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REUNION CON LA VICECONSEJERA DE VIVIENDA 20 DE JULIO DE 2010. FEVAS. ESQUEMA DE LA REUNION. PRESENTACION DE FEVAS UN CANAL DE COMUNICACION ESTABLE: UNA INTERLOCUCION PERMANENTE UN CASO CONCRETO POSIBLES CAMBIOS EN LOS DECRETOS :
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REUNION CON LA VICECONSEJERA DE VIVIENDA 20 DE JULIO DE 2010 FEVAS
ESQUEMA DE LA REUNION • PRESENTACION DE FEVAS • UN CANAL DE COMUNICACION ESTABLE: UNA INTERLOCUCION PERMANENTE • UN CASO CONCRETO • POSIBLES CAMBIOS EN LOS DECRETOS: • CONSIDERACION DE LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL COMO SITUACION EXCEPCIONAL PARA EL ACCESO A VPO. • CONSIDERAR A LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL COMO GRUPO BENEFICIARIO DE CUPO EN VPO • FACILITAR EL REQUISITO DE SOLVENCIA ECONOMICA PARA ACCEDER A VPO. • LAS ASOCIACIONES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR: CONSIDERADAS TITULARES EN COMPRA, ALQUILER O CESION • LAS NECESIDADES CONCRETAS DE PISOS Y LOCALES FEVAS
9.100 personas con discapacidad intelectual, 8.000 familias, 1.200 profesionales y 800 voluntarios 37 centros de Atención diurna 3 Centros de Atención temprana 2 Centros Ocupacionales 47 unidades concertadas en Educación 2Colegios de Educación Especial 69 viviendas 3.000 usuarios en ocio 4 centros de atención temprana 3 Servicios de tutela 2Serviciossociosanitariosconcertados 4
2.UN CANAL DE COMUNICACION ESTABLE: UNA INTERLOCUCION PERMANENTE • HEMOS FIRMADO EL PACTO SOCIAL POR LA VIVIENDA • EN EL DIA A DIA NOS SURGEN CASOS CONCRETOS: Casos de familias en las que el impacto del nacimiento de una hija/o con discapacidad, así como su cuidado, supone a su vez necesidades especiales de Vivienda. • EN EL DÍA A DIA Y EN EL DESARROLLO DEL PACTO ¿COMO VAMOS A HACER LA INTERLOCUCION? • COLABORAR EN EL/LOS ÓRGANOS QUE SE CREEN DE PARTICIPACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PACTO, así como la necesidad de CONCRETAR UN INTERLOCUTOR para abordar las situaciones excepcionales.
3. UN CASO CONCRETO La familia de EZ ( Persona de 3 años que presenta un cuadro de trastorno Autista) está formada por los padres y 2 hijos (3 y 1 año) EZ, Presenta las siguientes conductas desajustadas: Conductas repetitivas e intereses restringidos, alteraciones en la comunicación, alteraciones de la interacción social y alteraciones del sueño. Descripción de la vivienda donde reside la familia: En la actualidad, la familia vive en una vivienda en propiedad en la localidad de Z. El piso tiene las siguientes características: último piso de un edificio de 5 plantas que consta de sala, cocina, baño, 2 habitaciones y terraza. Debido a lo complicado que resulta que los dos hermanos compartan la misma habitación, la familia se ha visto en la necesidad de poner el piso en venta, con el fin de mudarse a otro piso con una habitación más. Descripción de la vivienda que cumpliría las necesidades de la familia: La vivienda que esta familia necesita es de 3 habitaciones, es decir, una más de las que consta la vivienda actual. Por otro lado, dado que ni el padre ni la madre son naturales de Z. y teniendo en cuenta lo importante que, en este caso, resulta la cercanía del apoyo familiar (abuelos, tíos…de esta familia se ve obligada a intentar vender la vivienda actual para, luego, poder mudarse a una vivienda en propiedad en H(familia paterna) o D (familia materna).
4. POSIBLES CAMBIOS EN LOS DECRETOS CAMBIO 1. CONSIDERAR A LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL COMO SITUACIÓN EXCEPCIONAL PARA EL ACCESO A VPO CAMBIO 2. INCORPORAR LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL COMO GRUPO BENEFICIARIO DE CUPO CAMBIO 3. FACILITAR EL REQUISITO DE SOLVENCIA ECONOMICA PARA ACCEDER A VPO. CAMBIO 4. LAS ASOCIACIONES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR: PODRÁN SER CONSIDERADAS TITULARES EN COMPRA, ALQUILER O CESION
PROPUESTA DE CAMBIO 1: “CONSIDERAR A LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL COMO SITUACIÓN EXCEPCIONAL PARA EL ACCESO A VPO” Solicitamos: Incorporar a las familias con hijos con DI o a personas con discapacidad intelectual a los grupos ya contemplados en La Orden 2829 de 16 de Abril de 2008 sobre circunstancias de necesidad de Vivienda.
PROPUESTA DE CAMBIO 2: INCORPORAR A LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL COMO GRUPO BENEFICIARIO DE CUPO Solicitamos, el establecimiento de un cupo ( Orden 2828 de 16 de Abril 2008, art.10) para el colectivo de Familias con hijas/os con DI y Personas con DI
PROPUESTA DE CAMBIO 3: FACILITAR EL REQUISITO DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA ACCEDER A VPO El Decreto 39/2008, en su artículo 19, excepciona los ingresos mínimos para el arrendamiento, no así para la compra que los fija en 3.000 €. Algunas de las personas adultas con discapacidad intelectual, aun trabajando en régimen ocupacional no alcanzan el ingreso mínimo requerido. Por ello, en el caso de compra, Solicitamos que se contemple directamente que puedan responder por ellos, sus padres o tutores institucionales.
PROPUESTA DE CAMBIO 4: LAS ASOCIACIONES REPRESENTATIVAS DEL SECTOR: CONSIDERADAS TITULARES EN COMPRA, ALQUILER O CESION El Decreto 39/2008: Art. 14.2 solo contempla el acceso a VPO de las personas jurídicas en el caso de compra. FEVAS, solicita: Que se contemple a las Organizaciones sin ánimo de lucro con la posibilidad no solo de compra, sino también de alquiler o cesión.