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Nueva Institucionalidad del Sistema Estadístico Nacional

Nueva Institucionalidad del Sistema Estadístico Nacional. Hermann von Gersdorff Sub-Director 15 de abril de 2013. Objetivos del Proyecto de Ley. Modernizar la Institucionalidad Estadística , otorgándole estándares internacionales de: Independencia Calidad Técnica Eficiencia

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  1. Nueva Institucionalidad del Sistema Estadístico Nacional Hermann von Gersdorff Sub-Director 15 de abril de 2013

  2. Objetivos del Proyecto de Ley • Modernizar la Institucionalidad Estadística , otorgándole estándares internacionales de: • Independencia • Calidad Técnica • Eficiencia • Robustecimiento de la Oficialidad de las Estadísticas • Fortalecimiento del Secreto Estadístico • Estandarización Técnica y Metodológica del Tratamiento de los Datos Personales recogidos por los Órganos Públicos Gobierno de Chile | Dirección de Presupuestos

  3. Nueva Institucionalidad Sistema Estadístico INE Sistema Estadístico Nacional Órganos Públicos que realicen actividades estadísticas Comisión Interministerial de Estadísticas encargada de coordinar el Sistema Gobierno de Chile | Dirección de Presupuestos

  4. Propuesta nuevo Instituto Nacional de Estadísticas INE Corporación Autónoma de Derecho Público Consejo Nacional de Estadísticas Ejerce la Dirección Superior del INE Director Ejecutivo Jefe Superior del INE

  5. Consejo Nacional de Estadísticas • Integrado por 5 miembros, designados por el Presidente de la República, previo acuerdo de los dos tercios de los miembros en ejercicio del Senado. • Principales funciones y atribuciones: • Elabora la Política Estadística Nacional • Diseña y evalúa el Plan Nacional de Recopilación Estadística • Supervigila la calidad de la producción estadística • Aprueba los diseños, productos estadísticos y nueva metodologías o actualizaciones de las vigentes. • Designa y pone término a los servicios del Director Ejecutivo

  6. Director Ejecutivo INE • Elegido por el Consejo, previo proceso de Alta Dirección Pública • Principales funciones y atribuciones: • Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo • Ejercer la función de Secretario Ejecutivo del Consejo • Designar y contratar al personal del INE • Ejercer la representación judicial y extrajudicial del INE

  7. Del Personaldel INE • Se regirá por el Estatuto Administrativo y por la Escala Única de Remuneraciones • El Presidente de la República mediante D.F.L. : • Fijará la fecha de entrada en funcionamiento de la nueva Corporación y la planta de personal de ésta; • Dispondrá, sin solución de continuidad, el traspaso de funcionarios de planta y a contrata desde el INE actual y determinará el número de funcionarios traspasados por estamento y calidad jurídica; • No se podrá establecer término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral del personal, ni disminución de remuneraciones ni modificación de derechos previsionales, conservándose la asignación de antigüedad reconocida. • Se propone un incentivo al retiro para funcionarios de planta y contrata que estén en condiciones de acceder a este beneficio

  8. Contenido del Informe Financiero • El IF recoge el financiamiento de todas las acciones adicionales que importa el proyecto de ley, según detallará la lámina siguiente. • Incorpora adicionalmente un incentivo y bonificación al retiro para el personal que cumple con las condiciones señaladas en el proyecto de ley. • El mayor gasto adicional permanente representa 5,6% del total de los gastos operativos incluidos en la Ley de Presupuestos 2013, que ya contiene un crecimiento real de 11,6%, enfocado principalmente a mejorar las condiciones contractuales de sus funcionarios permitiendo el traspaso a contrata de hasta 102 funcionarios que en 2012 tenían la calidad de honorarios

  9. INFORME FINANCIERO N° 154 / 2012(Detalle de los mayores gastos)

  10. Costos Dieta Consejo

  11. Costos 6 nuevos cargos profesionales en la Planta

  12. Incremento de 13 cargos críticos

  13. Costo nuevos cargos a Contrata

  14. Gastos de operación incrementales

  15. Bonificación al Retiro Voluntario • Se establece como incentivo al retiro la actual Bonificación de la Ley N° 19.882, con las condiciones especiales que indica el Proyecto de Ley: - El máximo de meses será de 11, igual para hombres y mujeres - No estará afecta a disminución de meses por no haber renunciado en los plazos que fija la ley N° 19.882 • Podrán acceder a esta Bonificación: Los funcionarios de planta y a contrata, que entre el 1° de agosto de 2010 y el 30 de junio de 2014, hayan cumplido o cumplan 60 años de edad si son mujeres, o 65 años de edad si son hombres. Ellos deberán renunciar a sus cargos en los plazos establecidos en el Proyecto de Ley y a más tardar el 31 de marzo de 2015.

  16. Bonificación Adicional • Los funcionarios que se acojan a la Bonificación al Retiro Voluntario en las condiciones especiales que fija el Proyecto de Ley tendrán derecho a la Bonificación Adicional de 395 UF siempre que cumplan con los requisitos siguientes: - 20 o más años de servicios, y - Encontrarse afiliado al Sistema de Pensiones del D.L N° 3.500, de 1980, y que hubiese cotizado en dicho Sistema.

  17. Gracias.

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