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Formación. EL ACOSO ESCOLAR. M. Isabel Martinez Trabajadora Social Col. Nº30/780. Objetivos de esta Presentación:. Entender el acoso escolar Estudios y probabilidad Identificar las señales de alarma Como ayudar a mi hijo/a cuándo esta siendo acosado/a Como prevenir el acoso escolar
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Formación EL ACOSO ESCOLAR M. Isabel Martinez Trabajadora Social Col. Nº30/780
Objetivos de esta Presentación: • Entender el acoso escolar • Estudios y probabilidad • Identificar las señales de alarma • Como ayudar a mi hijo/a cuándo esta siendo acosado/a • Como prevenir el acoso escolar • Legislación sobre acoso escolar • Como actúa el entorno escolar
¿ QUÉ ES EL ACOSO ESCOLAR? • Se considera acoso o maltrato a toda acción de hostigamiento continuado de un alumno o de un grupo hacia un alumno, en el que la víctima está en situación de inferioridad. • También se denomina BULLYING.
Evolución del problema • El término bullying fue acuñado por el psicólogo y especialista escandinavo Dan Olweus, y significa “intimidación”. • A principio de los años 70, Olweus comenzó a estudiar profundamente las crecientes situaciones de acoso y violencia escolar en los países nórdicos, que si bien es un fenómeno muy antiguo, comenzó a generar en el psicólogo una gran preocupación al ver la desproporción entre el sadismo de determinados acosos y la falta de atención o el desinterés de los maestros y las familias al respecto.
Evolución del problema • A finales de los 80, el acoso escolar comenzó a generar preocupación también en países como Japón, Gran Bretaña, Holanda, Canadá, Estados Unidos y España. • En relación a esta demora en la toma de conciencia sobre la gravedad de esta situación, algunos profesionales sugieren que de alguna manera con el bullying ocurrió algo similar a lo experimentado con la violencia doméstica, siendo que hasta hace relativamente poco tiempo se la consideraba como algo “inevitable” y como un problema de carácter estrictamente privado que debía ser resuelto en el seno de las relaciones entre iguales, sin intervención de la justicia o las autoridades competentes.
Bulling y discapacidad • Actualmente y por su alta incidencia, el bullying es un tema candente que se ha profundizado y que a nivel mundial es motivo de debates, congresos y campañas de prevención debido a los altísimos niveles de violencia en juego y a la gran cantidad de niños y jóvenes que se han quitado la vida por no poder hacer frente a las situaciones de hostigamiento reiterado. • Entre las víctimas del acoso escolar los niños con discapacidad que asisten a las escuelas integradoras representan un gran porcentaje de los estudiantes hostigados.
¿Que sabemos del Acoso Escolar? Verdadero o Falso • Los que acosan tiene el poder sobre los que intimidan • El chisme es una forma de acoso escolar • El acoso escolar es solo entre niños (hombres) • Los que acosan son personas con baja autoestima e inseguros. • Todos los niños salen por si solos del acoso. • La victima de acoso es la única persona que sufre.
Estudios Esta situación, si bien preocupa, no está siendo considerada por las autoridades escolares con el debido compromiso. Como consecuencia de estas conductas, diversos estudios han señalado un preocupante índice de deserción escolar en el colectivo y el agravamiento en el déficit de habilidades sociales y de atención, producto de la ansiedad, la frustración y el impacto emocional que generan los acosos.
Estudios El escolar que está expuesto a las acciones negativas tiene mucha dificultad para defenderse. Hablando de manera más general, el comportamiento acosador puede definirse como comportamiento negativo repetitivo e intencional (desagradable o hiriente) de una o más personas dirigido contra una persona que tiene dificultad en defenderse”. Este desequilibrio de poder que menciona Olweus puede ser tanto de naturaleza física o psíquica y suele estar dirigido hacia aquellos niños o adolescentes de apariencia física o perfil cognitivo diferente, cuadro siempre agravado por su condición social y racial.
Estudios • En Inglaterra, la organización Mencap publicó un estudio donde reveló que 8 de cada 10 niños con dificultades de aprendizaje han sido intimidados, y seis de cada 10 heridos físicamente, dando a conocer que los niños con discapacidad tienen dos veces más posibilidades de ser víctimas de bullying. • Los niños con discapacidad no tienen desarrolladas habilidades físicas o emocionales para defenderse de los ataques.
