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TALLER: Trámites y procesos en el MDMQ Comisión Sector Inmobiliario de CAMICON

TALLER: Trámites y procesos en el MDMQ Comisión Sector Inmobiliario de CAMICON. Quito, junio 11 del 2014. PROBLEMAS Y PROPUESTAS EN REQUISITOS Y TRÁMITES PARA APROBACIÓN DE PROYECTOS EN EL MDMQ. DECLARATORIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL REQUERIMIENTOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

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  1. TALLER:Trámites y procesos en el MDMQComisión Sector Inmobiliario de CAMICON Quito, junio 11 del 2014

  2. PROBLEMAS Y PROPUESTAS EN REQUISITOS Y TRÁMITES PARA APROBACIÓN DE PROYECTOS EN EL MDMQ • DECLARATORIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL • REQUERIMIENTOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE • LICENCIA METROPOLITANA URBANISTICA 20 ESPECIAL • NUEVA ORDENANZA DE BOMBEROS • TRAMITES DEMASIADO LARGOS Y ENGORROSOS • PROYECTOS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL • CATASTRO • APROBACION DE PLANOS, ENTIDAD COLABORADORA. • PROBLEMAS EN EL ASPECTO LEGAL EN LOS PROCEDIMIENTOS: • REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y TRANSFERENCIA DE DOMINIO • PAGO DEL IMPUESTO A LA UTILIDAD

  3. DECLARATORIA DE PROPIEDAD HORIZONTAL • Ordenanza 433 que reforma a la 156 indica que la Declaratoria de Propiedad Horizontal surtirá sus efectos desde la obtención del certificado de Conformidad de Finalización del proceso constructivo. • En caso de viviendas que tengan condiciones de habitabilidad, debe disponerse, entre otros, de cocina y baño terminados, no siendo necesario contar con acabados. • Las edificaciones de otros usos deberán cumplir con el proceso constructivo completamente terminado, las áreas comunales deben estar completamente terminadas, los ascensores deben estar en completo funcionamiento. • A más de estos requerimientos, se complementa con el Permiso de Ocupación otorgado por el Cuerpo de Bomberos. • Realizar las inspecciones al 70% de avance de obra y con la emisión de esos informes activar las DPH en catastro para iniciar trámites de créditos hipotecarios y posterior transferencia de dominio.

  4. REQUERIMIENTOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE • La categorización y obtención de las Licencias Ambientales de las construcciones de conjuntos residenciales y/o urbanizaciones definidas en el Acuerdo Ministerial No. 068 del 31 de julio del 2013 del Ministerio del Ambiente. • Para construcciones de cualquier área que se encuentren dentro de zonas urbanas consolidadas se suscriba unaGuía de Buenas Prácticas Ambientales. • Se solicite la respectiva ficha ambiental o estudio de impacto ambiental según la categorización actualsiempre y cuando el emplazamiento del proyecto sea en zonas a desarrollarse o catalogarse como de expansión urbana. • Para derrocamientos el Municipio autorizará únicamente con la suscripción de una Guía de Buenas Prácticas Ambientales.

  5. LICENCIA METROPOLITANA URBANISTICA 20 ESPECIAL • El trámite es demasiado largo para que el municipio establezca que si es factible o no el proyecto e inclusive existe al momento una duplicación de esfuerzos al aprobar en primera instancia en las mesas especiales de trabajo y luego nuevamente aprobar en las Entidades Colaboradoras. • El trámite LMU 20 especial sea sólo para proyectos que planteen condiciones diferentes a lo que su zonificación les permite y que, por lo tanto, necesiten la aprobación del Concejo para su ejecución. Todos los demás proyectos sigan el licenciamiento LMU 20 en la Entidad Colaboradora. • Es necesario que de manera urgente el Municipio haga las reformas pertinentes en las ordenanzas 308,156, 433, 172, para que estos trámites de LMU20 especial se apliquen únicamente a proyectos que presenten propuestas que no estén sujetas a las normas establecidas.

  6. NUEVA ORDENANZA DE BOMBEROS • La Resolución del Municipio No. 003 del 31 de enero del 2014 modificó las Reglas Técnicas de Prevención de Incendios de la Ordenanza 470. • Existieron serios cuestionamientos técnicos por parte de los Colegios Profesionales que no fueron tomados en cuenta • Copia de la norma americana sin ajustarse a la realidad técnica y económica del país • Que CAMICON, contando con la importante participación del Colegio de Ingenieros Mecánicos y especialistas en tema y el Cuerpo de Bomberos, mediante un estudio de la normativa sobre este tema, elaboren una propuesta de las normas técnicas que sean aplicables a nuestra realidad.

