90 likes | 266 Views
EQUIPO 8. INTEGRANTES: Cruz Pelaxtla Mª Teresa Castillo Roque Ángel Marín Rosales Aleida Tlapa Tolama Aurora Sandoval Ponce Diana Reyes Rodríguez Ricardo Zapata Aguilar Thalia Yurixy. DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA. DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA.
E N D
EQUIPO 8 INTEGRANTES: Cruz Pelaxtla Mª Teresa Castillo Roque Ángel Marín Rosales Aleida Tlapa Tolama Aurora Sandoval Ponce Diana Reyes Rodríguez Ricardo Zapata Aguilar Thalia Yurixy
DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA • Art. 4.01 Orientar a sus alumnos para que actúen con apego a las normas de ética. • Art. 4.02 Obligación de mantenerse actualizado en las áreas de su ejercicio. • Art. 4.03 Debe dar un trato digno y respetuoso.
DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA • Art. 4.04 Podrá referirse a casos reales pero se abstendrá de proporcionar información que identifique a terceros salvo que sean del dominio publico. • Art. 4.05 Debe abstenerse de hacer comentarios que perjudiquen la reputación de otros. • Art. 4.06 Debe ser respetuoso de la disciplina preescrita de la institución en la que ejerza, sin perder el sentido critico.
Conclusión • Un Contador catedrático debe fomentar en sus alumnos valores éticos como el respeto a la profesión, a sus colegas y clientes.
SANCIONES • Art. 5.01 Se hará acreedor a las sanciones que le imponga la asociación a que pertenezca o el IMCP. • Art. 5.02 La sanción se impondrá tomando en cuenta la gravedad de la violación cometida.
SANCIONES • Art. 5.03 La sanción podrá consistir en: a) Amonestación privada. b) Amonestación publica. c) Suspensión temporal de sus derechos como socio. d) Expulsión. e) Denuncia. • Art. 5.04 El procedimiento de las sanciones será el que se establece en los estatutos del instituto.
Conclusión • El Contador Público debe apegarse a las normas de ética para poder ejercer su profesión tranquilamente y sin sanciones.