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Responsabilidad social de los mercados financieros: el rol de los fondos de pensiones*. Augusto Iglesias P. PrimAmérica Consultores Santiago de Chile Septiembre 26, 2005 .
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Responsabilidad social de los mercados financieros: el rol de los fondos de pensiones* Augusto Iglesias P. PrimAmérica Consultores Santiago de Chile Septiembre 26, 2005. *Presentación en la III Conferencia Interamericana sobre Responsabilidad Social de la Empresa (Organizada por el Banco Interamericano de Desarrollo, la Confederación de la Producción y el Comercio, y el Gobierno de Chile).
I. Comentarios preliminares • ¿De qué estamos hablando?: Definiremos “Responsabilidad Social en la Inversión (RSI)” cómo: “La integración de valores sociales y personales en las decisiones de inversión”. En consecuencia,si se adoptan prácticas de RSI, al tomar decisiones de inversión el inversionista debe considerar no sólo sus propios objetivos, pero también el impacto de dichas inversiones en la sociedad. • ¿Cuál es el alcance de los comentarios que haremos ?: Mis comentarios se referirán a la RSI de fondos de pensiones mandatados, administrados por instituciones que actúan bajo una regulación especial. • ¿Cual es la relevancia de ésta discusión?: Los fondos de pensiones mandatados son actores relevantes en los mercados de capital latinoamericanos.
I. Comentarios preliminares Acumulación de activos en los sistemas de capitalización Fuente: Palacios (2003)
I. Comentarios preliminares Participación de los fondos de pensiones en mercados financieros(cifras a diciembre de cada año) Fuente: Roldos (2003)
I. Comentarios preliminares • Responderemos tres preguntas: • Primera pregunta: ¿Siguen las AFP políticas de RSI de los fondos de pensiones? • Segunda pregunta: ¿Pueden las AFP adoptar una política diferente (de mayor alcance) de RSI de los fondos de pensiones ? • Tercera pregunta: ¿Debería exigirse a las AFP adoptar una política diferente (de mayor alcance) de RSI de los fondos de pensiones?
II. Primera pregunta: ¿Siguen las AFP políticas de RSI de los fondos de pensiones? • La integración de “valores u objetivos sociales” a las decisiones de inversión de las AFP está garantizada, pues dichas decisiones se hacen en conformidad con una ley donde se establece explícitamente el objetivo de dichas inversiones: • “La obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad”. • Este objetivo de la inversión de los fondos de pensiones no se cumple a expensas de otros objetivos sociales: • La ley procura que los fondos de pensiones se inviertan preferentemente en activos financieros emitidos por instituciones que cumplan con las leyes y regulaciones, y que tengan buenas prácticas de gobierno corporativo. • Por lo tanto, y siempre que la ley y sus regulaciones específicas expresen objetivos sociales, la inversión de los fondos de pensiones será “socialmente responsable” .
II. Primera pregunta: ¿Siguen las AFP políticas de RSI de los fondos de pensiones? • Aunque los fondos de pensiones latinoamericanos no hacen una declaración explícita de RSI, existen ejemplos concretos de la “responsabilidad social” de las inversiones de los fondos de pensiones: • Promoción de mejores prácticas de gobierno corporativo. • Demanda por mayor calidad de la información que las empresas entregan al mercado. • Énfasis en resultados de largo plazo (y sustentabilidad de resultados en el tiempo) de las empresas donde invierten.
III. Segunda pregunta: ¿Pueden las AFP adoptar una política de RSI de “mayor alcance”? • Las inversiones de los fondos de pensiones no pueden tener otros “objetivos sociales”, distintos a los que se fijan en la ley: • Los fondos de pensiones se originan en un mandato legal. La ley es el instrumento a través del cual se fijan sus objetivos. • No corresponde que el administrador de fondos de pensiones promueva valores/objetivos que los afiliados le expresen directamente: • El objetivo social del sistema de pensiones no es necesariamente el que tenga cada uno de sus afiliados en forma individual. • Riesgo que grupos de interés y con poder de presión usen los fondos de pensión para promover sus propios valores/objetivos, y no los de la comunidad. • Como existen garantías estatales comprometidas, baja el costo de promover “agendas personales” que sean contrarias al interés social.
III. Segunda pregunta: ¿Pueden las AFP adoptar una política de RSI de “mayor alcance”? • En el contexto de planes de pensiones mandatados, tampoco existe espacio para que los “valores personales” de los administradores se expresen en las decisiones de inversión: • Las AFPs no administran fondos propios. • Ninguna AFP en forma individual puede fijar objetivos de RSI muy distintos a los que tenga la mayoría de la industria, pues existe una tendencia – a veces alentada por la regulación -a constituir portfolios similares. • Es difícil fijar otros objetivos a la inversión que no sean inconsistentes con el que fija la ley.
III. Segunda pregunta: ¿Pueden las AFP adoptar una política de RSI de “mayor alcance”? • En consecuencia, muy probablemente una política de RSI con “mayor alcance” (que incorpore los “valores” de los administradores o de grupos de afiliados), entraría en conflicto con la ley: • A mayor cantidad de objetivos que se deben cumplir simultáneamente, menor es el rango de inversiones posibles. • Al limitarse el rango de opciones de inversión posibles, aumenta el riesgo y baja el retorno esperado de la cartera. • El administrador de fondos no podría conocer anticipadamente si existe o no “trade-off” entre otros objetivos de RSI y el objetivo de la ley de pensiones.
IV. Tercera pregunta: ¿ Debería exigirse a las AFP adoptar una política diferente (de mayor alcance) de RSI de los fondos de pensiones? • Si el resultado de los fondos de pensiones depende de la calidad de cumplimiento de leyes y regulaciones de los emisores en los que se invierte, entonces no se justifica fijar objetivos sociales adicionales a dicha inversión: • Si el marco legal para la actividad económica es el adecuado y el esquema de premios y castigos en el mercado funciona eficientemente, entonces el objetivo de máxima rentabilidad de largo plazo de los fondos de pensiones es consistente con una amplia gama de otros objetivos sociales. • Una empresa que no cumpla con normas ambientales; que no tenga buenas prácticas de gobierno corporativo; que no mantenga un buen clima laboral; etc., perderá valor, y no será entonces un objeto de inversión atractivo.
IV. Tercera pregunta: ¿ Debería exigirse a las AFP adoptar una política diferente (de mayor alcance) de RSI de los fondos de pensiones? • Por otra parte, si existiese un trade-off entre el objetivo de rentabilidad y otros objetivos sociales, entonces modificar el objetivo de inversión de los fondos de pensiones no sería apropiado: • Aumentaría el costo de las pensiones. • Aumentaría el costo de las garantías estatales que están comprometidas en los resultados de los fondos de pensiones. (Existen otros instrumentos, distintos a los fondos de pensiones, que sirven mejor para promover otros objetivos sociales).
V. Comentarios finales • La fuerza con que las inversiones de los fondos de pensiones promuevan la “responsabilidad social” de las empresas en las que inviertan, depende principalmente de la importancia de las acciones dentro de sus carteras. • En los fondos de pensiones mandatados, no hay espacio para la integración de valores “personales” del administrador, ni de los propios afiliados, en las decisiones de inversión: la naturaleza del sistema determina el objetivo de la inversión. • El único objetivo social de las inversiones de los fondos de pensiones que es consistente con el propósito del sistema previsional es obtener una adecuada rentabilidad. • No existe inconsistencia entre este objetivo de los fondos de pensiones y otros objetivos sociales. Si cumplen con su propósito, los fondos de pensiones son “socialmente responsables”.