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CATASTRO DE IMPLEMENTACIÓN DE LEY 20.609 EN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. Estudio elaborado por el Instituto de Política Liberal, IPL, con el patrocinio del Movimiento de Integración Liberación Homosexual, MOVILH . 23 de Julio 2013. EXPOSITORES. Luis Felipe Ramos:
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CATASTRO DE IMPLEMENTACIÓN DE LEY 20.609 EN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Estudio elaborado por el Instituto de Política Liberal, IPL, con el patrocinio del Movimiento de Integración Liberación Homosexual, MOVILH. 23 de Julio 2013
EXPOSITORES • Luis Felipe Ramos: Abogado, U. De Chile, Sub-Director del Instituto de Política Liberal. lf.ramos@politicaliberal.cl • Jean Masoliver: Cientista Político, UAH, Investigador y Experto Metodología del Instituto de Política Liberal. Jean.masoliver@politicaliberal.cl • Oscar Rementería: Licenciado en Geografía, U. De Chile, Vocero de MOVILH. oscar.rementeria@movilh.cl
INTRODUCCIÓN El Instituto de Política Liberal (IPL) realizó, con el patrocinio del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), un catastro y análisis a un año de la publicación en el Diario Oficial de la Ley 20.609 (24 de Julio de 2012), también llamada Ley Antidiscriminación y/o Ley Zamudio. El estudio se orientó específicamente en las reparticiones del Estado y cómo se han generado políticas públicas contra la discriminación arbitraria.
REFERENCIA Ley 20.609: Título I:Disposiciones Generales Artículo 1º.- Propósito de la ley. Esta ley tiene por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria. Corresponderá a cada uno de los órganos de la Administración del Estado, dentro del ámbito de su competencia, elaborar e implementar las políticas destinadas a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
METODOLOGÍA Indagación con organizaciones sociales y solicitud de información a través de la ley de transparencia por formato físico y/o digital. En resumen, el documento solicitó individualizar cómo el organismo estatal ha implementado políticas públicas contra la discriminación arbitraria (se adjunta documento físico tipo).
METODOLOGÍA Las solicitudes de información se enviaron el 13 de mayo 2013 y se consideraron las respuestas hasta el 19 de julio de 2013. A continuación listado de organismo que fueron contactados:
METODOLOGÍA I. PRESIDENCIA II. MINISTERIOS 1.- AGRICULTURA 2.- DEFENSA 3.- ECONOMÍA 4.- ENERGÍA 5.- HACIENDA 6.- JUISTICIA 7.- MEDIO AMBIENTE 8.- RELACIONES EXTERIORES 9.- SALUD 10.- MINSEGPRES 11.- MINVU 12.- DESARROLLO SOCIAL 13.- MOP 14.- SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO 15.- TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES 16.- TRABAJO 17.- INTERIOR 18.- EDUCACIÓN 19.- MINERIA 20.- BIENES NACIONALES
METODOLOGÍA III. SERVICIOS PUBLICOS CON RANGO DE MINISTERIO 1.- CONSEJO PARA LA CULTURA Y LAS ARTES 2.- SERNAM IV. SERVICIOS PUBLICOS 1.- SERVEL 2.- CAPREDENA 3.- FONASA 4.- REGISTRO CIVIL 5.- SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL V. ORGANOS QUE CUMPLEN FUNCION ADMINISTRATIVA CON AUTONOMIA CONSTITUCIONAL 1.- MIN. PÚBLICO 2.- CONTRALORÍA 3.- BANCO CENTRAL VI. FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD 1.- EÉERCITO 2.- ARMADA 3.- FUERZA AÉREA 4.- CARABINEROS 5.- PDI 6.- GENDARMERÍA
CLASIFICACIÓN No ha implementado ninguna política al interior del organismo. Existen mecanismos institucionales, pero sólo se concentran en difundir información referente a la ley 20609 y sus alcances. Así también considera los estudios para implementar programas activos contra la discriminación arbitraria; incluye declaraciones de intereses sobre no permitir en el servicio público actos sancionados por la ley. Contempla mecanismo institucionales activos, de capacitación y defensa contra la discriminación materializados en reglamentos internos o normativas para ese fin. No respondió la solicitud de información. * La clasificación ha sido discrecional considerando la diversidad de respuestas; se realizó una aproximación a la estandarización.
MINISTERIO DEL INTERIOR (INCLUYE TODAS LAS INTENDENCIAS A LO LARGO DE CHILE)
MINISTERIO DE DEFENSA • MINISTERIO DE SALUD • MINISTERIO DE AGRICULTURA • REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN • SERNAM • SEGEGOB • EJERCITO • ARMADA • FACH
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA • MINISTERIO DE JUSTICIA • MINSEGPRES • FONASA • MINISTERIO DE RREE • MINISTERIO DE DES. SOCIAL • MINISTERIO DE HACIENDA • MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES • CAPREDENA • CARABINEROS DE CHILE • PDI • GENDARMERÍA • CONSEJO NACIONAL DE CULTURA • SERVEL
MINISTERIO DE MINERÍA • MINVU • MINISTERIO DE ENERGÍA • MINISTERIO PÚBLICO • CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA • MINISTERIO DE BIENES NACIONALES • MINISTERIO DE ECONOMÍA • MINISTERIO DEL TRABAJO • MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE • BANCO CENTRAL DE CHILE • SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL • MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS • MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VERDE 1.Se han realizado intensas acciones de capacitación, seminarioy charlas para implementar ley 20609. 2. Se han dictado normas e instrucciones destinadas a la implementación de la ley Zamudio. 3. Se han generado programas específicos destinados a implementar ley antidiscriminación.
AMARILLO 1.- Ha realizado declaraciones genéricas que manifiesta la incompatibilidad entre sus funciones y la discriminación y/o ha informado a sus funcionarios acerca del contenido de la ley 20609. 2.- Participación pasiva en capacitación de SEGEGOB. 3.- Estudios internos para implementar ley antidiscriminación.
ROJO 1.- Declara no haber realizado acción alguna. 2.- Declara haber realizado acciones menores en virtud de una ley distinta y/o anterior a la ley 20609. 3.- Se declaró incompetente. 4.- Sólo envío carta de compromiso institucional sin señalar cómo ha implementado ley Zamudio.
CONCLUSIONES • La implementación de la ley ha sido deficiente en los órganos del Estado. • Existe escasa importancia por parte de los directivos sobre el impacto positivo de incluir esta normativa en las políticas sectoriales. • Es necesario una institucionalidad que coordine la implementación de ley 20609 al interior de las distintas reparticiones públicas.