1 / 24

NUEVO PROGRAMA AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LPAB “Canje de pagarés”

NUEVO PROGRAMA AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LPAB “Canje de pagarés”. 15 de Julio de 2004. OBJETIVOS DEL NUEVO PROGRAMA. Objetivos del NUEVO PROGRAMA. Cumplir con el artículo 5 transitorio de la Ley del IPAB

moira
Download Presentation

NUEVO PROGRAMA AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LPAB “Canje de pagarés”

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. NUEVO PROGRAMA AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DE LA LPAB “Canje de pagarés” 15 de Julio de 2004

  2. OBJETIVOS DEL NUEVO PROGRAMA

  3. Objetivos del NUEVO PROGRAMA Cumplir con el artículo 5 transitorio de la Ley del IPAB Realizar las revisiones de gestión, de legalidad y de identidad de objeto, existencia y legitimidad Atender las recomendaciones de la Auditoría Superior de la Federación Recuperar, en beneficio del fisco, un monto de más de la mitad de las obligaciones de pago originales del PCCC

  4. ANTECEDENTES:PROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA DE CARTERA (PCCC)

  5. ANTECEDENTESPROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA DE CARTERA (PCCC) Objetivo y Descripción del PCCC • El objetivo central del programa fue proteger el patrimonio de los ahorradores e impedir el colapso del sistema de pagos. • El PCCC se diseñó durante la crisis económica de 1995 para incentivar a los accionistas de los bancos a capitalizar sus instituciones; a cambio, el Fobaproa adquirió derechos de cobro de cierta cartera. • En términos generales por cada dos pesos de cartera los accionistas aportaban 1 peso de capital. • Como pago por la adquisición de estos flujos el Fobaproa suscribió documentos con vencimiento a 10 años con garantía del Gobierno Federal. • Desde el origen y con la finalidad de que las instituciones absorbieran una parte del costo total del programa se estableció el denominado Programa de Pérdidas Compartidas en el que las instituciones participan con un 25%.

  6. ANTECEDENTESPROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA DE CARTERA (PCCC) • Con base en las reglas de elegibilidad definidas en el programa cada banco seleccionó la cartera originadora de flujos. • Durante las revisiones de calificación y provisionamiento de cartera se detectaron faltantes de reservas que se cubrieron a través del Esquema de Incentivos. • Para que los objetivos originales del programa se cumplieran, el Comité Técnico del Fobaproa modificó sus criterios de elegibilidad de créditos ante una situación económica en deterioro. • De los 24 bancos que recibieron apoyo solo 4 permanecieron en el programa (PCCC).

  7. OBSERVACIONES DE LA ASF

  8. Monto de las observaciones pendientes de la ASF al PCCC (Montos Históricos) Conceptos Millones de Pesos $27,226.10 Monto total de las observaciones pendientes Menos: Créditos en litigio $20,350.40 $1,880.20 Menos: Intereses moratorios $2,854.80 Créditos Relacionados (tendrían efectos económicos) $2,140.70 Créditos menores (se “encapsulan”) Observaciones de la ASF al PCCC Derivado de la Revisión a la Cuenta Pública de 2000, 2001 y 2002, la ASF realizó observaciones-recomendaciones al PCCC. A la fecha queda un monto original histórico no solventado de $27,226.1 millones de pesos La mayoría de las observaciones de la ASF han sido solventadas, y la problemática derivada de las observaciones aún pendientes será atendida como sigue:

  9. Atención a las Observaciones de la ASF al PCCC Créditos en litigio. Se obliga a los bancos a responder por créditos donde el poder judicial determine que no tenían la titularidad. 2. Intereses moratorios. Las observaciones y sus recomendaciones en algunos casos fueron solventadas por la ASF y en otros desestimadas como no procedentes por la SFP. 3. Créditos relacionados. Los bancos pagaron ($9,477 millones de pesos) el costo de aquellos créditos otorgados a partes relacionadas cuya designación en el PCCC no fue aprobada por el Comité Técnico del Fobaproa. 4. Créditos menores. El importe que subsiste es menor a lo observado, el cual fue afectado por los bancos a un fideicomiso de administración y ejecución en tanto se solventa la observación de la ASF, se disminuye su monto o bien la autoridad competente resuelve lo conducente.

