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Diplomado de Derecho Administrativo Módulo I Sesión 3. El Acto Administrativo FRANCISCO BLANCO MOLERO. ACTO ADMINISTRATIVO. ASPECTOS DOCTRINARIOS La realización de la función administrativa exige una serie de actos.
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Diplomado de Derecho AdministrativoMódulo ISesión 3 El Acto Administrativo FRANCISCO BLANCO MOLERO
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS • La realización de la función administrativa exige una serie de actos. • El acto administrativo es una especie del acto jurídico, es manifestación de la acción administrativa
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS • Son aquellas declaraciones unilaterales, no normativas, de la Administración, sometidas al Derecho Administrativo. • Es una conquista del Estado de derecho.
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS • Las decisiones administrativas no se expresan sólo a través de operaciones materiales, sino también mediante declaraciones intelectuales de origen unilateral o bilateral, de alcance individual o general y de efectos directos o indirectos. Pero la amplitud y extensión de las declaraciones administrativas no siempre se entiende lo mismo por acto administrativo (Roberto Dromi)
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS • En un sentido amplio, acto administrativo es todo acto jurídico dictado por la Administración sometido al Derecho Administrativo. Pero ese concepto amplio es desestimado en la doctrina y leyes a favor de un concepto más estricto, excluyendo los reglamentos, propios de la teoría de las fuentes y los actos contractuales, propios de la teoría de los contratos de administración (Eduardo García Enterria y Tomás-Ramón Fernández)
ACTO ADMINISTRATIVO DEFINICION Acto administrativo es la declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamentaria (Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández)
ACTO ADMINISTRATIVO DEFINICION • Es una declaración unilateral realizada en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales en forma inmediata (Agustín Gordillo). • Toda declaración unilateral efectuada en el ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales en forma directa (Roberto Dromi).
ACTO ADMINISTRATIVO • LEY 27444: Concepto de acto administrativo • Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta.
ACTO ADMINISTRATIVO • LEY 27444: No son actos administrativos: • Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. • Los comportamientos y actividades materiales de las entidades.
ACTO ADMINISTRATIVO ELEMENTOS ACTO ADMINISTRATIVO • Subjetivos: Administración, Órgano, competencia, investidura del titular del órgano • Objetivos: Presupuesto de hecho, fin causa, motivo; la declaración y su contenido y objeto • Formales: Procedimiento y forma de manifestación (Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández)
ACTO ADMINISTRATIVO REQUISITO DE VALIDEZ • COMPETENCIA • OBJETO O CONTENIDO • FINALIDAD • MOTIVACION • PROCEDIMIENTO REGULAR O DEBIDO PROCEDIMIENTO
ACTO ADMINISTRATIVO • LEY 27444: Requisitos Validez Actos Administrativos: 1. Competencia.- órgano facultado por materia, territorio, grado, tiempo o cuantía. Colegiados (sesión, quórum y deliberación). 2. Objeto o contenido.- determine inequívocamente sus efectos. Lícito, preciso, posible física y jurídicamente, y comprenda cuestiones surgidas de motivación. 3. Finalidad Pública.- De interés público. 4. Motivación.- En proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. 5. Procedimiento regular.- Antes de su emisión, debe ser conformado mediante cumplimiento procedimiento administrativo previsto para su generación.
ACTO ADMINISTRATIVO • COMPETENCIA: En la definición de este elemento participan 2 factores: • Potestad o atribución conferida por norma expresa al órgano u organismo a cargo de la función publica • Régimen de la persona o personas que revestidos de funciones administrativas, representan al órgano u organismo titular de la competencia (Juan Carlos Morón)
ACTO ADMINISTRATIVO • OBJETO O CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO • Aquello que decide, declara o certifica la autoridad. • No admisible prohibido por norma, ni incompatible situación hecho prevista. No impreciso, oscuro o imposible realizar. • No contravenga Constitución, ley, mandato judicial firme; ni normas administrativas generales. • Cuestiones planteadas por administrados y otras apreciadas oficio, siempre que otorgue posibilidad de exponer posición administrado (Ley 27444)
ACTO ADMINISTRATIVO • El objeto o contenido del acto administrativo debe tener las siguientes características: • Legalidad • Precisión • Posibilidad jurídica • Posibilidad fáctica • Congruencia con la motivación (Juan Carlos Morón Urbina)
ACTO ADMINISTRATIVO • FINALIDAD PÚBLICA: El contenido de cada actuación pública debe perseguir aquellas finalidades general y específica que le corresponde dirigida al interés general. Constituye vicio de nulidad por desviación del poder, la inadecuación entre los móviles que inspiran la actuación administrativa con el fin perseguido
ACTO ADMINISTRATIVO • LA MOTIVACIÓN: Es elemento esencial de validez del acto administrativo, y constituye un medio técnico de control del elemento causal del acto administrativo. Por tal motivo, es requisito de fondo. No es la afirmación de una fórmula convencional, por el contrario, la motivación ha de ser suficiente, esto es, ha de dar razón plena del proceso lógico y jurídico que ha determinado la decisión (Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández)
ACTO ADMINISTRATIVO LEY 27444: Motivación del acto administrativo • Expresa: HECHOS Y DERECHO, que justifica acto. • Puede motivarse mediante declaración conformidad fundamentos anterior dictamen o informe de expediente, que se identifique y sea integrante acto. • No son admisibles exposición fórmulas generales o vacías oscuras, vagas, contradictorias o insuficientes
ACTO ADMINISTRATIVO • LEY 27444: No requieren motivación • Decisiones mero trámite • Procedente pedido administrado y acto no perjudica derechos de terceros. • Para gran cantidad de actos sustancialmente iguales en que basta motivación única.
