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“Reglas comunes para el accidente de trabajo y la enfermedad profesional. Alta de pleno derecho y automaticidad de las prestaciones. El recargo de prestaciones. Santiago González Ortega. Universidad Pablo de Olavide. 1. RIESGOS COMUNES Y RIESGOS PROFESIONALES.
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“Reglas comunes para el accidente de trabajo y la enfermedad profesional. Alta de pleno derecho y automaticidad de las prestaciones. El recargo de prestaciones Santiago González Ortega. Universidad Pablo de Olavide
1. RIESGOS COMUNES Y RIESGOS PROFESIONALES 1.- La diferenciación interna en el nivel profesional de prestaciones. 2.- Los riesgos profesionales como un bloque de aseguramiento de las responsabilidades empresariales, dentro del Sistema de Seguridad Social 3.- Separación y consideración conjunta de las contingencias. Rechazo de la socialización de daños, pero ejemplos de atenuación posterior de la responsabilidad individualizada. Un sistema mixto 4.- Resultado: preservación de un núcleo prestacional diferenciado
2.LAS DIFERENCIAS GENÉRICAS ENTRE RRCC Y RRPP 1.- Sistema de finaciación separado 2.- Gestión separada 3.- Mecanismo de flexibilización del requisito de alta: alta presunta (125.3) 4.- No exigencia del requisito de carencia 5.- Base Reguladora de la prestación igual a salarios reales 6.- Prestaciones propias y prestaciones diferenciadas. Mejoras en la acción protectora: cuantía IT y fecha (131); lesiones permanentes no invalidantes (150-152), indemnizaciones por muerte y supervivencia a partir de presunción de conexión (172 ), prestaciones específicas por EP (reconocimientos, observación, movilidad funcional: 132 ) 7. Recargo de prestaciones
3. ALTA PRESUNTA Y AUTOMATICIDAD DE LAS PRESTACIONES 1.- Incumplimiento y responsabilidad empresarial directa 2.- Automaticidad y otras responsabilidades 3.- Anticipo y repetición contra infractor y responsabilidad subsidiaria del INSS 4.- La elaboración jurisprudencial de la responsabilidad por prestaciones. Un sistema surgido a raíz de la ausencia o del defecto de normas.
4. LA RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL POR PRESTACIONES La regla de la proporcionalidad, sobre todo respecto de la falta de cotización. El Impacto sobre la prestación Trascendencia del incumplimiento Empresarial. Exclusiones ¿Quid con los riesgos profesionales? La actuación del empresario. Diferencias entre alta o carencia Responsabilidad y non bis in idem
6. DECLARACION DE RESPONSABILIDAD PRESTACIONAL DEL EMPRESARIO 1.- Entidad Gestora y via judicial: la habitualidad de esta última. 2.- Normal adelanto por parte de Mutua, sobre todo si incumplimiento sólo de obligación de cotización 3.- La limitación cuantitativa (la cualitativa del alta se cubre con la presunta): innovación el 2001. La diferenciación de reclamaciones. 4.- El reintegro de lo adelantado a la Mutua. El pazo de cinco años. La necesaria declaración judicial.