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Diplomado de Derecho Tributario y Planificación Fiscal e Informática. LIBROS ELECTRÓNICOS. Mag . CPC. JORGE LUIS DE VELAZCO B. TEMARIO. Introducción Aspectos normativos Libros Electrónicos desde los sistemas de SUNAT (Portal)
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Diplomado de Derecho Tributario y Planificación Fiscal e Informática LIBROS ELECTRÓNICOS Mag. CPC. JORGE LUIS DE VELAZCO B.
TEMARIO • Introducción • Aspectos normativos • Libros Electrónicos desde los sistemas de SUNAT (Portal) • Libros Electrónicos desde los sistemas del contribuyente (PLE) • Obligaciones asociadas al llevado de Libros Electrónicos • Efectos de la designación o exclusión de un PRICO • Cambio del Sistema de llevado de Libros Electrónicos • Plazos de atraso del Reg. de Ventas y Compra Electrónico • Estados a considerar en los Libros Electrónicos • Ejemplo de u n Registro de Ventas Electrónico • Ejemplo de u n Registro de Compras Electrónico • Principales cambios en las estructuras • Conclusiones y recomendaciones
Perú: Soluciones Electrónicas FACTURAS ELECTRÓNICAS Desde los Sistemas de la SUNAT: PORTAL 01.07.2010 Desde los Sistemas del Contribuyente 01.07.2013
Perú: Soluciones Electrónicas LIBROS ELECTRÓNICOS Desde los Sistemas de la SUNAT: Reg. Ventas y Reg. Compras PORTAL 01.04.2013 Desde los Sistemas del Contribuyente: PLE 01.07.2010
Obligaciones formales: Ley 30056 - RS N° 226-2013/SUNAT RER RÉGIMEN GENERAL Hasta 150 UIT Microempresa 150 – 500 UIT Pequeña Emp. 500 – 1700 UIT Mediana Emp. Mas de 1700 UIT Gran Empresa Cont. Simplificada (Cont. según RS de SUNAT) (Cont. Completa) R.Ventas R.Ventas R.Ventas R.Ventas R.Ventas R.Compras R.Compras R.Compras R.Compras R.Compras L D F S L Diario L Diario L Diario L Mayor L Mayor L Mayor Linv Bces Linv Bces L Caja Inv Físico Inv Valoriz R. Costos R. Act Fijo Libro Ret.
Modelo de Libros Electrónicos - PORTAL SLE pORTAL • El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT Operaciones en Línea – SOL que permite la captura de la información para generar el Registro de Ventas e Ingresos (RVI) y el Registro de Compras (RC) de manera electrónica. • A los contribuyentes que opten en ser usuarios del sistema, la SUNAT los sustituirá en su obligación de almacenamiento, archivo y conservación de los Registros Electrónicos generados en el sistema.
Registro de Ventas Portal - Opciones Registro de Ventas Portal Registro de Comprobante de Pago Físicos SLE pORTAL Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Importación de Comprobantes de Pago Físico Descarga de Registro de Ventas Electrónico Generación de Registro de Ventas Electrónico
Registro de Compras Portal - Opciones Registro de Compras Portal x Registro de Comprobante de Pago Físicos SLE pORTAL x Consultas, modificaciones y bajas de CdP Físicos Importación de Comprobantes de Pago Físico Descarga de Registro de Compras Electrónico Generación de Registro de Compras Electrónico
LIBROS ELECTRÓNICOS desde los sistemas Del contribuyente (PLE)
Modelo de Libros Electrónicos - PLE • El Programa de Libros Electrónicos – PLE no es un software contable. • Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT). • No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto). • Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico (que incluye el Hash correspondiente). • El Resumen del RVI y del RC: incluye el detalle de los CdP que dan derecho al uso de crédito fiscal. SLE PLE
Modelo de Libros Electrónicos - PLE CONTRIBUYENTE SUNAT SW Contable propio BD LE Ventas TXT Resumen + Hash Ventas PLE CdR Ventas + Domicilio Fiscal Ventas CdR Ventas Constancia de Recepción + Firma SUNAT Otro Domicilio + PRICO Ventas CdR Ventas
El Programa de Libros Electrónicos: PLE Valida los archivos txt ¡Fuera de línea! Si solo se usa el RUC Envía los Resúmenes: archivos xml Verifica si los archivos txt han sido generados en el PLE ¡En línea! Si se usa la Clave SOL Muestra todas las generaciones de los LE Visualiza las constancias de presentación: archivos xple
Anotación en los LibrosElectrónicos - PLE SLE PLE • Se debe anotar las operaciones que correspondan en el Libro Electrónico a partir del mes o ejercicio por el cual se le incorporó, obligó o se afilió al SLE. • Se deben cerrar los Libros y/o Registros llevados en forma física (manual o en hojas sueltas o continuas) correspondiente al mes anterior o ejercicio anterior al que corresponde el Libro Electrónico por el cual se generó el primer envío del Resumen.
