1 / 18

DERECHO ADMINISTRATIVO

DERECHO ADMINISTRATIVO. CONCEPTO:. Conjunto de normas jurídicas que regulan el funcionamiento de la administración del Estado. ¿QUÉ ES LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?. La Administración Pública puede ser centralizada o descentralizada.

macy
Download Presentation

DERECHO ADMINISTRATIVO

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. DERECHO ADMINISTRATIVO

  2. CONCEPTO: Conjunto de normas jurídicas que regulan el funcionamiento de la administración del Estado.

  3. ¿QUÉ ES LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA? • La Administración Pública puede ser centralizada o descentralizada. • La Administración Centralizada está formada por el Poder Ejecutivo Nacional. • La Administración Descentralizada es de dos tipos: territorial (formada por las Intendencias) y funcional (formada por los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados).

  4. ¿QUÉ ACTOS DICTA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA? • La Administración Pública, tanto central como descentralizada, dicta actos administrativos que pueden ser generales, como los reglamentos o individualizados como las resoluciones.

  5. ¿CÓMO SE RELACIONA EL DERECHO ADMINISTRATIVO CON EL TRABAJO? • Así como el Derecho Laboral es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones entre trabajadores y empleadores en el ámbito privado. El Derecho Administrativo regula las relaciones entre la Administración Pública, cuando ésta funciona como empleador y los trabajadores que en el ámbito público, es decir los funcionarios públicos. • En el ámbito privado el empleador es un particular. • En el ámbito público el empleador es el Estado.

  6. FUNCIONARIO PÚBLICO: • Es la persona que trabaja en una entidad estatal. • Es la persona cuyo empleador es el Estado, encarnado en un organismo público.

  7. Características de la relación funcional: 1- Naturaleza estatutaria 2- Personalísima 3- Bilateral 4- Vínculo de Derecho Público

  8. Derechos y deberes del funcionario público: DERECHOS -Cargo -Remuneración -Ascenso -Descanso -Licencia -Carrera administrativa -Jubilación -Derecho de sindicación -Derecho de huelga -Movilidad DEBERES -Respeto y obediencia -Decoro y dignidad -Eficiencia -Lealtad -Reserva o secreto -Denunciar irregularidades o delitos -Asiduidad y puntualidad -Prevalencia de la función

  9. Derecho al cargo: • Es el derecho a permanecer en el cargo y desempeñarlo mientras el cargo exista. INGRESO 1-Designación: acto administrativo unilateral pero que requiere el consentimiento del designado para que produzca efectos.

  10. 2-Elección: tiene carácter unilateral y es realizada por el Cuerpo Electoral. 3-Accesión: se accede a un cargo por ser titular de otro ( Vicepresidente de la República es Presidente del Senado) 4-Contratación: Contrato entre la Administración Pública y la persona física.

  11. CESE 1-Renuncia: acto unilateral del funcionario por el que manifiesta su voluntad de dejar el cargo. Requiere aceptación de la Administración. 2-Abandono del cargo: Inasistencia no autorizada y prolongada del cargo.

  12. 3-Destitución: acto unilateral de la Administración que equivale al despido (sin indemnización). Las causas son ineptitud, omisión o delito. 4-Jubilación: es el cese por años de servicio y edad (amparo en el régimen jubilatorio).

  13. 5- Revocación del nombramiento: en caso de que la designación del funcionario se haya realizado con violación de las normas legales, entonces una vez constatada la irregularidad, la designación queda revocada. 6- Supresión del cargo: el funcionario que lo ocupa queda separado de la administración. Se diferencia de la destitución porque en aquel persiste el pago.

  14. 7- Edad máxima: 70 años 8- Muerte: subsiste el derecho a cobrar pensión y subsidio por fallecimiento.

  15. DERECHO AL ASCENSO Es la promoción de la situación del funcionario, progresando desde los cargos inferiores hasta los de mayor jerarquía. DERECHO A LA CARRERA ADMINISTRATIVA El funcionario tiene derecho a ser evaluado anualmente bajo criterios de igualdad y justicia.

  16. Régimen disciplinario: El funcionario administrativo puede ser sancionado. La investigación administrativa tendrá carácter reservado hasta que sea necesario darle vista a los interesados.

  17. CLASIFICACIONES DE SANCIONES: 1- Por la gravedad de la medida: a- leves (observación verbal) b- graves (suspensión sin goce de sueldo) 2- Según termine o no la relación funcional: a- correctivas (traslado a otra oficina) b- expulsivas (destitución) 3- Por el aspecto que afectan: a- de alcance moral (leves y correctivas) b- de alcance pecuniario (descuento de sueldo) c- de alcance profesional (pérdida del derecho al ascenso)

  18. Autor: Elena Pazos.

More Related