1 / 45

Curso de Gestion Aspectos Legales : Salud y Discapacidad.-

Curso de Gestion Aspectos Legales : Salud y Discapacidad.-. María Inés Bianco 2009. Salud como Derecho Humano. -Garantia Constitucional -Recomendación Corte Interamericana -PIDESC - ACCESO AL GOCE EFECTIVO,

melba
Download Presentation

Curso de Gestion Aspectos Legales : Salud y Discapacidad.-

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Curso de GestionAspectos Legales : Salud y Discapacidad.- María Inés Bianco 2009

  2. Salud como Derecho Humano • -Garantia Constitucional • -Recomendación Corte Interamericana • -PIDESC • - ACCESO AL GOCE EFECTIVO, • -Discriminacion positiva .-art.75 inc 23 ( niños , ancianos y personas con discapacidad ) • Ley del Niño - • Convencion Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad ley 26378 • Ley 153 .- garantia de salud integral.- cobertura universal . Prioridad en el presupuesto

  3. Ley 153.- Salud Integral • Artículo 3º. Definición. La garantía del derecho a la salud integral se sustenta en los siguientes principios: • La concepción integral de la salud, vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente. • El desarrollo de una cultura de la salud así como el aprendizaje social necesario para mejorar la calidad de vida de la comunidad. • La participación de la población en los niveles de decisión, acción y control, como medio para promover, potenciar y fortalecer las capacidades de la comunidad con respecto a su vida y su desarrollo. • La solidaridad social como filosofía rectora de todo el sistema de salud. • La cobertura universal de la población; • El gasto público en salud como una inversión social prioritaria; • La gratuidad de las acciones de salud, entendida como la exención de cualquier forma de pago directo en el área estatal; rigiendo la compensación económica de los servicios prestados a personas con cobertura social o privada, por sus respectivas entidades o jurisdicciones • El acceso y utilización equitativos de los servicios, que evite y compense desigualdades sociales y zonales dentro de su territorio, adecuando la respuesta sanitaria a las diversas necesidades. • La organización y desarrollo del área estatal conforme a la estrategia de atención primaria, con la constitución de redes y niveles de atención, jerarquizando el primer nivel; • La descentralización en la gestión estatal de salud, la articulación y complementación con las jurisdicciones del área metropolitana, la concertación de políticas sanitarias con los gobiernos nacional, provinciales y municipales; • El acceso de la población a toda la información vinculada a la salud colectiva y a su salud individual. • La fiscalización y control por la autoridad de aplicación de todas las actividades que inciden en la salud humana.

  4. Derechos de los Pacientes • Artículo 4º. Derechos. Enumeración. Son derechos de todas las personas en su relación con el sistema de salud y con los servicios de atención: • El respeto a la personalidad, dignidad e identidad individual y cultural; • La inexistencia de discriminación de orden económico, cultural, social, religioso, racial, de sexo, ideológico, político, sindical, moral, de enfermedad, de género o de cualquier otro orden; • La intimidad, privacidad y confidencialidad de la información relacionada con su proceso salud-enfermedad; • El acceso a su historia clínica y a recibir información completa y comprensible sobre su proceso de salud y a la recepción de la información por escrito al ser dado de alta o a su egreso; • Inexistencia de interferencias o condicionamientos ajenos a la relación entre el profesional y el paciente, en la atención e información que reciba; • Libre elección de profesional y de efector en la medida en que exista la posibilidad; • Un profesional que sea el principal comunicador con la persona, cuando intervenga un equipo de salud; • Solicitud por el profesional actuante de su consentimiento informado, previo a la realización de estudios y tratamientos; • Simplicidad y rapidez en turnos y trámites y respeto de turnos y prácticas. • Solicitud por el profesional actuante de consentimiento previo y fehaciente para ser parte de actividades docentes o de investigación; • Internación conjunta madre-niño; • En el caso de enfermedades terminales, atención que preserve la mejor calidad de vida hasta su fallecimiento; • Acceso a vías de reclamo, quejas, sugerencias y propuestas habilitadas en el servicio en que se asiste y en instancias superiores; • Ejercicio de los derechos reproductivos, incluyendo el acceso a la información, educación, métodos y prestaciones que los garanticen; • En caso de urgencia, a recibir los primeros auxilios en el efector más cercano, perteneciente a cualquiera de los subsectores;

