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Delitos en el ámbito financiero. Patricia Marcela Llerena Argentina. DELITOS DE CONTENIDO ECONOMICO. Delitos contra la empresa Delitos en la empresa Delitos desde la empresa. Delitos contra la Empresa.
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Delitos en el ámbito financiero Patricia Marcela Llerena Argentina
DELITOS DE CONTENIDO ECONOMICO • Delitos contra la empresa • Delitos en la empresa • Delitos desde la empresa
Delitos contra la Empresa • Conductas que llevan a cabo terceros o extraños a ella (extraneus), en perjuicio de su patrimonio • Conductas de estafa
Delitos contra la Empresa • Políticas de prevención de riesgo crediticio • Procedimiento interno • Cumplimiento de normativa, exigibilidad de criterios fundados por conocimiento • Análisis de riesgo • Comité de riesgo
Delitos contra la empresa • Sistemas de prevención para minimizar errores ( sustitución de identidad; documentación apócrifa; documentación incompleta) • Autopuesta en peligro. Negligencia de la víctima que sufre el error. • Disposición patrimonial y perjudicial • Riesgos prohibidos. • Riesgos permitidos.
Riesgo Prohibido en Derecho Penal • Conducta que crea un riesgo o aumenta el peligro de modo relevante para el bien jurídico • Requisitos: • a) análisis de las circunstancias que pueda reconocer un hombre prudente en el momento de la acción; • b) más circunstancias que el autor pueda reconocer; • c) conocimientos especiales del autor o conocimientos al azar
Riesgos Permitidos en Derecho Penal • Acciones de riesgo [ de peligro] que resultan necesarias o socialmente adecuadas – Incidencia en la antijuridicidad; realizadas con el cuidado debido o exigido- • Acciones de riesgo [ de peligro] respecto de las que hay consentimiento por parte del sujeto pasivo (titular del bien jurídico) • Combinación entre las distintas categorías • Cuando media error invencible respecto de las circunstancias de hecho/ fácticas.
Delitos Cometidos dentro de la Empresa • Por personas que reunen determinadas condiciones, que se pueden exigir en el tipo penal –intraneus- • Infidelidad – relación interna dentro de la corporación/empresa • Acuerdos abusivos – relación externa de la empresa
Delitos dentro de la Empresa • Personas de determinada jerarquía funcional que en general tienen el deber de actuación ( por norma extra penal) –intraneus- • Delitos especiales o por incumplimiento de deber • Delitos de dominio
Delitos dentro de la Empresa • Criterios de sanción a los que participan en el hecho punible, en caso de acciones • A) Intraneus- Intraneus • B) Intraneus- Extraneus • C) Extraneus-Intraneus • D) Extraneus-Extraneus
Delitos dentro de la empresa • Criterios de sanción a los que participan en el hecho punible, en caso de omisiones • A) Intraneus- Intraneus • B) Intraneus- Extraneus • C) Extraneus-Intraneus • D) Extraneus-Extraneus
Delitos dentro de la Empresa • Delitos de Comisión • Delitos de Omisión • Equiparación. Hecho punible por acción u omisión [Código Penal: de Colombia, art. 19; de Costa Rica, art. 18; de México, art. 7; de Paraguay, art. 14, inc.1°-1; de Brasil, art. 13; de Perú, art. 13, aprt. 1 y 2 ]
Delitos dentro de la Empresa • Responsabilidad por la omisión de impedir la realización del tipo objetivo, cuando se tenga el deber de evitarlo – Nexo de evitación o evitabilidad- • Código Penal de México, art. 7: Omisión impropia, posición de garante- • Código Penal de Perú, art. 13, omisión impropia, cuando se tenga deber jurídico de impedirlo o si se crea un peligro inminente que fuera propio para producirlo
Delitos dentro de la Empresa • Código Penal de Brasil, art. 13, 2°: relevancia de omisión, a) tenga obligación de cuidado, protección o vigilancia; b) que haya asumido la responsabilidad de impedir el resultado; c) con su comportamiento creó el riesgo de ocurrencia del resultado. • Código Penal de Argentina, no prevé norma concreta. Disposición específica de defraudación por infidelidad o por abuso, que establece como elemento normativo, la “violación de deberes” (art. 173, inc. 7°)
Delitos dentro de la Empresa • Actuar en lugar del otro (Código Penal de Paraguay, art.16, que prevé al representante de una persona jurídica o como miembro de sus órganos; socio apoderado de una sociedad de personas; representante legal de otro).- • Agentes (ejecutores) que actúe aún cuando los actos jurídicos sean declarados nulos o inválidos.
