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La participación política y la reforma electoral. Dr. Alberto Ricardo Dalla Via Presidente de la Cámara Nacional Electoral Profesor Titular de Derecho Constitucional (UBA) Presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional
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La participación política y la reforma electoral Dr. Alberto Ricardo Dalla Via Presidente de la Cámara Nacional Electoral Profesor Titular de Derecho Constitucional (UBA) Presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional Académico de Número de la Academia Nacional Cs. Morales y Políticas
Extensión de la participación política y de la protección judicial ● CUESTIONES DE GÉNERO La Cámara Nacional Electoral ha asumido de un modo cabal el rol que se le ha asignado, como garante del cumplimiento de las medidas que procuran la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos electivos y partidarios. ● VOTO DE LOS ARGENTINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR La Ley 24.007 extendió el sufragio activo a los argentinos residentes en el exterior. La Cámara Nacional Electoral dejó establecido que debe facilitarse también el ejercicio del derecho de afiliación de esos ciudadanos. ● VOTO DE LOS CIUDADANOS EN PRISIÓN PREVENTIVA Los casos “Mignone” y “Zárate” declaran que la restricción de acceder al acto electoral impuesta a los procesados constituye un trato incompatible con el respeto debido a la dignidad del ser humano. CANDIDATURAS POR GENERO EN LAS LISTAS OFICIALIZADAS EN LA ELECCIÓN DE 2009 Hombres 58 % Mujeres 42 %
Extensión de la participación política y de la protección judicial ●PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL CONTROL DEL FINANCIAMIENTO PARTIDARIO Se permite a cualquier interesado colaborar con el proceso jurisdiccional, admitiéndose la presentación de observaciones a los estados contables. Ello guarda adecuada coherencia con una concepción más participativa del sistema democrático. ●RECONOCIMIENTO DE LEGITIMACIÓN AMPLIA PARA IMPUGNAR CANDIDATURAS La Cámara decidió que deben publicarse en el sitio de Internet del fuero las listas de candidatos presentadas para su oficialización, a los efectos de que los particulares o los representantes del Ministerio Público Fiscal puedan someter a los magistrados las cuestiones que entiendan relevantes. ● GARANTÍAS DE LIBERTAD DEL VOTO DE COMUNIDADES ABORÍGENES En las últimas elecciones, la Cámara Nacional Electoral ha dictado un pronunciamiento dirigido a salvaguardar los derechos políticos de las comunidades indígenas frente a prácticas clientelares.
Elecciones primarias Participación ciudadana en la selección de los candidatos de los partidos políticos VOTO OBLIGATORIO Ley 26.571 Rasgos fundamentales SISTEMA DE ELECCIÓN ABIERTA PLENA PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA DE TODAS LAS AGRUPACIONES
Día de la elección primaria: 14/08/2011 (2do. domingo de agosto del año en que se celebren elecciones generales) Padrón: el mismo padrón que para la elección general (incluidos los que cumplan 18 años a partir del día de la elección general). Lugar de votación: en el mismo que en la elección general, con las mismas autoridades de mesa. Voto: es obligatorio, cada elector deberá emitir 1 voto por cada categoría de cargos, puede optar por distintas listas de las diferentes agrupaciones políticas. Boletas: 55 días antes de la elección las agrupaciones políticas solicitarán a los juzgados con competencia electoral la asignación de colores para las primarias y la general. Todas las listas de una agrupación política tendrán el mismo color, que no podrá repetirse con el de otras salvo el blanco. Las que no solicitaron color deberán utilizar el blanco. En el caso de las agrupaciones nacionales el juzgado de Capital Federal asignará los colores que serán utilizados por todas las agrupaciones de distrito de cada agrupación nacional. Elecciones primarias
Presentación de listas: ante las juntas electorales partidarias, 50 días antes de la elección primaria. Oficialización de precandidaturas: dentro de las 48hs. de presentadas la junta dictará resolución fundada acerca de su admisión o rechazo. Podrán ser apeladas al juzgado federal con competencia electoral, cuyas decisiones podrán ser apeladas ante la Cámara Nacional Electoral. Escrutinio definitivo y Proclamación de los candidatos: La elección de los candidatos a presidente y vicepresidente se hará por fórmula en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, la CNE hará la sumatoria de votos. En el caso de senadores por lista completa a simple pluralidad de sufragios y para diputados y parlamentarios del Mercosur cada agrupación para integrar la lista definitiva aplicará el sistema de distribución de cargos que establezca la carta orgánica o el reglamento de la alianza. Los juzgados de cada distrito efectuarán el escrutinio definitivo y comunicarán a la CNE en caso de la categoría de Presidente y Vicepresidente y a las juntas electorales partidarias en caso de legisladores. Piso o barrera legal: 1,5% de los votos válidos emitidos en el distrito en el caso de legisladores nacionales y parlamentarios del Mercosur, y en todo el territorio nacional para presidente y vicepresidente. Elecciones primarias - precandidaturas