DIFERENTES FORMAS DE MALTRATO • Físico: Empujones, collejas, patadas, puñetazos, pellizcos, agresiones con objetos a compañeros, palizas... • Verbal: Son los insultos, las burlas, poner motes y también menospreciar en público. • Psicológico y social: Provocar el aislamiento, amenazar y chantajear, propagar falsos rumores, robar y romper materiales a un compañero.
DIFERENTES FORMAS DE MALTRATO • Cyberbullying: • Nueva forma de abuso escolar usando Internet, los teléfonos móviles, u otra tecnología para hacerle daño a otros • Mandar mensajes de texto que son groseros, maliciosos y que hieren a la persona • Hacer correr rumores en paginas sociales • Crear websites con videos o fotos que son humillantes para una persona • Actualmente y debido al incremento de las tecnologías al alcance de los niños, el tipo de acoso más frecuente es el “Ciber-bullying”, que se da cuando la víctima es filmada durante la agresión física o la burla para luego subir esa filmación a Internet. Redes sociales como Facebook, Myspace y YouTube se han convertido en el mejor aliado de los acosadores escolares, quienes graban con su teléfono celular los abusos, que suceden comúnmente en los baños y patios escolares.Según un estudio llevado a cabo en España en2008*, los estudiantes que sufren conductas violentas oscilan entre un 20% y un 30%.
¿Que es el Acoso Escolar (Bullying)? • Es un problema muy serio. Puede pasar en cualquier lugar, en persona, por mensajes de texto, o en las paginas sociales en internet. • Es un problema afrontado por todas las edades, razas, y niveles de educación. • No es una broma ni una etapa. El acoso escolar puede ser perjudicial para la vida de una persona.
SEÑALES DE ALARMA • SI ESTÁ SIENDO ACOSADO OBSERVADO: • Cambios en la actitud: se muestra triste, más introvertido de lo habitual. • Desea quedarse en casa sin ir al centro escolar, busca excusas para quedarse (falsa enfermedad y otras). • Escasas o nulas relaciones con compañeros. • No habla del centro escolar, sólo lo hace para quejarse de forma insistente de recibir insultos, burlas o agresiones. • Reacciones agresivas e intentos de suicidio • Se hace daño a si mismo/a • Se mantiene alejado/a de sus compañeros de escuela
SEÑALES DE ALARMA • Baja sus calificaciones • Se ve triste o deprimido • Se culpa a si mismo por sus problemas • Su comportamiento cambia • Viene a casa con su ropa/útiles escolares dañados • Dice que sus útiles escolares se le han perdido • Tiene heridas que no explica • Se queja mucho de malestares físicos • No duerme bien • Sus hábitos alimenticios cambian
SEÑALES DE ALARMA • SI ESTÁ SIENDO ACOSADOR: • Se muestra agresivo en el seno familiar. • Con frecuencia tiene episodios de enfrentamientos y peleas . • Parece ignorar los sentimientos y los derechos de los demás. • No controla sus reacciones, es impaciente e intenta imponerse por la fuerza a los demás. • Relata episodios de abuso o maltrato a compañeros o habla de ellos con desprecio y superioridad.
¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE? • PARA EL MALTRATADO • Se siente solo, infeliz, atemorizado e inseguro. • Puede llegar a sufrir problemas de salud somática y emocional • Fobia a ir al centro escolar. • PARA EL MALTRATADOR • Sus conductas son la antesala de futuros hechos delictivos • Las amenazas y las agresiones ya lo son y pueden ser denunciables. • Se habitúan a imponer su voluntad al resto del grupo con su conducta. • Aparece con objetos o dinero que no son suyos • Demuestra una necesidad llamativa de ganar a otros. • No reconoce su responsabilidad en sus acciones. • PARA LOS ESPECTADORES • Acaban acostumbrándose a tolerar los malos tratos y no hacer nada ante el sufrimiento y la injusticia. • Los espectadores acabarán valorando la agresividad y la violencia como forma de éxito social.
¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE? • Un riesgo más alto de sufrir de depresión y ansiedad. No solo en la niñez sino también cuando sean adultos. • Los pensamientos sobre no querer vivir son comunes y pueden durar hasta que sean adultos. • Se quejan mas de problemas de salud. Asociado con salud fisica. • Peores calificaciones y mala participación. • Tienden a perder escuela y clases, y en muchos casos no terminan la educación secundaria. • Muchas víctimas de acoso estan predispuestas a vengarse.
