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El béisbol profesional venezolano, como lo conocemos, se podría ver afectado. La tradición exitosa del Béisbol Profesional.
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El béisbol profesional venezolano, como lo conocemos, se podría ver afectado
La tradición exitosa del Béisbol Profesional • El Béisbol Profesional en Venezuela acumula 65 años de historia. Contando con equipos fundados por la iniciativa privada desde 1917 hasta el 2007, cuando se fundó el último. • En nuestros inicios en 1946 éramos sólo 4 equipos y empezamos jugando en un estadio gracias a la empresa privada, en este caso a Cerveza Caracas y su estadio. Gracias a la iniciativa de muchos venezolanos, los equipos han variado en el tiempo y crecido en cantidad, hasta hoy en día contar con un total de ocho equipos. • Desde entonces y para agregarle emoción y expectativa al evento, hemos ido transformando la estructura del torneo hasta hoy tener un campeonato fuerte, consolidado, gracias a la asistencia, calidad del espectáculo deportivo y cobertura de medios. El mejor campeonato de béisbol del Caribe. • Somos hoy en día la Liga de Béisbol Profesional mas exitosa y sólida del Caribe. Cada año, más venezolanos juegan en nuestra liga, en las Grandes Ligas, en Japón y otras ligas internacionales. • Algunos datos: Se podría poner en riesgo la gestión exitosa de 65 años del beisbol profesional venezolano
¿Cuál es el riesgo? En la Asamblea Nacional se debe aprobar una Ley del Deporte que asegure la calidad, continuidad y crecimiento del Beisbol Profesional en Venezuela. Una buena Ley del Deporte , es la que es buena para todos: para el deporte, deportistas, federaciones, liga y para todos los que formamos parte de la familia del deporte venezolano.
¿Por qué es un riesgo? • Con este Proyecto de Ley el Estado limita toda la actividad deportiva que se desarrolla en el país • La Ley declara la actividad deportiva en general como un servicio público, pudiendo ser desarrolladas por el Estado directamente o por particulares debidamenteautorizados, es decir sin la autorización del Estado no se puede realizar (Art. 9) • La Ley establece que se condicionará y requerirá autorización por parte del Ministerio para llevar a cabo eventos deportivos, constituir equipos, firmar contratos, patrocinar atletas, participar en competencias internacionales, entrenar y desarrollar peloteros, organizar campeonatos, y todo lo relevante a la pelota nacional (Art. 52) • A la Liga, Equipos y Peloteros se les elimina la libertad de decisión, ya que el Estado podrá decidir todo (quiénes serán los patrocinantes, cuáles contratos entre peloteros y equipos son aceptables, en qué fecha comenzarán los campeonatos y en qué estadios se jugará) Se podría ver afectada la libertad que hoy tienen los peloteros, la liga, los equipos y la fanaticada de decidir cómo se juega y disfruta el Béisbol en Venezuela
¿Por qué es un riesgo? Declaratoria de Servicio Público Artículo 9. Las actividades de promoción, organización, desarrollo y administración del deporte, la actividad física y la educación física, se declaran de servicio público, pudiendo ser desarrolladas por el Estado directamente o por particulares debidamente autorizados. Principales Funciones del Estado Artículo 12. El Estado en función de garantizar el efectivo ejercicio del derecho al deporte, a la actividad física y a la educación física: 1. Presta el servicio público deportivo en las instalaciones públicas de uso público; 2. Autoriza, supervisa y controla la prestación del servicio público deportivo, en las instalaciones privadas de uso público; 3. Regula, autoriza y fiscaliza el funcionamiento de los establecimientos deportivos. 4. Incentiva, regula, orienta, coordina, supervisa y apoya a las Organizaciones Sociales Promotoras del Deporte. 5. Provee atención integral a las atletas y los atletas, adoptando medidas legales, presupuestarias y administrativas para asegurar su formación técnica y profesional, su educación y desarrollo social integral, en atención a sus condiciones particulares. 6. Asegura el acceso al Sistema Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física a todas las personas, con el concurso de los particulares y de las organizaciones del Poder Popular. 7. Desarrolla y reglamenta el mecanismo por el cual el Ejecutivo Nacional otorga el reconocimiento y designación de las Glorias Deportivas. 8. Las demás atribuciones que sean previstas en las leyes, reglamentos y demás actos del Poder Público.
