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IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011

IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011. La recusación de los árbitros en el Reglamento de Arbitraje y en la práctica de la Corte de Arbitraje de la CCI Paul F.Arrighi. Normas del Reglamento. . Artículo 11 – Recusación de los árbitros

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IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011

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  1. IIIª Conferencia Latinoamericana de Arbitraje Asunción del Paraguay Junio 2011 La recusación de los árbitros en el Reglamento de Arbitraje y en la práctica de la Corte de Arbitraje de la CCI Paul F.Arrighi

  2. Normas del Reglamento . Artículo 11 – Recusación de los árbitros 1.- La demanda de recusación de un árbitro, fundada en una alegación de falta de independencia o en cualquier otro motivo, deberá presentarse ante la Secretaría mediante un escrito en donde se precisen los hechos y las circunstancias en que se funda dicha demanda. 2.- Para que sea admisible, la demanda de recusación deberá ser presentada por la parte interesada dentro de los 30 días siguientes a la recepción por ésta de la notificación del nombramiento o confirmación del árbitro, o dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que dicha parte fue informada de los hechos y las consecuencias en que funda su demanda, si dicha fecha es posterior a la recepción de la mencionada notificación. 3.- La Corte debe pronunciarse sobre la admisibilidad y, al mismo tiempo y si hubiere lugar a ello, sobre el fondo de la demanda de recusación, después que la Secretaría haya otorgado al árbitro en cuestión, la(s) otra(s) parte(s) y, si es del caso, a los demás miembros del tribunal arbitral la oportunidad de presentar sus comentarios por escrito dentro de un plazo adecuado. Dichos comentarios deberán ser comunicados a las partes y a los árbitros. . Artículo 7 – Disposiciones generales 4.- Las decisiones de la Corte con relación al nombramiento, confirmación, recusación o sustitución de un árbitro serán definitivas y las razones que las motivaron no serán comunicadas

  3. Normas mandatorias Son derogables estas normas por voluntad de las partes? . Planteo . Distinción con la relación con la ley de la sede del arbitraje . Conclusión y alcances: imposibilidad de nominar otra autoridad (el tribunal arbitral, juez nacional u otra autoridad). Robert H. Smit: Mandatory ICC Arbitration Rules (in Global Reflections on International Law, Commerce and Dsipute Resolution, Liber Amicorum in honour of Robert Brinner).

  4. Algunos datos estadísticos Lo que muestran . Pocas recusaciones . Pocas son aceptadas Razones . No criterio a priori favor árbitro . No criterio a priori restrictivo . Sistema de revelación confirmación y nombramiento (Control de la Corte, desestímulo a actuar existiendo impedimentos)

  5. El procedimiento • Caso por caso • Escrito/sobre documentos • Breve • Participación partes y árbitros • Desarrollo del procedimiento . Demanda de recusación . Comunicación a partes y árbitros para comentarios . Orden del día Secretaría . Informe miembro de la Corte . Tratamiento por la Corte . Decisión - admisibilidad - mérito . Carácter administrativo . Comunicación de la decisión, no de los motivos . No admite recurso

  6. Los motivos . falta de independencia . otros motivos: tribunal no constituido conforme al acuerdo arbitral; persona no autorizada a ejercer como árbitro de acuerdo a ley de la sede, actuación en otros arbitrajes ligados, usurpación de un diploma universitario. . casos - caso a caso - no precedentes - fuentes información

  7. Casos • Información sobre casos: fuentes antes mencionadas • Líneas generales • Un caso concreto • Jurisdicciones nacionales • Caso Avax c/ Tecnimont (Cour d`Appel de Paris, 1ère Chambre 12.02.09 Rev. Arbitrage 2009/1 nota Thomas Clay; Cour de Cassation 04.11.10 Rev. Arbitrage 2010/4) • Caso sentencia Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º Turno, 74 de 23.02.11

  8. Fuentes de información • Los comentarios al Reglamento: “A guide to the ICC Rules of Arbitration” (Derains-Schwartz); “Handbook of ICC Arbitration” (Bühler-Webster). • Artículos del Bulletin de la Corte de la CCI: Suplemento Especial 2007: Anne Marie Whitesell “L`indépendance dans l`arbitrage de la CCI: pratique de la Cour de la CCI en matière de nomination, confirmation, récusation et remplacement des arbitres.” “Le tribunal arbitral: application des articles 7 à 12 du Règlement d`arbitrage de la CCI dans les affaires récentes.” Jason Fry – Simon Greenberg. Bulletin vol. 20 Nº 2, 2009.

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