  7. TRAMITES DEMASIADO LARGOS Y ENGORROSOS • Estudio de movilidad demora por lo menos tres meses • Categorización ambiental MAE: tres semanas. • Ficha ambiental, Secretaria de Ambiente: tres meses. • Replanteo vial/ informe borde superior de quebrada / ICUS: dos a tres meses • LMU 20 ESPECIAL, realmente no sabemos cuánto puede demorar dada las condiciones y disponibilidad de tiempo de los personeros Municipales. • Trámite Catastral, Diferencia de Áreas, Registro de la Propiedad etc.: mínimo treinta días cada uno. • Declaración de Propiedad Horizontal/ Catastro/ Registro de la propiedad: mínimo cuatro meses que se contarán a partir de la obtención de la Licencia de terminación del Proceso Constructivo.

  8. TRAMITES DEMASIADO LARGOS Y ENGORROSOS • Se debiera agilitar o eliminar las inspecciones e implementar la obtención de documentos en línea, ya que las vías, los bordes de quebrada y el ICUS ya están definidos en la base de datos que dispone el Municipio. • Es necesario que las entidades administrativas cumplan fielmente los plazos establecidos. En caso de no cumplirlos aplicar la norma del SILENCIO ADMINISTRATIVO en forma directa.

  9. PROYECTOS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL • Los proyectos especiales no solo están definidos por el área del terreno, los proyectos de vivienda masiva y económica generalmente están en áreas superiores a  10.000 m2 y no tienen en la práctica nada de especiales, por lo tanto deben excluirse de las consideraciones señaladas en los párrafos anteriores. • Al momento podía aceptarse un avance de obra para emitirse la conformidad en estos proyectos que no supere el 50%, en virtud de que el 70% o la habitabilidad es el 100% del producto. • Por las características que tiene el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social, es indispensable que el Municipio genere una Ordenanza Especial para Proyectos de Vivienda de Interés Social, que facilite y motive a los promotores y constructores que orienten su actividad a este sector económico tan importante de la sociedad.

  10. APROBACION DE PLANOS, ENTIDAD COLABORADORA. • La revisión de los planos Arquitectónicos y de ingenierías por parte de la Entidad Colaboradora (CAE), desde su inicio ha tenido serios problemas y retrasos. • Además, el valor que cobra por la revisión de proyectos grandes es muy alto, en un proyecto de 16.000m2 cuesta alrededor de $15.000. En proyectos pequeños el valor que cobra es demasiado bajo. • La Entidad Colaboradora debe hacer un incremento de personal, definir los parámetros para la presentación de planos y memorias técnicas, mejorar el sistema de datos para facilitar el trabajo de esta Entidad, revisar la tabla de precios para proyectos grandes y pequeños ; elaborar manuales explicativos de los requerimientos a fin de que los usuarios conozcan exactamente lo que se va a revisar.

  11. REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y TRANSFERENCIA DE DOMINIO • El Registro de la Propiedad del cantón hoy a cargo del I. Municipio de Quito, es un laberinto, la atención es indignante, la demora en los trámites es increíble, el requerir documentos que no están contemplados en la Ley es general para todos los trámites, las revisiones e inscripciones de escrituras demora más de DOS MESES, para poder demostrar que los funcionarios están cometiendo errores se obliga al administrado a tomar una cita que le programan para después de 15 días. Los certificados de gravámenes entregan al mes de haber solicitado haciendo constar la fecha de ingreso, por lo que la vigencia del certificado ya ha perdido 30 días (anteriormente las escrituras y certificados se entregaban máximo en 8 días). Incluso se tiene casos documentados de certificados que han tenido errores por tres ocasiones y peor aún en la actualidad se está exigiendo a gerentes y presidentes de Compañías que adjunten el certificado de matrimonio.

  12. REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y TRANSFERENCIA DE DOMINIO • La demora en los trámites de transferencia de dominio es asombrosa, el cálculo en la determinación del impuesto a la plusvalía es a voluntad y criterio del funcionario, no se toma en cuenta tiempos, deducciones, si el modo de adquirir la propiedad que se enajena fue a título gratuito u oneroso, simplemente se grava y causa impuesto a la utilidad así sea de un inmueble que se ha adquirido como herencia, la fecha de inscripción de la posesión efectiva es considerada (grava) para el cálculo del supuesto impuesto a la plusvalía o utilidad. • La capacitación a los funcionarios responsables, la simplificación de los trámites y la omisión de documentos que no son exigibles de acuerdo a la ley, permitirá mayor agilidad y eficiencia a la administración municipal y por ende a sus administrados.

  13. PAGO DEL IMPUESTO A LA UTILIDAD • Al momento de pagar el Impuesto a la Utilidad, se solicita la Escritura conjuntamente con el Formulario de Declaración para la liquidación de impuestos a la transferencia de dominio, los mismos que entran en un proceso de revisión que tarda una semana y si los valores del formulario no coinciden con los de la Ficha Catastral se deberá acercarse a AVALUOS Y CATASTROS, para actualizar los valores. Y nuevamente acercarse a presentarse a la nueva revisión. Aumentando un mes más a los trámites de trasferencia.

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