  5. COBERTURA • Cobertura en salud • PMO y Complementarias • Cobertura en discapacidad • Ley 24901 y Complementarias • Normas Nacionales : para Agentes del Seguro de Salud , Pami , Profe • Indicador de piso prestacional en salud y discapacidad

  6. Cobertura de Salud • Programa Medico Obligatorio . • Resolucion 1991/ 05 Minist.de Salud • Leyes complementarias

  7. Anexo I .-cobertura básica • PLAN MATERNO INFANTIL : cobertura integral durante embarazo y parto al partir del momento del diagnostico y hasta primer mes del nacimiento • Recien nacido: hasta el año , cobertura al 100% en internacion , ambulatorio . • Sin coseguros • Estudios diagnosticos durante embarazo ,parte y puerperio • Infantil: fenilcetonuria , hipotiroidismo cong. Y fq • Leches maternizadas por indicacion medica.

  8. Anexo I . continuación • Prevencion de Cancer : mamas y cuello uterino 100% excep medicamentos en fase de experimentacion • Programa de Salud sexual responsable :ley 25673 (100%): prescripcion y suministro de metodos y elementos anticonceptivos no abortivos ,reversibles y transitorios .- Se ligadura de trompas y vasectomia ( planificacion fliar , consentimiento informado.- si fuere incapaz autorizac judicial- se permite la objecion de conciencia • Estudios diagnosticos al 100% incluyen material descartable y de contraste • Atencion a domicilio en caso de requerirse y para mayores de 65 años ($10) • Protesis y ortesis : interna 100% ,externa 50% .- valor :nacional de menor precio , salvo justificacion .- • Lentes y audifonos hasta los 15 años al 100% • Internacion : institucional ,hospital de dia o domiciliaria al 100 % incluye medicacion descartables ,etc • Salud mental o agudos : 30 dias de internacion al año y 30 sesiones anuales ( no mas de 4 por mes ) • Kinesiologia,rehabilitacion , fonoaudiologia 25 sesiones anuales • Traslados si fueren necesarios

  9. Medicamentos • Ambulatorios : 40% de uso habitual • Enfermedades cronicas y prevalentes 70% ( asma ,alergias ,hipertension,etc • Medicamentos de alto costo y enf. Baja incidencia 100% .- :EM , GH , FQ, TB,ERIT.(dapsona para Lepra) inmunoglobulina antihepatitis B ,Miastenia , hemofilia , oncologico , acromegalia , interferon alfa y ribavirina para hepatitis C …( comp.resolucion 500/04 ape ) • Oncologicos , quimioterapia prevencion y para tratamiento de vomitos , medicacion analgesica para el dolor

  10. Medicamentos Genericos • Prescripcion por generico. • Derecho del consumidor sustitucion • Posibilidad de prescribir por marca mediante justificacion breve • Ley 25649 y decreto987/03.- art.3 • “justificacion prescripcion por marca “ de puño y letra , firmado y sellado

  11. Otras coberturas • CUIDADOS PALIATIVOS : asistencia activa y total para el paciente ( pronostico de vida 6 meses ) incluye equipo interdisciplinario , abordaje psicosocial ,terapia del dolor , sintomas • Hemodialisis , y dialisis peritoneal continua ambulatoria • Eximicion coseguros : mujer embarazada hasta 30 despues del parto , bebe hasta el año , oncologicos • Coseguros topes $ 4 , bonos de atencion . • Estudios alta y baja complejidad hasta $ 5 .-

  12. Leyes complementarias • HIPOACUSIA 25415 • EPILEPSIA 25404 • SALUD MENTAL . • DIABETES. • Ley 26279 ( deteccion,ttto ,equipamiento prevencion de fenilcetonuria ,chagas,sifilis,hiperplasia renal ,galactocemia,fq,hipertiroidismo,biotenidasa,retinopatia del prematuro ).- • PROGRAMAS: MIASTENIA,GH ,CELIACOS , FENILCETONURIA. • Oncologicos, sida ,drogadiccion ,etc.

  13. Discapacidad • Sistema de Prestaciones Básicas de Discapacidad: ( ley 24901)OBJETO: Cobertura IntegralACREDITACION: Certificado de DiscapacidadConcepto de Discapacidad (art. 2 ley 22431)Prestaciones Básicas

  14. Concepto • Art. 2° ley 22431 - A los efectos de esta ley, se considera discapacitada a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.

