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P. 60 MAS Plan de Solidaridad Con el Adulto Mayor. 60 MAS Plan de Solidaridad Con el Adulto Mayor.
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60 MAS Plan de Solidaridad Con el Adulto Mayor El FSP es una cuenta especial de la Nación sin personería jurídica, adscrita al Ministerio del Trabajo, destinado a ampliar la cobertura mediante un subsidio a las cotizaciones para pensiones de los grupos de la población que por sus características y condiciones socioeconómicas no tienen acceso a los sistemas de seguridad social, así como el otorgamiento de subsidios económicos para la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema.
EN QUE CONSISTE Es un programa destinado a la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema, mediante un subsidio económico, cuyo origen, monto y regulación se establece en la ley. La edad para acceder a esta protección será en todo caso tres (3) años inferior a la que rija en el sistema general de pensiones para afiliados.
REQUISITOS SISBEN III VIVEN CON SU FAMILIA Y SU INGRESO ES INFERIOR A UN S.M.L.V O VIVE SOLO Y SU INGRESO NO SUPERA MEDIO S.M.L.V EDAD: Mujeres mayores de 52 años Hombres mayores de 57 años SISBEN: Nivel 1, 2 o población especial Para Población en Condición de Desplazamiento - Certificación que acredite ésta condición. .
PROCESO DE PRIORIZACION • Envío de documentación a firma digitadora • Generación de base de datos de potenciales beneficiarios aprobada por el MPS • Remisión de listados de priorización de potenciales beneficiarios a los entes territoriales • Verificación de documentos • Cruce con bases de datos BDUA, RUA, FOPEP y Registraduría Nacional de Estado Civil • Genera base de datos de potenciales beneficiarios que cumplen requisitos y adjuntaron documentación completa • Asignación de puntaje
PRIORIZACIÓN ESTRICTO ORDEN INGRESO DE BENEFICIARIOS SI NO • FICHA DE INGRESO • CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA CARTA FIRMADA POR EL ALCALDE SOPORTE DE EXCLUSIÓN DE PRIORIZACIÓN DE ACUERDO CON LA CAUSAL ACTA DE COMITÉ DE APOYO A LOS BENEFICIARIOS
ECAUSALES DE EXCLUSIÓN DE PRIORIZACIÓN: RENTA PENSIÓN SUBSIDIO: Comunicación Firmada por el Alcalde y Acta de Comité. TRASLADO DE MUNICIPIO: Comunicación Firmada por el Alcalde y Acta de Comité. FALLECIMIENTO: Acta de Defunción y Acta de Comité NO UBICADO: Certificado del debido Proceso, Comunicación Firmada por el Alcalde y Acta de Comité. CONPES: Comunicación Firmada por el Alcalde y Acta de Comité.
RETIRO DE BENEFICIARIOS Muerte del beneficiario.: Certificado de Defunción y Resolución Administrativa. Comprobación de falsedad en la información suministrada o intento de conservar fraudulentamente el subsidio: Resolución Administrativa, Copia de la denuncia radicada ante la autoridad competente y organismos de control respecto de la conducta en la cual incurrió el beneficiario. Percibir una pensión u otra clase de renta o subsidio. Resolución Administrativa, Certificados de la EPS, AFP y ARP, y/o Fosyga y Certificado del debido proceso.
RETIRO DE BENEFICIARIOS Mendicidad comprobada como actividad productiva. Resolución administrativa y Concepto de Trabajador Social Comprobación de realización de actividades ilícitas. Resolución Administrativa y Sentencia Judicial. Traslado a otro Municipio o Distrito. Resolución Administrativa y Certificación del Alcalde
CAUSALES PERDIDA DEL SUBSIDIO No Cobro del subsidio durante 2 nominas consecutivas.: Resolución Administrativa. Poseer más de un (1) bien inmueble. Resolución Administrativa Retiro Voluntario.: Carta de retiro voluntario con huella y firma del beneficiario CONPES.: Resolución Administrativa y Certificado del debido proceso
ANÁLISIS DE INFORMACIÓN Y APLICACIÓN DE BLOQUEOS VERIFICACIÓN Y APROBACIÓN MIN. TRABAJO CIERRE DE NOVEDADES NOMINA REPORTE DE NOVEDADES ENVÍO DE NÓMINAS A LOS MUNICIPIOS COBRO Y SEGUIMIENTO PAGO DE SUBSIDIOS VERIFICACIÓN DEL GIRO EN EL PUNTO DE PAGO