1 / 15

UNIDAD 5 - PUNTO 1 -

UNIDAD 5 - PUNTO 1 -. Si son receptadas en la LEY. SABER DESTINATARIO PARTES EL JUEZ SABER CARÁCTER COERCITIVAS SIMPLES CONSEJOS Los Contratos deben : EJECUTARSE _ CELEBRARSE _ INTERPRETARSE DE BUENA FE. Interpretar Manifestaciones PARA

iolani
Download Presentation

UNIDAD 5 - PUNTO 1 -

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. UNIDAD 5 - PUNTO 1 - Si son receptadas en la LEY • SABER DESTINATARIOPARTES • EL JUEZ • SABER CARÁCTERCOERCITIVAS • SIMPLES CONSEJOS • Los Contratos deben: EJECUTARSE _ CELEBRARSE _ INTERPRETARSE • DE BUENA FE Interpretar Manifestaciones PARA un C es negociables DETERMINAR Observar Cláusulas o SENTIDO Y estipulaciones ALCANCE

  2. VER ART. 1197 DEL CODIGO CIVIL PRINCIPIO DE BUENA FE Confianza que una parte deposita en el comportamiento correcto de la otra (art. 1198, 1er párrafo) A)BUENA FE OBJETIVA, LEALTAD Y PROBIDAD (Aspecto compromisorio y eximente o absolutorio) Auxilia al Deudor frente a Usurario o Abusivo. • BUENA FE SUBJETIVA, CREENCIA o CONFIANZA (Se protege a los adquirientes que obran en la confianza de un derecho aparente

  3. REGLAS de INTERPRETACION ( CODIGO COMERCIO ) A) INTERPRETACION FILOLOGICA = expresión literal. Uso general-costumbre del lugar. B) I. CONTEXTUAL O ARMONICAS = Todo integral, cuyo sentido y espíritu es uno. C)I. SUBJETIVA = Armonizar el sentido de las cláusulas en consideración a los fines individuales y sociales D) I. FACTICA = Los hechos de las partes son la intención _ POSTERIORES _ ANTERIORES _ COETANOS o SIMULTANEOS E) I. CONSERVADORA = VALIDEZ DEL CONTRATO. F) I. A FAVOR DEL DEUDOR = Liberación

  4. TEORIAS: 1) CLASICA o SUBJETIVA= Autonomía de la V. (C. Español y Francés) = COMPORTAMIENTO CONJUNTO Y CIRCUNSTANCIAS 2)OBJETIVA = BASE DE LA BUENA FE ( C. Alemán) INTERPRETACION DEL CONTENIDO PREDISPUESTO DEL C. _PARTE DEBIL_ Reglas de Pothier ( 7º ) El deudor es la “parte débil” y en su favor debe interpretarse en caso duda LEY 24240 _I. DE LEY = Favorable al consumidor _ INTEGRACION DE LA LEY = Relaciones de Consumo, competencia, y lealtad comercial _ I. DEL C. = Mas favorable para el consumidor _ ORDEN PUBLICO = LEY 24240

  5. UNIDAD 5 - PUNTO 2 EXTINCION DE LOS CONTRATOS Sentido Amplio: Ghersi = Agotamiento de las prestaciones Sentido Estricto: Muerte anticipada-Ineficacia del NEGOCIO JURIDICO. NULIDAD = “INEFICACIA POR INVALIDEZ” Es la sanción legal que priva a un acto de sus efectos propios en virtud de un defecto existente a la celebración. VIOLAR UNA PROHIBICION DE LA LEY ABSOLUTA NULIDAD RELATIVA CAUSA SOBREVINIENTE POSTERIOR A LA FORMACION DEL N J. Imposibilidad de Cumplir o Pagar (Por sucesos externos, imprevisibles, inevitables, e irresistibles caso fortuito o F.M.) NO HAY CULPA

  6. MODOS EXTINTIVOS PROPIAMENTE DICHOS RESCISION: Art. 1200 C. Civil. “Las Partes pueden por mutuo consentimiento extinguir las obligaciones creadas por los contratos, y retirar los derechos reales que se hubieran Transferidos …” Distracto - Mutuo Disenso - Contrario Consenso. SE DISUELVE EL VINCULO OBLIGACIONAL CREADO. “ EX – NUNC” P/ EL FUTURO RESCICION UNILATERAL: Excepcional. Ej: LOCACION DE OBRA – DEPOSITO SIN PLAZO

  7. REVOCACION: Es la extencion por voluntad de una sola de las partes. Cesa efectos a FUTURO. “EX – NUNC” DOCTRINA NO PACIFICA. SALUAT Y BORDA: “ EX - TUNC” Contratos Unilaterales y Gratuitos. Se da en razón de una causa prevista en la ley.

