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Medicina Legal

Medicina Legal. Derecho Médico. Responsabilidad Profesional del Médico. PERFIL. Fundamenta su diagnóstico 90% en hechos y solo 10% es opinión; debe tener: Solvencia científica Integridad moral Objetividad Imparcialidad Humildad Metodología Autocrítica Claridad de exposición.

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Presentation Transcript


  1. Medicina Legal Derecho Médico

  2. Responsabilidad Profesional del Médico

  3. PERFIL Fundamenta su diagnóstico 90% en hechos y solo 10% es opinión; debe tener: Solvencia científica Integridad moral Objetividad Imparcialidad Humildad Metodología Autocrítica Claridad de exposición

  4. Generalidades • El ordenamiento Jurídico impone al médico la obligación de responder por las consecuencias dañosas de su actividad profesional. Ley Gral de Salud

  5. Malpraxis • Son los actos culposos atribuidos al médico o al ente hospitalario a causa del ejercicio inadecuado de la medicina. • Mala práctica • Faute medicale • Malpractice • Contra legis artis.

  6. Antecedentes históricos • La responsabilidad del médico debe analizarse en los marcos del derecho penal y civil. Mazeaud y Tunc.- • La responsabilidad penal supone un perjuicio social. • La responsabilidad civil supone un daño privado, la víctima ya no es toda la sociedad, sino un particular. (reparación del daño) • Responsabilidad Penal • Responsabilidad Civil.

  7. Antecedentes históricos RESPONSABILIDAD PENAL.- • La responsabilidad del médico se remonta a la antigüedad. • Yungano en Persia.-Se adquiría autorización para el ejercicio profesional, después que el aspirante demostraba que tres de sus pacientes sobrevivían al tratamiento. • Código de Hammurabi.- Pena de muerte ó amputación de las manos al médico por no atender con prudencia y con los cuidados necesarios.

  8. Antecedentes históricos • Egipto y Grecia.- Formación de colegios médicos, condenaban con penas severas y con la muerte a los médicos que incumpliera con las reglas y normas. • En Atenas.- Se prohibía el aborto, la castración, abusar de la frivolidad de la mujer y divulgar lo secreto. • Toda esta normativa ética culminó con Hipócrates (bases racionales y naturales de la medicina griega)

  9. Antecedentes históricos • Roma.- Relación Médico-paciente: Una forma de arrendamiento de servicios. • La remuneración recibida le llamaban HONOR. • Sentencia – DECRETUM. • La condena era de carácter PECUNIARIA. • En Roma se hacía responsable al médico cuando en el desempeño de su oficio resultaba un daño al paciente, por falta de habilidad o conocimientos (imperitia). A la víctima no se le remuneraba , pero al médico se le imponía una pena.

  10. Antecedentes históricos • RESPONSABILIDAD CIVIL.- • Los indicio de la responsabilidad civil en el ejercicio de la medicina, datan del siglo pasado en Francia. • Casos Dr. Helie 1825. A través de un dictamen de la academia de Medicina, el tribunal de Domfront lo condena a pagar una pensión vitalicia. • Casos Dr Thouret Noroy 1832. (impericia y negligencia) lo condenan a pagar una indemnización vitalicia.

  11. Responsabilidad Penal del Médico • De acuerdo al derecho penal constituye una forma de responsabilidad culposa. • Cuando se cause daño sin existir la intención de producirlo y comprende cuatro formas: • Impericia • Negligencia • Imprudencia • Inobservancia de reglamentos.

  12. Impericia • Es la ignorancia inexcusable. • Actuación profesional con ineptitud técnica y física. • La falta de actualización sobre los avances de la ciencia médica. • Es la carencia de conocimientos mínimos o básicos necesarios para el correcto desempeño de una función profesional.

  13. Negligencia • Es la omisión inexcusable. • El Actuar profesional con descuido y desatención. Se entiende como la falta o carencia de atención puesta al servicio del acto médico. Se entiende como descuido, omisión, falta de aplicación o diligencia que provoca el origen de un daño.

  14. Imprudencia • Es la temeridad inexcusable. • El Actuar profesional con exceso de confianza. • Falta de previsión o precaución en la acción. • Es la carencia de moderación que concluye en una actitud temeraria, que como en los casos anteriormente citados, genera lesiones o muerte del paciente.

  15. Inobservancia de reglamentos. • Es la culpa que surge de la actuación que, aunque prudente y diligente está vedada por una norma jurídica. • Esta forma de acción culposa se presenta cuando, existiendo una exigencia u orden (verbal o escrita) dispuesta con fines de prevención de un daño.

  16. Responsabilidad Civil del Médico. • La responsabilidad penal puede significar una pena de prisión. • La responsabilidad civil suele constituir su ruina económica, por la indemnización pecuniaria. • Esto es el móvil del auge de las demandas contra médicos. • Responsabilidad contractual • Responsabilidad extracontractual. • Obligación ó deber específico.

  17. Aspectos Medicolegales. • En casos de mala práctica médica, la pericia medicolegal debe comprender objetivos y procedimientos.

  18. Aspectos Medicolegales. Objetivos de la pericia.- • En el informe deben prevalecer tres objetivos. 1.- relación médico paciente 2.- falta del médico en sus deberes hacia el paciente (acto culposo) 3.- relación de causalidad entre el acto médico culposo y el daño del paciente.

  19. Objetivos de la pericia Relación médico paciente.- Este aspecto del estudio de la responsabilidad profesional, identifica los distintos sujetos, que participan en la prestación de servicios. En esta relación surgen dos modalidades: 1.- Relación medico-paciente voluntaria ó directa. 2. Relación medico-paciente Involuntaria ó indirecta.

