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MIGRACIÓN, XENOFOBIA Y TRATA DE PERSONAS. 9 de abril de 2008. Panorama internacional. La humanidad enfrenta un reto mayúsculo. Se han rebasado los 6 mil quinientos millones de habitantes en el siglo XXI. La mitad de la población vive en condiciones de pobreza.
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MIGRACIÓN, XENOFOBIA Y TRATA DE PERSONAS 9 de abril de 2008
Panorama internacional • La humanidad enfrenta un reto mayúsculo. • Se han rebasado los 6 mil quinientos millones de habitantes en el siglo XXI. • La mitad de la población vive en condiciones de pobreza. • 800 millones de personas padecen hambre en grado cero. • La desigualdad, la pobreza y la marginación global asocian tres grandes problemas: A. La migración; B. La xenofobia; y C. La trata de personas.
A. Migración • Según las Naciones Unidas, de los 6.5 mil millones de habitantes: • 5.2 mil millones habitan en países en vías de desarrollo, es decir el 81%; • 191 millones viven fuera de su país de origen, es decir el 3%; • De éstos 80.9 son trabajadores migrantes, es decir el 42.3%; • 95 millones son mujeres, es decir el 49.6% y 13 millones son refugiados (13%).
Factores de la Migración • Las principales fuerzas que rigen el movimiento de las personas a otros países están relacionadas con tres “D”: 1. Demografía; 2. Desarrollo; y 3. Democracia.
Marco jurídico internacional • No existe un instrumento unificado que rija la gestión de la migración en el plano internacional. • La más amplia es la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares que entró en vigor en julio de 2003. • La protección de los migrantes ha avanzado en áreas como la protección a los refugiados, sin embargo en otras como la recepción, trato y retorno de migrantes, en particular la repatriación de niñas y niños no acompañados se encuentra muy rezagada. • La legislación internacional debe actualizarse con respecto a la dimensión de equidad de género.
Ruta de trabajo en torno a la Migración • El reto puede ser abordado desde una doble perspectiva: • Primera. Promover una nueva visión en los gobiernos de las naciones desarrolladas para que los Acuerdos de Liberalización Económica reconozcan la importancia económica de la migración y de la fuerza laboral migrante. • Segunda. Generar la construcción de un nuevo entendimiento de la migración a partir de una nueva visión, amplia e incluyente de la sociedad global.
B. La Xenofobia (en el mundo) • La xenofobia es una de las patologías sociales que mayores daños han causado a la humanidad. • El rechazo a la diferencia, asociado a la noción de raza como una categoría excluyente, ha generado: • Desde desplazamientos y migraciones involuntarias; • Hasta el horror de los genocidios y el exterminio de poblaciones.
La xenofobia genera serias amenazas a la tradición de los derechos humanos y a la democracia; provoca exclusión y pobreza para grupos sociales. • Un tema de gran preocupación son las actividades de partidos políticos y asociaciones promotoras de la discriminación racial y la violencia contra las minorías. • La expansión mundial de las nuevas tecnologías de comunicación como Internet proporciona una plataforma que permite a grupos exponer su ideología y actitudes xenófobas.
Marco jurídico internacional • Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. • Convenios para la protección de los derechos indígenas principalmente de la OIT y UNESCO.
Ruta de trabajo en torno a la xenofobia • Impulsar el fortalecimiento de legislaciones que prohíban y establezcan sanciones en contra de la discriminación y otras formas de intolerancia por causa de racismo y xenofobia. • Hacer un llamado a la comunidad internacional para que en todos los países se restrinja la existencia de partidos políticos u organizaciones que promuevan acciones xenofóbicas o racistas. • Promover al interior de los países el fortalecimiento de sistemas educativos diseñados para la protección de la diversidad cultural. • Hacer un llamado a todos los medios de comunicación, a no difundir ideologías, propuestas o mensajes con contenido racista o xenófobo.
