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Generalidades del impuesto general sobre las ventas. Si todos contribuimos , todos nos beneficiamos. ¿Qué es el Impuesto General sobre las Ventas?. Es un impuesto indirecto, lo paga el consumidor . Es Plurifásico . Se calcula sobre el valor agregado.
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Generalidadesdel impuesto general • sobrelasventas Si todoscontribuimos, todosnosbeneficiamos
¿Qué es el Impuesto General sobre las Ventas? Es un impuesto indirecto, lo paga elconsumidor. Es Plurifásico. Se calcula sobre el valor agregado. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
¿Qué se define como una venta? Cuando se traspasa una mercancía de una persona a otra. Cuando se ingresan mercancías del exterior (importación o internación). Cuando se concreta algunode estos actos, se Cuando se venden mercancías en consignación, el apartado de mercancías y el arrendamiento con opción de compra. da lo que se llama el HECHO GENERADOR Cuando se usan mercancías par uso o consumo personal del contribuyente. La prestación de los servicios gravados con este impuesto. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Servicios gravados (art.1) Restaurantes Cantinas Centros nocturnos, sociales, de recreo y similares. Hoteles, moteles, pensiones, casas de estancia transitoria o no. Talleres de reparación y de refacción de toda clase de mercancías. Aparcamiento de vehículos Teléfonos , cables y télex Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Servicios gravados Espectáculos públicos en general, excepto los deportivos, teatros y cines (películas para niños) Servicios publicitarios (radio, prensa y televisión),exentas emisoras de radio y los periódicos rurales. Servicios de agencias aduanales. Servicios de correduría bienes raíces. Servicios de mudanzas internacionales.Primas de seguros. Servicios de imprentas y litografías. Lavado, encerado, limpieza y mantenimiento de vehículos. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Hecho Generador (Art. 3) Momento de Acto que a)Venta demercancías Facturación realice o entrega primero b)Importación o Momento de aceptación internación de mercancías de la póliza Momento de Acto que c)Prestación facturación o realice de servicios entrega primero Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Hecho Generador (Art. 3) ch)Uso o Fecha de consumo de Contribuyente retiro mercancías Fecha consignatario retira d)Venta consignación mercancía Momento mercancía queda e)Apartado de mercancías apartada f)Faltante de mercancías gravadas Toma de inventarios Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Contribuyentes y declarantesdel Impuesto sobre las Ventas Personas que realicen ventas o presten servicios de forma habitual Personas que ingresen mercancías al territorio nacional, importadores. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Declarantes Los exportadores, contribuyentes o no de este impuesto, están obligados a presentar declaraciones, a estos se les llama declarantes. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Exenciones Las ventas de los artículos definidos en lacanasta básica alimentaria. Las exportaciones La reimportación de mercancías nacionales que ocurran dentro de los tres años siguientes a su exportación. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Regímenes mediante los cualesse puede inscribir un contribuyente Existen dos regímenes mediante los cuales un contribuyente se puede inscribir en el Impuesto General sobre las ventas: Régimen Tradicional Régimen de Tributación Simplificada (RTS) Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Régimen Tradicional Tarifa: art. 10 Tarifa general 13% Energía eléctrica residencial 5% Madera 10% Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Base imponible en ventas de mercancías En las ventas de mercancías el impuesto se determina sobre el precio neto de venta. No forman parte de la base imponible (art.11): Los descuentos aceptados en las prácticas comerciales. El valor de los servicios que se presten con motivo de las ventas de mercancías gravadas. Los gastos financieros que se facturen y contabilicen por separado. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS Sistema especial de determinación ypago del impuesto a nivel de fábrica y aduana: Ejs: Licores, cervezas, cigarrillos Ropa usada. Electrodomésticos usados Repuestos para vehículos usados, vehículos. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Base imponible en importaciones El valor se establece adicionando al valor CIF, aduana deCosta Rica, lo pagado efectivamente por concepto dederechos de importación, impuesto selectivo de consumo y otros. El valor CIF, es el costo de la mercancía, más el costo del transporte y seguros. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Determinación del Impuesto (art.14) Determinación : Débito Fiscal - Crédito Fiscal = Impuesto a pagar o saldo a favor. El débito fiscal se determina aplicando la tarifa de impuesto al total de ventas gravadas del mes correspondiente. DÉBITO FISCAL: suma impuesto detallado en facturas de ventas, emitidasdurante el período fiscal + todas las operaciones realizadas durante ese período fiscal : consumo personal, arrendamientos con opción de compra, etc. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Determinación del Impuesto Crédito fiscal (art.14 L y 21 R) Crédito Fiscal es la suma impuesto pagado detallado enforma separada en facturas de compras, formularios aduaneros del mes a que corresponda la declaración. Impuesto pagado en primas de seguro. Mercancías que se incorporan físicamente y pagado en maquinaria y equipo destinado directamente a producir bienes. