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Avances, obstáculos y panorama en la integración eléctrica de los Países de la Comunidad Andina. María Clara Gutiérrez Asesora Legal Secretaria General de la Comunidad Andina mcgutierrez@comunidadandina.org. Agenda. Contexto andino Antecedentes Marco regulatorio Institucionalidad
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Avances, obstáculos y panorama en la integración eléctrica de los Países de la Comunidad Andina María Clara Gutiérrez Asesora Legal Secretaria General de la Comunidad Andina mcgutierrez@comunidadandina.org
Agenda • Contexto andino • Antecedentes • Marco regulatorio • Institucionalidad • Conclusiones
Contexto Andino • Bolivia:cuenta con la segunda reserva de gas natural de la región luego de Venezuela. Está dentro de los 10 países con mayores reservas hídricas de Latinoamérica. • Colombia: Posee las mayores reservas de carbón de la región, es el segundo país con el mayor potencial hidroeléctrico y está dentro de los 6 países latinoamericanos con mayores reservas de petróleo. • Ecuador: Es el cuarto país con las mayores reservas de petróleo luego de Venezuela, México y Brasil y está dentro de los 10 países con mayores reservas hídricas de América Latina. • Perú:Es el tercer país de América Latina con las mayores reservas hídricas de la región luego de Brasil y Colombia y es el sexto con las mayores reservas de gas natural. • Venezuela:Cuenta con las mayores reservas de petróleo de la región y a su vez la quinta más grande del mundo. Posee las mayores reservas de gas natural, es el cuarto país con las mayores reservas de carbón y el quinto en reservas hidroeléctricas en Latinoamérica.
Contexto Andino • Abundantes recursos energéticos: • garantizar su autosuficiencia energética y • generar excedentes para exportación • Las exportaciones de los productos generadores de la energía representan alrededor del 52% de las exportaciones totales de la Comunidad Andina. • Las reservas probadas de gas natural alcanzan los 5,451 mil millones de metros cúbicos, de los cuales el 77% corresponden a Venezuela. En la última década, Perú incrementó sus reservas en el campo de Camisea, mientras que Bolivia las cuadruplicó en los últimos años.
Antecedentes • Declaración de Santa Cruz de la Sierra, 30 de enero de 2002: • examen integrado del potencial energético de la subregión (seguridad energética regional y hemisférica.) • Acuerdo suscrito entre los Ministros de Energía (tres países), Abril 2002 • Declaración de Guayaquil, 31 de julio de 2002: • trabajos de la Secretaría General de la CAN, CEPAL, OLADE y UNCTAD para que presenten resultados. • Declaración de Quirama, 28 de junio de 2003: • construcción del mercado energético comunitario • desarrollo de servicios de energía de alto valor agregado, en beneficio del desarrollo sostenible andino, • estrategia de inserción internacional en torno al comercio de hidrocarburos y la seguridad energética.
Antecedentes • Acuerdo suscrito entre los Ministros de Energía de tres países socios de la Comunidad Andina - CAN (Ecuador, Colombia y Perú), 19 de abril de 2002, al que posteriormente se incorporarían Venezuela y Bolivia. Señalaron principios para la interconexión eléctrica. • Convocar a los organismos reguladores de los tres países, a fin de armonizar los marcos reglamentarios. Dificultad por la normatividad de los tres países que no había sido concebida para permitir la exportación o importación permanente de energía. • Se consensuaron las bases de lo que posteriormente se convertiría en la Decisión 536 de la Comunidad Andina.
Antecedentes- Reunión de Ministros • En la I Reunión del Consejo de Ministros de Energía, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la CAN, celebrada en Quito en enero de 2004, se fijaron las bases de la Alianza Energética Andina (AEA), la cual ha quedado proyectada en 5 ejes temáticos: • Construcción de mercados integrados de energía (electricidad y gas), a través de redes físicas y marcos regulatorios armonizados; • Inserción en los mercados internacionales de hidrocarburos, en un contexto estratégico de seguridad energética; • Promoción del desarrollo empresarial en los países andinos, en “clusters energéticos”; • Marco de negociación y clasificación de los servicios de energía en la OMC y otras instancias internacionales; • Desarrollo de la temática de las energías renovables y su vinculación con la temática ambiental y con el Plan Integrado de Desarrollo Social (PIDS).
La Paz Integración Eléctrica Subregional: Países de la Comunidad Andina Marco Jurídico Decisión CAN 536
Marco regulatorio • Acuerdo de Cartagena. Artículo 104. Acción conjunta de los Países Miembros para: • lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico, • fortalecer la infraestructura y • los servicios necesarios para el avance del proceso de integración económica de la Subregión. • Esta acción se ejercerá principalmente en los campos de la energía, los transportes y las comunicaciones, y comprenderá las medidas necesarias a fin de facilitar el tráfico fronterizo entre los Países Miembros
Decisión 536 • Marco general para la interconexión subregional de sistemas eléctricos e intercambio intracomunitario de electricidad. • Interconexión de sistemas eléctricos e intercambios comerciales subregionales de electricidad, pueden brindar importantes beneficios. (económicos, sociales, ambientales) • Necesidad de armonización normativa para la operación de interconexiones intracomunitarias. • Futuro funcionamiento de un mercado integrado de energía entre los Países Miembros de la CAN.
Decisión 536 • Reglas Fundamentales • Agentes participantes • Tratamiento de restricciones e inflexibilidades • Cargos adicionales en las transacciones • Desarrollo de los enlaces internacionales • Remuneración de potencia en las Trans. Intern. • Transacciones internacionales de electricidad a corto plazo • Armonización de normativas nacionales • Mecanismo de seguimiento • y XI. Disposiciones finales y transitoria.