C. Trata de personas • Indicadores internacionales: • La trata es el tercer negocio ilícito más rentable a nivel mundial, sólo después del narcotráfico y el trafico de armas, generando alrededor de 9,500 millones de dólares en ganancias al año. • 12.3 millones de personas son víctimas del trabajo forzoso en todo el mundo y cada año entre 600,000 y 800,000 personas son víctimas de trata internacional. • 1.8 millones de niños están atrapados por el comercio sexual y cada año 1.2 millones de niños son víctimas de la trata infantil. • El 80% de las víctimas son mujeres y niñas, y un 50% menores de edad.
Fenómeno global presente en México • Se calcula que entre 16,000 y 20,000 niños mexicanos y centroamericanos son sujetos de abuso sexual, principalmente en la franja fronteriza y destinos turísticos. • La mayoría de las mujeres, niños y niñas que son objeto de trata en nuestro país provienen de América Central con destino a la Unión Americana y Canadá. • Se dan flujos también de Brasil y Europa del Este, y en menores cantidades, de Asia y Medio Oriente.
El UNICEF ha establecido que de las 32 entidades federativas, 21 están involucradas en la explotación sexual, destacando ciudades como Tapachula, Ciudad Juárez y Tijuana, así como Acapulco, Cancún y Guadalajara.
Trata vs. tráfico de personas Trata: • Se lleva a cabo mediante coacción, engaños, abuso de poder y otros medios; • Implica una posterior explotación; • Tiene lugar en el interior o exterior de las fronteras nacionales; y • La entrada al estado puede ser legal o ilegal. Tráfico: • Se lleva a cabo de manera voluntaria; • El delito se consuma al momento de llegar a su destino la víctima; • Requiere del cruce de fronteras nacionales; y • La entrada al estado siempre es ilegal.
Marco jurídico internacional • El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, aprobado el 15 de noviembre de 2000 que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. • La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). • La Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica (1969). • La Convención sobre los Derechos del Niño (1989). • La Convención sobre Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (1979).
La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo, 2000). • La Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud (1956). • El Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (1949). • La Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder(1985). • La Declaración y Plataforma de Beijing, adoptada durante la Cuarta Conferencia de la Mujer de 1995.
Situación actual en México • México suscribió la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas ratificada por el Senado en 2002; • El 27 de marzo de 2007 se reforma el Código Penal Federal en el que se tipifica el delito de trata y se establece como bien jurídico tutelado “el libre desarrollo de la personalidad” en lugar de la moral pública; • Se publica la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas el 27 de noviembre de 2007.
De las 32 entidades federativas, 12 han legislado en materia de trata de personas.
Avances significativos • Publicada la Ley: • A. Se crea una Fiscalía Especial para atender los delitos de Trata de Personas; • B. El Congreso aprueba reforma constitucional al sistema penal mexicano; • C. Iniciativa Mérida.
A. Fiscalía Especial • El 31 de enero de 2008 se crea la Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas la cual tiene por objeto: • Investigar, detener y consignar a las personas relacionadas con la trata; • Proporcionar protección y seguridad a las víctimas de trata; • Orientar a los estados en materia de trata.
B. Reforma constitucional • Se federaliza el delito de delincuencia organizada y por ende, la trata de personas en estas circunstancias; • Se resguarda la identidad y datos personales de la víctima y se le garantiza protección; • Se garantiza la prisión preventiva a imputados por el delito de trata; • Se establecen reglas procesales específicas para estos delitos.
C. Iniciativa Mérida • Objetivo: • Fortalecer la cooperación bilateral entre México y Estados Unidos para combatir a las organizaciones criminales transnacionales dedicadas al tráfico de drogas, personas, dinero y armas, particularmente con los países de Centroamérica, México y Estados Unidos.
Presupuesto • La administración Bush presentó al Congreso estadounidense el proyecto de presupuesto fiscal para 2009, en el que se incluyen 550 MDD. • 5.5 MDD, es decir el 1% será destinado para la expansión del programa OASISS de cooperación contra la trata de personas. • Otras cantidades serán destinadas a la seguridad de puertos, aeropuertos y fronteras, así como la gestión migratoria, lo que sin duda fortalecerá la lucha contra la migración y trata de personas.