  15. Certificado de Discapacidad • Concepto .- • Beneficios : cobertura prestacional al 100% • Pase libre de transporte.- • Prioridad en el otorgamientos de creditos para vivienda , subsidios asistenciales.Emergencia habitacional. • Vivienda : inclusion plan federal de vivienda. Prestamos para refaccion de hasta $ 12000 . • Planes asistenciales : plan jefe , plan barrio bonaerenses. • Beneficios enla contratacion por empleadores , reduccion de aportes y contribuciones , y cobertura de $ 150.- Microeprendimientos $ 27000 • Asignacion por discapacidad.- • Incorporacion en la obra social del ascendiente o descendiente. • Posibilidad de la derivacion de pensiones o jubilaciones. • Facilitacion de la obtencion de un beneficio asistencial por invalidez • Exencion de impuestos ( abl , automotores ) libre estacionamiento

  16. LEYES PROVINCIALES • no adhirió a la ley Nacional .LEY 10592 :Regimen Juridico Basico e Integral para las personas discapacitadas .- LEY 6982 .- IOMA

  17. COBERTURA EN DISCAPACIDAD • Normas Nacionales .El Rol del Estado Nacional .-El Hospital Público y sistema de autogestión Agentes del Seguro de Salud: 23660 Principio de solidaridadProgramas de Salud Obras Sociales Provinciales .- Programas Provinciales

  18. COBERTURA EN DISCAPACIDAD • Ley 10592:concepto : disc toda restricción o ausencia de la capacidad de realizar actividad normal • Certificado : Miniesterio de Salud - criterio de la OMS • atención medica :recuperacion y rehabilitacion • educativa :educacion especial , CET • seguridad social prestamos , seguros laborales, empleo :4% deduccion impositiva 50% Ing.B. Asignac por escol duplicada eliminacion de barreras arquitectonicas , Pase libre

  19. IOMA . LEY 6982 • Objetivo : realizar los fines del estado en Materia Asistencial . Base libre eleccion del medico • Obra social abierta y arancelada • Medicina general : consultorio y domicilio • Internaciones , estudios , odontologia y medicamentos .(prescripcion por generico :excep : mayor eficacia o biodisponibilidad.-

  20. INSTITUTO NAC. DE SERV. SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS • Ley 25.615 que modifica la ley 19032, establece en su art. 2: "art-2: el instituto tendrá como objeto otorgar - por sí o por terceros a jubilados y pensionados del régimen nacional de previsión del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y a su grupo familiar primario, las prestaciones sanitarias y sociales, integrales , integradas y equitativas, tendientes a la promoción, prevención , protección, recuperación y rehabilitación de la salud, organizadas en un modelo prestacional que se base en criterios de solidaridad, eficacia y eficiencia, que respondan al mayor nivel de calidad disponible para todos los beneficiarios del Instituto atendiendo a las particularidades e idiosincracias.....- PROFE .- Ministerio de Salud .-

  21. 13/03/02-DECRETO 486/2002 - EMERGENCIA SANITARIA • Art. 18 se modifican prestaciones de salud: riesgo de vida y cobertura de enfermedad = PMOE (Programa Médico Obligatorio de Emergencia ).Art.34 (derogado el 10/05/2002) presunta modificación discapacidad Art. 24 Medicamentos Genéricosley 26077 . Cese de emergencia respecto a PMO

  22. COBERTURA EN DISCAPACIDAD • Neurorehabilitación sin tope ni límite, ni cosegurosTraslados a Centro de Rehabilitación y/o EducacionalPrótesis, ortesis, ayudas técnicasEspecialistas fuera de cartillaTratamientos interdisciplinariosAyuda Psicológica derivada de la patología crónicaPrestaciones complementarias

  23. COBERTURA EN DISCAPACIDAD (cont) Medios de Reclamo Obra SocialExtrajudicialFormación de expediente en S. Serv.de SaludVía judicialAmparo y medida autosatisfactiva

  24. PERSONAS CON enf. Preexistentes y/o discapacidad CARENTES DE COBERTURA MEDICA. POSIBLES MODOS DE OBTENCION • Pensión no contributiva por invalidezPensión por discapacidad ( Prov.incial)Beneficio de Pami para mayores de 70 años Jubilación por invalidez para minusválidos graciables Familiares en línea directa con beneficio de Seg. Social u otroGente con monotributo y/o Servicio DomésticoGente con sistema de empleo domésticoPedidos o tramitaciones en Ministerio de Desarrollo Social Recurso judicial de amparo