Reglas Fundamentales • No discriminación (mercados/agentes nacionales y externos) • Libre acceso a las líneas de interconexión internacional. • Contratos de compraventa de carácter comercial. • Condiciones competitivas de mercado. Evitando discriminaciones y abuso de posición dominante. • Libre contratación entre los agentes • Transacciones internacionales de electricidad de corto plazo. • Promoverán la inversión privada en desarrollo de la infraestructura • Rentas resultado de la congestión de un enlace internacional no serán asignadas al propietario del enlace • No subsidios a las exportaciones o importaciones de electricidad, ni aranceles ni restricciones específica • Los precios de la electricidad en los extremos de los enlaces servirán para valorar las TIE
Agentes participantes • Autorizaciones, licencias, permisos o concesiones no podrán ser negados si interesado ha cumplido con requisitos señalados en la normativa de cada País • Agente autorizado para comercializar internacionalmente electricidad en un País Miembro puede realizar actividad en cualquiera de los demás Países Miembros • Intercambio periódico de información entre los entes regulatorios sobre propiedad y participación accionaria de los agentes.
Restricciones e inflexibilidades y cargos adicionales • Principio de no discriminación. • Restricciones e inflexibilidades operativas igual para agentes internos y externos • La importación y exportación sujeta a los mismos cargos que se aplican a la generación y demandas locales.
Desarrollo de enlaces internacionales • Establecerán mecanismos de remuneración para el transporte de electricidad • Garantizarán acceso libre, oportuno y transparente a la información que se requiera • Planificación coordinada, con visión de integración regional
Transacciones Internacionales de electricidad de corto plazo • No estarán condicionadas a la existencia de excedentes. • Solo limitadas por la capacidad de los enlaces internacionales. • Administradores de los mercados nacionales serán los que liquidarán de manera coordinada los intercambios internacionales de energía: • mediante acuerdos de administración, • liquidación de transacciones e • intercambio de información • Administradores de los mercados deberán constituir garantías que cubran las transacciones de corto plazo. Sin las garantías no se podrán efectuar transacciones internacionales.
Armonización de normativas nacionales y mecanismo de seguimiento • Reformas en las normativas nacionales que promuevan la armonización en materia de: • Operación de interconexiones eléctricas • Transacciones internacionales de electricidad • Se crea el Comité Andino de Organismos Normativos y Organismos Reguladores de Servicios de Electricidad (CANREL) • Promover las normas necesarias para alcanzar los objetivos • Seguimiento a la armonización • Conformado por titulares de los organismos normativos
Disposiciones finales • Empresas que participen en contratos internacionales podrán utilizar el sistema arbitral del TCTJ • Se permitirá a los Países Miembros suscribir acuerdos con otros países de la región para promover la interconexión. • Bolivia no aplicó inicialmente la Decisión. Se incorporó a la misma mediante la Decisión 639 (16 de julio de 2006)
Institucionalidad • Consejo de Ministros de Energía, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la Comunidad Andina. Decisión 557. • Comité Andino de Organismos Normativos y Organismos Reguladores de Servicios de Electricidad (CANREL), Decisión 536. Sus Grupos Técnicos: • Grupo de Trabajo de Organismos Reguladores de Servicios de Electricidad (GTOR), creado en junio de 2003, proponer marcos normativos para la plena implementación de la interconexión subregional de sistemas eléctricos e intercambio intracomunitario de electricidad; y • Grupo de Trabajo de Organismos Planificadores de Servicios de Electricidad (GOPLAN), creado en enero de 2004, presentar propuestas, coordinar con las entidades energéticas y eléctricas de los países andinos y lograr acuerdos para que se cumpla el acceso a la información y planificación coordinada de proyectos, con visión de integración regional.
Obstáculos • Integración es un proceso exigente. • Necesario armonizar diversos intereses. • No basta con el apoyo político, es necesario realizar estudios técnicos para la ejecución de las obras de gran dimensión. • Propias de las ejecuciones de los proyectos. Resultados. • El retiro de Venezuela. Integración energética sudamericana.
Plan de acción 2008 • Informe Ejecutivo del Estudio de “Análisis de Factibilidad Técnico – Económica de Alternativas de Interconexión Entre Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú, financiado con Recursos PNUD, para la presentación en la Reunión de GTOR • Análisis de las Proyecciones a Largo Plazo de la Oferta y Demanda de energía eléctrica y de sus requerimientos técnicos y financieros para su presentación a GOPLAN • Análisis del Estudio de Solución de Controversias en los Contratos de Interconexión Eléctrica, para su presentación a GTOR y CANREL • Coordinar actividades con OLADE, CEPAL y otros Organismos Regionales en el seguimiento de iniciativas de integración energética sudamericana
Conclusiones • La integración regional apoya el desarrollo económico de la región a partir de la cooperación recíproca y la complementariedad económica. • En términos generales la reducción en los costos (de transporte, energía, telecomunicaciones) y la optimización de la operación permite y facilita el acceso más eficiente a los mercados de insumos y productos, y la reducción de costos de transacción. • Las condiciones políticas, jurídicas y económicas son determinantes en el desarrollo y consolidación de los procesos de integración. • La armonización de los marcos regulatorios favorece la eficiencia y efectividad de las inversiones en infraestructura y en la prestación de los servicios públicos.
Muchas Gracias. www.comunidadandina.org Bolivia Colombia Ecuador Perú