¿Quien esta en Riesgo de ser acosado? • Las personas que no se llevan bien con otros • Personas que no son muy populares como otros • Alguien con pocos o ningún amigo/a • Alguien quien no se conforma a las normas de acuerdo a su sexo • Alguien con baja autoestima • Alguien que tiende a deprimirse o ser ansioso
¿Quien esta en riesgo de ser el acosador? • Alguien quien esta obsesionado con ser popular • Alguien quien le gusta dominar o estar a cargo de otros • Personas que tienden a estar solas, deprimidas, o ansiosas • Con baja autoestima • Personas que no se involucran en la escuela • Se dejan persuadir muy fácil por otros • No se identifican con las emociones de otros
¿QUÉ SE PUEDE HACER? • SI ESTÁ SUFRIENDO ACOSO: • Procura ofrecer seguridad para que hable. • Escucha e intenta ayudar para que no se sienta culpable. • Apoya la búsqueda de soluciones. No tomes medidas sin tener en cuenta su opinión. • Anima e intenta convencerle para que se lo cuente a su tutor, a otro profesor o al Jefe de Estudios. • Ponte en contacto con el centro escolar: siempre encontrarás ayuda.
¿QUÉ SE PUEDE HACER? • SI ES UN ACOSADOR : • Trata de que entienda la gravedad de su conducta y su alcance. • Intenta que se ponga en el lugar de la víctima. • Ofrece un modelo de conducta positivo para que adquiera nuevas actitudes y modifique su comportamiento. • Refuerza los cambios positivos que observes. • Ponte en contacto con el centro y colabora. • SI ES UN ESPECTADOR: • Haz ver que el silencio es cómplice de quien agrede y que la agresión no es la vía para resolver conflictos.
LEGISLACIÓN GENERAL Constitución Española Son varios los artículos en los que se menciona, de una u otra forma, el respeto a la diversidad y la consideración igualitaria de todos los españoles ante la ley.
El artículo 9.2 declara que: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean real e efectivas; removerlos obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Constitución Española (BOE,núm.311,29dediciembrede1978).
Por su parte, el artículo 10.1 expone que: La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. Constitución Española(BOE,núm.311,29dediciembrede1978).
El artículo 14 afirma que: Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición circunstancia personal o social. Constitución Española(BOEnúm.311,29dediciembrede1978).
Continúa, en su artículo 27, explicitando que: Todos tienen el derecho a la educación y se reconoce la libertad de enseñanza. Además se menciona que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Constitución Española (BOE,núm.311,29dediciembrede1978).
Finalmente, en su artículo 49, se manifiesta de forma más específica que: Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos. Constitución Española (BOE,núm.311,29dediciembrede1978).
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN ENTORNO ESCOLAR Resolución de 4 de abril de 2006, de la dirección general de ordenación académica, por la que se dictan instrucciones en relación con situaciones de acoso escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares.
Leyes que la apoyan La Ley 3/1995, de 21 de marzo de la Infancia de la Región de Murcia, en su artículo 5.6, establece que todo niño tiene que ser protegido contra cualquier forma de violencia y crueldad, y en el 6, propugna que las Administraciones Públicas desarrollarán programas dirigidos a promover la creación de condiciones ambientales que propicien el rechazo de la violencia en todas sus expresiones. Por otra parte, la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, delimita sus responsabilidades legales en función de la edad, distinguiendo los procedimientos de intervención de acuerdo con la misma.
Leyes que la apoyan La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en el artículo 2.2 c) y d), declara directamente el derecho de los alumnos «a que se respeten su integridad y dignidad personales», y «a la protección contra toda agresión física y moral» y en sus apartados 4.b) y c), establece como uno de los deberes básicos de los alumnos el de «respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa» y «respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo». El Decreto 115/2005, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares de la Región de Murcia, en su artículo 4.1 señala que el Director favorecerá la convivencia en el centro y adoptará las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de los alumnos, el cumplimiento de sus deberes y para impedir la comisión de hechos contrarios a las normas de convivencia en el centro.
