370 likes | 654 Views
Transparencia, ética y rendición de cuentas . Dr. Jesús Rodríguez Zepeda 22 de junio de 2012. Esquema de exposición. Transparencia, ética y rendición de cuentas Curso de cinco horas dirigido a Servidores públicos federales I. Modelos políticos antiguo y medieval de información cerrada
E N D
Transparencia, ética y rendición de cuentas Dr. Jesús Rodríguez Zepeda 22de junio de 2012
Esquema de exposición Transparencia, ética y rendición de cuentas Curso de cinco horas dirigido a Servidores públicos federales I. Modelos políticos antiguo y medieval de información cerrada Arcana Imperii Arcana Ecclesiae II. El modelo antiguo de publicidad Isonomía Isegoría Democracia y ciudadanía III. El Estado y la razón de Estado El argumento de Maquiavelo Crítica de la razón de Estado IV. El concepto moderno de publicidad El fundamento liberal de la publicidad El Estado liberal-mandatario El valor de la privacidad El principio kantiano de publicidad Determinación de lo público El principio de publicidad en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos V. Bases constitucionales para una ética pública Valores públicos y valores no públicos La presencia pública de la religión Los valores de la Constitución Cada unidad será tratada en un tiempo aproximado de una hora Bibliografía Merino, Mauricio, La importancia de la ética en el análisis de las políticas públicas, en Revista del CLAD Reforma y democracia, núm. 41, junio del 2008. Rabotnikof, Nora, En busca de un lugar común. El espacio público en la teoría política contemporánea, UNAM, México, 2005. (Capítulos I, VII y VIII). Rodríguez Zepeda, Jesús, Estado y transparencia. Un paseo por la filosofía política, IFAI, Cuadernos de Transparencia, México, 2006.
Arcana Imperii Tácito (55-120) dio el nombre de arcana imperii a estas piezas del saber, a los misterios de la política. Arcana (de una raíz indo-europea: arek) significa secreto, algo que se retiene o que se guarda. 1. Arcana imperiino se refiere sólo a secretos del imperio o del Estado, sino a verdades que son misterios insondables de la política. 2. Los arcana imperiino se reducen a información llana sobre las cuestiones públicas, sino a información selecta, privilegiada, que define como sujeto de poder a quien la posee y administra. 3. La posesión o el acceso a los arcana imperiiinviste de poder a sus sujetos. 4. No se trata de una relación cognoscitiva (saber más que otros), sino de una relación política (dominar o gobernar a otros en razón de ese saber).
Arcana Imperii: ayer y hoy Norberto Bobbio: “… en la categoría de los arcana están comprendidos dos fenómenos diferentes aunque estén estrechamente vinculados: el fenómeno del poder oculto o que se oculta y el del poder que oculta, es decir, que esconde escondiendo. El primero comprende el tema clásico del secreto de Estado, el segundo abarca el tema igualmente clásico de la mentira lícita y útil…” (El futuro de la democracia)
Isonomía Igualdad ante la ley “Una precondición necesaria para el establecimiento de la democracia era que también se estableciera la isonomía, es decir, el principio de igualdad ante la ley (…) El poder político popular se basaba en el reconocimiento de la igualdad de todos los ciudadanos frente a la ley, y la democracia era también la garantía de que se preservaría esa igualdad” (Arblaster: Democracia)
Isegoría Isegoría Derecho de cada ciudadano de expresarse en el ágora o foro público. No es un derecho abstracto, sino una práctica de participación política que se identifica con la idea misma de democracia: “Isegoría, el derecho universal de hablar en la Asamblea, fue en ocasiones empleado por los escritores griegos como sinónimo de «democracia». Y la decisión se alcanzaba por el simple voto mayoritario de los presentes” (Finley: Democracia: antigua y moderna)
Arcana Ecclesiae La Edad Media es dominada por la razón eclesiástica o teológica, una razón en última instancia inescrutable para los mortales por estar anidada en la naturaleza misma de Dios.Sólo la jerarquía eclesiástica tiene acceso al saber de la religión y la política.
Derecho divino de los reyes La doctrina del derecho divino de los reyes, que es la expresión, en el orden social, de una representación del mundo completamente jerarquizada sobre la base de creencias trascendentales y creacionistas, afirmaba la preeminencia política de una aristocracia militar y feudal siempre y cuando ésta hubiese sido validada por la jerarquía religiosa.
El Estado • El Estado Nicolás Maquiavelo (1469-1527) el primer pensador relevante que utilizó el concepto de Estado (Stato) en el sentido de un poder político centralizado desplegado en un territorio y capaz de ejercer su decisión o soberanía. Realismo político Separación entre moral y política
La razón de Estado Francesco Guicciardini(siglo XVI) sostenía que “… el poder político no puede ser ejercido según los dictados de la buena conciencia” y que “Cuando he hablado de asesinar o mantener en prisión a los pisanos, quizás no lo he hecho como cristiano, sino que he hablado de acuerdo con la razón y la práctica de los estados”. Maquiavelo habló de la “necesidad”, es decir, de la obligación de un gobernante de aprender a no ser bueno según lo que se presente como obligatorio para obtener o conservar el poder: “… es necesario que todo príncipe que quiera mantenerse aprenda a no ser bueno, y a practicarlo o no de acuerdo a la necesidad”. • 1589: Giovanni Botero: Della ragione di Stato : inicia el uso crítico de la noción de Razón de Estado. • 1924: FriedrichMeinecke: La idea de la razón de Estado en la Edad Moderna (en inglés: Machiavelism). El Estado es un organismo. • Razón de Estado: “El Estado tiene una tendencia orgánica, natural, a crecer y consolidarse, para lo cual ha de poder usar la violencia y cualquier otro medio, transgrediendo la moral y el derecho; o bien redefiniendo estos conforme al propio interés político.
