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M a r cos Agur t o C a r doza

1. M a r cos Agur t o C a r doza. P ROC E DIMIE N T O S A NCIO N A DOR E N IN F R A C CIONES. A L CÓDIGO DE T R A N S I T O . Control Social

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M a r cos Agur t o C a r doza

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Presentation Transcript


  1. 1 MarcosAgurtoCardoza

  2. PROCEDIMIENTO SANCIONADOREN INFRACCIONES ALCÓDIGODETRANSITO . MarcosAgurtoCardoza

  3. Control Social Es elconjuntode prácticas, actitudesyvaloresdestinados a mantener el orden establecido en las sociedades.Aunque a veces el control social se realiza pormedios coactivoso violentos, elcontrol social tambiénincluyeformasno específicamente coactivas, como los prejuicios, los valores ylas creencias. En este sentido, tambiénsepuede afirmarqueelcontrol social, espues, un conjunto de procedimientos, recursos o dispositivos, por medio de los cuales la sociedad u otros grupos dentro de ella, consigue que la conducta de sus unidades componentes (individuos o grupos) sea conforme a lo que de los mismos se espera MarcosAgurtoCardoza

  4. LEY 27181 • Artículo13.-Dela competencia de fiscalización • La competenciaen estamateria comprendela supervisión,detección deinfraccionesyla imposiciónde sancionesporincumplimientode los dispositivos legales vinculados altransporteyal tránsito terrestre,de tal forma que sepromueva un funcionamientotransparente delmercado yuna mayorinformacióna losusuarios. MarcosAgurtoCardoza

  5. LEY 27181 • Artículo 17.-Delas competenciasdelas • MunicipalidadesProvinciales • 17.1LasMunicipalidadesProvinciales,ensu respectiva jurisdiccióny deconformidadconlasleyesylos reglamentos nacionales,tienenlassiguientes competenciasenmateriade transporteytránsitoterrestre: • Competenciasdefiscalización: • b)Supervisar,detectarinfraccioneseimponer sancionespor incumplimientodelosdispositivos legalesvinculados al transporteyal tránsitoterrestre. MarcosAgurtoCardoza

  6. LEY 27181 • Artículo 19.-Dela competencia delaPolicía Nacionaldel • Perú • LaPolicíaNacionaldelPerúeslaautoridadresponsablede fiscalizar el cumplimientodelasnormasdetránsitoporparte delosusuariosdelainfraestructura vialy delosprestadores de serviciosde transporte,brindandoelapoyodelafuerza públicaalasautoridadescompetentes.Asimismo,presta apoyoalosconcesionariosacargodela administraciónde infraestructuradetransporte deusopúblico,cuandolesea requerido. MarcosAgurtoCardoza

  7. REGLAMENTO NACIONALDE TRANSITO • Artículo7º.-CompetenciasdelaPolicíaNacionaldelPerú. • La Policía Nacional del Perú, a través de sus órganos competentes, garantiza y controla la libre circulación en las vías públicas del territorio nacional, fiscalizando el cumplimientodelasnormasdetránsitoyseguridadvialporlos usuarios de la infraestructura vial, brindando el apoyo de la fuerza pública que requieren las Autoridades competentes. Ejerce funciones de control, dirigiendo y vigilando el normal desarrollodeltránsito.Previene,investigaydenunciaantelas autoridades que corresponda, las infracciones previstas en el presenteReglamentoylosaccidentesdetránsito. MarcosAgurtoCardoza

