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JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES GUADALAJARA DE BUGA CREADA POR EL DECRETO DAM 123 DEL 31 de MAYO DE 2006

JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES GUADALAJARA DE BUGA CREADA POR EL DECRETO DAM 123 DEL 31 de MAYO DE 2006. REUNION DE LANZAMIENTO OFICIAL BIBLIOTECA PÚBLICA “CARLOS H. MORALES” ONG’S CO - GESTORAS: ARCA DE NOE: MARÍA DEL PILAR MORENO V. A.P.A.M.: NINI JOHANNA MADRID E.

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JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES GUADALAJARA DE BUGA CREADA POR EL DECRETO DAM 123 DEL 31 de MAYO DE 2006

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Presentation Transcript


  1. JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES • GUADALAJARA DE BUGA • CREADA POR EL DECRETO • DAM 123 DEL 31 de MAYO DE 2006 • REUNION DE LANZAMIENTO OFICIAL • BIBLIOTECA PÚBLICA “CARLOS H. MORALES” • ONG’S CO - GESTORAS: • ARCA DE NOE: MARÍA DEL PILAR MORENO V. • A.P.A.M.: NINI JOHANNA MADRID E. • ECOAMBIENTAL: GERMAN ALONSO MARTINEZ T. • Sábado 24 de Noviembre de 2.007

  2. PRESENTACION • La insensibilidad del hombre nos ha llevado a cometer actos de crueldad con los animales, el diario vivir de las organizaciones protectoras llenas unas veces de esperanza, otras de dolor, sufriendo calladamente en compañía de seres tan indefensos como los animales la maldad del hombre y la indiferencia de aquel que tiene la Ley en sus manos y no la aplica por que es solo un animal, en otras oportunidades se ven maniatados por que la Ley es muy laxa para combatir al maltratador. • Hemos vivenciado muchas barbaries: Arremeter a tiros contra un canino, quemar un establo con todo y yegua, rociar un gato con combustible y prenderle fuego, envenenar los caninos foráneos, envenenar los gatos del vecindario, etc… • Estas y mil razones mas movieron a tres organizaciones protectoras de animales y sus representantes como los son: • ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES Y EL MEDIO AMBIENTE – “A.P.A.M.”Representante legal: Nini Johanna Madrid E. • FUNDACION DE PROTECCIÓN Y PREVENCION DEL MALTRATO ANIMAL “ARCA DE NOE” Representante legal: Maria del Pilar Moreno V. • FUNDACION PARA LA DEFENSA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES Y EL MEDIO AMBIENTE “ECO-AMBIENTAL” • Representante legal: Germán Alonso Martínez T.

  3. PRESENTACION Al plantear alternativas a nuestro Alcalde Municipal: LICENCIADO. JOHN HAROLD SUÁREZ VARGAS. Por fortuna encontramos eco en nuestra petición, el cuál delego toda su autoridad en ese sentido en una Secretaría comprometida, a cargo de un profesional capaz y decidido como los es el Secretario de Agricultura y Fomento Municipal – “SAF” Doctor. Darío Hernando Hidalgo Piamba, aunando conocimientos y esfuerzos con otro funcionario dedicado como es el profesional Universitario SAF Fernando José Gutiérrez Estrada, desempolvamos conjuntamente una Ley olvidada desde hace 35 años por los mas de mil municipios de Colombia, hablamos de LA LEY 5 DE 1972. Ya a mas de un año de reuniones, llenas unas veces de rabia, por la idiosincrasia de las personas, otras de alegría por los logros alcanzados cumplimos nuestro sueño, nos contamos como el Quinto municipio en Colombia en tener un instrumento legal para combatir al maltratador y ser sostenibles con los procesos de recuperación, protección, defensa y protección Animal en nuestro Municipio.

  4. NORMATIVIDAD GENERAL VIGENTE • LEY 5ª. DE 1.972: DECRETO REGLAMENTARIO: 497 DE 1.973: Donde el Congreso Nacional Colombiano Ordena la Creación de las Juntas Defensoras de Animales y Por la cual se provee la fundación y funcionamiento de las mismas en todos y cada uno de los Municipios de Colombia (Donde a hoy día, con BUGA, de manera Desafortunada sólo existen formalmente creadas 11 Juntas Municipales Protectoras de Animales De 1.019 Municipios existentes). • OTRAS NORMAS GENERALES RELATIVAS AL TEMA: Declaración Universal de los Derechos de los Animales (ONU), Ley 84 de 1.989 (Estatuto de Protección Animal), Ley 746 de 2.002 (Regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligros), Decreto 2257 de 1.986 (Reglamentario de la Ley 9ª. De 1.979:Investigación y prevención de la zoonosis en los Animales), Ordenanza Departamental 145 A de 2.002 (Cuidado de los Animales), Ordenanza Departamental 052 de 1.995 (Comités de Protección y Vigilancia de los Recursos Naturales, El Medio Ambiente y los Animales), Decreto DAM 130 de 2.003 (Se toman medidas correctivas y de protección a unos derechos fundamentales de los Animales), Resolución No. 047 de 2001 (Requisitos para el cargue traslado y deposito de escombros y mercancías en vehículos de tracción animal), Decreto No. 134 de 2001 (Reglamenta el servicio de vehículos de tracción animal), Decreto 084 de 1994 (Normas que reglamentan el transito de vehículos de tracción animal), Ley 2ª. de 1984 (Establece la competencia de las autoridades de policía y se fija el respectivo procedimiento en materia de protección Animal).