  25. BENEFICIOS ASISTENCIALES • * VIVIENDA • a) Ciudad de Buenos Aires .- • 1) Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires • Carlos Pellegrini 291, 6º Piso. ( para discapacidad y emergencia habitacional ) • Prestamos de $ 120.000, debiendo acreditar un ingreso del 1700

  26. CONTINUACION • 2) Emergencia Habitacional. Calle Pavón y Entre Ríos. Se entregan $ 450,00 por 6 meses. Renovables • 4) Plan Federal de la vivienda. En este caso el Estado Nacional delega en las provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires esta facultad para dar préstamos a 30 años, tasas bajas, con una ventaja de 5% a favor de las personas con discapacidad. Para propiedades de uno, dos y tres ambientes • 4) PAMI: a) Comodatos para la vivienda $ 450 y b) Subsidios para necesidades básicas insatisfechas de $ 450,00.

  27. b) Nivel Nacional : • 1) Subsecretaría de Tierras para el Habitat Social. Avda Corrientes 1300. ( Ámbito Nacional )para el supuesto de emergencia habitacional .- • 2) Plan Federal de la Vivienda : El Estado Naciona ha efectuado convenios con las jurisdicciones para prestamos a 30 años , con tasas bajas y prioridad del 5% del cupo para personas con discapacidad

  28. * SUBSIDIOS PARA NECESIDADES BÁSICAS INSATISFECHAS • . • a) Ciudad de Buenos Aires • 1)    Ciudadanía porteña. Otorga hasta $ 300,00 mensuales para alimentos y artículos de higiene, mediante tarjeta magnética.Reemplaza al Vale Ciudad .- • 2)    Banco de Prótesis y Órtesis. (Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de Buenos Aires) Sita en Belgrano 1540. • 3) $ 450 mensuales x 6 meses renovables • 4) Plan Familias $ 200 mensuales

  29. Ambito Nacional • 1)      Ministerio de Desarrollo Social:. Secretaría de Gestión Institucional: Créditos para Deudores Hipotecarios y de Expensas. Calle Moreno 709 .-piso 1 de Capital . • 2)      Jubilados y pensionados que no pueden pagar: existen tarifas sociales en el impuesto municipal (ABLexento en la ciudad de Bs.As, Rentas de la Pcia. De Bs.As., Edesur, Edenor, Aguas Argentinas, Teléfono etc.) presentando solicitud escrita • 3) Ministerio de Desarrollo Social de la Nacion : otorga subsidios por unica vez para necesidades básicas insatisfechas . Rivadavia 870 .- Inclusive para medicacion que no cubra la ciudad de Buenos Aires. • 4) Tambien existe dentro del Ministerio de Desarrollo Social de la Nacion el Banco de Pobres donde otorga creditos en $ de montos en dinero reducidos

  30. Prov. Bs.As • DISCAPACITADOS: Resolución 432 (Desarrollo Humano) Ortesis y Prótesis. Prestamos no reintegrables de hasta $ 5000 • Para todos: Para necesidades basicas insatisfechas Decreto 642/2003. ahora decreto 467/2007 (Desarrollo Humano) préstamos de $ 1500 y 3000, y hasta $ 8000 por unica vez , sin tener que rendir cuentas y de $ 5000,00 rindiendo cuentas.Incluye ONGS • Se le solicita a: • IOMA • INSTITUTO PROV.DE LA VIVIENDA • MINISTERIOS. • Se tramitan en Acción Social

  31. Vivienda • 1)           INSTITUTO PROV. DE LA VIVIENDA: Reparación y refacción de vivienda: préstamos de $ 12.000,00. • 2)                    PLAN BARRIOS BONAERENSES: $ 300,00. Se gestiona en Acción Social de los Municipios. También se puede exigir mediante amparo al Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires.

