210 likes | 610 Views
Dirección General de Protección y Asuntos Consulares Dirección de Asuntos Consulares. Documentación a Extranjeros FERNANDO HERRERA SEPTIEMBRE DE 2004. LEGISLACIÓN MEXICANA. Ley General de Población y su Reglamento Ley del Servicio Exterior Mexicano y su Reglamento
E N D
Dirección General de Protección y Asuntos ConsularesDirección de Asuntos Consulares Documentación a Extranjeros FERNANDO HERRERA SEPTIEMBRE DE 2004
LEGISLACIÓN MEXICANA • Ley General de Población y su Reglamento • Ley del Servicio Exterior Mexicano y su Reglamento • Reglamento Interior de la SRE • Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación
POLITICA MIGRATORIA DUAL • SRE.-REGIMEN CONSULAR • SEGOB-INM.- REGIMEN MIGRATORIO
RÉGIMEN CONSULAR • VISAS NO ORDINARIAS • DIPLOMATICAS- D1, D2 Y D3. • OFICIALES- O1, O2 Y 03. • DE SERVICIO- S1, S2. Y S3. • VISAS ORDINARIAS • 3 Y 5 AÑOS (VISA DE LECTURA ELECTRONICA-PROGRAMA PILOTO) • 10 AÑOS • VISA POR UNA, DOS O MULTIPLES ENTRADAS • SELLO CONSULAR
ACUERDOS SOBRE VISAS • EXENTA • GRATUITA-VISA “A” • GRAVADA- VISA “B”
CALIDADES MIGRATORIAS La Ley General de Población establece tres calidades migratorias para la internación de extranjeros: • No Inmigrante, • Inmigrante e • Inmigrado.
NO INMIGRANTE • No Inmigrante es el extranjero que desea internarse al país con el objeto de permanecer temporalmente en el mismo. Esta calidad migratoria contempla a su vez las siguientes características: I.- Turista II.- Transmigrante III.- Visitante, en las modalidades de: negocios e inversionista, técnico o científico, rentista, profesional, cargo de confianza, consejero. IV.- Ministro de culto o asociado religioso V.- Asilado político VI.- Refugiado VII.- Estudiante VIII.- Visitante distinguido IX.- Visitante local X.- Visitante provisional XI.- Corresponsal
INMIGRANTE • Inmigrante es el extranjero cuyo propósito es residir de manera permanente en el país. En esta calidad migratoria la Ley establece las siguientes características: I.- Rentista II.- Inversionista III.- Profesional IV.- Cargo de confianza V.- Científico VI .- Técnico VII.- Familiar VIII.- Artistas y deportistas IX.- Asimilados
INMIGRADO • Inmigrado es el extranjero que luego de permanecer en el país con la calidad migratoria de Inmigrante desea establecerse en el mismo. Para este efecto y previo el cumplimiento de ciertos requisitos de ley, puede optar por esta calidad, adquiriendo con ella derechos de residencia definitiva. Este trámite se realiza exclusivamente en el Instituto Nacional de Migración.
DE LAS FACULTADES QUE SE DELEGAN A LAS OFICINAS DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO • Si bien la calidad migratoria de No Inmigrante se clasifica en 11 características migratorias diferentes, el Instituto Nacional de Migración ha delegado facultades a las oficinas del Servicio Exterior Mexicano para documentar a sólo seis de ellas, que son: A) Turista B) Transmigrante C) Visitante en las modalidades de: negocios, técnicos, rentistas y consejeros D) Estudiante E) Visitante distinguido F) Corresponsal
DE LA DOCUMENTACIÓN MIGRATORIA Y CONSULAR • El procedimiento migratorio mexicano establece para su funcionamiento, dos tipos de documentación: la migratoria y la consular.
LA DOCUMENTACION MIGRATORIA • La documentación migratoria consiste en la expedición de formas migratorias que permiten al extranjero internarse al país y acreditar su legal estancia en el mismo. Este tipo de documentación incluye las siguientes formas. • FMT: Forma migratoria de turista. • FM6: Forma migratoria de transmigrante. • FM3: Forma migratoria de visitante en todas sus modalidades, a la cual se asimilan los ministros de culto o asociados religiosos, estudiantes y corresponsales, de conformidad con las fracciones IV, VII y XI, señaladas en el artículo 42 de la Ley General de Población. • FMN: Forma migratoria de negocios, diseñada para otorgarse a los nacionales de Estados Unidos de América y Canadá, que dentro del marco del Tratado de Libre Comercio, se internan como “hombres de negocios”, en sus distintas modalidades. • FMVC: Forma migratoria para visitante o consejero, que se expide al extranjero cuyo propósito sea realizar actividades de carácter comercial, industrial, financiero o económico.
LA DOCUMENTACION MIGRATORIA • FM16.- Forma migratoria para visitante distinguido, que se expide a personalidades de prestigio internacional, cuyo viaje no tiene fines lucrativos. • FM2.- Forma migratoria que se otorga a los extranjeros que obtienen la calidad de inmigrante, previa autorización del INM. • FME.- Forma migratoria estadística, que se anexa a las formas FM3 o FM2, así como a los portadores de pasaportes no ordinarios. • FMVE.- Forma migratoria de visitante extranjero, que se otorga al extranjero interesado en conocer del desarrollo de los procesos electorales en el país.
FORMAS MIGRATORIAS • El Instituto Nacional de Migración, de acuerdo con la facultad que la Ley General le confiere, ha instrumentado el uso de las formas migratorias de la siguiente manera: • FMT, FM6, FMN, FMVC azul-verde vía aérea (formato único).- para nacionalidades de trato libre. • FMN/FMVC color verde vía terrestre.- para nacionalidades de trato libre. • FMT/FM6 azul vía terrestre.- para nacionalidades de trato libre. • FMT/FM6 roja, vías aérea y terrestre.- para nacionalidades de trato regulado. • FMT/FM6 café, vías aérea y terrestre.- para nacionalidades sujetas a permiso previo.
FLUJOGRAMAS • TRATO LIBRE • TRATO REGULADO • PERMISO PREVIO