  5. ALCANCES: DECRETO DAM 123 DE MAYO 31 DE 2006 • Quienes conforman la JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES: • El Sr. Alcalde Municipal o su Delegado • El Sr. Personero Municipal o su Delegado • El Sr. Secretario de Educación Mpal. o su Delegado • El Sr. Secretario de Salud Municipal o su Delegado • El Sr. Secretario de Gobierno Municipal o su Delegado • El Sr. Secretario de Agricultura Mpal. o su Delegado • Un Representante Avalado del “CMDR” • Un delegado de la Secretaría Departamental de Agricultura – Zona Centro “SAPD” • Dos (2) representantes de las Asociaciones, Fundaciones o Sociedades cuyo objeto sea la Protección y Defensa de los Animales • El Director de la CVC DAR Centro / Sur o su Delegado • El Señor Obispo o su Delegado • Un Representante de la Sociedad Civil

  6. ALCANCES DEL DECRETO DAM 123 DEL 31 DE MAYO DE 2006 • Podrán hacer parte de la JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES, como apoyo, con voz pero sin voto: • El Sr. Comandante del Batallón de Artillería # 3 Batalla Palacé • El Sr. Comandante del Segundo Distrito de Policía de Buga • El Sr. Comandante de la Defensa Civil de Buga • El Sr. Comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Buga • El Sr. Secretario de Tránsito Municipal • Un Representante de la Cruz Roja Colombiana de Buga • El Presidente de la Asociación de Juntas Administradoras Locales - ASOJAL

  7. ALCANCES DEL DECRETO DAM 123 DEL 31 DE MAYO DE 2006 • La JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES será Asesora Permanente de las Secretarías, Despachos Municipales e Institutos Descentralizados en los que, por motivos de sus atribuciones, se deban tomar decisiones que afecten el hábitat animal. • Las autoridades Militares y de Policía, prestarán el auxilio necesario a la JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES , para el cumplimiento y desarrollo de labores de: Vigilancia, Control y Sanciones. • La JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES , elaborará sus propios Estatutos y Reglamentos para un mejor desempeño de sus funciones, velando por el cabal cumplimiento de toda Normatividad Vigente en materia de PROTECCION ANIMAL en el Municipio, cuyo carácter será ante todo Educativo. • Las reuniones de la JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES , será 1 vez cada 2 meses.

  8. ALCANCES: DECRETO DAM 123 DE MAYO DE 2006 • Los Dineros recaudados por imposición de Multas y sanciones por Violación a las Normas de Protección Animal Existentes, serán destinados por la Tesorería Municipal a un Fondo Especial, para promover programas Educativos que propendan por el Respeto y la Protección de los Animales en el Municipio, en coordinación con la JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES , así mismo también se podrán consignar a este Fondo los: Recursos, Recaudos, Auxilios, Donaciones y Demás Ingresos que se destinen para tal finalidad. • La JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES , Funcionará Anualmente con el Presupuesto Designado por el Ejecutivo Municipal, previa aprobación del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, afectando el Rubro del Despacho Municipal o al que se considere pertinente, y será equivalente a 25 S.M.M.L.V. • El Sr. Tesorero Municipal estará Facultado para iniciar Procesos Coactivos a Personas o Entidades que les sean impuestas Multas en ésta Materia y No efectúen el pago oportuno de las mismas.

