440 likes | 1.04k Views
UNIDAD II. HECHOS Y ACTOS JURIDICOS. HECHOS JURIDICOS. SON LOS ACONTECIMIENTOS SUSCEPTIBLES DE PRODUCIR ALGUNA ADQUISICION, MODIFICACION, TRANSFERENCIA O EXTINCION DE LOS DERECHOS U OBLIGACIONES. HECHOS JURIDICOS. CLASIFICACION: HUMANOS: VOLUNTARIOS: LICITOS
E N D
UNIDAD II HECHOS Y ACTOS JURIDICOS
HECHOS JURIDICOS • SON LOS ACONTECIMIENTOS SUSCEPTIBLES DE PRODUCIR ALGUNA ADQUISICION, MODIFICACION, TRANSFERENCIA O EXTINCION DE LOS DERECHOS U OBLIGACIONES.
HECHOS JURIDICOS • CLASIFICACION: • HUMANOS: VOLUNTARIOS: LICITOS ILICITOS INVOLUNTARIOS. • NATURALES
HECHOS JURIDICOS • LOS HUMANOS SON ORIGINADOS POR LA ACTIVIDAD DEL HOMBRE. LOS NATURALES ACAECEN CON INDEPENDENCIA DE LA ACTIVIDAD HUMANA.
HECHOS JURIDICOS • LOS HECHOS HUMANOS SE JUZGAN VOLUNTARIOS SI SON EJECUTADOS CON DISCERNIMIENTO, INTENCION Y LIBERTAD. SI FALTA ALGUN ELEMENTO, EL AUTOR DEL HECHO CARECE DE RESPONSABILIDAD Y SE REPUTA COMO UN HECHO INVOLUNTARIO.
HECHOS JURIDICOS • LOS VOLUNTARIOS SON LICITOS E ILICITOS. SON ACTOS LICITOS, LAS ACCIONES VOLUNTARIAS NO PROHIBIDAS POR LA LEY. SON ILICITOS LOS HECHOS DESPLEGADOS CONTRA LA LEY. • A SU VEZ SE PUEDEN SUBDIVIDIR EN DELITOS (DOLO) Y CUASIDELITOS (CULPA).
HECHOS JURIDICOS • LOS HECHOS VOLUNTARIOS LICITOS SE DIVIDEN SEGÚN TENGAN POR FINALIDAD PRODUCIR UN EFECTO JURIDICO O NO. LOS PRIMEROS SE DENOMINAN ACTOS JURIDICOS Y LOS SEGUNDOS SIMPLES ACTOS. ( PRACTICA DE DEPORTES).
HECHOS JURIDICOS • LOS NATURALES SON LOS QUE ACAECEN SIN INTERVENCION DEL HOMBRE. • EJEMPLO: EL GRANIZO QUE DESTRUYE UNA COSECHA PUEDE HACER NACER EL DERECHO A UNA INDEMNIZACION A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS.
ACTOS JURIDICOS • SON ACTOS JURIDICOS LOS ACTOS VOLUNTARIOS LICITOS QUE TENGAN POR FIN INMEDIATO ESTABLECER ENTRE LAS PERSONAS RELACIONES JURIDICAS, CREAR, MODIFICAR, TRANSFERIR, CONSERVAR O ANIQUILAR DERECHOS.
ACTOS JURIDICOS • ELEMENTOS ESENCIALES: • SUJETO, OBJETO Y FORMA. • SUJETO: SON LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ACTO O NEGOCIO JURIDICO. PUEDE QUE ACTUEN A TRAVES DE REPRESENTANTES LEGALES ( PATRIA POTESTAD) O VOLUNTARIOS ( MANDATO). • TAMBIEN PUEDEN PARTICIPAR TERCEROS ( ESCRIBANOS, TESTIGOS) QUE NO RESULTAN ALCANZADOS POR EL MISMO.
ACTOS JURIDICOS • OBJETO: ES LA MATERIA SOBRE LA CUAL RECAE, O A LA CUAL TIENDE LA VOLUNTAD DEL SUJETO.