  8. TOTAL AÑO2012 PIT 1.268.631 N° ENEAL31DIC2012 INFRACCIONES COD.INFRACCIONES 1 G.47 197.795 est.enlugq.afeclaoperadelserv.transp.depasaj.ocarg q 2 L.7 163.029 utillabocinparllamlaatencenforminnec 112.068 3 L.1 dejarmalesTelvehenlugper. 77.494 4 G.40 estelvehenzonprohorigseñalosinlasseñdesegreglamencasdeemerg 5 G.28 60.700 envehdelascatM yNnollepueelcintdesegy/opermqlosocupdelveh 59.385 6 M. 20 noresp.loslimt.max. Y min.devel.est. 7 G.11 46.616 cir.est.odeter.sob.unaisl.deencau.canal.deref.odiv.deltran.marc.deli 8 L.4 46.305 abrirodejabiretlapuetdeunvehestacdigicullaciorcveh 42.624 9 G.57 noresplaseñqrigeeltranscuyincumnoseencuetipifenotrainf 10 G.31 39.622 circenlanochocualaluznatseainsufocualasconddevisi seanesc,s.L. MarcosAgurtoCardoza

  9. MarcosAgurtoCardoza

  10. TODASLASACTUACIONESDELESTADO EN MATERIADETRANSITOSONDE CARACTERADMINISTRATIVOY SE ENCUENTRANREGULADASPOR LA LEY DELPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERALYLOSREGLAMENTOS NACIONALESPERTINENTES MarcosAgurtoCardoza

  11. LEY 27444 • ArtículoIV.- Principios del procedimiento administrativo • 1.1. Principio de legalidad.-Lasautoridades administrativasdeben actuar con respeto a la Constitución, la leyyal derecho, dentro de las facultadesque le estén atribuidas yde acuerdocon los finespara los quelesfueronconferidas. • 1.2. Principio del debido procedimiento.- Los administradosgozan de todos los derechosy garantías inherentes al debido procedimiento administrativo,quecomprendeel derechoa exponersusargumentos, a ofreceryproducir pruebas ya obtener una decisiónmotivaday fundadaen derecho.La institucióndel debidoprocedimiento administrativose rige por los principios del DerechoAdministrativo.La regulación propia del Derecho Procesal Civil es aplicable sólo en cuanto seacompatiblecon el régimenadministrativo. MarcosAgurtoCardoza

  12. LEY 27444 • ArtículoIV.- Principios del procedimiento administrativo • 1.4. Principio de razonabilidad.-Lasdecisiones de laautoridad administrativa,cuando creen obligaciones, califiqueninfracciones, impongansanciones, oestablezcanrestricciones a los administrados, debenadaptarse dentro de los límitesdela facultadatribuiday manteniendola debida proporción entrelos mediosa emplearylos finespúblicos quedeba tutelar, a finde que respondan alo estrictamentenecesario parala satisfaccióndesu cometido. • 1.7 Principio de presunción de veracidad.- En la tramitacióndel procedimientoadministrativo,se presumeque los documentosy declaraciones formuladosporlos administradosenla formaprescrita por esta Ley,responden ala verdad delos hechos que ellos afirman. Esta presunciónadmiteprueba encontrario. MarcosAgurtoCardoza

  13. LEY 27444 • Artículo230.- Principios de la potestad sancionadora • administrativa • La potestad sancionadora de todas las entidades está regida adicionalmentepor los siguientes principios especiales: • 1. Legalidad.-Sólopor normaconrangodeleycabe atribuir a las entidades lapotestadsancionadorayla consiguienteprevisión de las consecuenciasadministrativasque a título de sanciónson posibles de aplicar aunadministrado,las queenningúncasohabilitarána disponer la privaciónde libertad. • 2. Debido procedimiento.- Las entidades aplicarán sanciones sujetándose al procedimientoestablecidorespetandolasgarantías del debido proceso. MarcosAgurtoCardoza

  14. LEY 27444 • 4. Tipicidad.-Sólo constituyenconductas sancionables administrativamentelas infraccionesprevistasexpresamenteen normascon rango de leymediantesu tipificacióncomotales, sin admitirinterpretación extensiva o analogía. Las disposiciones reglamentariasde desarrollo pueden especificaro graduar aquellas dirigidas a identificarlas conductaso determinarsanciones, sin constituir nuevas conductas sancionables alas previstas legalmente, salvo los casos enque la leypermitatipificarpor vía reglamentaria • 6. Concurso de Infracciones.- Cuando una mismaconducta califique comomásde una infracciónse aplicará la sanción prevista para la infraccióndemayorgravedad, sin perjuicio quepuedanexigirse las demásresponsabilidades que establezcanlas leyes. MarcosAgurtoCardoza

