200 likes | 434 Views
Derechos reales y personales. Criterios de diferenciación. Material para el curso de Derechos Reales I Prof. Marco V. Alvarado Quesada. SEMEJANZA: EN PRINCIPIO SE OBSERVA UNA: AMBOS TIENEN CONTENIDO PATRIMONIAL. Criterios de diferenciación. 1) OBJETO INMEDIATO
E N D
Derechos reales y personales. Criterios de diferenciación Material para el curso de Derechos Reales I Prof. Marco V. Alvarado Quesada
SEMEJANZA: • EN PRINCIPIO SE OBSERVA UNA: AMBOS TIENEN CONTENIDO PATRIMONIAL
Criterios de diferenciación • 1) OBJETO INMEDIATO • DP: LO ES LA PERSONA DEL DEUDOR QUE CUMPLE PRESTACIÓN EN FAVOR DEL ACREEDOR • DR: ES LA COSA
Criterios de diferenciación • 2) MEDIATEZ O INMEDIATEZ: • DP: HAY RELACIÓN INDIRECTA ENTRE EL TITULAR DEL DERECHO Y DEL BENEFICIO QUE ÉSTE LE SIGNIFICA, YA QUE DEBE ESPERAR EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN. • DR: EL BENEFICIO ES OBTENIDO DIRECTAMENTE DE LA COSA
Criterios de diferenciación • 3) OPONIBILIDAD: • DP: SON RELATIVOS • DR: SON ABSOLUTOS
Criterios de diferenciación • 4) PUBLICIDAD • DP: POR SER RELATIVOS SON AJENOS A LA PUBLICIDAD • DR: POR SER ABSOLUTOS REQUIEREN NECESARIAMENTE DE ALGÚN GRADO DE PUBLICIDAD
Criterios de diferenciación • 5) POSESIÓN: • DP: SON AJENOS A LA POSESIÓN • DR: SE VINCULAN CON LA POSESIÓN O CON LOS ACTOS POSESORIOS
Criterios de diferenciación • 6) PRESCRIPCIÓN: • DP: LIBERATORIA O EXTINTIVA • DR: ADQUISITIVA, AUNQUE EN LOS DERECHOS REALES DE GOCE O DISFRUTE SOBRE COSA AJENA CABE LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
Criterios de diferenciación • 7) PERMANENCIA: • DP: REPRESENTAN UN CARÁCTER INSTANTÁNEO PUES EL MOMENTO DE OBTENCIÓN DEL BENEFICIO COINCIDE CON LA EXTINCIÓN DEL DERECHO • DR: IMPLICAN UNA SITUACIÓN DE PERMANENCIA O CONTINUIDAD CON RESPECTO AL BENEFICIO QUE ACUERDAN AL TITULAR
Criterios de diferenciación • 8) DURACIÓN: • DP: SON GENERALMENTE TEMPORARIOS • DR: PUEDEN SER PERPETUOS O TEMPORARIOS
Criterios de diferenciación • 9) INHERENCIA: • DP: ES AJENO A LA INHERENCIA • DR: ES TÍPICO DEL DERECHO REAL, YA QUE ESTE QUEDA ADHERIDO A LA COSA, MANTIENE EL IUS PERSEQUENDI, LO CUAL IMPLICA QUE PUEDE PERSEGUIR LA COSA SIN IMPORTAR CUAL PERSONA LA TENGA. GENERA UNA RELACIÓN DE INMEDIATEZ ENTRE LA PERSONA Y LA COSA.
Criterios de diferenciación • 10) IUS PERSEQUENDI: • DP: CARECE DE IUS PERSEQUENDI • DR: ES CONSECUENCIA DE SU INHERENCIA
Criterios de diferenciación • 11) IUS PREFERENDI: • DP: POR LO GENERAL, NINGÚN DEUDOR PUEDE INVOCAR NINGUNA PREFERENCIA, CON RELACIÓN A OTROS ACREEDORES POSTERIORES • DR: CONSECUENCIA DE LA INHERENCIA, IMPLICA EL DERECHO DE SER PREFERIDO EN EL EJERCICIO DEL DERECHO CON RESPECTO DE OTROS DERECHOS REALES DE IGUAL O DISTINTA NATURALEZA SOBRE LA MISMA COSA, POSTERIORMENTE CONSTITUIDOS, SEGÚN LA MÁXIMA PRIOR IN TEMPORE POTIOR IN JURE.
Criterios de diferenciación • 12) MUERTE DEL TITULAR: • DP: SE DIVIDEN ENTRE LOS HEREDEROS DE PLENO DERECHO Y EN ALGUNOS CASOS SE EXTINGUEN DEL TODO • DR: NO SE EXTINGUEN CON LA MUERTE, PASAN A LOS HEREDEROS DE UNA FORMA INDIVISA. SE EXCEPTUAN ALGUNOS FIGURAS COMO EL USUFRUCTO, USO Y LA HABITACIÓN EN LOS CUALES SE EXTINGUE CON LA MUERTE
Criterios de diferenciación • 13) RENUNCIA: • DP: EL ACREEDOR PUEDE RENUNCIAR A SUS DERECHOS EN BENEFICIO DEL DEUDOR • DR: EL TITULAR DE UN DERECHO REAL APLICA EL ABANDONO O RENUNCIA DE SU DERECHO
Criterios de diferenciación • 14) PÉRDIDA DE LA COSA: • DP: NO SE EXTINGUE AUNQUE DESAPAREZCAN TODOS LOS BIENES DEL DEUDOR • DR: SI SE PIERDE OPERA SU EXTINCIÓN
Criterios de diferenciación • 15) EXISTENCIA DE LA COSA: • DP: PUEDE RECAER SOBRE COSAS FUTURAS • DR: LA COSA TIENE QUE TENER EXISTENCIA ACTUAL
Criterios de diferenciación • 16) DETERMINACIÓN DE LA COSA • DP: PUEDE RECAER SOBRE COSAS DETERMINADAS O INDETERMINADAS • DR: DEBE RECAER SOBRE COSAS DETERMINADAS
Criterios de diferenciación • PRINCIPIOS : • DERECHOS REALES “PRIOR TEMPORE POTIER IURE” (ARTÍCULO 455 C.C.) • DERECHOS PERSONALES “PAR CONDITIO CREDITORUM” (ARTÍCULO 981 C.C.)