Resumen del Libroelectrónicos - PLE • La generación del libro electrónico y el envío del “Resumen” deberá efectuarse una sola vez luego de haber finalizado el mes o ejercicio. • Debe presentarse ante la SUNAT una Declaración informativa con la información de los comprobantes de pago que dan derecho al uso del crédito fiscal y que se han anotado en el Registro de Ventas y en el Registro de Compras Electrónico, la que se entenderá cumplida con la generación del Resumen. • Se debe mantener la correlatividad de los períodos. SLE PLE
Cierre de los LibrosElectrónicos - PLE SLE PLE • Baja de Inscripción en el RUC: cuando se encuentren en alguna de las situaciones señaladas en la Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT. • No exista la obligación de llevar alguno de los Libros o Registros Electrónicos, de acuerdo a la normatividad vigente.
Efectos de la designación o exclusión de un Principal Contribuyente
Exclusión de los Directorios de PRICOS de los sujetos incorporados • Se determina que, a partir del mes siguiente de la exclusión de un contribuyente de un Directorio de PRICOS, éste puede optar por llevar el RVI y el RC en el SLE-PORTAL. • No se considera exclusión cuando un sujeto migra de un Directorio PRICO a otro Directorio PRICO. • Los PRICOS excluidos deben continuar llevando en el SLE-PLE el Libro Diario, el Libro Mayor o el Libro Diario de Formato Simplificado y aquellos libros voluntarios que hayan generado de manera electrónica.
Movilidad en el sistema de llevado de LE SLEPLE SLE pORTAL Se modifican las reglas de cambio de sistema: Se suspende el cambio del sistema (PLE a Portal o viceversa), hasta el 8 de mayo de 2014. El cambio lo pueden hacer desde el periodo enero 2014 en adelante.
Plazo de atraso para los que ya llevan LE: PLE y PORTAL PRICOS y Afiliados 2014 Anexo II: Cronograma Tipo A
Plazo de atraso para los nuevos que lleven LE: PLE y PORTAL Obligados, nuevos PRICOS y PRICOS del Anexo I 2014 Anexo III: Cronograma Tipo b
Anotación del Registro de Ventas Electrónico (RG) Periodo: Abril 2014 • Observaciones: • Estado 1: la anotación corresponde al mes de emisión del CdP (Abril 2014). • Estado 2: anotación del CdP anulado (Boleta de Venta N° 001-1212) del mes de Abril 2014. Si no hay asiento contable, se debe anotar como CUO: 0000 y el correlativo correspondiente (con M). • Se detectó un error en la Factura N° 0001-056 que fue emitida por S/ 10,000 (BI) + 1,800 (IGV). • Se omitió registrar la Factura N° 0001-058 que fue emitida por S/ 10,000 (BI) + 1,800 (IGV).
Rectificación del Registro de Ventas Electrónico (RG) Periodo: Junio 2014 • Observaciones: • Estado 1: la anotación corresponde al mes de emisión del CdP (Junio 2014). • Estado 8: Se anota el CdP omitido (Factura N° 0001-058) de un mes anterior (Abril 2014). • Estado 9: Se corrige la información de un mes anterior (Abril 2014) con toda la anotación correcta. Se debe hacer referencia al CUO del asiento del Libro Diario que corresponda.
Anotación del Registro de Compras Electrónico (RG) Periodo: Abril 2014 • Estado 0: la anotación (sin efecto en el IGV) corresponde al periodo. En este caso se anota la operación de un servicio prestado por un no domiciliado. En la línea anterior se anotó el formulario virtual que da derecho usar el crédito fiscal. • Estado 1: La anotación del CdP corresponde al mes de emisión (Abril 2014). • Estado 6: El CdP es anterior al mes declarado, pero dentro de los 12 meses siguientes a su emisión. • Estado 7: El CdP es anterior al mes declarado, pero fuera de los 12 meses siguientes a su emisión. • Estado 8: No existe en el Registro de Compras. • Estado 9: Corrige la información de un CdP de meses anteriores.
¿Cómo se debe presenter la información en la version 4.0.2 del PLE? X X ¡TUPLA siempre con datos! ¡Uso de DEFAULTS y REGLAS! 20121200|0666|M0021|01/12/2012||07||65||6|10002038710|||56.78||||10.22||||67||01/12/2012|12|0001|123456789|1|
LibroDiario: se incluye un sublibroadicional Versión 3 Versión 4.0 5.1 LIBRO DIARIO 5.1 LIBRO DIARIO 5.3 DETALLE DEL PLAN CONTABLE UTILIZADO: Código de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel máximo de dígitos utilizado Obligatorio en el periodo de enero cada año o cuando se genera el libro electrónico por primera vez. En los demás meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modificaciones.
