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DERECHO COMERCIAL. se encarga de hacer cumplir las leyes o normas estipuladas en el Código de Comercio de la República de Colombia, las cuales rigen a los establecimientos de comercio, a los comerciantes y como tal a todos los actos de comercio . CARACTERISTICAS.
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DERECHO COMERCIAL se encarga de hacer cumplir las leyes o normas estipuladas en el Código de Comercio de la República de Colombia, las cuales rigen a los establecimientos de comercio, a los comerciantes y como tal a todos los actos de comercio.
CARACTERISTICAS Derecho profesional: resuelve los conflictos y la actividad propia de los empresarios. Derecho individualista: parte del Derecho privado que regula las relaciones entre particulares Derecho consuetudinario: esta codificado, se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes. Derecho progresivo: que evoluciona Derecho global o internacionalizado: diversos organismos trabajan en su normatividad internacional.
CARACTERISTICAS Real y Objetividad: porque la actividad mercantil tiende a crecer con el tiempo a medida que se va ejerciendo un acto comercial determinado. Progresividad: Esta característica se refiere a la evolución o crecimiento rápido y constante que sufren los actos comerciales con el pasar del tiempo Expansibilidad: trata de la extensión que tiene el derecho comercial con otras ramas del derecho Privado e incluso con el derecho público. Tendencia a la Uniformidad: Esto se refiere a la “internacionalización
FUENTES La ley: es el ordenamiento con el cual se va regular el Derecho mercantil. La costumbre: es la repetición constante y uniforme de actos obedeciendo a las convicciones jurídicas que consisten en la certeza de que ellos pueden ser objeto de una sanción legal o judicial. La jurisprudencia: Es una interpretación de la ley y es realizada por los órganos jurisdiccionales.
ACTOS DE COMERCIO Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles.(Artículo 75 fracción III) Los contratos relativos a las obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio.(Artículo 75 fracción IV) Los depósitos por causa de comercio.(Artículo 75 fracción XVII) Los cheques, las letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas.(Artículo 75 fracción XIX) Los valores u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio (Artículo 75 fracción XX). Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior.(Artículo 75 fracción XV)
LA EMPRESA Nuestra legislación mercantil no reglamenta a la empresa en forma orgánica, sistemática, considerada como una unidad económica. Se limita a regular en forma particular algunos de sus elementos (por ejemplo: las obligaciones fiscales, las obligaciones laborales, las marcas, las patentes, etc.)
CLASIFICACION DE LOS COMERCIANTES Sociedades de Personas:las compone (la persona del socio) es pieza esencial, porque significa una participación en la firma social. Sociedades de Capitales: el elemento personal se disuelve en cuanto a su necesidad concreta de aportación. El socio –elemento personal-importa a la sociedad por su aportación, sin que cuenten sus cualidades personales. Sociedades de irregularidad: La irregularidad de las sociedades mercantiles puede derivar en el incumplimiento de mandato legal que exige que la constitución legal de las mismas se haga constar en escritura pública o del hecho de que, aun constando en esa forma, la escritura no haya sido debidamente inscrita en el Registro de Comercio
REQUISITOS PARA SER COMERCIANTE Tener capacidad de ejercicio Ejercer de forma cotidiana los actos reputados de comercio Tener al comercio como ocupación ordinaria Llenar los requisitos administrativos y legales para el ejercicio de dicha profesión. Si a sido quebrado estar rehabilitado legalmente para poder volver a ejercer el comercio En caso de ser extranjero, tener autorización legal expresa para ejercer el comercio.
OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES 1. Matricularse en el registro mercantil. 2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad. 3. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales. 4. Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades. 5. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.