  32. LABORAL • Prov. Buenos Aires Plan Manos a la obra: Capacitación y prestamos de hasta $ 5.000 • NACION : En el ámbito Nacional: Microemprendimientos para personas con discapacidad ,prestamos NO REINTEGRABLES de hasta $ 27.000 . Grupo Vulnerables- Ministerio de Trabajo de la Nacion -

  33. Salud Mental : legislacion • Declaracion de Insania . • Art.-141 CC • “ personas que por causa de enfermedad mental carecen de aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes “ • solo por juez y previa verificacion de las causales y a solicitud de parte • Legitimacion :conyuge ,pariente ,M. de Menores y cualquier persona del pueblo (furioso o incom.)

  34. Insania : continuacion • Mayor de 14 años • Designacion de Curador “ ad litem “ y provisorio • Rehabilitacion • Declaracion judicial de Inhabilitacion :art 152 bis CC • Embriaguez habitual , uso de estupefacietes , discapacidad mental leve y prodigos

  35. Sordomudos • Que no saben darse a entender por escrito • ( inconstitucionalidad ) • Mas de 14 años .- Igual norma que dementes • Curatela • Como menores de edad • Curador de una persona incapaz con hijos , es el tutor de los hijos • Obligacion ppal : recuperacion de la capacidad • Restriccion en la privacion de la libertad de una persona incapaz

  36. Art 482 CC • Internacion soo en caso de daño y con autorizacion judicial • Autoridad policial puede disponer internacion pero con inmediata vista al juez y previo dictamen medico • Internaciones de personas no incluibles en el art. 141 pero bajo designacion de defensor especial para no prolongar la misma • Autorizacion en caso de salida al exterior

  37. Rehabilitacion • Puede pedirla la persona declarada demente o inhabilitada • Designacion de tres medicos psiquiatras a tal fin • Fiscalizacion del regimen de internacion • Sentencia de inhabilitacion , tiene limites de actos que puede realizar el inhabilitado

  38. Ciudad de Buenos Aires . :ley 448 • Objeto : garantizar la salud mental , sustentada en la ley 153 • Salud en sentido integral : cuya preservacion implica una construccion social , vinculada a la concrecion de los derechos al trabajo , al bienestar , a la vivienda , a la seguridad socia ,a la educacion ,a la cultura , a la capacitacion y a un ambiente saludable. La salud mental es inescindible de la salud integral y del reconocimiento d ela persona en su integridad bio psico social y el logro de las mejores condiciones para su desarrollo fisico ,intelectual y afectivo . • Promocion prevencion y asistencia • Abordaje interdisciplinario • La internacion como una modalidad de atencion , cuando no sea posible el abordae ambultaorio . • El Estado como garante de la salud

  39. Regimen de Internaciones • 1-cuando no sea posible el abordaje ambulatorio • 2- objeto recuperacion y reinsercion social • Trabajo coordinado de autoridades sanitarias , judiciales y administrativas • Clases : voluntaria , involuntaria , por orden judicial

  40. Requisitos comunes • Dentro 24 hs , evaluacion interdisciplinaria del establecimiento para diagnostico , y plan y la continuacion de la misma • evaluacion a los 15 dias , y luego una vez por mes • Periodos maximos renovables de un mes • y los sig. Requisitos : evaluacion y diagnostico ,datos de identidad y entorno fliar , datos de cobertura medica , motivos de internacion , orden de juez , si asi lo fuere , autorizacion de rep en caso de voluntaria. • Envio de informes mensuales con continuacion de internacion

  41. Internacion Involuntaria • cuando medie situacion de riesgo para la persona o terceros • Por persona legitimada • Y certificada por dos profesionales • Si fuere de urgencia , el maximo es 72 hs ,un segundo profesional evalua en dicho lapso y alli se inidica su continuacion • Y debe contar : dictamen de urgencia , ausencia de alternativa eficaz instancias previas tomadas , dos certificados medicos

  42. Internacion Judicial • Caso de Juez Penal con facultada para hospitalizar y/o juez civil en la causa que le toque entender • Deben pedir informes mensuales a los establecimientos

  43. Externacion , altas y salidas • -parte del tratamiento • Comunicación al juez con 24 hs antelacion • Si fueren niños sin grupo de pertenencia , vista al Asesor de Menores

  44. Ley 25421Progr. de Asist. Prim.en Salud M. • Todas las personas tienen derecho a recibir asistencia primaria ( prevencion , promocion , proteccion de la salud mental , procesos de baja complejidad y alta efectividad , procurar la rehabilitacion y reinsercion laboral , fliar ,cultural y social de lospacientes graves

  45. Email : mibianco@fibertel.com.ar -

More Related