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DECRETO N° 225. ANALISIS. Art. 1 La negociación establecida bajo ningún concepto se entenderá como salarios básicos. ANALISIS.
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ANALISIS Art. 1 La negociación establecida bajo ningún concepto se entenderá como salarios básicos.
ANALISIS ART.2 por la naturaleza de las actividades que realizan han sido determinados como trabajadoras y trabajadores, sujetos al Código de Trabajo se estables serán los siguientes topes de negociación para la suscripción de contratos colectivos o individuales y actas transaccionales.
NOMINA DE PUESTOS Para los demás puestos que no se encuentren registrados en la nomina de puestos se determinara como techo de negociación para los contratos colectivos, individuales. En caso de que las trabajadoras y trabajadores se encuentran percibiendo remuneraciones superiores a las establecida en las nominas anteriores mantendrán las remuneraciones que actualmente reciben hasta que el valor de los techos de negociación sean superiores
Subsidio familiar 1% del salario básico • Por cada hijo hasta los 18 año de edad. • Por los hijos con discapacidad de por vida. • Subsidio por antigüedad hasta el 25% remuneración mensual unificada multiplicado por de años desde el 1 de enero del 2011. fecha que se unifico la remuneración. • Servicio de transporte por este servicio se pagara 0,50 centavos por cada día laborable en caso que la institución no tenga servicio.
Subsidio de comisariato, entregarantarjeta de descuento a los trabajadores siempre y cuendo no exsedan el 21USD por el pago de consumo amualunicamente en los casos en que la empresa o institucion no brinde este servicio. • Benficios relacionados con la muerte o incapacidad del trabajador. Las instituciones contrataran un seguro de muerte total hasta los 4 USD mensual
Beneficio de ropa de trabajo desacuerdo y según el código de trabajo en su articulo 42 numeral 29 expresa literalmente que se proveerá ropa de trabajo elaborada con materia prima ecuatoriana y de confecion nacional. • por ningun concepto el trabajdorpercebira menos el salario minimo