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El Fideicomiso

El Fideicomiso. Dr. José Manuel Peschiera. Sao Paulo, Agosto de 2003 Brasil 2003.ppt. División Mercado de Capitales. Agenda. Concepto de Fideicomiso Marco Legal Experiencia Latinoamericana Modalidades. Concepto de Fideicomiso.

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  1. El Fideicomiso Dr. José Manuel Peschiera Sao Paulo, Agosto de 2003 Brasil 2003.ppt División Mercado de Capitales

  2. Agenda • Conceptode Fideicomiso • Marco Legal • Experiencia Latinoamericana • Modalidades

  3. Concepto de Fideicomiso El fideicomiso consiste en la transferencia de bienes o derechos del patrimonio de una persona natural o jurídica, para constituir un patrimonio autónomo confiado a un administrador, a fin de que con el mismo, cumpla determinadas instrucciones a favor de uno o más beneficiarios. Fideicomitente Fiduciario Fideicomisarios Cliente Administrador Beneficiarios Patrimonio Autónomo Activo Resultados

  4. Características • El fiduciario vela por el cumplimiento de los acuerdos tomados en el contrato de fideicomiso. • El fideicomiso se encuentra regulado por una ley especial o por un código y por lo general supervisado por un ente regulador. • Instrumento sumamente versátil, que permite diseñar mecanismos seguros y de aplicación irrevocable, incondicional y automática, para objetivos empresariales, financieros o institucionales de diversos tipos. • Herramienta aisladora de riesgos, al proteger al Patrimonio Autónomo de riesgos del Fideicomitente, Fiduciario y de Fideicomisarios (embargos, insolvencia, procesos transitorios, etc.) • Permite reducir costos de transacción. Por ejemplo, sustituir una fianza bancaria por un certificado de caución emitido por un fideicomiso ad hoc. • Profesionalismo y transparencia en la administración.

  5. Agenda • Conceptode Fideicomiso • Marco Legal • Experiencia Latinoamericana • Modalidades

  6. Disposiciones Legales Aplicables PERÚ Las principales disposiciones legales aplicables al fideicomiso bancario son: • LEY 26702. Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. • RESOLUCION SBS 1010-99. Reglamento de Fideicomisos y de las Empresas de Servicios Fiduciarios. • CIRCULAR B-2096-2001. Provisiones por derechos de fideicomisario recibidos como bienes adjudicados.

  7. Disposiciones Legales Aplicables BRASIL Contempla varias figuras de naturaleza fiduciaria, cada una con un régimen especial: • LEY 4.728/65 y Decreto Ley 911/69. Transferencia fiduciaria en garantía de bienes muebles. • LEY 9.514/97. Transferencia fiduciaria en garantía de bienes inmuebles. • LEY 4.864/65, Decreto Ley 70/66 y LEY 9.514/97. Cesión fiduciaria de derechos crediticios derivados de la transferencia de inmuebles. • LEY 6.404/76. Transferencia fiduciaria de acciones. • LEY 8.668/93. Propiedad fiduciaria de inmuebles con el fin de constituir fondos comunes de inversión inmobiliaria. • LEY 9.514/97. Régimen de Securitización. PROPUESTA: Regulación general poco reglamentaria.

  8. Régimen Legal Peruano En la Ley 26702, el fideicomiso está enmarcado dentro de: TITULO I I I OPERACIONES Y SERVICIOS Capítulo I I Contratos e Instrumentos Subcapítulo II Fideicomiso • El fideicomiso se caracteriza por ser un contrato: • Multilateral, en virtud del número de sujetos intervinientes en el contrato en donde todos se obligan recíprocamente. • Nominado, por encontrarse regulado por la Ley. • Oneroso, por establecerse provechos y cargas recíprocas. • Conmutativo, porque las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde la celebración del contrato de fideicomiso. • Formal, porque la Ley exige que sea por escrito para su validez. • Principal, por existir por sí y por tener un fin propio independiente de los demás.