Duración de la campaña: inicia 30 días antes de la elección primaria y 20 días antes la publicidad audiovisual. Finaliza 48 hs. antes de los comicios. Financiamiento: 50% del que corresponda por aporte de campaña para las elecciones generales y el aporte de boletas el equivalente a 1 boleta por elector. Los aportes serán distribuidos a las agrupaciones políticas y éstas los distribuirán entre las listas de precandidatos oficializados en partes iguales. Límite de gastos: las agrupaciones políticas no podrán superar el 50% del límite de gastos. Las listas que excedieren el límite de gastos serán responsables solidariamente y pasibles de una multa de hasta el cuádruplo del monto en que se hubiere excedido, los precandidatos y el responsable económico-financiero. Informe final de campaña: luego de las elecciones primarias cada lista y cada agrupación política deberá presentar un informe final de campaña. Elecciones primarias – campaña electoral
Otros rasgos esenciales de la reforma electoral RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTO PROVISORIO : Acta de fundación y constitución; 4‰ adherentes; nombre; declaración de principios y programa o bases de acción política; carta orgánica; autoridades promotoras; domicilio y apoderados partidarios. DEFINITIVO: 4 ‰ de afiliados (5 meses); elección de autoridades definitivas (6 meses) Agrupaciones Políticas RÉGIMEN DE CADUCIDADES REPRESENTATIVIDAD: mantener el mínimo de afiliados requeridos para el reconocimiento definitivo en el caso de Partidos de Distrito y el mínimo de distritos para los Nacionales. INELEGIBILIDAD: “Caso Patti” RÉGIMEN DE AFILIACIONES: seexige la renuncia previa. Posibilidad de renuncia sin determinación del partido (cf. Decreto 937/2010).
Otros rasgos esenciales de la reforma electoral INFORMATIZACIÓN REGISTRAL GEOGRAFÍA ELECTORAL Administración Electoral REGISTRO DE AUTORIDADES DE MESA VOLUNTARIAS PUBLICIDAD
Oficialización de candidaturas para las primarias y para las elecciones generales Normas sobre campañas electorales Publicidad contratada por el Estado y distribuida por la DINE Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión Normas sobre financiamiento Registros Escrutinio Otros rasgos esenciales de la reforma electoral Procesos Electorales
Otros rasgos esenciales de la reforma electoral RECURSO DIRECTO ANTE LA CÁMARA NACIONAL ELECTORAL CONTRA LAS DECISIONES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL EN MATERIA FINANCIERA Acciones Procesales APELACIÓN A LA CÁMARA NACIONAL ELECTORAL DE LAS RESOLUCIONES DE PRIMERA INSTANCIAS EN EL PROCESO DE ELECCIONES PRIMARIAS La misión central del Poder Judicial es velar porque las reglas del procedimiento y las condiciones de la discusión y la decisión democráticas sean satisfechas.
Es de gran utilidad confeccionar, y poner en conocimiento de quienes participan de la elección, un cronograma que contenga todas las fases del proceso electoral y los plazos de impugnación, que deben enmarcarse en el cronograma del proceso. A modo ilustrativo: Cronograma Electoral Tentativo – 2011 • Constitución Juntas ElectoralesNacionales (24/08) • Oficialización de Candidatos (3/09) • Inicio campaña electoral (18/09) • Oficialización de boletas (23/09) • Inicio publicidad audiovisual (28/09) • Prohibición de publicidad de actos de gobierno (08/10) • Informe previo de campaña (12/10) • Prohibición de publicar encuestas o sondeos de opinión (14/10) • Elecciones generales (23/10) • Designación de autoridades de mesa y ubicación de mesas electorales (15/07 • Aprobación formal de los modelos de boletas por la JNE (15/07 • Inicio campaña electoral para las primarias y depósito del aporte público (15/07) • Inicio publicidad audiovisual (25/07) • Convocatoria a elecciones generales (25/07) • Prohibición de publicidad de actos de gobierno (30/07) • Apertura Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de opinión (04/08) • Elección Primaria (14/08) • Cierre del padrón provisorio (26/04) • Publicación (06/05) • Convocatoria a Elecciones Primarias (fecha límite 16/05) • Reclamos sobre las Listas de Electores (21/05) • Constitución del Consejo de Seguimiento de las elecciones (26/05) • Reconocimiento de alianzas y confederaciones (15/06) • Asignación de colores de boleta (20/06) • Registro de candidatos ante las juntas partidarias(25/06) • Presentación de Boletas ante las juntas partidarias (1°/07) • Padrón definitivo (15/07)