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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO. PATRIMONIO UNIVERSITARIO Normatividad y Niveles de Competencia. BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO.
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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO PATRIMONIO UNIVERSITARIONormatividad y Niveles de Competencia
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO • LEY DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA • DEL PATRIMONIO • ARTÍCULO 8º • Los actuales y los que adquiera a futuro. • Herencias, legados y donaciones. • Ingresos que reciba directamente o por conducto de la fundación universitaria. • Recursos obtenidos de los fideicomisos que se constituyan a su favor. • Ingresos por derechos que señale la normatividad Institucional. • Derechos, honorarios y participaciones por los trabajos que se realicen por convenio con entidades públicas, privadas y sociales. • Derechos y cuotas por servicios prestados. • Subsidios anuales, ordinarios y extraordinarios que otorguen los Gobiernos Federal, Estatal y Municipales, así como otras personas o instituciones. • Productos y aprovechamientos derivados de sus bienes y valores patrimoniales.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO LEY DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA DEL PATRIMONIO • Artículo 9º • Se equiparan al dominio público del Estado. • Inalienables e imprescriptibles. • No sujetos a gravamen alguno. • Los bienes muebles que formen parte del patrimonio universitario y que no tengan valor cultural declarado por el Consejo Universitario, sólo podrán ser enajenados o gravados previa autorización del mismo, en los términos que fije el Estatuto.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO LEY DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA DEL PATRIMONIO • Artículo 10º • Bienes con valor cultural. • Inalienables e imprescriptibles. • Uso, conservación y restauración, se regirán por las normas reglamentarias que aseguren su protección. • El Consejo Universitario cuidará de la aplicación irrestricta de los Reglamentos respectivos; para tal efecto en el Estatuto se incluirá una Comisión que velará por la protección y preservación del patrimonio cultural universitario.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO LEY DE LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA DEL PATRIMONIO Artículo 11º El patrimonio de la Universidad no estará sujeto a impuestos y derechos estatales ni municipales.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO Artículo 133 Productos de las enajenaciones al acrecentamiento. Artículo 134 Administración mediante fideicomisos. Artículo 135 Organizaciones o mecanismos de carácter no lucrativo, cuyos miembros sean honoríficos, para acrecentamiento; con la aprobación del Consejo Universitario.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO Artículo 136 Contratación de Obras, adquisiciones y servicios conforme a lineamientos de Rectoría, teniendo como principio la licitación pública. Los bienes muebles dados de baja por desuso deberán ser sometidos a concurso para su venta, o trasmitidos mediante contrato o convenio a terceros. La venta de estos bienes deberá ser aprobada por la Comisión de Patrimonio del Consejo Universitario.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO Artículo 137 Los derechos que se generen por propiedad intelectual forman parte del patrimonio de la Universidad, la que determinará las modalidades y procedimientos para la distribución de las regalías correspondientes.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL ESTATUTO ORGÁNICO Articulo 63 El ejercicio de la administración general de la Universidad es competencia del Rector, quien, para el desempeño de sus funciones, se auxiliará de los funcionarios designados por el y por el Consejo Universitario.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL UNIVERSIDAD RECTOR
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 117.- La administración de las unidades académicas corresponde a sus directores quienes para el desempeño de su función serán auxiliados por los secretarios y por el personal autorizado. Artículo 132.- La conservación, administración, uso, usufructo y, en su caso, la enajenación o donación del patrimonio universitario estarán bajo la responsabilidad de las autoridades y funcionarios en los términos previstos en la legislación universitaria.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO DEPENDENCIAS ACADÉMICAS Y ADMINISTRATIVAS TITULARES DE DEPENDENCIAS NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL UNIVERSIDAD RECTOR