  15. LEY 27444 • 8. Causalidad.- La responsabilidad deberecaer en quien realizala • conducta omisivao activa constitutiva de infracciónsancionable. • 9. Presunción de licitud.- Las entidades deben presumirque los administradoshanactuado apegados asusdeberesmientrasno cuenten con evidencia en contrario. • 10.Nonbisin ídem.-No se podrán imponersucesivao simultáneamenteuna penayuna sanciónadministrativapor el mismo hecho en los casos en que se aprecie la identidad del sujeto, hechoy fundamento. MarcosAgurtoCardoza

  16. FUNCIONARIO COMPTETENTE TIPIFICACION FORMALIDAD DETECCION MarcosAgurtoCardoza

  17. DEFENSA RECURSO DENUNCIA DECISION MarcosAgurtoCardoza

  18. Seconsiderainfraccióndetránsitoalaacciónu omisión que contravenga las disposiciones Reglamento, Cuadros de contenidas debidamente Tipificación, en el tipificada Sanciones presente en los y Medidas Preventivas aplicables Terrestre, a las infracciones al Tránsito que como anexos forman parte del presente reglamento. MarcosAgurtoCardoza

  19. INFRACCION ADMINISTRATIVA • Unainfracciónadministrativaesunacontravención. La naturaleza jurídica de la contravención es no delictual, es decir, la comisión de este tipo de infraccionesnoimportalacomisióndeundelitoyla sanción no reviste el carácter de pena en sentido estricto. Las contravenciones surgen de normas dictadaspororganismosadministrativosdentrodela esfera desu competencia MarcosAgurtoCardoza

  20. EJEMPLO • Art. 38°.– Obedienciaa los dispositivosderegulaciónde tránsito. • Losconductoresylospeatones estánobligadosaobedecer los dispositivosderegulacióndel tránsito • G-57 No respetarlasseñales querigeneltránsito MarcosAgurtoCardoza

  21. Art. 89º.– Prohibiciónde conduciren estadode cansancioosomnolencia • Elconductordebe abstenersede conducir,si muestra cansancioo si haestado tomando medicamentos quepuedancausarleefectos secundariose inducirlo alsueño MarcosAgurtoCardoza

  22. Art.86º.– Gobierno del volante. • El conductordebeconducircon ambas manos sobre el volantede dirección,excepto cuando es necesariorealizarlos cambiosde velocidad oaccionarotros comandos • G-18 MarcosAgurtoCardoza

  23. Art.99º.- Usode lasseñales audiblesy visibles. • El conductorde unvehículode emergencia, debe utilizarlas señales audiblesy visibles sólo en los casos queacuda aatender emergencias, situacionescríticaso se encuentre prestando servicio,según corresponda MarcosAgurtoCardoza

  24. Artículo255º.–Bocinas enlos equiposde descarga • deairecomprimido,sirenas,campanas,pitosde • alarma uotros equiposque produzcansonidos • similares • Está prohibidala instalaciónde bocinasen los equiposde descarga deairecomprimido, así comoel usodesirenas,campanas, pitos de alarma uotros equipos que produzcan sonidossimilares Los vehículosde emergenciayvehículos oficiales son los únicosautorizadosa usarseñales audiblesy visibles MarcosAgurtoCardoza

  25. INFRACCION L-08 • HACERUSO DE BOCINASDE DESCARGA DEAIRECOMPRIMIDO EN EL AMBITO URBANO. MarcosAgurtoCardoza

  26. Artículo 290º.- Clasificación • Lasinfraccionesdetránsitoseclasificandela • siguienteforma: • Del conductor • Del peatón • M-08Permitir aunmenordeedadla conducción de unvehículoautomotor,sinautorizacióno permisoprovisional MarcosAgurtoCardoza