  8. RESOLUCION Extingue el C. por un hecho posterior a la celebración. _ Previsto por la ley o Expresa o Tacita _ Por los contratantes CON EFECTO RETROACTIVO “ EX – TUNC “ _Imputable a 1 parte: “INCUMPLE “ _EXTRAÑO A LA VOLUNTAD DE PARTES: “ EXECIVA ONEROSIDAD “ FUENTES • Condición Resolutoria • Incumplimiento de 1 Parte • Execiva Onerosidad

  9. UNIDAD 5 - PUNTO 3 RESPONSABILIDAD CIVIL “Es el conjunto de normas que como sanción obligan a reparar las consecuencias dañosas emergentes de un comportamiento antijurídico, Imputable física o moralmente a una persona”. CIIVIL - REPARADORA RESPONSABILIDAD PENAL - REPRESIVA Presupuestos de la R. Civil • Antijuridicidad • Imputabilidad • Dañosidad • Causalidad

  10. REPARACION DEL DAÑO CAUSADO En especieEn Dinero (reposición de las cosas al estado anterior) Ámbito de la R. Contractual-Incumplimiento • Contrato (debe existir) • Contrato Valido • Nació la Obligación Incumplida • Incumplida por un contratante en perjuicio del otro contratante.

  11. RESPONSABILIDAD PRE-CONTRACTUAL Se origina en un hecho ilícito, culposo, en tratativas previas a un C., del que deriva un daño generando el deber de RESARCIR. IHERING = IN – CONTRAHENDO FAGGELLA = PRECONTRACTUAL. ART. 1150 C. CIVIL.

  12. IHERING: CULPA IN – CONTRAHENDO Desde la oferta comienza la etapa PRECONTRACTUAL. El interés negativo consiste en el daño sufrido a raíz de haber creído en la validez del negocio y se contrapone al daño positivo o de cumplimiento que comprende todo lo que el acreedor tendría si el negocio fuera VALIDO.

  13. FAGGELLA: PRECONTRACTUAL Divide en dos Etapas: • Antes que se emita la OFERTA. • Comienza con la OFERTA y termina con la conclusión del contrato o desacuerdo definitivo. La Primera etapa es aporte FAGGELLA se distingue: • NEGOCIACIONES O TRATATIVAS PRELIMINARES. • CONCRETAR OFERTA DEFINITIVA (acá se entra en la segunda etapa; de IHERING) RESULTADOS NEGATIVOS: Autonomía de la voluntad- Revocación / Retractación de las O. ( Francés y Germánico) RESULTADOS POSITIVOS: Emergentes de los hechos realizados en periodo PRECONTRACTUAL

  14. FUNDAMENTOS DE LAS RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL - TEORIAS LA RESPONSABILIDAD ES CONTRACTUAL _ BREBLIA Pacto implícito preliminar al C. _ IHERING Violación de la O. de diligencia de las partes – OFERTA – CUMPLIR EL C. _ FAGGELLA Violación del acuerdo concluido. No es necesario CULPA o DOLO. _ GARRIDO Y CORDOBERA DE GARRIDO: art. 1198 C. Civil ETAPA PRELIMINAR

  15. LA RESPONSABILIDAD ES EXTRA – CONTRACTUAL Mazeaud _ Messineo. El POST CONTRATO A) CONSTITUCION * Negociación individual * Contenido Predispuesto * Tratativas Previas al C. B) ETAPA PRE – CONTRACTUAL C) POST CONTRACTUAL O POST RESOLUTORIA Posibilidad de resolución del C. por incumplimiento

More Related