200 likes | 519 Views
CLASE II LOS INTERDICTOS. DERECHO PROCESAL CIVIL II. Que es un interdicto?. Es un proceso sumario de Solucion Rapida tiene como finalidad especifica la proteccion o defensa de la posesion esta via sumaria se hace referencia a bienes inmuebles no bienes de otro tipo. ARTICULO 457 AL 476.
E N D
CLASE II LOS INTERDICTOS DERECHO PROCESAL CIVIL II
Que es un interdicto? • Es un proceso sumario de SolucionRapida tiene como finalidad especifica la proteccion o defensa de la posesion esta via sumaria se hace referencia a bienes inmuebles no bienes de otro tipo
ARTICULO 457 AL 476 • NO SE DISCUTE SOBRE POSESION DEFINITIVA INTERESA SOLAMENTE SOLO LA POSESION PROVISIONAL O MOMENTANEA EL INTERDICTO TIENE AUTORIDAD Y EFICACIA DE COSA JUZGADA FORMAL QUIEN QUIERE RECUPERAR EL BIEN DEBE IR A UN ORDINARIO DE REIVINDICACION
TIPOS DE INTERDICTOS • INTERDICTO DE AMPARO DE POSESION • INTERDICTO DE REPOSICION • INTERDICTO DE REPOSICION DE MOJONES • INTERDICTO DE SUSPENSION DE OBRA NUEVA • INTERDICTO DE DERRIBO
PRINCIPIO DE CONGRUENCIA • EN LOS INTERDICTOS SE ROMPE EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA ART 39 CPC LA DOCTRINA LLAMA A LO ANTERIOR QUIEBRA DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA.
CADUCIDA EN LOS INTERDICTOS • LA CADUCIDAD ES DE 3 MESES APARTIR DE QUE INICIAN LOS ACTOS PERTURBATORIOS CON EXCEPCION DEL INTERDICTO DE DERRIVO
LUGAR PARA RECABAR LA PRUEBA • EN EL LUGAR DE LOS HECHOS AUNQUE EL ACTOR NO LO OFREZCA EL JUEZ LO PRACTICA DE OFICIO ART 27Y 30 EXCEPTO EN CASOS MUY CALIFICADOS TERMINAN DE RECIBIR LA PRUEBA EN LA OFICINA • Quien paga los gastos de salida de la oficina o del reconocimiento el actor del proceso son a su costa
GASTOS ART 227- 440 • LOS GASTOS SE FIJAN DE MANERA PRUDENCIAL, SE DEBE ORDENAR UN GIRO AL JUEZ PARA QUE EL CONTRATE EL TRANSPORTE SEGÚN 227 CUANDO EL JUEZ FIJABA LOS GASTOS DEBIA COMUNICARLO A LA SECRETARIA DE LA CORTE Y A INSPECCION JUDICIAL SINO LO HACE ES CORREGIDO DISCIPLINARIAMENTE
PARA EVITAR EL TRAMITE, CUANDO SE FIJA LA PRUEBA AL FINAL SE CONSIGNA QUE EL ACTOR CORRERA CON LOS GASTOS DE LA DILIGENCIA
INTERDICTO DE AMPARO DE POSESION 461 • EL ACTOR TIENE LA POSESION PERO AMENAZAN CON QUITARSELA NO ES CUALQUIER ACTO ES ACTO QUE BUSQUE DESPOJARLO SE BUSCA SEGÚN ART 463 SE PREVENGA AL DEMANDADO DE REALIZAR LOS ACTOS PERTURBATORIOS EN TODOS LO INTERDICTOS EN POSIBLE CONDENAR EN DAÑOS Y PERJUICIOS
ARTICULO 308 C.C • LA SERVIDUMBRE DEBE ESTAR INSCRITA
INTERDICTO DE RESTITUCION 464 • SE DIFERENCIA DEL ANTERIOR EN QUE ACA YA LE QUITARON LA POSESION. EN SENTENCIA SE PIDE SE RESTITUYA EL BIEN.
INTERDICTO DE REPOSICION DE MOJONES 466 • REFIERE A LIMITES ALTERADOS ENTRE FUNDOS, CORREN LA CERCA O HACEN UNA NUEVA TAPIA LA LEGITIMACION PASIVA ES DECIR EL INTERDICTO SE INTERPONE CONTRA QUIEN SE BENEFICIA CON LA ALTERACION, SE BUSCA QUE LOS LIMITES VUELVAN A SU LUGAR ANTERIOR
SI EL DEMANDADO ACTUO DE BUENA FE SE LE PUEDE EXIMIR DE DAÑOS Y PERJUICIOS • SI EL DEMANDADO ADMITE LA EXISTENCIA DE LA ALTERACION PERO NEGARE SER EL AUTOR SE ORDENA LA RESTITUCION A COSTA DE AMBOS
INTERDICTO DE SUSPENSION DE OBRA NUEVA • SE DA CUANDO UNA NUEVA CONSTRUCCION AMENAZA MIS DERECHOS SE DEBE SOLICITAR LA SUSPENSION DE LA OBRA LUEGO ABRA QUE IR A UN PROCESO ABREVIADO PARA SOLICITAR SE DESTRUYA LO LEVANTADO O SE CONTINUE CON LA OBRA SE LEVANTA UN ACTA DE RECONOCIMIENTO.
INTERDICTO DE DERRIBO • LO PUEDE SOLICITAR CUALQUIER PERSONA, BUSCA DAR SEGURIDAD A LOS CIUDADANOS CUANDO UNA OBRA RUINOSA O EN MAL ESTADO AMENAZA CON CAUSAR EL DAÑO AL POSEEDOR O CUALQUIER TRANSEUNTE EL JUEZ SE APERSONA Y CONSTATA EL PELIGRO INMINENTE.
LA NORMA SEÑALA QUE SI EN SENTENCIA SE ORDENA EL DERRIBO PUEDE REALIZARSE EL DERRIBO AUNQUE FUERE APELADA PERO QUE SUCEDE SI SE GANA LA APELACION?