Leyes que lo apoyan Finalmente, la Orden de 20 de febrero de 2006, por la que se establecen medidas relativas a la mejora de la convivencia escolar en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares, recoge en el artículo 3.1.IV la necesidad de incorporar al Plan de Convivencia escolar medidas organizativas específicas para prevenir casos de acoso e intimidación entre alumnos. Asimismo, en el artículo 5 obliga a los centros a poner en marcha actuaciones dirigidas a la identificación y comunicación de estas situaciones. Así pues, el primer nivel de lucha contra el acoso escolar debe situarse en los centros educativos y debe estar liderado por los profesores y la comunidad escolar, asignando a los padres un papel fundamental en las actuaciones. En muchos casos, las medidas tomadas en el propio centro serán suficientes para tratar la conducta concreta y servirán, además, de prevención de otras similares.
Algunos conceptos • Distinción entre acoso y agresión esporádica • Se entenderá que existe una situación de acoso entre escolares si se dan simultáneamente las tres circunstancias siguientes: • Intención de hacer daño. • Reiteración de conductas agresivas. • Desequilibrio de fuerzas entre acosador o acosadores y víctima.
Comunicación de la situación • Buzón de convivencia (se garantiza el anonimato y es responsabilidad del Jefe de Estudios del Centro Escolar) • Cualquier persona puede y debe comunicarlo.
Procedimiento de Intervención • El jefe de estudios comunica a Dirección • Dirección da la pauta al profesor/ tutor para el estudio de la situación • El profesor recabará información y aplicará el anexo II • El profesor completará la información del entorno familiar con el anexo III • El resultado se comunicará con urgencia a la Dirección
Prevención • En función de la información aportada por el tutor, el Director podrá establecer medidas preventivas de protección que garanticen la inmediata seguridad del alumno supuestamente acosado. • Estas medidas de protección consistirán en el incremento de la vigilancia en aquellas zonas y durante los momentos en los que se haya denunciado que se suele producir el acoso y/o cambio de grupo.
Si hay indicios de acoso 1 • a) Con el alumno presuntamente acosado. Al iniciar la entrevista se asegurará al alumno la confidencialidad de sus informaciones. A lo largo de esa entrevista se dará prioridad a la información que permita identificar: • Alumno o alumnos agresores. • Observadores no participantes. • Alumnos que, en ocasiones, han protegido y ayudado a la víctima. • Localización de espacios y tiempos en los que suele producirse la agresión. • Consecuencias de la intimidación para la víctima (absentismo escolar, disminución del rendimiento académico, repercusiones emocionales y físicas, etc.).
Si hay indicios de acoso 2 • b) Con observadores no participantes. Se trata de recabar información de aquellos compañeros que conocen los hechos pero que nunca se han involucrado activamente en ellos. Especialmente interesa conocer: • Frecuencia con la que se produce el acoso. • Tipo de acoso. • Lugar donde se produce. • Sentimiento de seguridad que tienen los alumnos en la escuela.
Si hay indicios de acoso 3 • c) Con los padres de la presunta víctima. En esta entrevista se informará sobre los hechos que se investigan, sobre las medidas preventivas adoptadas, sobre el proceso disciplinario que se iniciaría si se confirmase la existencia de una situación de acoso y, en caso necesario, de las medidas paliativas que se adoptarían.
Si hay indicios de acoso 4 • d) Con los padres del alumno o alumnos presuntos agresores. En esta entrevista se informará sobre la acusación que se ha realizado, sobre las evidencias que existen relacionadas con esa acusación y que, si se confirma la existencia de acoso, se iniciará el procedimiento disciplinario legalmente establecido. En cualquier caso se manifestará a los padres la preocupación y el interés del profesorado por ayudar a los alumnos a que establezcan unas relaciones sociales adecuadas, y se solicitará la colaboración familiar para conseguir ese objetivo.
Si hay indicios de acoso 5 • e) Con el presunto agresor o agresores. Dentro de lo posible, la primera entrevista se realizará inmediatamente después de concluir la reunión con sus padres. Se pedirá al alumno que informe sobre los hechos que están sucediendo al alumno supuestamente acosado, y se contrastará su versión con los datos conocidos.