  9. Definición Etimología: Del latín Fideicomissum. Fides = Fe; Comissum = Encargo, comisión. Ley N° 26702 Artículo 241°- Concepto de Fideicomiso “El Fideicomiso es una relación jurídica por la cual el fideicomitente transfiere bienes en fideicomiso a otra persona, denominada fiduciario, para la constitución de un patrimonio fideicometido, sujeto al dominio fiduciario de este último y afecto al cumplimiento de un fin específico a favor del fideicomitente o un tercero denominado fideicomisario. El patrimonio fideicometido es distinto al patrimonio del fiduciario, del fideicomitente, o del fideicomisario […]”

  10. Dominio Fiduciario ¿ Dominio Fiduciario es sinónimo de Propiedad ? Código Civil Argentino Art. 2507°: “El dominio se llama pleno o perfecto, cuando es perpetuo, y la cosa no está gravada con ningún derecho real hacia otras personas. Se llama menos pleno, o imperfecto, cuando debe resolverse al fin de un cierto tiempo o al advenimiento de una condición......” Art. 2661°: “Dominio imperfecto es el derecho real revocable o fiduciario de una sola persona sobre una cosa propia, mueble o inmueble......” Ley 24.441, Art. 11°: “Sobre los bienes fideicomitidos se constituye una propiedad fiduciaria que se rige por lo dispuesto en el título VII del libro III del Código Civil…” Dominio Fiduciario = Propiedad

  11. De acuerdo al Código Civil peruano, los derechos reales principales son: • Posesión • Propiedad • Uso • Habilitación • Usufructo • Servidumbres • Superficie Art. 881° del Código Civil: “Son derechos reales los regulados en este libro ...” (Numerus clausus) Dominio Fiduciario

  12. Dominio Fiduciario (cont.) En el Perú: ¿ Dominio Fiduciario = Derecho de Propiedad ? Art. 923° del Código Civil, define a la propiedad como: “ … el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien...” Ley de Bancos, Art. 241°: “El Fideicomiso es una relación jurídica por la cual el fideicomitente transfiere bienes en fideicomiso a otra persona, denominada fiduciario, para la constitución de un patrimonio fideicometido, sujeto al dominio fiduciario de este último […]” Ley de Bancos, Art. 252°: “El fiduciario ejerce sobre el patrimonio fideicometido, dominio fiduciario, el mismo que le confiere plenas potestades, incluidas las de administración, uso, disposición y reivindicación sobre los bienes que conforman el patrimonio fideicometido…”

  13. Dominio Fiduciario (cont.) Ley de Bancos, Art. 273°: […]La empresa fiduciaria no tiene derecho de propiedad sobre los bienes que conforman el patrimonio fideicometido, siendo responsable de la administración del mismo” DOMINIO FIDUCIARIO  PROPIEDAD ¿ PROPIETARIO = FIDEICOMITENTE ? Ley de Bancos, Art. 252°: “... dependiendo de la naturaleza del fideicomiso, el fideicomitente y sus causahabientes son titulares de un derecho de crédito personal contra el patrimonio fiduciario”

  14. Dominio Fiduciario (cont.) ¿ Qué es el Dominio Fiduciario en el Perú ? Reglamento del Fideicomiso y ESF Art. 4°: ”El dominio fiduciario es el derecho de carácter temporal que otorga al fiduciario las facultades necesarias sobre el patrimonio fideicometido, para el cumplimiento del fin o fines del fideicomiso, con las limitaciones establecidas en el acto constitutivo […] se ejerce desde la transferencia de los bienes objeto del fideicomiso, salvo disposición contraria establecida en el acto constitutivo, hasta el término del fideicomiso.” Art. 881° del Código Civil: “ Son derechos reales los regulados en este Libro y otras leyes”. Dominio Fiduciario = Nuevo Derecho Real

  15. Patrimonio Fideicometido • Es autónomo, respecto del Fideicomitente, Fiduciario o del Fideicomisario y en su caso, del destinatario de los bienes remanentes. (Art. 241° “..El patrimonio fideicometido es distinto al patrimonio del fuduciario, del fideicomitente, o del fideicomisario.......”) • Afecto a un fin específico.(Art. 241°-Art. 252°) • Los fondos líquidos del fideicomiso no están afectos a encaje.(Art. 241°) • Es temporal, excepto los fideicomisos vitalicios, culturales y filantrópicos.(Art. 244°-Art. 251°-Art. 268°- Reglamento Art. 8°) • Puede recaer en cualquier tipo de bien (excep. Art. 266°). • Es anulable la transmisión fideicomisaria realizada en fraude de acreedores.(Art. 245°) • Es inembargable, y no forma parte de la masa concursal.(Art. 253°)

