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Convención Interamericana Contra la Corrupción y las EFS

Convención Interamericana Contra la Corrupción y las EFS. Comisión de Alto Nivel Anticorrupción Perú. Santiago de Chile, 9 de Diciembre 2013. Contenido de la presentación La Convención Interamericana Contra la Corrupción y su Mecanismo de Seguimiento de la Implementación (MESICIC)

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Convención Interamericana Contra la Corrupción y las EFS

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Presentation Transcript


  1. Convención Interamericana Contra la Corrupción y las EFS Comisión de Alto Nivel Anticorrupción Perú Santiago de Chile, 9 de Diciembre 2013

  2. Contenido de la presentación • La Convención Interamericana Contra la Corrupción y su Mecanismo de Seguimiento de la Implementación (MESICIC) • Disposiciones de la Convención Interamericana relacionadas con las EFS • Resultados y Avances en el marco de la Primera y Cuarta Ronda del MESICIC • Consideraciones finales

  3. 1. La Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) y su Mecanismo de Seguimiento de Implementación (MESICIC)

  4. La Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) • Adoptada en Caracas en marzo de 1996 por 22 países. • Primer tratado internacional en la materia que reconoce la trascendencia supranacional de la corrupción y la necesidad de la cooperación internacional para combatirla. • A la fecha, la CICC ha sido suscrita por 33 de los 34 países miembros de la OEA. • PROPÓSITOS (artículo III) • Promover y fortalecer los mecanismos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción • Promover, facilitar y regular la cooperación que asegure la eficacia de las acciones de prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción.

  5. La Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) • CONTENIDO DE LA CICC • Preámbulo • Definiciones • Medidas Preventivas • Actos de corrupción • Legislación interna • Soborno transnacional • Disposiciones para fortalecer la cooperación en materia de asistencia recíproca y cooperación técnica, extradición, rastreo, confiscación y decomiso de bienes, entre otros.

  6. Aproximación teórico práctica de la CICC • Ámbito Económico. • Macrocorrupción. Impacto en el crecimiento económico y desarrollo integral de un país. • Microcorrupción. Impacto en la economía del ciudadano promedio. • Ámbito social. • Afectación de derechos fundamentales. • Afecta la calidad de bienes y servicios adquiridos y/o prestados por el gobierno. Profundiza las inequidades. • Ámbito de la institucionalidad. • Siembra y reproduce la desconfianza. • Facilita el triunfo de la impunidad sobre la justicia. • Relativiza o anula el poder de la ley.

  7. Enfoques y Tipos de corrupción

  8. Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (MESICIC) • Creado en el 2001 – Documento de Buenos Aires • 31 Estados Parte (de los 33) • Conferencia de Estados Parte (órgano político): • Comité de Expertos (órgano técnico): • Responsable del análisis técnico de la implementación de la Convención. • Reuniones bianuales (22) • Evaluación entre pares (dos países evalúan a uno) • Proceso de evaluación recíproca • Basado en condiciones de igualdad • Opera a través de rondas de análisis según artículos de la CICC. • Se formulan recomendaciones específicas. • Secretaría Técnica: departamento de Cooperación Jurídica, Secretaria de Asuntos Jurídicos de la OEA.

  9. 2. Disposiciones de la Convención Interamericana relacionadas con las EFS

  10. Artículo III: Medidas preventivas Los Estados Partes convienen en considerar medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer: • Promoción de la ética para correcto cumplimiento de la función pública. • Conflicto de intereses. • Uso debido de los recursos públicos. • Mecanismos de aseguren que los servidores públicos denuncien. • Sistemas de declaraciones juradas de ingresos, activos y pasivos (y transparencia). • Sistemas de contratación de funcionarios y de adquisición de bienes y servicios con publicidad, equidad y eficiencia. • Sistemas de protección a denunciantes. • Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil.