  27. NO TODAACCION U OMISION QUECONTRAVENGAELRNT ESINFRACCION REQUIEREDE TIPIFICACION MarcosAgurtoCardoza

  28. ¿RESPONSABILIDAD OBJETIVA? • BASTACONQUE EL SUJETOREALICE LA CONDUCTA DESCRITAEN LA NORMA PARA QUE CONFIGURE INFRACCION • NOREQUIERE DE LA VOLUNTADDE “HACER” MarcosAgurtoCardoza

  29. Artículo324°.-Detecciónde infracciones por • incumplimientodelas normasde tránsitoterrestre • medianteaccionesdecontrol enlavíapública,el efectivode la PolicíaNacional delPerú asignado al control del tránsitolevantarála denunciao papeleta por la comisióndelas infraccionesque correspondan. • mediantelosmedios o mecanismos electrónicos, • computarizadoso tecnológicos • cualquierefectivopolicialo cualquier ciudadanocon • medio probatoriofílmico,fotográfico u otro similar MarcosAgurtoCardoza

  30. OTRAS FORMAS DE DETECCION • M-4,M-8, M-32 G-62(ADMINISTRATIVAS) • EN SEDE ADMINISTRATIVA • ENCOMISARIASEN CASO DE ACCIDENTEDE TRANSITO • EN SEDE JUDICIAL MarcosAgurtoCardoza

  31. CUADRODEINFRACCIONESY SANCIONES CODIGO INFRACCION CALIFICACION SANCION PUNTOSQUEACUMULA MEDIDAPREVENTIVA RESPONSABILIDADSOLIDARIADEL PROPIETARIO MarcosAgurtoCardoza

  32. 1. CODIGO • CONDUCTORES • MMUYGRAVE • G GRAVE • LLEVE • PEATONES • A MUYGRAVE • B GRAVE • CLEVE MarcosAgurtoCardoza

  33. 2. INFRACCION • CONTRAVENCION DE UNADISPOSICIÓN DEL REGLAMENODE TRANSITO DEBIDAMENTE TIPIFICADA • INCUMPLIMIENTO • (ACCION,OMISION) • DISPUESTO • TIPIFICACION MarcosAgurtoCardoza

  34. 2. INFRACCION Principio deTipicidaddela potestadsancionadora administrativanumeral4del Artículo230dela Ley27444 delProcedimiento AdministrativoGeneral“Sólo constituyenconductas sancionables administrativamentelas infraccionesprevistas expresamenteennormascon rangodeleymediantesu tipificacióncomotales,sin admitirinterpretación extensivaoanalogía” MarcosAgurtoCardoza

  35. 3. CALIFICACION • MUY GRAVE (36) • GRAVE (70) • LEVE (8) MarcosAgurtoCardoza

  36. 4.SANCION • PECUNIARIA • MULTA (UIT) • NO PECUNIARIA • SUSPENSIONDELICENCIA CANCELACIONDELICENCIA INHABILITACIONDEL CONDUCTOR MarcosAgurtoCardoza

  37. 4.SANCION • ¿QUE ES LAUIT? • La UnidadImpositivaTributaria(UIT) es un valorde referenciafijadaal iniciodel año por el Ministeriode Economía yFinanzas. Para el 2013,la UITes S/.3,700.00.Veinte años atrás,en 1992la UIT erade S/.1,040.00. MarcosAgurtoCardoza

  38. SANCION PECUNIARIA • Muy Graves(MG):Multa equivalente al • 100%, 50%, 24%ó 12% de la UIT • Graves(G):Multa equivalenteal8% de la UIT(S/. 296.00) • Leves(L): Multaequivalente al 4%de la UIT.(S/. 148) MarcosAgurtoCardoza

  39. REDUCCION DEL MONTO • NORMAL • MUYGRAVE12%UIT • REDUCCION S/.444 MarcosAgurtoCardoza

  40. REDUCCION DEL MONTO • NORMAL • GRAVE8%UIT S/.296.00 • REDUCCION S/.50.32 S/.97.68 S/.296.00 • 1-7 DIAS • 8-RS • RS (17%) (33%) (100%) MarcosAgurtoCardoza