ACTOS JURIDICOS • OBJETO: ART 953 CC. • “EL OBJETO DE LOS ACTOS JURIDICOS DEBEN SER COSAS QUE ESTEN EN EL COMERCIO, O QUE POR UN MOTIVO ESPECIAL NO SE HUBIESE PROHIBIDO QUE SEAN OBJETO DE ALGUN ACTO JURIDICO, O HECHOS QUE NO SEAN IMPOSIBLES, ILICITOS, CONTRARIOS A LAS BUENAS COSTUMBRES O PROHIBIDOS POR LAS LEYES, O QUE SE OPONGAN A LA LIBERTAD DE LAS ACCIONES O DE LA CONCIENCIA, O QUE PERJUDIQUEN LOS DERECHOS DE UN TERCERO. LOS ACTOS JURIDICOS QUE NO SEAN CONFORME A ESTA DISPOSICION SON NULOS COMO SI NO TUVIESEN OBJETO”
ACTOS JURIDICOS • FORMA: ES EL CONJUNTO DE PRESCRIPCIONES DE LA LEY RESPECTO DE LAS SOLEMNIDADES QUE DEBEN O NO CUMPLIRSE AL TIEMPO DE LA FORMACION DEL ACTO JURIDICO.
ACTOS JURIDICOS • ELEMENTOS NATURALES Y ACCIDENTALES. • SON ELEMENTOS NATURALES LOS QUE REGULARMENTE SE LIGAN AL ACTO O NEGOCIO POR CORRESPONDER A SU SUSTANCIA. • SE ENCUENTRAN IMPLICITOS AUNQUE NO SE EXPRESEN, COMO LA GARANTIA DE EVICCION Y VICIOS REDHIBITORIOS.
ACTOS JURIDICOS • ELEMENTOS ACCIDENTALES: • CONDICION • PLAZO • CARGO
ACTOS JURIDICOS • CONDICION: SUPONE LA SUBORDINACION DE LA ADQUISICION O EXTINCION DE UN DERECHO A LA OCURRENCIA DE UN ACONTECIMIENTO FUTURO E INCIERTO.
ACTOS JURIDICOS • CONDICION: • SUSPENSIVA: CUANDO SE SUBORDINE LA ADQUISICION DE UN DERECHO A UN EVENTO INCIERTO ( DONACION CUANDO TENGA UN HIJO) • RESOLUTORIA: CUANDO LA OCURRENCIA DE UN SUCESO DETERMINE LA PERDIDA O EXTINCION DE UN DERECHO( PODER USAR UN INMUEBLE HASTE QUE EL HIJO SE CASE)
ACTOS JURIDICOS • CONDICION: • CASUAL: EL SUCESO ES INDEPENDIENTE DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES EN FORMA TOTAL ( SI EN TAL MOMENTO CAE GRANIZO) • POTESTATIVA: DEPENDEN EN GRAN MEDIDA DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES ( SI DECIDO INGRESAR A UNA ORDEN RELIGIOSA) • MIXTA: EL SUCESO DEPENDE EN PARTE DE LA VOLUNTAD Y EN PARTE DE CIRCUNSTANCIAS EXTRAÑAS A ELLA( SI EN EL FUTURO TENGO HIJOS)
ACTOS JURIDICOS • PLAZO: SUPONE POSTERGAR EN EL TIEMPO EL EJERCICIO DE UN DERECHO HASTA LA OCURRENCIA DE UN ACONTECIMIENTO FUTURO Y CIERTO. • CIERTO: SE CONOCE FECHA EXACTA. • INCIERTO: SE SABE QUE HA DE OCURRIR, PERO SE CARECE DE PRECISION EXACTA.
ACTOS JURIDICOS • PLAZO: • SUSPENSIVO: EL DERECHO SE HACE EXIGIBLE DESDE ESE MOMENTO ( SE PACTA EL PAGO DE UNA SUMA A PARTIR DE ESE MOMENTO) • EXTINTIVO: AL CABO DE UN TIEMPO SE PRODUCE LA EXTINCION DE UN DERECHO ( LA MUERTE DE UNA PERSONA POR LA QUE SE CONSTITUYO UNA RENTA VITALICIA)
ACTOS JURIDICOS • CARGO: • ES UNA OBLIGACION DE CARÁCTER ACCESORIO QUE ES IMPUESTA A QUIEN ADQUIERE UN DERECHO. • ( QUINTA DE OLIVOS)
ACTOS JURIDICOS • FORMALES Y NO FORMALES. • FORMALES: CUYA VALIDEZ Y EFICACIA DEPENDEN DE SU CELEBRACION BAJO LA FORMA DETERMINADA POR LA LEY (INMUEBLES) • NO FORMALES: LA LEY NO SEÑALA FORMA DETERMINADA.