Razón de Estado y control de la información Thomas Hobbes: El Leviatán (1647): “… es inherente a la soberanía el ser juez acerca de qué opiniones y doctrinas son adversas y cuáles conducen a la paz; y por consiguiente, en qué ocasiones, hasta qué punto y respecto de qué puede confiarse en los hombres, cuando hablan a las multitudes, y quién debe examinar las doctrinas de todos los libros antes de ser publicado.”
Crítica de la razón de Estado • Desprecio de la ética y el derecho • Transformación del poder en un fin en sí mismo. • Identificación del gobernante con el Estado • Negación y sacrificio de las libertades y derechos de los ciudadanos
La herencia de John Locke: el liberalismo político • Teoría de los derechos del hombre • Teoría del Estado limitado • Teoría del gobierno representativo y mandatario
El Estado y lo privado • el Estado es un “mal necesario”, cuyos límites deben estar siempre claros y precisos para evitar la violación de los derechos fundamentales de los individuos. El Estado no crea derechos ni intereses; sólo tiene que representarlos y protegerlos.
Lo público (según el Liberalismo) Instrumento de lo privado Mal necesario Riesgo para la libertad de los ciudadanos Espacio de la arbitrariedad Terreno de la corrupción inercial
Lo privado Grocio, Pufendorf, Locke: “… la sociedad fue creada con el propósito de proteger la suum” (lo de cada uno). Valor liberal máximo Espacio natural de la libertad Propiedad Libre expresión Derechos del hombre
Formas liberales de limitar al Estado • División de poderes (Pluralismo constitucional) • Elecciones periódicas • Rendición de cuentas institucionalizada • Mecanismos de contraloría • Legislaciones de acceso a la información y de publicidad de la acción del Estado, etc…
Crítica del argumento liberal • Sobreestimación de lo privado • Subestimación de lo público • La propiedad: nuevo Arcana Imperii • Indiferenciación de los particulares • Invisibilización de los poderes privados • Reducción del Estado a un instrumento de los “poderes salvajes” (Ferrajoli) • Captura del Estado por los poderes privados (corporaciones, capitales, clero, etcétera)
El principio kantiano de publicidad • Immanuel Kant ((1724-1804): “Son injustas todas las acciones que se refieren al derecho de otros hombres cuyos principios no soportan ser publicados”. - Principio de apertura informativa - Principio de legitimidad del gobernante
Constitución mexicana Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases: I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión. V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública serásancionada en los términos que dispongan las leyes.
Crítica del modelo mexicano de acceso a la información Perfil básicamente liberal: limita al Estado, pero deja manos libres a los particulares. Supone que la información valiosa y que afecta a los derechos sólo está en manos del Estado. No considera la legitimidad de que el Estado garantice el Derecho a la información a través de un discurso público democrático construido desde el Estado. Avance reciente: nueva ley : incluye la protección de datos personales respecto de entidades privadas (problema: escasa eficacia de la protección)
La ética pública ¿Qué debo hacer?
¿Qué es la ética? Significado etimológico de la ética La ética como costumbre Latín: mores = moralis = costumbre Moris = manera de vivir Griego: ethos= costumbre
La ética: cuestión de valores • Valor: Un valor es un juicio o una opinión acerca de la importancia o prioridad de una conducta, una cosa, una actitud o un proceso. Puede entenderse como perteneciente a las cosas o bien como propiedad del sujeto que lo sostiene. • Siempre es el resultado de un proceso social. Los valores, aunque se experimentan como propios e individuales, se forman socialmente y son resultado de la interacción social y lingüística. • Con frecuencia, la afirmación de un valor implica la negación de un antivalor: la decencia versus la indecencia; la honestidad versus la deshonestidad, la belleza versus la fealdad, etc. • Los valores pueden ser de diversa índole: éticos, estéticos, deportivos, políticos. • Los valores éticos tienen que ver con los juicios u opiniones acerca del comportamiento correcto.
Valores públicos y no públicos La presencia pública de la religión: ¿deben los valores religiosos expresarse en las leyes e instituciones de una sociedad?
Los códigos de ética ¿Qué norma? Debilidades frecuentes de los códigos de ética Repetición inane de tipos legales Recomendación de normas éticas irrelevantes o ridículas Conversión de códigos éticos particulares en códigos de las instituciones.
La ética de los funcionarios Valores de la Constitución: la libertad y autonomía individuales, la tolerancia, el pluralismo, la igualdad, la solución pacífica de los conflictos, el orden social, la seguridad, la legalidad, la rendición de cuentas de los gobernantes, la voluntad de la mayoría, el bien público, el bienestar general, el equilibrio entre interés general e interés particular, la educación científica y pública, etcétera.