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Asociación Chilena de Municipalidades

Asociación Chilena de Municipalidades. Taller sobre implementación de la Subvención Escolar Preferencial. OBJETIVO. Educación Municipal.

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Presentation Transcript


  1. Asociación Chilena deMunicipalidades Taller sobre implementación de la Subvención Escolar Preferencial

  2. OBJETIVO Educación Municipal El objetivo de la Subvención Escolar Preferencial es contribuir a la equidad social mediante la entrega de recursos adicionales por cada alumno(a) prioritario(a) a los sostenedores de establecimientos educacionales subvencionados.

  3. Educación Municipal CONDICIÓN Los Sostenedores deben firmar un Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa mediante el cual se comprometen a una serie de obligaciones, entre las cuales está destinar dichos recursos a las escuelas para así mejorar la calidad de la educación que éstas imparten, con énfasis en los alumnos prioritarios

  4. Educación Municipal Normativa de la Subvención Escolar Preferencial Ley N° 20.248, del 01 de febrero de 2008, Ley de Subvención Escolar Preferencial Decreto N° 235, del 03 de abril de 2008, Reglamento de la Ley SEP Decreto N° 394, del 01 de septiembre de 2008, Modifica el Reglamento de la Ley SEP

  5. Educación Municipal Alumnos prioritarios La JUNAEB determina anualmente la calidad de alumno(a) prioritario(a) a partir de los criterios establecidos en la Ley y el Reglamento.

  6. Educación Municipal Criterios a) Pertenecer al Sistema de Protección Social Chile Solidario. b) Si no pertenece al Sistema de Protección Social Chile Solidario, debe estar dentro del tercio más vulnerable según la Ficha de Protección Social. c) Si no pertenece al Sistema de Protección Social Chile Solidario ni está dentro del tercio más vulnerable según la Ficha de Protección Social, debe estar clasificado en el tramo A del Fondo Nacional de Salud. d) Si no cumplen con ninguno de los tres criterios anteriores, se consideran los ingresos familiares del hogar, la escolaridad de la madre y, en su defecto, la del padre o apoderado con quienes viva el alumno, y la condición de ruralidad de su hogar y el grado de pobreza de la comuna.

  7. Pago de la SEP Educación Municipal Los sostenedores de los establecimientos educacionales suscritos a la Subvención Escolar Preferencial reciben por cada Alumno(a) Prioritario(a) un monto específico mensual (SEP por AP), expresado en Unidades de Subvención Educacional (USE, valor año 2010 = $17.457,699), según la siguiente tabla: Art. 14 ley 20.248

  8. Educación Municipal Además, los establecimientos clasificados como emergentes recibirán un Aporte Adicional por cada alumno(a) prioritario(a), de acuerdo a la siguiente tabla:

  9. Junto con la subvención por alumno(a) prioritario(a) y el aporte adicional para las escuelas emergentes, se creó una subvención por concentración de estudiantes prioritarios, que se paga por tramos de acuerdo con el porcentaje de alumnos y alumnas prioritarios de cada establecimiento, y que se calcula según la siguiente tabla: Educación Municipal Para determinar el porcentaje de estudiantes prioritarios de la escuela se considerará el promedio de la matrícula de las alumnas y alumnos prioritarios de los niveles incorporados a la SEP, en relación al promedio de la matrícula de todos los y las estudiantes de los niveles incorporados a la SEP.

  10. En qué usar los recursos Educación Municipal El artículo 6° de la Ley 20.248, establece: “Destinar la subvención y los aportes que contempla esta ley a la implementación de las medidas comprendidas en el Plan de Mejoramiento Educativo, con especial énfasis en los alumnos prioritarios, e impulsar una asistencia técnico-pedagógica especial para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos con bajo rendimiento académico”.

  11. En qué usar los recursos Educación Municipal Se establecen 4 áreas dentro de las cuales el Plan de Mejoramiento Educativo debe contemplar orientaciones y acciones: Gestión del Currículum Liderazgo escolar Gestión de Recursos Convivencia escolar.

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