ACTOS JURIDICOS • FORMALES: • SOLEMNES: LA FORMA ES EXIGIDA COMO REQUISITO INEXCUSABLE DE LA VALIDEZ DEL ACTO. ( INCUMPLIMIENTO=NULIDAD) • NO SOLEMNES: LA OMISION DETERMINA LA NULIDAD PERO NO IMPIDE PRODUCIR OTROS EFECTOS JURIDICOS.
ACTOS JURIDICOS • INSTRUMENTOS PRIVADOS: • SIN INTERVENCION DE OFICIAL PUBLICO. • NO SOMETIDOS A FORMALIDADES. • PUEDEN SER FIRMADOS CUALQUIER DIA. • NO ES INDISPENSABLE CONSIGNAR EL DOCUMENTO, NI LUGAR, NI NOMBRE. • IMPRESO EN MANUSCRITO O IMPRESO, SALVO LA FIRMA. • REDACTADOS EN IDIOMA NACIONAL O EXTRANJERA. • PUEDEN LLEVAR O NO FECHA.
ACTOS JURIDICOS • INSTRUMENTO PRIVADO: • DOS LIMITACIONES: • FIRMA: NOMBRE Y APELLIDO • MULTIPLE EJEMPLAR: TANTOS EJEMPLARES COMO PARTES HAY.
ACTOS JURIDICOS • INSTRUMENTO PUBLICO: • SON LOS OTORGADOS CON INTERVENCION DE UN OFICIAL PUBLICO CON LAS FORMALIDADES QUE LA LEY ESTABLECE. • SE LES ATRIBUYE AUTENTICIDAD Y POSEEN FUERZA EJECUTIVA.
ACTOS JURIDICOS • REQUISITOS DE DOCUMENTOS PUBLICOS: • 1-INTERVENCION DE UN OFICIAL PUBLICO. • 2-COMPETENCIA DEL OFICIAL PUBLICO. • 3- CUMPLIMIENTO DE LAS FORMALIDADES LEGALES.
ACTOS JURIDICOS • VICIOS: • DE LA VOLUNTAD: ERROR, IGNORANCIA, DOLO, VIOLENCIA. • PROPIOS DE LOS ACTOS JURIDICOS: • SIMULACION, FRAUDE Y LESION.
ACTOS JURIDICOS • ERROR: ES EL FALSO CONOCIMIENTO QUE SE TIENE DE UNA COSA. LA IGNORANCIA ES LA AUSENCIA DE CONOCIMIENTO ACERCA DE ALGO. • DE HECHO: EL ERROR RECAE SOBRE ALGUNA CIRCUNSTANCIA FACTICA. • DE DERECHO: PUEDE VERSAR SOBRE EL REGIMEN LEGAL APLICABLE.
ACTOS JURIDICOS • ERROR DE HECHO: • EXCLUYENTE: RECAE SOBRE LA NATURALEZA DEL ACTO CUMPLIDO O SOBRE LA IDENTIDAD DEL OBJETO. • ESENCIAL: VICIA LA VOLUNTAD DEL QUE LO PADECE. SOLO PUEDE SER INVOCADO SI ES EXCUSABLE. • ERROR DE DERECHO: LA IGNORACIA DE LAS LEYES NO SIRVE DE EXCUSA.
ACTOS JURIDICOS • DOLO: ART 931 CC • ACCION DOLOSA PARA CONSEGUIR LA EJECUCION DE UN ACTO ES TODA ASERCION DE LO QUE ES FALSO O SIMULACION DE LO VERDADERO, CUALQUIER ARTIFICIO, ASTUCIA O MAQUINACION QUE SE EMPLEE CON ESE FIN.
ACTOS JURIDICOS • DOLO: • DEBE SER GRAVE. • DETERMINANTE DEL OTORGAMIENTO DEL ACTO POR LA CONTRAPARTE. • HABER CAUSADO UN DAÑO IMPORTANTE. • NO DEBE TRATARSE DE DOLO RECIPROCO.
ACTOS JURIDICOS • FUERZA E INTIMIDACION: • CUANDO SE EJERCE VIOLENCIA FISICA SOBRE LA PERSONA, SE DENOMINA FUERZA. • CUANDO SE MANIFIESTA EL CONSENTIMIENTO BAJO EL IMPERIO DE UNA AMENAZA DE SUFRIR UN MAL INMINENTE, SE LLAMA INTIMIDACION.
ACTOS JURIDICOS • TEMOR REVERENCIAL: • SE LLAMA ASI AL TEMOR DE DESAGRADAR A CIERTAS PERSONAS A QUIENES SE DEBE RESPETO Y SUMISION. • NO ES CAUSA PARA ANULAR UN ACTO, AUNQUE SI SE UTILIZA DELIBERADAMENTE ES ANULABLE.