Libro Diario: Código Único de Operación (CUO) por venta de mercadería (de manera individual) CUO Código Único de la Operación (CUO), es el número del asiento contable que le asigna el software contable que lo identifica de manera univoca 1ra línea del asiento 0914: M1 2da línea del asiento 0914: M2 Asiento contable por la venta de mercadería: Factura N° 0001-055 3ra línea del asiento 0914: M3 Libro Diario PLE ver 4.0.2 20140400|0914|M1|01|1213 |05/04/2014|Venta de mercadería |11800.00| |1| 20140400|0914|M2|01|40111|05/04/2014|Venta de mercadería| | 1800.00 |1| 20140400|0914|M3|01|7011 |05/04/2014|Venta de mercadería | | 10000.00 |1| Es el número del asiento contable (CUO) Es el número de línea del asiento contable. Debe iniciar con: "A" para el asiento de apertura, "M" para los asientos de movimientos o "C" para el asiento de cierre
Registro de Ventas: Referencia del CUO del LibroDiario CUO + Nro. de línea Registro de Ventas e Ingresos del Régimen General 20140400|0914|M1|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1| Registro de Ventas e Ingresos del Régimen Especial de Renta - RER 20140400|”RER”|M1|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1|
Libro Diario: Código Único de Operación (CUO) por ventas de mercadería (de manera consolidada) CUO 1ra línea del asiento 0914: M1 Asiento contable por la venta de mercaderías: Facturas N° 0001-055 0001-056 0001-057 0001-058 0001-059 2da línea del asiento 0914: M2 3ra línea del asiento 0914: M3 Solución temporal Registro de Ventas e Ingresos del Régimen General 20140400|0914|M1-01|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||2000.00||||360.00||||2360.00|||||||1| 20140400|0914|M1-02|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||2000.00||||360.00||||2360.00|||||||1| 20140400|0914|M1-03|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||2000.00||||360.00||||2360.00|||||||1| 20140400|0914|M1-04|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||2000.00||||360.00||||2360.00|||||||1| 20140400|0914|M1-05|05/04/2014||01|0001|055||6|20000000001|COMERCIAL ABC SAC||2000.00||||360.00||||2360.00|||||||1|
Libro Diario: Código Único de Operación (CUO) por compra de mercadería (de manera individual) CUO 1ra línea del asiento 0234: M1 Código Único de la Operación (CUO), es el número del asiento contable que le asigna el software contable que lo identifica de manera univoca 2da línea del asiento 0234: M2 3ra línea del asiento 0234: M3 Asiento contable por la compra de mercadería: Factura N° 0001-015 CUO 1ra línea del asiento 0235: M1 2da línea del asiento 0235: M2 20140400|0234|M1|01|6011 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes |40000.00| |1| 20140400|0234|M2|01|40111|05/04/2014|Compra de mercadería del mes | 7200.00| |1| 20140400|0234|M3|01|4212 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes | |47200.00 |1| 20140400|0235|M1|01|2011 |05/04/2014|Mercadería ingresadas al almacén |40000.00| |1| 20140400|0235|M2|01|6111 |05/04/2014|Mercadería ingresadas al almacén | |40000.00 |1| Libro Diario PLE ver 4.0 Es el número del asiento contable (CUO) Es el número de línea del asiento contable. Debe iniciar con: "A" para el asiento de apertura,, "M" para los asientos de movimientos o "C" para el asiento de cierre
Registro de Compras: Referencia del CUO del LibroDiario CUO + Nro. de línea Registro de Compras del Régimen General 20140400|0234|M3|05/04/2014||01|0001||1313||6|10082435196|ABC SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1| Registro de Compras del Régimen Especial de Renta - RER 20140100|”RER”|M1|05/01/2014||01|0001||1313||6|10082435196| ABC SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (CBSO) • Se debe clasificar los bienes, servicios y obras mediante un Código estandarizado, a nivel de 8 dígitos. • Esta codificación es aplicable al Libro de Inventario Permanente en Unidades Físicas, al Libro de Inventario Permanente Valorizado y al Registro de Activos Fijos. • El contribuyente deberá correlacionar el Código de los bienes, servicios y obras que usa con el código establecido en el Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (CBSO). • El CBSO es el establecido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) vigente al 1 de enero de cada año. El Catálogo se puede obtener del siguiente link: http://www2.seace.gob.pe/Default.asp?_pageid_=25&_contentid_=101
Registro Permanente Valorizado: Referencia del CUO del LibroDiario + Código de la existencia (CBSO) Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (CBSO) CUO + Nro. de línea CÓDIGO DE LA MERCADERÍA (CARGADOR FRONTAL DE ENTRADA) EN EL CBSO: 22101501 Registro Permanente Valorizado 20140400|0234|M3|0001|3|01|7759871234567|2|22101501| 05/04/2014|01|0001|001313|02|CARGADOR (FRONTAL) DE ENTRADA|MA|1| 1|40000.00|40000.00||||40000.00|40000.00||1|
Registro de Activo Fijo: Referencia del CUO del LibroDiario + Código de la existencia (CBSO) Catálogo de Bienes, Servicios y Obras (CBSO) CUO + Nro. de línea CÓDIGO DEL ACTIVO FIJO (CARGADOR FRONTAL DE ENTRADA) EN EL CBSO: 22101501 Registro de Activo Fijo 20140000|0234|M3|3|7759871234567|22101501|1|33311|3|CARGADOR (FRONTAL) DE ENTRADA|CATERPILLAR|966K FC| 0001234||40000.00||||||||01/01/2014|05/04/2014|1||20.00||-8000.00|||||||1|