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1. Ámbito de aplicación. 2. Fuentes y jerarquía de las normas mercantiles. TESIS VI: DERECHO COMERCIAL. Ámbito de aplicación del Código de Comercio:.
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1. Ámbito de aplicación. 2. Fuentes y jerarquía de las normas mercantiles. TESIS VI: DERECHO COMERCIAL
Ámbito de aplicación del Código de Comercio: • Artículo 1: Las disposiciones contenidas en el presente Código rigen los actos y contratos en él determinados, aunque no sean comerciantes las personas que los ejecuten. • Los contratos entre comerciantes se presumen actos de comercio, salvo prueba en contrario. • Los actos que sólo fueren mercantiles para una de las partes, se regirán por las disposiciones de este Código.
Las fuentes y sus jerarquía: art. 2 Código de Comercio • Artículo 2: Cuando no exista en este Código, ni en otras leyes mercantiles, disposición concreta que rija determinada materia o caso, se aplicarán, por su orden y en lo pertinente, las del Código Civil, los usos y costumbres y los principios generales de derecho. En cuanto a la aplicación de los usos y costumbres, privarán los locales sobre los nacionales; los nacionales sobre los internacionales; y los especiales sobre los generales.”
Las fuentes y sus jerarquía: art. 2 Código de Comercio • 1. El Código de Comercio. • 2. El Código Civil. • 3. Los usos y costumbres (mercantiles): • - privarán los locales sobre los nacionales; • - los nacionales sobre los internacionales; • -los especiales sobre los generales; • 4. Los principios generales del derecho.
El rol de la “costumbre”: • Artículo 4: Las costumbres mercantiles servirán no sólo para suplir el silencia de la ley, sino también como regla para apreciar el sentido de las palabras o términos técnicos del comercio usados en los actos o contratos mercantiles.”