Finalmente • Una vez concluidas las entrevistas, el tutor o persona encargada de realizar el proceso, realizará un breve informe sobre los datos más relevantes de la situación denunciada y lo trasladará al Director. • Éste, en función de la información aportada, decidirá si procede la incoación de expediente disciplinario al alumno o alumnos agresores, en cuyo caso les aplicará de inmediato las medidas contempladas en el Decreto 115/2005 de 21 de octubre, y trasladará toda la documentación existente al instructor del mismo.
Expediente Disciplinario • En este caso el instructor, antes de finalizar el expediente, podrá pedir al alumno acosador que proponga y adopte compromisos con el fin de que cese la situación de acoso, repare moralmente al acosado y colabore con el profesorado en la erradicación de este tipo de comportamientos. La actitud y compromiso del alumno ante estas propuestas se podrá tener en cuenta a la hora de determinar la medida correctiva que corresponda. • El Director, confirmada la situación de acoso y considerando el informe del tutor o persona en quien se haya delegado, podrá solicitar la intervención más especializada del EOEP Específico para la Convivencia Escolar, solicitándola formalmente a través de la Dirección General de Ordenación Académica.
Expediente Disciplinario • El Director, una vez decidida la incoación de expediente disciplinario, informará por escrito de los hechos a la Fiscalía de Menores. • Además, si alguno de los escolares implicados en la situación de acoso escolar fuera menor de catorce años se trasladará también esta información a la Consejería competente en materia de protección de menores, a los efectos de que dentro de sus atribuciones adopte las medidas procedentes. • Igualmente el Director, al comunicar la incoación de expediente disciplinario a la Dirección General de Ordenación Académica, adjuntará una copia de la información recogida en los Anexos I y IV, y de los escritos contemplados en el párrafo anterior.
Actuaciones Posteriores • 1. Actuaciones con la víctima: a) El tutor, o persona que se designe, en colaboración con el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica u orientador, asesorará al alumno para que adopte conductas de afrontamiento adecuadas ante aquellas situaciones conflictivas que, con anterioridad, habían concluido en una situación de acoso. En la instauración de estas pautas se contará con la colaboración de los padres. b) El profesorado, coordinado por el tutor, introducirá actuaciones tendentes a ampliar y fortalecer el círculo de relaciones de la víctima. Estas medidas se llevarán a cabo con la adecuada discreción para evitar que la situación personal de la víctima sea comentada delante de todos los alumnos. c) En el caso de que se observe que el alumno está especialmente afectado desde el punto de vista psicológico, el responsable de la orientación en el centro recomendará a la familia que sea atendido por los servicios externos pertinentes.
Actuaciones posteriores 2 • 2. Actuaciones con el agresor o agresores: • a) Como complemento a las acciones correctoras a las que hubiere lugar, según lo dispuesto en el Decreto 115/2005 de 21 de octubre, el tutor adoptará las medidas necesarias para favorecer la integración del agresor o agresores en el grupo respetando los intereses y derechos de los demás. • b) En caso necesario, el responsable de la orientación en el centro podrá recomendar a la familia que el alumno sea atendido por apoyos externos.
Actuaciones Posteriores 3 • 3. Actuaciones con los observadores: • El tutor realizará actividades con el grupo de clase para que los alumnos conozcan cómo actuar ante diferentes situaciones de acoso. Especialmente se incidirá sobre: • Modo de reprobar las conductas de acoso. • Modo de mostrar apoyo a la víctima. • Procedimiento para aislar al agresor cuando se comporta de modo inadecuado. • Procedimiento para denunciar las agresiones.
Evaluación y Seguimiento • 1. El Director mantendrá informado al Consejo Escolar de las situaciones detectadas y de las actuaciones adoptadas, sin perjuicio de la información que debe ser facilitada, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 115/2005 de 21 de octubre, sobre la incoación de expedientes a la Dirección General de Ordenación Académica y a la Inspección de Educación. • 2. La Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de compromisos y pautas de actuación adoptados con alumnos y con padres.
Ahora tratemos de responder estas preguntas de nuevo: Verdadero o Falso • Los que acosan tiene el poder sobre los que intimidan • El chisme es una forma de acoso escolar • El acoso escolar es solo entre niños (hombres) • Los que acosan son personas con baja autoestima e inseguros • Todos los niños salen por si solos del acoso • La victima de acoso es la única persona que sufre
Muchas gracias por su atención M. Isabel Martinez Trabajadora Social Col. Nº30/780