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Liquidación y pago Aún sin impuesto Declaración con 15 días naturales del Con declaración debe presentarse la declaración. saldos a favor. (Riesgo de ser Fiscalizado.) mes siguiente jurada El impuesto se declara mediante elformulario D-104 utilizando EDDI 7 y se puede cancelar por medio de Conectividad o presentando ladeclaración en los bancos. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Pagos a cuenta del Impuesto sobre las Ventas (Art.15 bis L y 20 bis R) AGENTES DE RETENCIÓN Las procesadoras de pagos de tarjetas de crédito o débito (adquirentes) deben actuar como agentes de retención cuando paguen, acrediten o, en cualquier forma, pongan adisposición de las empresas afiliadas, las sumas que correspondan a ingresos por concepto de ventas de bienes o servicios gravados. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
PORCENTAJE DE RETENCIÓN La retención establecida será de hasta un 6% sobre el importe neto de venta pagado, acreditado o en cualquier otra forma, puesto a disposición del afiliado, constituyendo esta retención un pago a cuenta del impuesto sobre las ventas. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
CASOS EN QUE NO PROCEDE APLICAR LA RETENCIÓN Cuando el afiliado no venda Cuando el afiliado esté inscrito en Sobre las ventas que mercancías o realice el Depósito Expendedores alguno de los servicios gravados con el impuesto Libre de Golfito y las regímenes de de gasolina. tiendas libres del TributaciónSimplificada . general sobre las ventas. IMAS. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Ced: 3-10118054929 Adm:01 Cía El Sol S.A San José, avenidas 5 y 6, calle central Teléfono:267-41-15 San José Central Catedral 1041047425747 2 0 1 2 0 1 0 1 3-10118054929 Cía El Sol S.A
5,000,000.00 1,500,000.00 7,000,000.00 xxxxxxx 7,000,000.00 2,000,000.00 1,500,000.00 6,000,000.00 xxxxxxx 910,000.00 195,000.00 xxxxxxx 195,000.00 715,000.00 xxxxxx 75,000,00 640,000.00 200,000.00 440,000.00
440,000.00 440,000.00 440,000.00 González Peralta 440,000.00 Gustavo 01-0240- 0150 Gonzalez Fernández Gonzalo
Deberes de los contribuyentes Inscripción Emisión de facturas Llevar los registros contables Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Emisión de facturas Los contribuyentes inscritos bajo este régimen y los declarantes están obligados a extender facturas o documentos equivalentes. Comprobantes válidos Factura o Tiquete de Caja Recibo de Pago Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Factura Nombre y Apellido o Razón Social Nº de Cédula Jurídica o Física Nº de Domicilio comprobante, comercial preimpreso y consecutivo Datos del Fecha de cliente emisión Datos de la Precios venta: unitarios y totales descripción del bien vendido, servicio prestado o trabajo Precio total con el impuesto efectuado incluido Datos de la Número de oficio de imprenta autorización DGT. Si todos contribuimos
Tiquete de Caja Nombre y Apellido o Razón Social Nº de Cédula Jurídica o Física Domicilio Nº de comercial comprobante consecutivo Fecha de emisión Datos de la venta:descripción del bien vendido, servicio Precios prestado o trabajo unitarios y efectuado totales Monto del impuesto Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Régimen de Tributación Simplificada Actividades que pueden acogerse al régimen - Bar, cantina, taberna, o establecimientos similares. Comercio minorista. - Fabricación de objetos de barro, loza, cerámica y porcelana. - Panaderías, restaurantes, cafés, sodas y otros establecimientos quese dediquen a actividades similares. - Fabricación artesanal de calzado. - Fabricación de muebles y sus accesorios. - Floristerías. - Estudios fotográficos. - Fabricación de productos metálicos estructurales. Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Requisitos para ingresar al RTS Compras anuales por un valor no superior a ciento cincuenta salarios base, incluyendo impuesto sobre las ventas (¢360.600 x 150 = ¢54.090.000.00) Que el número de personas que trabajan en el negocio no exceda de cinco Que la actividad no tenga su origen en la explotación de una franquicia,marca, nombre comercial, o en mantener la condición de comercializadorexclusivo o único de otro ente económico. Que el valor de los activos fijos utilizados en la explotación de la actividad, no supere los 350 salarios base ( ¢126.210.000.00). Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Características del RTS Para calcular el impuesto, se aplica un factor sobre las compras. Se declara trimestralmente, mediante el formulario D105. Estas declaraciones debenpresentarse y cancelarse dentro de los 15 días naturales siguiente a la conclusión del respectivo trimestre. Trimestres Octubre, noviembre, diciembre Abril, mayo, junio Enero, febrero, marzo Julio, agosto, setiembre Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos
Deberes y obligaciones No hay obligación de emitir facturas por las ventas que Deben conservar los realicen, excepto cuando el No estarán obligados aconservar comprobantes documentos de compras,para eventualesintervenciones Deben llevar un registroauxiliar legalizado “Libro valor de venta individualde cada mercancía supereel5% de un salario base(¢18.030.00) o estas sean de gastos de compras” fiscalizadoras de la DGT. solicitadas por sus clientes Si todos contribuimos, todos nos beneficiamos