  20. Objetivos de la pericia Relación medico-paciente voluntaria ó directa. • Propia de la medicina privada. • El paciente escoge al facultativo. • Éste tiene la opción de aceptar o no. • Excepto cuando las normas éticas están de por medio.

  21. Objetivos de la pericia Relación medico-paciente involuntaria ó indirecta. • Organismos intermedios. • Hospital o centro asistencial estatal • El paciente no escoge el medico. • Ni éste negarse a atender. • Sistema de medico de empresa. • El médico debe atender a todos los empleados de la empresa que lo ha contratado.

  22. Objetivos de la pericia Deberes del médico hacia el paciente.- • Una vez establecida la relación medico-paciente, surgen entre ellos derechos y deberes recíprocos. • Deberes del médico.- Se le exige la observancia de los principios y técnicas de sus disciplinas y el mayor celo profesional en la atención del enfermo.

  23. Deberes del médico.- • Historia Clínica.(diagnóstico-pronostico-documenta el tratamiento y la evolución) • Asistencia del paciente.(velar por la salud del paciente, con presencia espaciada) • Diagnóstico.(producto del examen físico y exámenes complementarios, es de urgencia por gravedad) • Tratamiento (materialización de la asistencia, objetivo la curación, mejoría ó alivio) • Derivar al paciente a otro médico. • Inter-consulta. • Secreto médico (confianza del paciente, fomenta el vínculo de fe con el profesional)

  24. Deberes del paciente.- • Está dado por la buena fe implícita en la relación. • Lealtad en la información. • El cumplimiento del plan terapéutico.

  25. Deberes de los organismos intermedios- • De asistencia. • De cuidado, vigilancia y control. • De provisión.

  26. Relación de causalidad entre el acto médico culposo y el daño del paciente. • La causalidad se configura como el nexo o vínculo necesario que debe existir entre la conducta y el daño. • La relación entre el acto médico y el daño corporal puede probarse de acuerdo con la tesis contractualista y en términos de la tesis extracontactualista. • Contractualista.- el médico deberá probar que el daño no se debió a su actuación.

  27. Procedimiento de la pericia. • En cumplimiento de la pericia, el médico legista deberá utilizar los siguientes recursos: • Estudiar la historia clínica • Analizar el expediente judicial • Elaborar una nueva historia clínica forense. • Realizar exámenes complementarios • Efectuar interconsultas • Consultar la bibliografía médica pertinente.

  28. Estudio de la historia clínica. • Es el documento fundamental de la pericia. • Se debe ordenar el decomiso u ocupación judicial del mismo lo antes posible. • Si el paciente se encuentra en tratamiento se deberá enumerar las páginas. • Tomar fotocopias del mismo. • Esto evita la desaparición o adulteración de la historia ó expediente clínico.

  29. Estudio de la historia clínica, aspectos de importancia. • Diagnostico de Ingreso • Tiempo transcurrido entre el arribo al hospital y el inicio del tratamiento. • Nombre de los médicos y enfermeras que intervienen en la asistencia. • Interrogatorio y exploración física. • Exámenes complementarios • Interpretación de sus resultados. • Tratamiento indicado por el médico • Cumplimiento del tratamiento por parte del personal de enfermería. • Cumplimiento del tratamiento por parte del paciente. • Efectos comprobados por médicos y enfermeras. • Evolución clínica (cronología y calidad de las notas) • Notas de enfermería (cronología y calidad) • Diagnósticos y condiciones de egreso o de muerte) • La letra ilegible puede ser un criterio de negligencia medica.

  30. Análisis del expediente judicial.- • Permite comprender los móviles de la denuncia a cerca del cual deberá realizar su dictamen. • El perito juega el papel de auxiliar de la administración de justicia. • La utilidad de una pericia dependerá, de la correlación de los aspectos legales y sus verificaciones.

  31. Historia clínica forense y exámenes complementarios.- • En pacientes vivos realizar una nueva historia clínica. • En el paciente fallecido realizar la autopsia. • Ambas se complementan con los exámenes de laboratorio necesarios. • El objetivo es profundizar de forma orientada, los aspectos que pudieron haber sido omitidos en la historia hospitalaria.

  32. Inter consultas.- • La especialidad forense tiene el recurso de solicitar el criterio de otros expertos. • La interconsulta es licita y de mucha importancia para evitar impugnación del dictamen. • En caso de mala practica, la interconsulta fortalece el dictamen. • La defensa tratará de desprestigiar la calidad profesional del perito.

  33. Consulta de la bibliografía médica.- • En principio el perito deberá ser de profesión médico. • Las partes no le pueden negar el derecho a informarse acerca de los últimos estudios acerca del caso en litigio, y utilizar los conocimientos adquiridos. • Debe señalar las fuentes de su información que menciona, para fundamentar y consolidar sus conclusiones.

  34. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.- • En ocasiones, el hospital público es demandado directamente o de forma solidaria a causa del daño ocasionado al paciente.

  35. RESPONSABILIDAD DEL MEDICO COMO EMPLEADO DEL ESTADO. • Deber como servidor público. • Todo lo concerniente a la ley general de salud.

  36. CIRCUNSTANCIAS DE RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ESTADO. • Puede ser responsable único y directo.- • Medicamentos ineficaces o en malas condiciones. • Instrumental deficiente o en malas condiciones. • Equipos deficientes o en malas condiciones. • Atención deficiente debido a insuficiente personal. • Afecta a los niveles administrativos superiores.

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