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 124.- El Secretario Administrativo de Unidad Académica tendrá las facultades y obligaciones siguientes: IV. Administrar los recursos materiales y financieros de la Unidad Académica.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL UNIVERSIDAD RECTOR DEPENDENCIAS ACADÉMICAS YADMINISTRATIVAS TITULARES DE DEPENDENCIAS SECRETARIOS ADMINISTRATIVOS UNIDADES ACADÉMICAS
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL • CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO A S P A B U A P • CLÁUSULA 24 • Está prohibido al personal académico: • Utilizar el equipo de laboratorio, reactivos, materiales, etc., e instrumentos de trabajo para objetivos distintos al trabajo académico encomendado. • Sustraer de la Unidad Académica, de los laboratorios, clínicas, talleres, etc.; equipo de laboratorio, reactivos, etc., o instrumentos de trabajo.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL • CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO A S P A B U A P • CLÁUSULA 89 • La Universidad; sin responsabilidad para ella, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos: • Por ocasionar, el trabajador académico, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de sus labores opor motivo de ellas en edificios, obras, instrumentos, máquinas y demás objetos relacionados con su trabajo. • Por ocasionar por negligencia perjuicios materiales durante el desempeño de sus labores o por motivo de ellas, en edificios, obras, instrumentos, máquinas y demás objetos relacionados con su trabajo.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO S I T B U A P CLÁUSULA 54 Son obligaciones de los trabajadores: V. Suscribir el inventario por escrito de los materiales, instrumentos y útiles que reciban para el desempeño de su trabajo y de aquellos que queden bajo su custodia. Serán depositarios de los bienes antes mencionados y responsables de que no se pierdan ni deterioren. No tendrán ninguna responsabilidad del deterioro originado por su uso normal, caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construcción, ni cuando ocurra su pérdida o deterioro en el día o momento en que no estén bajo su cuidado, reportando por escrito los casos antes especificados al titular de la dependencia. Cuando dejen de prestar el cargo, entregarán los bienes referidos de acuerdo con el inventario que suscribieron.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO S I T B U A P CLÁUSULA 54 Son obligaciones de los trabajadores: VII. Entregar a la autoridad universitaria los materiales no usados que hubieren tenido conforme a inventario y que le hubiesen sido entregados.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO S I T B U A P CLÁUSULA 55 Está prohibido a los trabajadores: I. Usar los instrumentos, útiles y herramientas de trabajo para objetivos distintos del trabajo contratado. II. Sustraer de la oficina, taller o establecimiento de la BUAP, los útiles, materiales de trabajo e instrumentos.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO NIVELES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL UNIVERSIDAD RECTOR DEPENDENCIAS ACADÉMICAS Y ADMINISTRATIVAS TITULARES DE DEPENDENCIAS SECRETARIOS ADMINISTRATIVOS UNIDADES ACADÉMICAS U S U A R I O S D I R E C T O S
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 98 El Tesorero General tendrá las facultades y obligaciones siguientes: I. Registrar y custodiar los ingresos, registrar los egresos de la Universidad e informar al Rector. II. Efectuar oportunamente los pagos que correspondan con la autorización escrita del Rector y con abono a la partida respectiva, siendo responsable de dicha erogación. III. Caucionar el manejo de los fondos de la Universidad en la forma que determine el Consejo Universitario, en el momento de ser designado. IV. Controlar las erogaciones relativas a los compromisos financieros contraídos por la Universidad de conformidad con el presupuesto de egresos.