Objeto de la Ley • Prevenir y sancionar la trata de personas; • Proteger, asistir y atender a las víctimas de trata y a las posibles víctimas.
Finalidad de la Ley • Garantizar el libre desarrollo de la personalidad de las víctimas y posibles víctimas del delito.
Operatividad de la Ley • Sin duda la eficacia de la ley nos corresponde a todos: 1. Al Poder Ejecutivo quien tiene una triple función: 1.1 De política pública a través de la Comisión Intersecretarial; 1.2 De política criminal a través de la PGR y SSP; y 1.3 Crear el Reglamento de la Ley de Trata. 2. Al Poder Judicial; 3. Al Poder Legislativo; y 4. A la sociedad civil.
1.1 Política pública a través de la Comisión Intersecretarial • Elaborar el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; • Desarrollar campañas de prevención, protección y atención; • Promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, en relación a la seguridad, internación, tránsito o destino de las víctimas; • Promover la investigación científica; • Proporcionar la capacitación continua de los servidores públicos.
Fomentar oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito; • Ejecutar planes para la construcción de albergues para las víctimas del delito; • Contribuir al afianzamiento de una cultura que aprecie el libre desarrollo de la personalidad y rechace la trata de personas.
1.2 Política criminal a través de PGR y SSP • Proporcionar protección, seguridad y salvaguarda de la integridad física de las víctimas. • Investigar, detener y consignar a las personas implicadas con este delito, a través del Ministerio Público. • Solicitar la reparación del daño a favor de las víctimas.
2. Poder Judicial • Procesará y sancionará a las personas responsables por el delito de trata; • Condenará a la reparación del daño a los responsables de la trata; • Proporcionará la información de los procesos y sentencias condenatorias de las personas responsables.
3. Poder Legislativo • La tarea apenas comienza • La Ley es la “punta de lanza” que dará paso a una serie de reformas legales o nuevas normas. • Aspectos de la Ley a desarrollar: • Adjetivos; y • Sustantivos.
Adjetivos • Buscar mecanismos expeditos que garanticen la reparación del daño a las víctimas; • Código Federal de Procedimientos Penales. • Establecer obligaciones al personal del servicio exterior mexicano para una mejor atención a las víctimas de trata; • Ley del Servicio Exterior Mexicano. • Reforzar los controles fronterizos para evitar la trata; • Facilitar los trámites para que las personas víctimas de trata puedan residir temporal o permanentemente en el país. • Ley General de Población.
Sustantivos • Denegar la entrada o revocación de visados a personas implicadas en este delito; • Medidas legales que prevengan la utilización de transportes comerciales en el traslado de las víctimas. • Ley de Aeropuertos y Aviación Civil. • Ley de Caminos y Puentes y Autotransporte Federal. • Ley de Navegación y Comercio Marítimo.
Legislaturas locales • Para completar la política criminal y de prevención del Estado mexicano es pertinente que los Congresos Locales legislen en la materia, pues sólo lo han hecho doce entidades: • Coahuila; • Distrito Federal; • Estado de México; • Guanajuato; • Guerrero; • Hidalgo; • Jalisco; • Michoacán; • Puebla; • Querétaro; • Quintana Roo; y • Veracruz.
De estas doce entidades, cuatro continúan contemplando a “la moral pública” como el bien jurídico tutelado: • Hidalgo; • Coahuila; • Veracruz; y • Querétaro.
Un dato importante; Hidalgo, Coahuila, Veracruz y Querétaro sólo contemplan como fin de la trata “a la explotación sexual”. Omiten los trabajos forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre y la extirpación de órganos o tejidos.