ACTO ADMINISTRATIVO • PROCEDIMIENTO REGULAR: En el derecho administrativo, la existencia del procedimiento no sólo busca proteger la certeza de la administración, sino que sirve de garantía a los derechos de los administrados y a los intereses públicos. Por ello, cuando la administración es llevada al contencioso, le corresponde acreditar haber seguido un procedimiento regular (Juan Carlos Morón Urbina)
ACTO ADMINISTRATIVO • VALIDEZ ACTO ADMINISTRATIVO VALIDEZ, no siempre coincide con EFICACIA
ACTO ADMINISTRATIVO VALIDEZ ACTO ADMINISTRATIVO • Es válido acto administrativo dictado conforme al ordenamiento jurídico. • PRESUNCION DE VALIDEZ: Todo acto administrativo se considera válido en tanto su pretendida nulidad no sea declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional (art. 8º y 9º Ley 27444)
ACTO ADMINISTRATIVO • Actos administrativos ilícitos no pierden cualidad tales. Los vicios jurídicos tornan al acto ilegítimo, inválido, antijurídico, pero no por ello dejan de producir efectos jurídicos ni lo privan de su condición. Puede tener un vicio impugnable administrativa y judicialmente que engendre responsabilidad extracontractual del Estado por la producción de efectos antijurídicos, sin dejar de ser acto administrativo por esa circunstancia. (Roberto Dromi)
ACTO ADMINISTRATIVO EFICACIA ACTO ADMINISTRATIVO • La eficacia es la aptitud que poseen los actos jurídicos para producir consecuencias de toda clase que conforme a su naturaleza debe producir, dando nacimiento, modificando, extinguiendo, interpretando, o consolidando la situación jurídica o derechos de los administrados
ACTO ADMINISTRATIVO EFICACIA ACTO ADMINISTRATIVO: 27444 • A partir de notificación legalmente realizada • Desde fecha emisión si otorga beneficio al administrado, salvo disposición diferente del mismo acto. • EFICACIA ANTICIPADA: • Autoridad puede disponer mismo acto que tenga eficacia anticipada a su emisión: más favorable administrados, no lesione derechos fundamentales ni intereses protegidos a 3º, existiera fecha retrotraerse eficacia, supuesto hecho justificativo para su adopción. • También tienen eficacia anticipada la declaratoria de nulidad y los actos que se dicten en enmienda.
ACTO ADMINISTRATIVO CARACTERISTICAS • Presunción de validez o legalidad • Ejecutividad y ejecutoriedad, por potestad de autotutela de la Administración Pública • Impugnabilidad, que permite revisión, en la misma sede administrativa, de los actos administrativos
ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO • LEY 27444: Contravención Constitución, ley, reglamentarias. • Defecto u omisión requisito validez, salvo supuesto de conservación del acto • Acto expreso o resulte aprobación automática o silencio administrativo positivo: adquiere facultades, o derechos, contrarios orden jurídico, no cumple requisitos, documentación o trámites esenciales. • Constitutivo infracción penal o consecuencia.
ACTO ADMINISTRATIVO TRAMITE DE LA NULIDAD: 27444 • Los administrados plantean nulidad por medio de recursos administrativos • Es conocida y declarada por autoridad superior de dictó acto. Si es autoridad no sometida a subordinación jerárquica, la declara la misma. • Si se declara nulidad, se dispondrá conveniente para hacer efectiva responsabilidad del emisor acto inválido
ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD DE OFICIO: 27444 • En casos antes enumerados, puede declararse de oficio, aún actos firmes, siempre que agravien interés público. • Sólo declara funcionario jerárquico superior expidió acto. Si no sometida subordinación jerárquica, la declara mismo funcionario. • Facultad declarar nulidad de oficio de prescribe al año, a partir fecha consentido. • En caso haya prescrito plazo, sólo procede demanda nulidad ante Poder Judicial proceso contencioso administrativo, dentro de 2 años desde fecha prescribió facultad declararla sede administrativa. • Los emitidos por consejos o tribunales regidos por leyes especiales resuelve en última instancia administrativa, en sede administrativa por acuerdo unánime dentro año a partir notificación. Titular entidad puede demandar Poder Judicial proceso contencioso administrativo, dentro de los 3años siguientes notificación (Según modificación DL1029 pub. 24.06.08)
ACTO ADMINISTRATIVO EFECTOS DE NULIDAD: 27444 • Declaración nulidad tiene efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto, salvo derechos adquiridos buena fe 3º . • Los administrados no están obligados a su cumplimiento y servidores públicos debe oponerse a ejecución acto, fundando y motivando negativa. • En caso acto viciado consumado o sea imposible retrotraer sus efectos, sólo da lugar a la responsabilidad de quien dictó el acto y en su caso, a la indemnización para el afectado.
ACTO ADMINISTRATIVO EFECTOS DE NULIDAD: 27444 • Nulidad de acto sólo implica la sucesivos en procedimiento, cuando estén vinculados a él. • Nulidad parcial no alcanza a partes que resulten independientes de parte nula, salvo que sea su consecuencia, ni impide producción efectos para los cuales pueda ser idóneo, salvo ley en contrario. • Autoridad que la declara, dispone conservación de actuaciones o trámites cuyo contenido hubiere permanecido igual de no haberse incurrido en el vicio.
ACTO ADMINISTRATIVO CONSERVACION DEL ACTO: 27444 • Cuando vicio no sea trascendente, prevalece conservación del acto, procediéndose a enmienda por propia autoridad emisora. • No obstante conservación acto, subsiste responsabilidad quien emite acto viciado, salvo enmienda sin pedido parte y antes ejecución. • Los vicios incurridos en ejecución acto administrativo, o notificación a administrados, son independientes de su validez.