1 / 14

Colegio de Abogados de Alta Gracia

Colegio de Abogados de Alta Gracia. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PARENTESCO 29 de julio de 2011.-. FAMILIA. Para la sociología Institución permanente integrada por personas cuyos vínculos derivan de la unión intersexual, de la procreación y del parentesco. Para el Código Civil Argentino:

Download Presentation

Colegio de Abogados de Alta Gracia

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Colegio de Abogados de Alta Gracia LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PARENTESCO 29 de julio de 2011.-

  2. FAMILIA Para la sociología Institución permanente integrada por personas cuyos vínculos derivan de la unión intersexual, de la procreación y del parentesco Para el Código Civil Argentino: Es la formada por todos los individuos unidos por vínculos jurídicos familiares, que tienen origen en el matrimonio, filiación y el parentesco. Otras formas: Familias ensambladas, son aquellas formadas por vínculos provenientes de dos o mas uniones conyugales. Familias monoparentales.

  3. PARENTESCO Es el vínculo existente entre las personas en virtud de la consanguinidad, afinidad o adopción. Art 395 del Cód. Civ: es el vínculo subsistente entre todos los individuos de los dos sexos que descienden de un mismo tronco. (parcial) El parentesco genera efectos: CIVILES Y PENALES

  4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE: Matrimonio Convivencia ASISTENCIA,COHABITACION, FIDELIDAD.(arts 198 a 200 del C.C.)

  5. SEPARACION DE HECHO DIVORCIO

  6. TENENCIA O GUARDA, (art. 264,C.C.- - patria potestad. Conjunto de derechos y deberes de los padres sobre la persona y bienes de sus hijos, para su protección y formación integral, desde la concepción y mientras sean menores de edad y no se hayan emancipado) ALIMENTOS DE HIJOS MENORES (art 265 C.C.-Los hijos menores de edad, están bajo la autoridad y cuidado de sus padres. Tienen éstos la oblig y el der, de criar a sus hijos , aducarlos y alimentarlos conforme su condición y fortuna…)

  7. CARACTERISTICAS: INALIENABLES IRREPETIBLES IRRENUNCIABLES – el derecho - IMPRESCRIPTIBLES Extras y Regalos

  8. LA OBLIGACION ALIMENTARIA: Es una obligación legal de índole asistencial basado en el principio de solidaridad familiar que exige recíprocamente de los parientes una prestación que asegure la subsistencia del necesitado. A.- Relación alimentaria entre parientes en general (Arts 367 –por consanguidad los ascendientes,descendientes, hnos y medio hnos; Art 368 – por afinidad unicamente en 1er grado) B.- Relación alimentaria entre cónyuges (Art 209.- Cualquiera de los cónyuges haya o no declaración de culpabilidad, sino tuviere recursos propios, ni pueda procurárselos tendrá derecho a que el otro si pudiera le proporcione alimentos )

  9. Algo de procesal… - ¿Cómo se piden? - ¿Dónde? - ¿Cuándo? - ¿Cuándo se deben efectivamente? - ¿Cuánto se pide? – proporciones - ¿Hasta que edad? – mayoría de edad - ¿Fijos o provisorios?

  10. INCUMPLIMIENTO A LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR (Ley 13944) - ¿Dónde? - ¿Quién? - ¿Cuando? - Documentación - Resultado - Costo Otras medidas: Registro de Deudores Morosos

  11. Convenio sobre cuota de alimentos Homologación MODIFICACIONES: Siempre que hubiere un cambio sustancial. (por vía de incidente art 426 del C.de P.C. que remite al art 507 del C.de P. C –juicio abreviado) CESACION – cuándo y cómo -

  12. DERECHO DE VISITA O REGIMEN DE CONTACTO Es el derecho de mantener la comunicación adecuada con el pariente que no se convive. .. Art. 264, inc. 2 C.C.:…sin perjuicio del derecho del otro a tener adecuada comunicación con el hijo y supervisar su educación Padres / hijos-hijas Otros parientes y/o los que tienen interés legitimo

  13. IMPEDIMENTO DE CONTACTO (Ley 24270) - ¿Dónde? - ¿Quién? - ¿Cuando? - Documentación - Resultado - Costo

  14. Ley de Promoción y Protección integral de los niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Córdoba. N° 9944.- -1)Niñ@ sujeto de derecho. – 2) -Respeto por el interés superior del niño. - 3)Responsabilidad de la familia nuclear -4)Obligación de la escucha del Niño. -5)Participación activa del/a niñ@ en procesos- Administrativos y judiciales- - 6) Abog del niño. - 7) politicas públicas: promoción –protección y protección excepcional. ORGANOS DE APLICACIÓN Y EJECUCION Nacional: Consejo Federal de Niñez // Secretaria Nacional de Niñez, Adolesc y flia. Provincial: Consejo Provincial de la Niñez// SENAF –(OPD en Cap – UDER en Int). Municipal: Consejos Municipales (ordenanza n° 11817) Serv locales de protección de derechos que deberían funcionar en los CPC o municipios del interior Las Medidas . Y …Art 56 y el control de legalidad… Tenemos todo un camino por delante, lo bueno es que podemos transitarlo juntas/os… GRACIAS!!!!

More Related