¿Por qué es un riesgo? De la Gestión Económica del Deporte Artículo 51. La gestión económica del deporte podrá ser realizada por personas naturales o jurídicas que se dediquen, con fines de lucro, a las siguientes actividades: 1. La prestación del servicio público de promoción, desarrollo, formación, entrenamiento y administración del deporte, la actividad física y la educación física; 2. La organización de la práctica del deporte profesional, constituidas bajo la figura de compañías anónimas y comprenden los clubes y ligas profesionales; 3. La producción y comercialización de bienes y servicios asociados al deporte, la actividad física y la educación física; 4. La gestión e intermediación de contratos profesionales, de auspicio, patrocinio o representación de deportistas, profesionales o no, y atletas. Licencia sobre Actividades de Gestión Económica del Deporte Artículo 52. Todas las personas naturales o jurídicas indicadas en los numerales 1º, 2º y 4º del artículo anterior, a los fines de garantizar el efectivo ejercicio del derecho al deporte, la actividad física y la educación física, en condiciones de calidad, especialidad y salubridad, así como de velar por la protección de los derechos de los deportistas, profesionales o no, deberán cumplir con los requisitos que indique el Reglamento de esta Ley y contar con la autorización del Ministerio con competencia en materia de deporte, actividad física y educación física, a fin de llevar a cabo sus actividades económicas, en los términos de la presente Ley, su reglamento y demás actos normativos que se dicten al efecto. El Estado, por órgano del Instituto Nacional de Deportes, supervisará y controlará las condiciones de prestación del servicio público y el ejercicio de la actividad económica de gimnasios, academias, escuelas y similares, clubes y ligas profesionales y de las personas indicadas en los ordinales 1º y 4º del artículo anterior, las cuales deberán inscribirse y mantener actualizados sus datos en el Registro Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física. .
¿Por qué es un riesgo? Artículo 57. Se crea el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, el cual estará constituido por los aportes realizados por empresas u otras organizaciones públicas y privadas que realicen actividades económicas en el país con fines de lucro, y cuyos ingresos brutos anuales superen las siete mil (7000) unidades tributarias; por las donaciones y cualquier otro aporte extraordinario que hagan la República, los Estados, los Municipios o cualquier entidad pública o privada y por los rendimientos que dichos fondos generen. Dicho Fondo será utilizado para el financiamiento de planes, proyectos y programas de desarrollo y fomento de las materias a su cargo, en las comunidades con bajos niveles de desarrollo de actividad deportiva, así como para la atención integral de los atletas y las atletas. El aporte a cargo de las empresas u otras organizaciones indicadas en este artículo, será el uno por ciento (1%) de sus ingresos brutos anuales, según los parámetros que se definan en Reglamento de la presente Ley o en normas emanadas del Ministerio con competencia en materia de deportes, actividad física y educación física.
¿Cuáles podrían ser los efectos? Peloteros
¿Cuáles son los efectos? Equipos / Liga
¿Cuáles son los efectos? Fanaticada
¿Qué podríamos perder? • Peloteros, Equipos, y Liga pierden autonomía en sus decisiones, todo depende de lo que autorice el Ministerio, cómo y cuándo lo quiere • Se pondrá en riesgo la competitividaddel béisbol nacional. Las Ligas deportivas más importantes y exitosas del mundo son privadas, no son consideradas servicio público y son autónomas en sus decisiones de financiamiento, mayoritariamente privado. (Las Grandes Ligas, La Liga Española de Futbol (BBVA), NBA). Asimismo, las selecciones nacionales más importantes y exitosas del mundo están patrocinadas y apoyadas por la empresa privada y pública ¿Cómo competiremos después de la Ley? • Se pierde calidad deportiva con • la fuga de talentos, ante trabas y retrasos en la aprobación de sus contratos por parte del Ministerio. • la pérdida de las generaciones de relevo en el béisbol, cuando se obstaculiza la transferencia de buenas prácticasa nuestros semilleros, ellos estarán condicionadas a las decisiones del Estado • la disminución del intercambio de conocimientos entre organizaciones deportivas nacionales y extranjeras • la ausencia de los Grandes Ligas en el béisbol venezolano, las trabas administrativas y exagerado control pone en riesgo los acuerdos que permiten su participación en la Liga Se podrían perder 65 años de éxito de la LPBV, Pierde el Buen Beisbol, Perdemos TODOS
¿Qué solicitamos? • Ciertamente es necesaria una nueva Ley del Deporte ya que hay áreas con oportunidades de mejora: • Los atletas y deportistas merecen la mayor atención. • Se debe masificar el deporte, esto únicamente se logra con la participación mancomunada entre el Estado y el sector privado incluyendo a los sectores populares como un actor clave. • Mantenemos las mejores relaciones con las autoridades del deporte, la asociación de peloteros y la Federación Venezolana de Beisbol. • Cuándo hemos sido requeridos para colaborar con el Ministerio del deporte y La Federación Venezolana de Beisbol siempre hemos dado un paso al frente. • Pero, ¿Por qué cambiar lo que hoy funciona bien y le gusta a la población? • Queremos más beisbol y cada día, más beisbol de calidad. Esto sólo se logra con la participación de todos los venezolanos, el fortalecimiento de la iniciativa privada en el sector y con el Estado como Colaborador y no controlando todo. • Solicitamos, en nombre del béisbol profesional y del deporte en Venezuela se discuta esta Ley con la gente, con los actores deportivos, que se abra un gran debate inclusivo y se conceda un derecho de palabra en la Asamblea Nacional a la Liga Venezolana de Béisbol profesional