4. Sociedad civil • La sociedad civil, así como expertos académicos en la materia, tendrán que aportar su parte: • En la protección y atención de las víctimas del delito; • Podrán participar en las reuniones de la Comisión Intersecretarial tres representantes de las organizaciones de la sociedad civil; • En promover la denuncia de estas conductas delictivas; • En la capacitación del personal operativo; • En la difusión de campañas de prevención del delito; • En la investigación científica sobre el tema.
México un país de fronteras • México al ser un país de origen, tránsito y recepción de migrantes, requiere de un enfoque multidimensional o internacional para prevenir y erradicar la trata.
Ruta de trabajo en torno a la trata de personas 1. La UIP hará un llamado para que todas las legislaciones nacionales “antitrata” tengan como objetivo la erradicación y no sólo la reducción de la trata, en tres aspectos: • Prevención • Protección a víctimas • Procesamiento 2. La UIP exhorta a los parlamentarios para que puedan comprometerse a asegurar un presupuesto para implementar programas de prevención y combate a la trata. 3. La UIP debe incitar a los países destino a proveer mayor asistencia técnica a las agencias de procuración de justicia en países de tránsito y origen para detectar dicho fenómeno.
Política internacional • Los Estados deben sumar esfuerzos a través de acuerdos de cooperación a nivel binacional, regional e internacional. • Los Estados deben generar políticas migratorias que no criminalicen a las víctimas de trata de personas.
Los Estados deben promover un plan global o un sistema internacional de seguimiento al delito de trata de personas, pues se estima que sólo el 5% de las víctimas son casos denunciados, además de ser el tercer negocio más rentable a nivel mundial, después del narcotráfico y el tráfico de armas.
Previsiones presupuestales • Un asunto no menor, será prever el presupuesto necesario para cumplir con el objeto de la Ley.
Conclusión: Dos buenas noticias • Ley necesaria y oportuna. Cierra un ciclo iniciado hace unos años por México, al haber firmado diversos instrumentos internacionales; • Se abre un capítulo nuevo, caracterizado por el reto de la eficacia; que esta Ley brinde los resultados que esperamos todos, de todos depende. Si cada quien hace su parte, tendremos éxito.
ANALISIS COMPARATIVO DEL TIPO PENAL PREVISTO EN LA LEY Y EL CPEM
Bien jurídico tutelado • LFPSTP • El libre desarrollo de la personalidad. • CPEM • Se encuentra ubicado en el Subtítulo Tercero de Delitos contra la Seguridad y Libertad.
La conducta en el tipo penal de trata • LFPSTP • Promover; • Facilitar; • Conseguir; • Trasladar; • Entregar; • Recibir; • Ofrecer; o • Solicitar. • CPEM • Promover; • Facilitar; • Conseguir; • Trasladar; • Entregar; • Recibir; • Ofrecer; • Solicitar; • Inducir; • Procurar; • Captar; • Mantener; o • Reclutar.
Medios comisivos • LFPSTP • Violencia física o moral; • Engaño; • Abuso de poder. • CPEM • Coacción física o moral; • Engaño; • Abuso de poder; • Privación de la libertad; • Aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad; y • Entrega de pagos o beneficios.
Fines de la Trata • LFPSTP • La explotación sexual; • Los trabajos o servicios forzados; • La esclavitud; • Las prácticas análogas a la esclavitud; • La servidumbre; y • La extirpación de órganos, tejidos o sus componentes. • CPEM • La prostitución ajena u otras formas de explotación; • Los trabajos o servicios forzados; • La esclavitud; • La servidumbre o la mendicidad ajena; y • La extracción de órganos, tejidos o sus componentes.
Agravantes • LFPSTP • Por funcionario que se valga de la función pública o quien se ostente sin serlo; • En contra de persona menor de 18 años; • En contra de persona mayor de 60 años; • En contra de persona que no tenga capacidad de comprender el hecho; • En contra de un familiar; y • En contra de un indígena. • CPEM • Por funcionario que se valga de la función pública; • En contra de persona menor de 18 años; • En contra de persona mayor de 60 años; • En contra de persona que no tenga capacidad para comprender el hecho. • En contra de un familiar.