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UNIDAD VI – PUNTO 2 DE LOS VICIOS EN PARTICULAR. Vicios de la voluntad: a) error; b) dolo; c) violencia. La simulación. La incompetencia. Distintos supuestos Vicios que afectan a la causa, al objeto y a la finalidad.
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UNIDAD VI – PUNTO 2DE LOS VICIOS EN PARTICULAR Vicios de la voluntad: a) error; b) dolo; c) violencia. La simulación. La incompetencia. Distintos supuestos Vicios que afectan a la causa, al objeto y a la finalidad. Vicios de forma: distintos supuestos. Invalidez de cláusulas accidentales y accesorias.
Vicios de la voluntad • La voluntad debe ser “expresada” • La expresa el funcionario • Los vicios son en la “expresión del funcionario” • Error, dolo, violencia y simulación
ERROR • Debe ser “esencial” • Si el error es excluyente de la voluntad de la administración el acto es nulo • Si concurrieran todos los elementos, pero alguno de los elementos estuviera viciado de error, el acto sería anulable
DOLO • Se aplican los principios del derecho civil • Salvo que el dolo, en el acto administrativo, puede provenir de las dos partes (es decir también puede provenir del funcionario)
VIOLENCIA • Puede ser física o moral (por ejemplo la presión del público o de los medios)
SIMULACIÓN • No es realmente un “vicio” de la voluntad, sino una “voluntad ilegalmente orientada” • Si la simulación es sobre todos los elementos o alguno en forma absoluta (ej: la administración no tiene ninguna competencia para emitir el acto) es nulidad absoluta • Si la simulación es sobre parte de alguno de los elementos (ej: la competencia del funcionario) puede ser nulidad relativa
LA INCOMPETENCIADistintos supuestos • Incompetencia absoluta • Incompetencia relativa
INCOMPETENCIA ABSOLUTA • A) Incompetencia Funcional o por materia • La Administración invade campos de los otros poderes del Estado • Un Órgano invade competencia de otro órgano • El acto administrativo es nulo • B) Incompetencia por territorio
INCOMPETENCIA RELATIVA • En razón del grado
VICIO EN LA CAUSA • A) Si la causa falta o es falsa el acto es nulo (No existen los hechos o el derecho invocado) • B) Si la causa existe pero es defectuosa, el acto es anulable (Errónea interpretación del hecho o el derecho)
VICIO EN EL OBJETO O CONTENIDO • El objeto debe ser “cierto”, “lícito” y “físicamente posible”
VICIO EN LA FINALIDAD • La finalidad debe ser “verdadera” (no encubierta ni falsa) y acorde con el objeto o contenido del acto. • Si la finalidad está viciada nos encontramos ante la “Desviación de poder”.
VICIO EN LA FORMA • La forma debe ser exigida por el ordenamiento (debe ser esencial, el acto debe ser formal) • La omisión de formas esenciales aparejan la nulidad del acto • La falta de publicidad: afecta la eficacia y no la validez del acto. Los actos de ejecución estarían viciados. • La falta o insuficiencia de motivación torna anulable el acto
INVALIDEZ DE CLAUSULAS ACCIDENTALES O ACCESORIAS • “término, condición y modo” son atributos del objeto del acto administrativo. • Su invalidez afectará la certeza, licitud o posibilidad física del acto, tornándolo nulo.