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 98 El Tesorero General tendrá las facultades y obligaciones siguientes: V. Ministrar fondos a las unidades académicas y dependencias de la Universidad para el desarrollo de sus actividades, de acuerdo con el presupuesto asignado por el Consejo Universitario. VI. Conocer permanentemente los saldos con que la Institución cuenta, mediante la formulación de conciliaciones bancarias y arqueos periódicos de valores. VII. Suscribir, mancomunadamente con el Rector o con quien éste designe, los títulos de crédito con que operan los fondos de la Universidad. VIII. Vigilar y dar a conocer, en su caso, la aplicación de los convenios bancarios que se celebren.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 98 El Tesorero General tendrá las facultades y obligaciones siguientes: IX. Vigilar la solvencia y liquidez financiera de la Institución. X. Participar en la elaboración, análisis e interpretación de los estados financieros que genere la Universidad. XI. Asegurar que las transferencias de partidas y modificaciones al presupuesto se realicen con la autorización del Consejo Universitario y el Rector. XII. Ajustar el ejercicio del presupuesto al periodo fijado por el Consejo Universitario. XIII. Intervenir en los concursos y procedimientos para el aseguramiento de bienes y miembros de la comunidad universitaria.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 98 El Tesorero General tendrá las facultades y obligaciones siguientes: XIV. Formular el registro y mantener la actualización del inventario de los bienes de la Universidad. XV. Intervenir en los concursos y procedimientos para la venta de bienes de desecho de la Universidad. XVI. Llevar a cabo las inversiones de los recursos financieros por acuerdo del Rector e informar a éste del resultado de las mismas. XVII. Rendir un informe anual al Consejo Universitario de las actividades desarrolladas. XVIII. Las demás que establezcan las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO REGISTRO T E S O R E R Í A G E N E R A L DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO • Registrar y custodiar los ingresos, registrar los egresos de la Universidad e informar al Rector. • VI. Conocer permanentemente los saldos con que la Institución cuenta mediante la formulación de conciliaciones bancarias y arqueos periódicos de valores. • X. Participar en la elaboración, análisis e interpretación de los estados financieros que genere la Universidad. XIV. Formular el registro y mantener la actualización del inventario de los bienes de la Universidad. XV. Intervenir en los concursos y procedimientos para la venta de bienes de desecho de la Universidad. REGISTRO GENERAL DOCUMENTAL Y ECONÓMICO REGISTROPORMENORIZADO DOCUMENTAL, ECONÓMICO Y FÍSICO
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO INMUEBLES VEHÍCULOS ACERVO BIBLIOGRÁFICO FONDO ANTIGUO OBRAS ARTÍSTICAS BIENES HISTÓRICOS MOBILIARIO Y EQUIPO EQUIPO DE CÓMPUTO EQUIPO DE LABORATORIO GANADO CLASIFICACIÓN ACTIVO CIRCULANTE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ACTIVO FIJO ACTIVO DIFERIDO
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ESTATUTO ORGÁNICO Artículo 98.- El Tesorero General tendrá las facultades y obligaciones siguientes: XIV. Formular el registro y mantener la actualización del inventario de los bienes de la Universidad. • ALTAS • TRANSFERENCIAS (Bajas Internas) • BAJAS (Definitivas)
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO Por Adquisiciones ALTAS Por Donativos
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO De una dependencia a la bodega de Patrimonio TRANSFERENCIAS (Bajas Internas) De una dependencia a otra De la bodega de Patrimonio a una dependencia
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO Por Robo o extravío Por Venta de bienes en desuso BAJAS (Definitivas) Por donación Por desecho
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ALTA DE BIENES (Actividades Específicas) • Recepción de facturas originales, mediante Reporte de Integración de Activo Fijo (RIAF) enviado por Contabilidad General. • Clasificación y distribución interna de facturas, por áreas y por analistas con reportes específicos. • Clasificación y organización de facturas por dependencia. • Análisis de cada factura. • Desglose de bienes con costos unitarios. • Primera visita directa a dependencias para localizar físicamente los bienes. • Recopilación de datos de cada bien (Marca, modelo, serie, nombre del usuario).