  16. Están autorizadas para desempeñarse como fiduciarias: (Art. 242°) • Bancos (Art. 16° - Inc. A) • Empresas de servicios fiduciarios (Art. 16° - Inc B-5) • COFIDE (Banca de fomento de segundo piso) • Empresas de Seguros. (Art. 318° - Inc. 1). • El fideicomiso es nulo si se designa como fideicomisario al fiduciario, salvo en los casos de fideicomiso de titulización. (Art. 265° - Inc. 3) • La responsabilidad atribuible al fiduciario es de medios, mas no de resultados. • El fiduciario que incumpla sus obligaciones por dolo o culpa grave debe reintegrar al patrimonio del fideicometido el valor de lo perdido, más una indemnización por los daños y perjuicios irrogados, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar. (Art. 259°) • El Fideicomisario y el Fideicomitente tienen el derecho de exigir al fiduciario la indemnización y el reintegro establecidos en el artículo 259° de la Ley General, en el caso que éste incumpla sus obligaciones por dolo o culpa. (Reglamento Art. 12°) El Fiduciario

  17. Factor Fiduciario • Artículo 271°: • Para cada fideicomiso que reciba, el Fiduciario designa un Factor Fiduciario, quien asume personalmente su conducción, así como la responsabilidad por los actos, contratos y operaciones que se relacionen con dicho fideicomiso. La empresa es solidariamente responsable de los actos que, respecto al fideicomiso, practiquen el Factor y los trabajadores del fiduciario, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 259º. • Una misma persona puede ser factor de varios fideicomisos. • La designación del factor debe ser puesta en conocimiento de la Superintendencia, organismo que está facultado para disponer su remoción, en cualquier momento.

  18. Aspectos Tributarios Impuestos a las transferencias: • Impuesto General a las Ventas :No aplicable • Impuesto de Alcabala: Inafecto Impuesto Predial D. Leg. 776, Art. 9°: “Son sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes, las personas naturales o jurídicas propietarias de los predios, cualquiera sea su naturaleza...” • Impuesto a la Renta • Es de cargo del fideicomitente • El fiduciario es responsable del pago del impuesto correspondiente, el que tendrá el carácter de pago a cuenta, de ser el caso. No obstante, la norma señala que el responsable debe estar en condiciones de determinar la materia imponible y pagar el impuesto correspondiente. • Titulización: Principio de transparencia.

  19. Agenda • Conceptode Fideicomiso • Marco Legal • Experiencia Latinoamericana • Modalidades

  20. Experiencia Latinoamericana TRANSPARENCIA SEGURIDAD

  21. Fondos de pensiones • Ley de Mercado de Valores • Privatización (Concesiones) • Fideicomiso bancario (Ley de Bancos) Evolución del Fideicomiso en el Perú

  22. Perú PATRIMONIO FIDEICOMETIDO En Millones de Dólares de los Estados Unidos Por Origen 31 de Diciembre de 2001 No. de Fidecomisos Fideicomisos Públicos 1.475,26 14% 36 49% Fideicomisos Privados 9.064,10 86% 37 51% TOTALES 10.539,36 100% 73 100% Por Tipo de Fideicomiso 31 de Diciembre de 2001 No. de Fidecomisos Fideicomisos de Inversión 3,95 0,04% 1 1% Fideicomisos de Garantía 8.965,51 85% 15 21% Fideicomisos de Administración 3,78 0,04% 10 14% Titularización 0,00% 0% Fideicomisos Mixtos 45,00 0,4% 4 5% 1.181,73 11% 25 34% Fondos Mutuos de Inversión Fondos de Inversión 49,19 0,5% 4 5% 294,15 2,8% 9 12% Titulización - Oferta Pública Otros 0% 5 7% Totales 10.543,31 100% 73 100% El Fideicomiso en el Perú (*) (*) 19.45% del PBI

  23. Agenda • Conceptode Fideicomiso • Marco Legal • Experiencia Latinoamericana • Modalidades

  24. Modalidades • Fideicomiso de Garantía • Fideicomiso Inmobiliario • Fideicomiso de Administración (Inversión) • Fideicomiso Público • Fideicomiso de Dación en Pago • Fideicomiso de Titulización (Securitización)

  25. Fideicomiso de Garantía • . Fideicomitente Agente Financiero Fideicomisario Cliente Fiduciario Patrimonio Autónomo

  26. Fideicomiso de Garantía Fideicomitente Agente Financiero Fideicomisario Cliente Fiduciario EJECUCIÓN Patrimonio Autónomo

