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DE LAS DECLARACIONES DE DERECHOS AL COMPROMISO ACTIVISTA. Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas de 1946: Principio de no discriminación. Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948
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Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas de 1946: Principio de no discriminación. • Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948 • Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos y Pactos sobre Derechos Económicos, sociales y culturales 1966 • Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 1979 (ratificada por España en 1983) • Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (adoptada por la Asamblea General en 1993) • Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de 1986.
CONFERENCIAS MUNDIALES • I Conferencia de México de 1975 (coincide con el Año Internacional de la Mujer) • Objetivos: Igualdad plena de género y eliminación de discriminaciones por motivos de género. • Integración y plena participación de las mujeres en el desarrollo. • Contribución de la mujer al fortalecimiento de la paz mundial. • Plan de Acción. • Creación del Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer (INSTRAW) y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM)
CONFERENCIAS MUNDIALES II Conferencia Mundial sobre las Mujeres en Copenhague en 1980: • Disparidad entre derechos declarados y su efectividad real. • Educación, salud como motor de cambio. III Conferencia de Nairobi en 1985. Conferencia Mundial para el Examen y Logros del Decenio de Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, desarrollo y paz. • Medidas constitucionales y jurídicas. • Igualdad en la participación social. • Igualdad en la participación política y en la adopción de decisiones.
CONFERENCIAS MUNDIALES IV Conferencia Mundial sobre la Mujeres de Pekín 1995: • Concepto de género. • Empowerment o empoderamiento • Plan de Acción. • Mujeres con discapacidad. ÁMBITO EUROPEO Tratado de Roma de 1957: • Art. 119. Igual retribución de hombres y mujeres (Directivas) Tratado de Ámsterdam de 1999: • Art 2, art. 3.2. y art. 141 Se ha incluido la potenciación de la igualdad entre el hombre y la mujer en la enumeración de las misiones atribuidas a la Comunidad.
Carta de Derechos Fundamentales de Niza de 2000: • Art. 23: Igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, protección frente al despidos de trabajadoras por causa de maternidad (no aborda el tema de la violencia de género) PROGRAMAS SOBRE IGUALDAD EN EL MARCO DE LA UNIÓN EUROPEA • Programas de Igualdad de Oportunidades • Comité Consultivo de Igualdad de Oportunidades. • Programa EQUAL • Programa DAPHNE • Programa PROGRESS • Informes sobre igualdad de oportunidades
LÍMITES DE LA POLÍTICA DE LA UNIÓN EUROPEA • La política de género de la UE se basa en un concepto excesivamente formal y estrecho de igualdad que apenas tiene en cuenta las diferencias en las circunstancias sociales y materiales de mujeres y hombres, y no puede tratar de forma eficaz los orígenes estructurales de la discriminación hacia las mujeres. La política de género de la UE se centra en el empleo. En otras materias no relacionadas directamente con el empleo, como la distribución de las responsabilidades entre los sexos, el cuidado de los/as hijos/as o la violencia sexual, casi no existen normas obligatorias.
POLÍTICAS DE IGUALDAD EN EL ESTADO ESPAÑOL • Superación del modelo preconstitucional. • Eliminación del permiso marital. • No basta el reconocimiento legal: Medidas positivas. • 1983 Instituto de la Mujer (Ley 16/1983) hasta entonces con el gobierno de UCD sólo había existido una Subdirección General de la Condición Femenina dependiente del Ministerio de Cultura y Bienestar Social, en sustitución de la Sección Femenina. • I y II Planes de Igualdad de Oportunidades (1988/1990 y 1993/1995) • III y IV Planes de Igualdad de Oportunidades (1997/2000 y 2003/2006) • Institutos de la Mujer en el ámbito autonómico (en Andalucía se crea el IAM en 1988) • Feminismo institucional, feminismo de estado o femocracia
MARCO LEGAL INTERNACIONAL Normas Uniformes sobre la IO para las personas con discapacidad (Asamblea General. NN.UU., 1993): • Invisibiliza el género. • Art. 6: Reconocimiento de múltiples discriminaciones de niñas y mujeres con discapacidad. • Art. 28: Protección social y garantizar dchos. de niñas, jóvenes y mujeres mayores.
MARCO LEGAL ESTATAL (discapacidad) Ley 51/2003 de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. • Art. 8: Justificación medidas de acción positiva para eliminar las discriminaciones por discapacidad, especialmente en mujeres I Plan Nacional de Accesibilidad (2004-2012) II Plan de Acción para Personas con Discapacidad (2003-2007) Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (2006)
NACIONAL (igualdad género) Programas o Planes de igualdad de oportunidades: Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades (2008-2011) Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
OTROS INTERNACIONAL Manifiesto de las Mujeres del Foro Europeo de la Discapacidad NACIONAL Plan Integral de Acción para mujeres con discapacidad (2005 2008) I Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad 2007 I Plan de Acción Integral para mujeres con discapacidad de Andalucía (PAIMDA2008-2013)