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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA. ANTEPROYECTO DE LEY MARCO DE AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN. ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA. Junio 2010. CARÁCTER DE LA LMAD. Articula la CPE con los estatutos departamentales e indígenas y cartas orgánicas municipales.
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ANTEPROYECTO DE LEY MARCO DE AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Junio 2010
CARÁCTER DE LA LMAD • Articula la CPE con los estatutos departamentales e indígenas y cartas orgánicas municipales. • La reglamentación de la LMAD está a cargo de la legislación autonómica.
CONTENIDOS DE LA LMAD, SEGÚN MANDATO DE LA CPE • Procedimiento de elaboración y aprobación de estatutos. • Procedimiento de transferencia de competencias. • Régimen económico de las autonomías • Coordinación entre le nivel central del Estado y las entidades territoriales autonómicas.
Esquema De Contenido De La LMAD TITULO I:DISPOSICIONES GENERALES • Marco Constitucional, Objeto, Alcance y Ámbito de Aplicación, Principios y Definiciones,Bases del Régimen de Autonomías y Descentralización TITULO II:BASES DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO • Bases de la Organización Territorial, Descentralización ( La Región, Regiones Metropolitanas, • Distritos Municipales, Distritos Municipales Indígenas Originarios ,Campesinos • Mancomunidades) TÍTULO III : TIPOS DE AUTONOMÍAS • Autonomía Departamental, Autonomía Municipal, Autonomía Regional,Autonomía Indígena Originaria Campesinas. TÍTULO IV: PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA AUTONOMÍA Y ELABORACIÓN DE ESTATUTOS Y CARTAS ORGANICAS • Acceso a la Autonomía, Estatutos y Cartas Orgánicas.
Esquema De Contenido De La LMAD TÍTULO V: RÉGIMEN COMPETENCIAL • Competencias, Asignación Secundaria, Transferencia y Delegación,Alcance Material de las Competencias TÍTULO VI: RÉGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO • Del Régimen Económico Financiero, Recursos de las Entidades Territoriales Autónomas,Administración de los Recursos, Transferencias, Gestión Financiera y los Presupuestos, Coordinación Financiera. TÍTULO VII: COORDINACIÓN ENTRE EL NIVEL CENTRAL DEL ESTADO Y LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS • Coordinación, Consejo Nacional de Autonomías , Servicio Estatal de Autonomías, Planificación , Acuerdos y Obligaciones, Fiscalización y Control Gubernamental. TÍTULO VIII: MARCO GENERAL DE LA PARTICIPACIÓN Y EL CONTROL SOCIAL EN LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS • Participación Social, Control Social TÍTULO IX: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Principios • UNIDAD: Indivisibilidad de la soberanía y el territorio. Uniformidad en torno a políticas de Estado. • SOLIDARIDAD: actuación conjunta del Estado y las autonomías en la satisfacción de las necesidades colectivas. • EQUIDAD: Desarrollo equilibrado interterritorial. • SUBSIDIARIEDAD: Prestación de servicios desde la entidad pública más cercana a la población. Auxilio y sustitución entre órganos del poder público. • PRE EXISTENCIA DE LAS NPIOC: Da lugar a la participación y representación en gobiernos autónomos y al autogobierno en sus entidades territoriales.
Conceptos • UNIDAD TERRITORIAL: Espacio geográfico para la organización territorial del Estado. • ENTIDAD TERRITORIAL: Institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una autonomía. • TIOC: Propiedad colectiva agraria y unidad territorial con gobierno indígena Originario autónomo
Autonomía Regional • Es aquella que se constituye para la planificación y gestión de su desarrollo, según la presente Ley. La Autonomía Regional consiste en la elección de sus autoridades y el ejercicio de las facultades reglamentaria y ejecutiva respecto a las competencias que le sean conferidas por norma expresa • REQUISITOS • Haber formulado y puesto en marcha un Plan de Desarrollo Regional, según certificación del Ministerio de Planificación del Desarrollo. • Todas las condiciones establecidas para la creación de la región como unidad territorial, estipuladas en la ley correspondiente. • EJECUTIVO REGIONAL • La autoridad que encabeza el órgano ejecutivo regional será la Ejecutiva o Ejecutivo Regional, que deberá ser electa(o) de entre los miembros de la Asamblea Regional, en la forma que establezca el Estatuto Autonómico. • ALCANCE • El alcance de la facultad normativo-administrativa de la Asamblea Regional, es: • La reglamentación de su propio funcionamiento y su actividad administrativa. • La reglamentación de la legislación departamental en las competencias que le sean conferidas por el Gobierno Departamental; • La reglamentación de las normas del Nivel Central del Estado en las competencias que le sean delegadas por éste; • La reglamentación de la legislación de las entidades territoriales que conforman la autonomía regional respecto de las competencias que le sean delegadas por éstas.
PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA AUTONOMÍA Y ELABORACIÓN DE ESTATUTOS Y CARTAS ORGANICAS
Jurisdicción IOC TERRITORIO INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO
Jurisdicción IOC MUNICIPIOS
Jurisdicción IOC REGIONES
Acceso a la AIOC AIOC TIOC Consulta TCO Municipios Referendo Regiones Referendo o Consulta La Región con AIOC no tiene Facultad Legislativa La agregación de municipios, distritosmunicipales o AIOC
Integración Territorial Convertido un municipio en AIOC se integrará la totalidad del TIOC a la AIOC
Integración Territorial Los TIOC que no se constituyan en autonomía podrán constituirse en distritos municipales indígena originario campesinos.
Integración Territorial • La conformación de una RIOC no implica la desaparición de las entidades territoriales que la conforman.
Integración Territorial • Uno o varios distritos municipales IOC podrán agregarse a Entidades Territoriales IOC colindantes, previo proceso de nueva definición de límites municipales y los procesos de acceso a la AIOC. • Podrán constituirse en una sola AIOC, la agregación de TIOC con continuidad territorial, pertenecientes a uno o a diferentes pueblos o naciones IOC que tengan afinidad cultural, si en conjunto cumplen con los requisitos establecidos.
Estatutos Autonómicos Por el PNIOC Según normas y Proc Propios Conformación del Órgano Deliberativo Elaboración Participativa de los Estatutos Por el PNIOC Por 2/3 del Órgano Deliberativo Aprobación Estatuto Control de Constitucionalidad Referendum Aprobación y vigencia de Estatutos
Requisitos En todos los casos: • Certificación en cada caso la condición de territorios ancestrales, actualmente habitados por esos pueblos y naciones demandantes según lo establecido en el parágrafo I del articulo 290 de la CPE.
Requisitos Para los TIOC: • Viabilidad Territorial • Afectación a limitesdistritales • Afectación a municipales • Afectación a lasunidadesterritoriales de origen • ViabilidadGubernativa • Organización (Existencia, representatividad, fortalecimiento y funcionamiento) • Plan Territorial (instrumentos de gestión, estrategia de financiamiento, estrategia de fortalecimiento de capacidades) • EstructuraDemográfica(Dispersión, gruposetareos, migración) • Base Poblacional • Para tierras altas 10.000 habitantes (5.000 si esta en frontera) y 1.000 habitantes para naciones y pueblos IOC minoritarios. • Excepción para las naciones y pueblos minoritarios, se flexibilizará cuando la evaluación sea sobresaliente.
Competencias Es el ejercicio de las funciones legislativa, reglamentaria-administrativa y ejecutiva, de acuerdo a la responsabilidad reconocida al gobierno plurinacional y a los órganos de los gobiernos autónomos, sobre las materias competenciales previstas en la Constitución y asumidas en los Estatutos de Autonomía.
Distribución de las Competencias Exclusivas, Compartidas y Concurrentes • Criterios aplicados a la distribución de competencias:
Distribución de las Competencias Exclusivas, Compartidas y Concurrentes • Distribución competencial en la Anteproyecto de Ley Marco de Autonomías y Descentralización. • Materia Competencial : EDUCACION
Distribución de las Competencias Exclusivas, Compartidas y Concurrentes • Distribución competencial en la Anteproyecto de Ley Marco de Autonomías y Descentralización. • Materia Competencial : EDUCACION
LEGISLACION EN EL ESTADO AUTONOMICO PLURINACIONAL: • Ley Básica – Ley de Desarrollo - Ley de Armonización. • CONFLICTO DE COMPETENCIAS • VIAS CONCILIATORIAS (Servicio Estatal de Autonomías) • TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL. • PLURALIDAD DE ORDENAMIENTOS JURÍDICOS
OBJETIVOS MARCO • Establecer una línea de base clara para el financiamiento de las autonomías • Sentar un marco común de definiciones, conceptos y reglas en el ámbito financiero • Establecer una institucionalidad técnica, que regule y oriente la distribución de recursos, neutralizando las oportunidades de presión por la vía del conflicto. • Responder a las demandas prioritarias de regiones y actores menos favorecidos.
Régimen Económico Financiero • Régimen Económico Financiero • Recursos de las Entidades Territoriales Autónomas • Crédito Público • Bienes y Patrimonio • Recursos Tributarios (Transitorio /ley impuestos) • Transferencias • Gestión Presupuestaria y Responsabilidad Fiscal • Coordinación Financiera