  27. Fideicomiso Inmobiliario Fideicomitente Fiduciario Fideicomisarios SENIOR Patrimonio Autónomo ACTIVOS • Proyecto • Terreno • Pre-ventas • Cuotas Iniciales • Desembolsos Préstamos • Flujo de Ventas SUBORDINADOS PASIVOS • Certificados de participación

  28. 120 100 Utilidad 80 Gastos de Construcción y Generales Banco 60 Promotor 40 Terreno Pre-ventas 20 Intangibles 0 Proyecto Financiamiento Fideicomiso Inmobiliario Claves del éxito • Evaluación comercial • Diseño • Precio • Demanda • Financiamiento • Líneas al constructor y pre-ventas • Control presupuestal • Supervisión de obra y control de pagos. Administración del flujo • Fideicomiso • Estructura todos los elementos • Simplifica constitución de garantías • Cláusula de salida (step in)

  29. Fideicomiso Inmobiliario Control de flujo del proyecto Promotor vende derechos fiduciarios Banco otorga un crédito hipotecario al comprador Fiduciario Patrimonio Autónomo Compradores en Proyecto Cuenta Garantía • Activos e intangibles Promotor Constructor Flujos se desembolsan dentro del fideicomiso La garantía es el certificado de participación Cuenta Colectora • Cuotas Iniciales • Desembolsos de Créditos • Ventas Contado Cuenta Pagadora • Construcción • Gastos Financieros • Otros Gastos Proyecto El proyecto se administra mediante desembolsos supervisados Fiduciario administra las garantías y el flujo del proyecto. Al término adjudica a cada beneficiario los derechos adquiridos

  30. Proyecto Viviendas Fideicomiso Título Hipotecario Fideicomiso Inmobiliario Estructura de Garantías • Estructurar un esquema de garantías que proteja a los beneficiarios desde el inicio • Diseñar fórmulas de liquidación (ejecución de garantías) que minimicen la pérdida de valor de los activos del proyecto • Garantizar desde el inicio la individualización de las responsabilidades y beneficios de los fideicomisarios Independización de las unidades de vivienda Certificado de Participación Hipotecas Las garantías se yuxtaponen

  31. Fideicomiso de Administración Fideicomitente Fiduciario Fideicomisarios Cliente Beneficiarios Patrimonio Autónomo • Calendario de Obligaciones • Resguardos • Recaudación • Custodia • Informes pesonalizados • Pagos • Inversiones

  32. Bonos Fideicomiso Público Experiencia Mexicana Gobierno Federal Fideicomitente Peajes Fiduciario Derechos sobre ingresos provenientes de Peajes Patrimonio Autónomo Mercado de Valores Inversionistas Fideicomisarios

  33. Privatización de Electrolima S.A. Antecedentes - Privatización de Electrolima S.A.

  34. Privatización de Electrolima S.A. Objetivos de la Junta Liquidadora Objetivos de la Junta Liquidadora

  35. Patrimonio Autónomo EPS Fideicomiso Vitalicio de Salud Funcionamiento del Fideicomiso

  36. Dación en Pago (estándar) Crédito Comprador Deudor Dación en Pago VENTA ALCABALA ALCABALA I.G.V. I.G.V.

  37. Fideicomiso de Dación en Pago Crédito Fideicomitente Fideicomisario Comprador Deudor Derechos Fiduciarios ADJUDICACIÓN ALCABALA Sustituye Der. Fid. I.G.V. Transferencia en Fideicomiso VENTA Fiduciario ALCABALA ALCABALA Patrimonio Autónomo I.G.V. I.G.V.

  38. Bonos Fideicomiso de Titulización Empresa Originador CREDITITULOS Mejorador Activos Autoliquidables Patrimonio Autónomo Garantías Clasificadora de Riesgo Mercado de Valores Bonistas

  39. Bonos Titulización: Edificios San Isidro Originador CREDITITULOS Mejorador • Garantías • Fianza x intereses • Opción de Compra Patrimonio Autónomo Clasificadora de Riesgo Mercado de Valores Bonistas

  40. El Fideicomiso Dr. José Manuel Peschiera Sao Paulo, Agosto de 2003 Brasil 2003.ppt División Mercado de Capitales

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