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Artculo 32 bis Ley 31/1995. Presencia recursos preventivos cualquiera que sea la modalidad de organizacin de la prevencin.. Recursos preventivos. Supuestos existencia recursos preventivos. Riesgos agravados o modificados por concurrencia operaciones diversas sucesiva o simultneamente.Activida
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1. Criterio Técnico Inspección Trabajo sobre presencia recursos preventivos
Antonio Benavides Vico
2. Artículo 32 bis Ley 31/1995
Presencia recursos preventivos cualquiera que sea la modalidad de organización de la prevención.
3. Supuestos existencia recursos preventivos Riesgos agravados o modificados por concurrencia operaciones diversas sucesiva o simultáneamente.
Actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales (Reglamento)
Requeridos Inspección Trabajo y S.S.
4. Requerimiento Inspección
5. Circunstancias justificativas requerimiento
Bien las medidas adoptadas por el empresario no garantizan un grado suficiente de protección de la salud y seguridad de los trabajadores.
6. Circunstancias justificativas requerimiento
O bien no existen los medios adecuados para garantizar la eficacia de las medidas preventivas previstas
7. Circunstancias justificativas requerimiento
O bien estas medidas no son las adecuadas para llevar a cabo una aplicación coherente y responsable de los principios de acción preventiva
8. Determinación necesidad presencia de los recursos
9. Relación indicativa
Se establece una relación de trabajos, operaciones y procesos indicativos donde es necesaria la presencia de recursos.
10. Listado
Ascensores y montacargas.
Aparatos de elevación distintos de los ascensores y montacargas.
Espacios confinados.
11. Listado Construcción y mantenimiento edificios:
Trabajos riesgos caída de altura.
Montaje, desmontaje y transformación andamios.
Trabajos subterráneos en pozos o galerías
Interior túneles.
Demolición.
Buceo o inmersión bajo el agua.
13. Listado Carretillas automotoras
Circulación ferrocarriles con trabajos en las vías o sus proximidades
Aparatos y maquinaria de obra:
Equipo de trabajo automotores
Equipos de elevación de cargas
14. Listado Electricidad:
Trabajos con instalaciones en tensión.
En proximidades de elementos en tensión.
Acceso a recintos de servicios y envolventes de material eléctrico.
Trabajos de obras y otros en que s e realicen movimientos en proximidad a líneas aéreas, subterráneas u otras instalaciones eléctricas.
Trabajos con riesgo de incendio o explosión
15. Listado Trabajos en instalaciones frigorificas.
Trabajos en caliente.
Radiaciones ionizantes.
Trabajos en atmósferas explosivas.
Agentes químicos peligrosos
Agentes biológicos
Agentes cancerígenos
Trabajos con amianto
16. Otros supuestos
17. Se consideran recursos preventivos Trabajadores designados por la empresa.
Miembros del servicio de prevención propio de la empresa.
Miembros SPA
Trabajadores empresa con conocimientos, cualificación y experiencia en la actividad y cuenten con formación de nivel básico en PRL
18. Medios indirectos Casos excepcionales
Imposibilidad técnica
Factor adicional de riesgo para persona designada u otros trabajadores sometidos supervisión.
19. Medios indirectos
Contacto puestos de trabajo con necesidad de recurso preventivo mediante comunicación:
Sistemas de rondas obligatorias.
Medios de telecomunicación
20. Recursos preventivos
21. Obligación asignación personas como recurso preventivo
22. Designación trabajadores empresa que no sean del SPP Ejercicio como recurso preventivo será compatible con tareas puesto de trabajo, no siendo necesaria dedicación exclusiva a dicho cometido.
Disponer tiempo suficiente.
Permanencia centro de trabajo mientras se mantengan los trabajos que determinen su presencia.
23. Obras de construcción Exigencia a cada contratista.
Compatible con las exigencias de coordinación.
Objeto de los recursos preventivos el vigilar el cumplimiento del Plan de Seguridad tanto del personal de la contratista como de las subcontratistas.
Trabajos riesgos especiales Anexo II RD 1627/1997, presencia obligatoria.
24. Incumplimiento Infracción administrativa Grave la falta de presencia de los recursos preventivos o el incumplimiento de las obligaciones de su presencia.
25. Incumplimiento infracción administrativa Muy grave: Cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales.