo las disciplinas de cada tipología de patrimonio. • 6. Deberá garantizar la participación ciudadana en todos los niveles de protección, desde la identificación, fiscalización, protección, difusión etc. • 7. Deberá integrar como una atribución el control del «uso» en ciertos monumentos nacionales y la carga de ocupación. • 8. Deberá considerar estructura financiamiento y atribuciones para ejercer el rol fiscalizador. • 9. Deberá considerar subsidios e incentivos para los propietarios de MN. • 10. Deberá orientar y limitar el Fondo del Patrimonio a su conservación y establecer una política de priorización, evitando razones políticas en su utilización.
JUNTO CON TODO LO ANTERIOR SE DEBERÁ ESTABLECER UN MECANISMO DE GARANTÍA QUE ESTABLEZCA UNA ESTRUCTURA MÍNIMA CON DOTACIÓN Y PRESUPUESTO QUE PERMITA CUMPLIR TODO LO ANTES DESCRITO. EL PATRIMONIO DE CHILE ESTÁ EN RIESGO, LO QUE ESTAMOS EXIGIENDO ES UNA INSTITUCIONALIDAD A LA ALTURA DE SU RIQUEZA Y LA MISIÓN DE PROTEGERLO