  41. REDUCCION DEL MONTO • NORMAL • LEVE4%UIT S/.148.00 • REDUCCION MarcosAgurtoCardoza

  42. NO TIENEN DESCUENTO • Elporcentajede pagoprevistoen el párrafo anterior no será aplicablea las infracciones tipificadascomoM1, M2,M3, M4,M5, M6, M7,M8,M9,M12,M16, M17,M20, M21, M23, M28,M29, M31 yM32,las que deben ser canceladasen unsutotalidad MarcosAgurtoCardoza

  43. SANCION NO PECUNIARIA • M.1.EBRIEDADACCIDENTE(C-I3 AÑOS) • M.2.EBRIEDAD(C-I 1AÑO) • M.3.SIN LICENCIA(I1 AÑO) • M.4.RETENIDASUSPENDIDA(C-I3 AÑOS) CANCELADA(IDEF) • M.5.OTRACATEGORIA. (SUSP1 AÑO) • M.32 DUPLICADO ESTANDOSUSP (DOBLE SUSP) CANCINHAB (I DEF) MarcosAgurtoCardoza

  44. REINCIDENCIA • NUEVAMENTELA MISMAINFRACCION • DENTRODE12 MESES • DOBLEMULTA(SANCION PECUNIARIA) • DOBLESUSPENSIONOINHABILITACION • (SANCIONNO PECUNIARIA) MarcosAgurtoCardoza

  45. 5. PUNTOS QUE ACUMULA • Topemáximo100puntos (6 mesessuspensión) • Lasinfraccioneslevesgeneran5puntos;lasgraves • 20;ylas muy gravesde50a 100puntos • Los puntos generados por cada infracción tendrá una vigencia de 24 meses, contados a partir de la fecha en que quede firme la sanción en sede administrativa. Vencido dicho plazo, los puntos se borraránautomáticamente MarcosAgurtoCardoza

  46. REINCIDENCIA EN PUNTOS • Lareincidenciadel conductorenla acumulaciónde puntos,generarála suspensiónde la licencia de conducir porperíodosdemayorduracióne incluso su cancelacióndefinitivae inhabilitacióndel infractor,de acuerdoal siguiente esquema: • a. Por lasegunda vezque se genere la acumulaciónsancionable,se suspenderá lalicencia de conducirdel infractorporun períodode 12 meses. • b. Por latercera vezque se generela acumulación sancionable,se cancelarádefinitivamente lalicencia deconduciryse inhabilitaráalconductor por un período de 3 años MarcosAgurtoCardoza

  47. PRIMERA VEZ • Los conductores que sean sancionadoscon una infraccióngraveoleve porprimera vez podrán sustituir multa ypuntos por mediode unajornadade capacitación delConsejo Nacionalde SeguridadVial (4 HORAS) MarcosAgurtoCardoza

  48. REDUCCION DE PUNTOS • Elconductorquenohayaacumulado100 puntos,podrá reducir30 puntos, previa acreditaciónde haberparticipadoenelcurso extraordinariode educación de tránsito y seguridadvial,la que será emitida porel ConsejoNacionalde SeguridadVial. Este curso extraordinario permitirá reducirpor únicavezlos puntosacumuladosdentro de un periodode dos años. (6 HORASO 4Y EXAMEN) 48 MarcosAgurtoCardoza

  49. PROCEDIMIENTO RD2766-2009-MTC(24AGO09) • JORNADAnotificada resoluciónde sanción • CURSO cualquierfecha antes de resolución • de sanciónde 100 puntos • SOLICITUD.-ST-CNSVo MP con nombre, numero de licencia,numero DNI,domicilio, teléfono,capacitaciónsolicitada, fecha y firma del solicitante MarcosAgurtoCardoza

  50. BONIFICACION • Elconductorrecibiráunabonificaciónde 50 puntos porcada período de24 meses continuos sinhabercometidoninguna infracción altránsitocon sanciónfirmeen sedeadministrativa MarcosAgurtoCardoza

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