90 likes | 360 Views
Subsistema de Formación Profesional Continua. Entrada en vigor: 1 de enero de 2004. REAL DECRETO 1046/2003 de 1 de agosto. Subsistemas de Formación Profesional. FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA Integrada en Sistema Educativo. FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL
E N D
Subsistema de Formación Profesional Continua Entrada en vigor: 1 de enero de 2004 REAL DECRETO 1046/2003 de 1 de agosto
Subsistemas de Formación Profesional FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA Integrada en Sistema Educativo FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL Formación para inserción trabajadores en desempleo • FORMACIÓN • PROFESIONAL • CONTINUA • Actualización competencias • trabajadores activos • ANFC (I-II-III) • Real Decreto subsistema de • Formación Prof. Continua ADMINISTRACIÓN LABORAL ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA
Finalidad de la Formación Continua Finalidad: proporcionar a los trabajadores ocupados la formación que puedan necesitar a lo largo de su vida laboral con el fin de que obtengan los conocimientos y prácticas adecuados a los requerimientos que en cada momento precisen las empresas y permita compatibilizar su mayor competitividad con la mejora de la capacitación profesional y promoción individual del trabajador.
Principios generales del Nuevo Modelo • Protagonismo de agentes sociales • Importancia negociación colectiva • Unidad de caja de la cuota de F.P. • Unidad de mercado de trabajo • Libre circulación de trabajadores en el desarrollo de acciones formativas • Formación Continua como instrumento de formación permanente y en el marco de la Ley de Cualificaciones
Iniciativas de formación continua Acciones de formación continua en empresas, que incluyen los permisos individuales de formación • O.M. TAS/500/2004 de 3 de FEBRERO Contratos programa para la formación de trabajadores • O.M. TAS/2783/2004 de 30 de JULIO • RESOLUCIÓN 17 de agosto de 2004 (BOE de 26 de agosto) Acciones complementarias y de acompañamiento a la formación • O.M. TAS/2782/2004 de 30 de JULIO RESOLUCIÓN 17 de agosto de 2004 (BOE de 27 de agosto)
Acciones de formación continua en las empresas ACCIONES DE FORMACION CONTINUA: Las empresas que cotizan por F.P. disponen de un crédito para formación continua que resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, un porcentaje de bonificación, en función del tamaño de la empresa. relacionadas con la actividad de la empresa y de carácter general dirigidas a proporcionar competencias profesionales transferibles PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACION: es un crédito horario que la empresa podrá conceder a un trabajador para recibir, en horario de trabajo, una formación con titulación oficial dirigida a la mejora de su capacitación personal y profesional.
Contratos programa • Planes de formación de las confederaciones empresariales y sindicales más representativas que afecten a más de una comunidad autónoma • Planes de formación continua amparados en la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal • Planes de la economía social y autónomos con ámbito estatal
Acciones Complementarias Tienen por objeto: la investigación y prospección del mercado de trabajo para anticiparse a los cambios en los sistemas productivos el análisis de la repercusión de la formación continua en la competitividad de las empresas y en la cualificación de los trabajadores, y determinar las necesidades de formación necesarias para coadyuvar al progreso económico de los sectores productivos en el conjunto de la economía
Acceso a la formación de colectivos prioritarios A fin de garantizar la no discriminación y el acceso a la formación de trabajadores con mayores dificultades, se presta especial atención a: Trabajadores de PYMES, especialmente las de menos de 50 trabajadores Mujeres trabajadoras Trabajadores discapacitados Trabajadores mayores de 45 años Trabajadores no cualificados