  11. Artículo III: Medidas preventivas Los Estados Partes convienen en considerar medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer: Órganos de control superior para prevenir, detectar, sancionar y erradicar las prácticas corruptas (inciso 9) • Tipos de órganos de control superior de acuerdo a la Metodología de MESICIC: • Contralorías • Fiscalías • Poder Judicial • Oficinas de Servicio Civil • Procuradurías • Oficinas de compra • Unidades de Análisis Financiero

  12. Rondas de análisis del MESICIC relacionadas a los Órganos de Control Superior • I Ronda (2002): • Códigos de ética • Normas para prevenir conflictos de intereses • Normas para garantizar uso adecuado de recursos públicos • Medidas para exigir a funcionarios públicos información sobre actos de corrupción • Sistemas de declaración juradas de bienes y rentas • Participación de la sociedad civil • Órganos de control superior • IV Ronda (2012): • Existencia de órganos de control superior, con el fin de desarrollar mecanismos modernos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar las prácticas corruptas.

  13. 3. Resultados y Avances en el marco de la Primera y Cuarta Ronda del MESICIC

  14. Primera Ronda de Análisis (medidas preventivas y órganos de control superior) Órganos de Control Superior según los países evaluados 28 países evaluados (Incluidos Canadá y US) Fuente: Informes de evaluación de la primera ronda del MESICIC

  15. Primera Ronda de Análisis • Recomendaciones más comunes relacionadas con los órganos de control superior • Fortalecer los órganos de control superior dotándolos de recursos necesarios para el cabal cumplimiento de las disposiciones de la Convención antes señaladas. • Prever órganos de control superior que desarrollen funciones de prevención del conflicto de intereses, preservación de recursos asignados a funcionarios públicos y administración de sistemas de declaraciones juradas de bienes y rentas.

  16. Recomendaciones más comunes relacionadas con los órganos de control superior Gráfico I

  17. Cuarta Ronda de Análisis (órganos de control superior) Órganos de Control Superior según los países evaluados 15 países evaluados Fuente: Informes de evaluación de la cuarta ronda del MESICIC

  18. Países evaluados en Cuarta Ronda Argentina Brasil Bolivia Chile Colombia Costa Rica El Salvador Guatemala Honduras México Panamá Paraguary Perú Trinidad y Tobado Uruguay Países OLACEFS pendientes: Belice, Ecuador, Nicaragua, Rep. Dominicana y Venezuela

  19. Cuarta Ronda de Análisis • Recomendaciones más comunes relacionadas con las Contralorías (Entidades de Fiscalización Superior) • Fortalecer las Contralorías dotándolas de recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. (8) • Fortalecer el nivel de articulación de las Contralorías con los otros órganos de control superior, principalmente, con las entidades de la administración de justicia. (7) • Hacer seguimiento a los casos impulsados por las Contralorías ante las fiscalías y órganos judiciales. (6) • Impulsar mayores mecanismos de articulación con ciudadanía y mejorar sus mecanismos de rendición de cuentas. (5)

  20. Cuarta Ronda de Análisis • Recomendaciones más comunes relacionadas con las Contralorías (Entidades de Fiscalización Superior) • Garantizar la autonomía funcional y presupuestal de las Contralorías. (3) • Delimitar el rol de las Contralorías (tanto de sus funcionarios, como de sus informes) en los procesos judiciales. (3) • No limitar la función contralora en ejecución de contratos con organizaciones y agencias de cooperación internacional. (2) • Garantizar la existencia de personal y grupos de trabajo especializados para abordar los casos de mayor complejidad. (2) • No supeditación de proceso administrativo sancionador al proceso penal. (2)

  21. Recomendaciones más comunes relacionadas con las Contralorías (Entidades de Fiscalización Superior) Gráfico II

  22. 4. Consideraciones finales

  23. Consideraciones finales • CGRs deben constituirse no sólo como los órganos de control superior por excelencia, sino, sobre todo, como las instancias que impulsen la prevención de la corrupción. • Articulación con otros órganos de control superior, particularmente, los órganos jurisdiccionales, fiscalías y agencias anticorrupción. • Las CGRs deben buscar mayor precisión de las leyes de probidad y/o pautas éticas, no como control sino como herramienta de prevención. • Conformación de equipos de trabajo con personal especializado para casos complejos y de mayor y frecuente vulnerabilidad. • Fortalecimiento de mecanismo de denuncias y de protección del denunciante en coordinación con órganos de la administración de justicia. • Conflictos de intereses a cargo de las CGRs siguiendo Ley Modelo OEA. • Promoción de la participación de la sociedad civil.

  24. MUCHAS GRACIAS Susana Silva Hasembank Coordinadora General Comisión de Alto Nivel Anticorrupción ssilva@pcm.gob.pe www.can.pcm.gob.pe

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