ACTOS JURIDICOS • SIMULACION: • TIENE LUGAR CUANDO SE ENCUBRE EL CARÁCTER JURIDICO DE UN ACTO BAJO LA APARIENCIA DE OTRO, O CUANDO EL ACTO CONTIENE CLAUSULAS QUE NO SON SINCERAS, O FECHAS QUE NO SON VERDADERAS, O CUANDO POR EL SE CONSTITUYEN O TRANSMITEN DERECHOS A PERSONAS INTERPUESTAS, QUE NO SON AQUELLAS PARA QUIENES EN REALIDAD SE CONSTITUYEN O TRANSMITEN.
ACTOS JURIDICOS • SIMULACION: • ABSOLUTA: CUANDO EL ACTO NO TIENE NADA DE REAL. • RELATIVA: CUANDO EL ACTO SIMULADO SE EMPLEA PARA DAR A UN ACTO JURIDICO UNA APARIENCIA QUE OCULTA SU VERDADERO CARÁCTER.
ACTOS JURIDICOS • FRAUDE: • CUANDO EL DEUDOR ENAJENA SUS BIENES, INSOLVENTANDOSE DE LA EJECUCION DE LOS ACREEDORES, SE CONFIGURA LA SITUACION DE FRAUDE Y SE HABILITA LA ACCION PAULATINA O REVOCATORIA, QUE SE CONCEDE A LOS ACREEDORES PERJUDICADOS POR EL FRAUDE PARA QUE LOS BIENES ENAJENADOS REINGRESEN AL PATRIMONIO DEL DEUDOR.
ACTOS JURIDICOS • LESION: • ES EL DAÑO QUE EN UN ACTO A TITULO ONEROSO SE DERIVA DE LA FALTA DE EQUIVALENCIAS ENTRE LO QUE SE DA Y LO QUE SE RECIBE. • TIENE LUGAR CUANDO UNA DE LAS PARTES EXPLOTANDO LA NECESIDAD, INEXPERIENCIA O LIGEREZA DE LA OTRA, OBTIENE UNA VENTAJA PATRIMONIAL EVIDENTEMENTE DESPORPORCIONADA E INJUSTA.
ACTOS JURIDICOS • NULIDAD: ES UNA SANCION LEGAL QUE PRIVA DE SUS EFECTOS PROPIOS A UN ACTO JURIDICO, EN VIRTUD DE UNA CAUSA EXISTENTE EN EL MOMENTO DE LA CELEBRACION.
ACTOS JURIDICOS • ACTOS NULOS Y ANULABLES: • EL ACTO NULO LLEVA EN SI UN VICIO MANIFIESTO QUE LO CONSTITUIRA EN TAL DE PLENO DERECHO. • UN ACTO ANULABLE CAERA LUEGO DE UNA INVESTIGACION JUDICIAL Y LA CORRESPONDIENTE SENTENCIA.
ACTOS JURIDICOS • SON NULOS: • OTORGADOS POR INCAPACES DE HECHO, ABSOLUTOS O RELATIVOS. • OTORGADOS POR INCAPACES DE DERECHO. • LOS QUE DEPENDEN DE AUTORIZACION JUDICIAL • LOS QUE CONTIENEN VICIOS DE ERROR, VIOLENCIA, FRAUDE O SIMULACION.
ACTOS JURIDICOS • ANULABLES: • CUANDO SUS AGENTES OBRAREN CON UNA INCAPACIDAD ACCIDENTAL O CUANDO NO FUERA CONOCIDAD SU INCAPACIDAD AL MOMENTO DE FIRMARSE, O CUANDO LA PROHIBICION DEL OBJETO NO FUESE CONOCIDA O CUANDO TUVIESEN UN VICIO DE ERROR Y FUESEN ANULABLES LOS RESPECTIVOS INSTRUMENTOS.
ACTOS JURIDICOS • NULIDAD ABSOLUTA Y RELATIVA: • ABSOLUTA: CUANDO SE ENTRA EN CONFLICTO CON EL ORDEN PUBLICO O LAS BUENAS COSTUMBRES. SE DECLARA DE OFICIO. • RELATIVA: PROTEGE UN INTERES PRIVADO O PARTICULAR. NO SE DECLARA DE OFICIO Y SE INTRODUCE A PETICION DEL INTERESADO.