Responsabilidad Penal • Principios generales • A menor vulnerabilidad mayor responsabilidad • A mayor conocimiento y capacitación, mayor obligación de actuar
RESPONSABILIDAD PENAL • Vulnerabilidad frente al derecho penal de igual o menor entidad que los otros actores que operan en el sistema, quienes tiene capacitación acorde a sus funciones o competencias. • Conocimiento de la ley tanto formal como material relacionada con el ámbito laboral que se desempeña. • Especial conocimiento de los riesgos inherentes a la actividad
RESPONSABILIDAD PENAL • Baja vulnerabilidad al sistema penal por la condición de Intraneus • Baja vulnerabilidad al sistema penal en caso de extraneus, con capacitación profesional (eg. Contador/abogado/licenciado en informática…)
RESPONSABILIDAD PENAL • Disminución de la vulnerabilidad al sistema penal cuando además el ejecutor está especializado, capacitado o trabaja en el asesoramiento de actividades con riesgo financiero o económico o riesgosas o sensibles al proceso de lavado de dinero/financiación del terrorismo/delitos informáticos.
Delitos desde la empresa • Lesividad a bienes de terceros ( similitud con los delitos contra o dentro de la empresa) • Lesividad a bienes supraindividuales o públicos (medio ambiente; administración pública: hechos de corrupción; lavado de dinero; financiación de actos de terrorismo, por ejemplo)
Prevención de hechos delictivos • Whistleblowers [Enron; WorldCom; FBI]. “Sarbanes-Oxley Act 2002” • Informante interno, denunciante – delator- • Obligación denuncia por funcionarios públicos y propiciar la denuncia [ONU; Convención contra corrupción, año 2003)
Prevención de hechos delictivos • Diferencia con la violación de secretos • Diferencia con Insider Trading /Tenedor de Información Privilegiada • Diferencia con el arrepentido o informante
Prevención de hechos delictivos • Sistema que permita recuperar el control social sobre las empresas u organizaciones • Código Éticos Internos. Protección a los informantes/whistleblowers desde el ámbito laboral. • Recurso de política criminal para prevención conductas ilícitas en el seno de las empresas. Sea en su perjuicio o de terceros o de bienes supraindividuales
Prevención hechos delictivos • Posibles cuestiones: • ¿Revelación de conductas delictivas, o, de violación a disposiciones administrativas o al código de ética?; • Límite que se admita sólo frente a un interés relevante, cuya lesión o peligro se pretende evitar. • Interpretación del límite. Tipos de hechos
Incentivo a los whistleblowers • Posibles cuestiones • Reforzar los deberes de denuncia. Regulación específica en casos de funcionarios públicos; o de cualquier persona cuando así esté establecido por ley. • Consecuencia: ampliación de los delitos de incumplimiento de deber , recurriendo a los delitos de omisión • No limitación a los Intraneus
Incentivo a Whistleblowers • Sistema de Premios y Castigos • Importancia del Impacto sobre erario público (ejemplo False Claims Act- 1986) • Importancia por viabilidad de evitación.
Incentivo a Whistleblowers • Supuesto de ejecutor que informa sobre conductas en las que participa y, a su vez, debe denunciar. • Colisión de deberes. Igual o distinto entidad.