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ALTA DE BIENES (Actividades Específicas) • Captura de datos de cada uno de los bienes en el sistema Banner en 16 campos. Número de inventario Descripción del bien Tipo de activo Marca Modelo Serie Cantidad de piezas Costo Número de factura Fecha de factura Número de póliza contable Fecha de póliza contable Número de dependencia Nombre de la dependencia Nombre del titular Nombre del usuario Tipo de fondo de adquisición.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ALTA DE BIENES (Actividades Específicas) • Impresión de etiquetas por cada uno de los bienes. • Segunda visita a dependencias para colocación de etiquetas. • Complemento de datos en Reporte de Integración de Activo Fijo (RIAF) enviado por Contabilidad General indicando lo siguiente: DE CADA FACTURA Números de inventario de cada bien. Monto inventariado. DE ALGUNAS FACTURAS Monto de bienes no exhibidos. Monto de bienes consumibles. Monto de bienes menores a $ 1,000.00. Monto de partes internas y accesorios. Ajustes y Reclasificaciones.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ALTA DE BIENES (Actividades Específicas) • Generación e impresión de reportes en banner para verificación de datos y conciliación con Reporte de Integración de Activo Fijo (RIAF) enviado por Contabilidad General. • Concentración de reportes específicos para integrar Reporte de Integración de Activo Fijo (RIAF) enviado por Contabilidad General con datos de inventario. • Devolución de Reporte de Integración de Activo Fijo (RIAF) a Contabilidad General con datos complementarios conciliados, con copia a Contraloría General. • Generación e impresión de Resguardos de Bienes de Nueva Adquisición por cada dependencia. • Envío por oficio de Resguardos de Bienes de Nueva Adquisición a dependencias, solicitando firma, sello y devolución por oficio. Cuando es el caso, junto con el resguardo se envía reporte de bienes no exhibidos pendientes de inventariar, solicitando apoyo para localización de bienes, o en su caso, para hacer las aclaraciones por escrito.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ALTA DE BIENES (Actividades Específicas) • Recepción de oficios con Resguardos de Bienes de Nueva Adquisición firmados y sellados. • Distribución de Resguardos de Bienes de Nueva Adquisición a cada analista para su archivo correspondiente.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO ALTA DE BIENES (Situaciones Extraordinarias) Una factura ampara bienes distribuidos en más de una dependencia. Una dependencia adquiere bienes y los distribuye a otras dependencias. De los bienes que ampara una factura no todos los bienes se inventarían por lo siguiente: El proveedor no ha entregado el bien. El bien presentó fallas y se devolvió. El bien se mandó a reparación. El usuario del bien es un investigador que salió al extranjero y regresa posteriormente. Los bienes se encuentran en una dependencia diferente a la indicada.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO S E R V I C I O S Retiro de bienes que las dependencias solicitan dar de baja de su inventario por que ya no utilizan. Traslado de bienes que se encuentran en la Bodega de Patrimonio y que las dependencias solicitan en reasignación.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO S E R V I C I O S CONSULTA EN PÁGINA WEB, DE DIVERSOS REPORTES DE BIENES RELATIVOS LOS INVENTARIOS DE CADA DEPENDENCIA Por tipo de bien Por periodo de registro Por usuario.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO S E R V I C I O S CONSULTA EN WEB, DE DIVERSOS REPORTES DE BIENES RELATIVOS LOS INVENTARIOS DE CADA DEPENDENCIA Resguardo del Total de bienes inventariados Resguardo de Bienes de Nueva Adquisición Resguardo de bienes por Usuario Cédulas de Registro de Activo Fijo
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO AVISOS Y RECORDATORIOS POLÍTICAS Y CRITERIOS PARA INVENTARIAR BIENES (Precisión al 3er. Párrafo de del número 1) Como excepción, los bienes de valor inferior a $ 1,000.00, pero por su uso, tamaño y tiempo de vida útil; deben ser inventariados y específicamente son los siguientes: Mesas de trabajo Sillas Butacas Pupitres Piezas de anaqueles Piezas de mamparas Reproductores de audio y video Hornos de microondas Impresoras Escáner
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO AVISOS Y RECORDATORIOS PROCESO DE ACTUALIZACIÓN Y DEPURACIÓN DEL INVENTARIO DE LA BUAP PROPÓSITOS: Contar con registros reales de acuerdo con existencia física. Identificar cada bien con un usuario directo. Establecer un control en línea a nivel general y a nivel interno de las dependencias. Facilitar el control interno en las dependencias a nivel de usuarios directos. Transparentar el uso del Patrimonio Universitario.
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA TESORERÍA GENERAL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO UNIVERSITARIO MUCHAS GRACIAS