  9. FOTOGRAFIAS VARIAS ALUSIVAS A MALTRATO Y GRAN NECESIDAD DE LA PROTECCION ANIMAL MPAL.

  10. FOTOGRAFIAS VARIAS ALUSIVAS A MALTRATO Y GRAN NECESIDAD DE LA PROTECCION ANIMAL MPAL.

  11. FOTOGRAFIAS VARIAS ALUSIVAS A MALTRATO Y GRAN NECESIDAD DE LA PROTECCION ANIMAL MPAL.

  12. Información variada del Proceso • 1) LA ADMINISTRACION MUNICIPAL, ATRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y FOMENTO - “SAF”, EN CUMPLIMIENTO DEL DECRETO DAM 123 DE MAYO 31 DE 2006, ASIGNÓ UN RUBRO DE $50’000.000=, PARA INICIAR EN EL AÑO 2007 LA OPERATIVIZACION DE TRABAJOS DE LA JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES, LOS CUALES HAN SIDO DISTRIBUIDOS DE LA SIGUIENTE FORMA, PARA EL APOYO DE LAS 3 ONG’S CO – GESTORAS DEL PROCESO: ARCA DE NOE,APAM Y ECOAMBIENTAL: • ADQUISICIÓN DE ALIMENTO CONCENTRADO PARA LOS 3 REFUGIOS: $11’999.990= • ADQUISICIÓN DE DROGA VETERINARIA PARA LOS 3 REFUGIOS: $12’000.000= • CAMPAÑA EDUCATIVA - PUBLICITARIA: $ 10’000.000= • CONTRATACION DEL MEDICO VETERINARIO ZOOTECNISTA (MVZ), DR. MARIO FERNANDO GARZON POR 4 MESES, PARA ATENCION EXCLUSIVA DE LA JUNTA: $ 3’600.000= • ACCIONES COMPLEMENTARIAS PERTINENTES DE LA JUNTA: $12’400.010= (Alimentación).

  13. Información variada del Proceso • 2) SE HA RECIBIDO EL APOYO IRRESTRICTO POR PARTE DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, PARA QUE ANTES DE QUE SE TERMINE LA PRESENTE VIGENCIA 2.007, SE ELEVE EL DECRETO DAM 123 DE MAYO DE 2006 A ACUERDO MUNICIPAL, LO CUAL AFINAZA, GARANTIZA Y DA SOSTENIBILIDAD EFECTIVA A LA JUNTA MUNICIPAL DEFENSORA DE ANIMALES, A CORTO – MEDIANO Y LARGO PLAZO. • 3) GRADUALMENTE SE DEBEN IR ABORDANDO TEMAS NO SOLO DE CANINOS, FELINOS Y EQUINOS EN MATERIA DE PROTECCION ANIMAL, SINO OTRAS ACTIVIDADES DE SUMA IMPORTANCIA COMO: FAUNA SILVESTRE (DECOMISOS Y VIGILANCIA EN COORDINACION CON LA CVC LOCAL), ACTIVIDADES DE PREVENCION, PROTECCION Y RECUPERACION ANIMAL EN LA ZONA RURAL, CAPACITACIONES MASIVAS URBANO – RURALES EN CULTURA CIUDADANA ANIMAL, REGULACIÓN DE CABALGATAS, CONTROL DEL TEMA “PERROS PELIGROSOS” LO CUAL TIENE SU PROPIA NORMATIVIDAD, ESTERILIZACIONES A CANINOS Y FELINOS CALLEJEROS, SANEAMIENTO PÚBLICO ANIMAL, etc..

  14. ASÍ PODEMOS MIRAR LOS ANIMALES CON AMOR, CON RESPETO Y LOGRANDO UN AMBIENTE PACIFICO PARA ELLOS. Y NO SOLO LAS AUTORIDADES CIVILES SERÁN NUESTRO APOYO, TAMBIÉN LA POLICÍA, LOS MILITARES, LA MISMA COMUNIDAD QUE AMA LOS ANIMALES SERÁN SUS GUARDINES DONDE HAY UN MALTRATADOR HAY DIEZ DEFENSORES. “ !!! SIN VIOLENCIA CONTRA LOS ANIMALES, LOGRAREMOS LA PAZ CON EL HOMBRE ¡¡¡ “. Expresamos nuestra sincera voz de agradecimiento a: Nuestro Alcalde Municipal Licenciado. John Harold Suárez Vargas Secretario de Agricultura y Fomento SAF Dr. Darío Hernando Hidalgo Piamba Profesional Universitario SAF Dr. Fernando José Gutiérrez Estrada Al MVZ Mario Fernando Garzón – Adscrito al Comité de protección Animal. Secretario Municipal de Salud Médico. Héctor Fabio Arango Piedrahita Secretario de Gobierno Municipal Dr. Henry Campo González Teniente CBV Harold Humberto Alzate Tejada Coordinador CLOPAD Mpal. A las autoridades de Policía a cargo del T.C. Juan Francisco Peláez Al Sub. Teniente Jairo Farith Sierra A los Inspectores de policía: Ana Ma. Jiménez, Néstor Díaz y Adriana Moreno. A los medios de Comunicación: Señal Buga TV, Emisoras: Voces de Occidente, y Radio Guadalajara y a los Semanarios Regionales“El Periódico” y El Tabloide”.

  15. ¡¡¡ CADA CONTRIBUCIÓN CUENTA • MUCHAS GRACIAS • POR LA ATENCIÓN !!! • “JUNTA MUNICPAL DEFENSORA DE ANIMALES” • ALCALDÍA MUNICIPAL DE GUADALAJARA DE BUGA • ONG’S CO - GESTORAS: • ARCA DE NOE: MARÍA DEL PILAR MORENO V. • APAM: NINI JOHANNA MADRID E. • ECOAMBIENTAL: GERMAN ALONSO MARTINEZ T.

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