  10. NUEVO PROGRAMA

  11. Procedimiento del NUEVO PROGRAMA • La mecánica para la realización del Nuevo Programa debe apegarse a un procedimiento previamente establecido en el artículo Quinto Transitorio de la LPAB. • En atención a este artículo, el Fobaproa permaneció en operación únicamente para administrar las operaciones del PCCC y dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo Séptimo Transitorio a fin de que concluyeran las auditorias ordenadas por la Cámara de Diputados (Michael W. Mackey). • Concluidas estas auditorías, las Instituciones podían optar por terminar la relación jurídica con el Fobaproa, en cuyo caso, el IPAB debería entregar una obligación de pago que cubriera los derechos de cobro de la cartera objeto del PCCC. • Estos requisitos ya se cumplieron y los bancos optaron por terminar los contratos celebrados con el Fobaproa y celebrar los contratos relativos al Nuevo Programa con el IPAB.

  12. Procesos judiciales en torno al NUEVO PROGRAMA

  13. PROCESOS JUDICIALES EN TORNO ALNUEVO PROGRAMA • Durante 2002 la Junta de Gobierno del IPAB acordó la formalización del Nuevo Programa y notificó a los bancos los procedimientos para hacerlo. • Los bancos promovieron demanda de amparo en contra de las revisiones planteadas por la Junta de Gobierno del IPAB y de sus Términos de Referencia. • El 11 de septiembre de 2003 se les concede el amparo a las Instituciones ante lo cual el IPAB presenta recurso de revisión. • El 1 de junio de 2004 la Suprema Corte de Justicia ejerció su facultad de atracción sobre este caso.

  14. SE REMUEVEN LOSOBSTÁCULOS

  15. SE REMUEVEN LOS OBSTÁCULOS • El IPAB y los bancos celebraron los actos jurídicos necesarios para dejar sin materia las demandas. Pago al vencimiento 2005-06 Contratos del Nuevo Programa R E V I S I O N E S F I R M A D E L N U E V O P R O G R A M A Instrumentos no relacionados con observaciones de la ASF. ó Prepago en “tramos” Pagos de relacionados Ajustes por Revisiones Fideicomiso de Ejecución y Garantía “Encapsulamiento” Emisión de Instrumentos Retiro de las demandas de amparo Hasta que la ASF solvente, disminuya su monto, o la autoridad competente resuelva lo conducente. Instrumentos a fideicomitir relativos a créditos menores Fideicomiso relativo a créditos menores ($7,010 millones de pesos)

  16. FORMALIZACIÓN DELNUEVO PROGRAMA

  17. Revisiones relativas al NUEVO PROGRAMA Revisión a la Gestión

  18. Revisiones relativas al NUEVO PROGRAMA Revisión a la Legalidad

  19. Revisiones relativas al NUEVO PROGRAMA Revisión de Identidad de Objeto y de Existencia y de Legitimidad

  20. SUSTITUCIÓN POR ACTIVOS DE ALTA CALIDAD

  21. Dada la fortaleza de las instituciones financieras los activos sustitutos que deban designarse serán preferentemente efectivo o créditos a cargo del propio IPAB. Sustitución por activos de alta calidad

  22. 30% - $ 223,025 Monto del pagaré bruto PCCC - Créditos Relacionados Cobranza 22% = Nuevo Programa Pérdidas Compartidas Esquemas de Incentivos $ 107,206 (Cifras en millones de pesos al 31 de marzo de 2004) Recuperación de recursos: NUEVO PROGRAMA

  23. RESULTADOS DELNUEVO PROGRAMA

  24. RESULTADOS DEL NUEVO PROGRAMA • Se efectuarán las Revisiones de los créditos del PCCC que serán materia del Nuevo Programa, dándose por terminados, en consecuencia, los procesos judiciales involucrados que impedían su realización. • Se atiende la problemática derivada de las observaciones-recomendaciones de la ASF relacionadas con el PCCC. • Se recuperarán 116 mil millones que incluyen la recuperación de cartera, la compartición de pérdidas y 9.5 mil millones de pesos que los bancos abonan por los créditos relacionados no aprobados por el Comité Técnico del Fobaproa. • Se da cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Protección al Ahorro Bancario. • Podrá haber recuperaciones adicionales de recursos derivadas de los resultados de las Revisiones.

More Related