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Título III: La Auditoria Ambiental de Línea Base ALBA. Art. 15: Se realiza el ALBA de acuerdo al Art. 86 del Código Minero. . CAP í TULO I. Art. 16: NO es responsabilidad del minero las condiciones ambientales identificadas en el ALBA. Art. 18: El ALBA es parte de la L.A. .
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Título III: La Auditoria Ambiental de Línea Base ALBA Art. 15: Se realiza el ALBA de acuerdo al Art. 86 del Código Minero. CAP í TULO I Art. 16: NO es responsabilidad del minero las condiciones ambientales identificadas en el ALBA. Art. 18: El ALBA es parte de la L.A. Art. 19: Se puede ejecutar un ALBA común.
Art. 20: El ALBA debe incluir Descripción, identificación y caracterización de fuentes puntuales y difusas. CAP í TULO II Art. 21: El ALBA determina transporte y transferencia de contaminantes dentro y fuera. Establece condiciones ambientales en aguas. Art. 22: El ALBA Art. 23: Si existen Evaluaciones Ambientales por SERGEOMIN. Describe flora, fauna y el paisaje. Identificación de fuentes. Art. 24: El ALBA documento técnico. CAPíTULO III Metodologia de muestreo Resultados del ALBA
Título IV: Manejo de Aguas Art. 25: El concesionario minero esta sujeto al RMCH CAP I Art. 26: Modifica el Art. 43 del RMCH Art. 27: El uso de Hg esta permitido Art. 28: Recarga de acuíferos, por aguas residuales inyectadas o infiltradas. CAP II Art. 29: Los suelos de cualquier acumulación de R.S. deben se impermeabilizados.
Art. 30: NO se impermeabiliza cuando: Infiltraciones de buena calidad. ST mayores a 5000 mg/lt. Improbable la utilización del agua. No tenga uso actual o en el futuro del acuifero. Se demuestre que las filtraciones o descargas no tienen efecto negativo en el uso comercial del acuífero.
Título V: De los R.S. Minero- Metalúrgicos Art. 31, 32: Del objeto y alcance Capítulo I Existentes y Nuevas Art. 33: Los R.S. se clasifican en CAP II Por la forma de almacenamiento Art. 34: Abandono o deposito de R.S. Por el volumen del R.S. Art. 37: de la ubicación de R.S. Distancia o posición Por la Peligrosidad. CAP III No se afecte la acumulación Sistema de drenaje pluvial Art. 38,39 y 40: Del manejo de aguas en aéreas de acumulación de R.S. Construcción de reservorios Limites permisibles Prevención de hundimiento Art. 29 y Art. 30 del RAAM Polvos fugitivos.
Se realiza en: construcción, operación, cierre y post-cierre Art. 42, 43 y 44: Del Control y Monitoreo CAP IV Libro de control Art. 45, 46, 47 y 48: Acumulación de R.S. a gran Volumen. Debe formar parte de la L.A Se prohíbe el uso de: lodos de pantanos, mat. perecederos, combustión arcilla con liq. mayo al 80% Art. 49: Evaluación de la estabilidad de las acumulaciones. CAP V Colas: Sistemas de desagüe y drenaje. Art. 43 y 44 Análisis de condiciones Geotécnicas, topográficas, hidrológicas. Evaluación de contaminación e impacto ambiental. Art. 50: Elaboración de informe. Plan de cierre y rehabilitación del área con costos. Generación de agua acida. Art. 51: Cumplir el Titulo VII del RAAM de cierre y rehabilitación. Contaminación de suelo y vegetación circundante.
Art. 53: El Plan de Manejo deberá tener Ubicación de las acumulaciones. Art. 37 del RAAM CAP VI Transporte de R.S. Medidas de estabilidad, mitigación y control de la contaminación. Programa de control, monitoreo, mantenimiento, cierre y rehabilitación